El Camino
del Amor: la Vida Moral-Los Diez
Mandamientos |
Catecismo de la Iglesia Católica #2331 - 2400
Artículo 6
El Sexto Mandamiento
No cometerás
adulterio (Ex 20, 14; Dt 5, 17).
Habéis oído que se dijo: ‘No cometerás adulterio’. Pues yo os digo: Todo
el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su
corazón (Mt 5, 27-28).
I ‘Hombre y mujer los creó’
2331 ‘Dios es amor y vive en sí mismo un misterio de comunión
personal de amor. Creándola a su imagen... Dios inscribe en la humanidad
del hombre y de la mujer la vocación, y consiguientemente la capacidad y
la responsabilidad del amor y de la comunión’ (FC 11).
‘Dios creó el hombre a imagen suya... hombre y mujer los creó’ (Gn 1,
27). ‘Creced y multiplicaos’ (Gn 1, 28); ‘el día en que Dios creó al
hombre, le hizo a imagen de Dios. Los creó varón y hembra, los bendijo,
y los llamó ‘Hombre’ en el día de su creación’ (Gn 5, 1-2).
2332 La sexualidad abraza todos los aspectos de la persona
humana, en la unidad de su cuerpo y de su alma. Concierne
particularmente a la afectividad, a la capacidad de amar y de procrear
y, de manera más general, a la aptitud para establecer vínculos de
comunión con otro.
2333 Corresponde a cada uno, hombre y mujer, reconocer y aceptar
su identidad sexual. La diferencia y la complementariedad físicas,
morales y espirituales, están orientadas a los bienes del matrimonio y
al desarrollo de la vida familiar. La armonía de la pareja humana y de
la sociedad depende en parte de la manera en que son vividas entre los
sexos la complementariedad, la necesidad y el apoyo mutuos.
2334 ‘Creando al hombre «varón y mujer», Dios da la dignidad
personal de igual modo al hombre y a la mujer’ (FC 22; cf GS 49, 2). ‘El
hombre es una persona, y esto se aplica en la misma medida al hombre y a
la mujer, porque los dos fueron creados a imagen y semejanza de un Dios
personal’ (MD 6).
2335 Cada uno de los dos sexos es, con una dignidad igual, aunque
de manera distinta, imagen del poder y de la ternura de Dios. La unión
del hombre y de la mujer en el matrimonio es una manera de imitar en la
carne la generosidad y la fecundidad del Creador: ‘El hombre deja a su
padre y a su madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne’ (Gn
2, 24). De esta unión proceden todas las generaciones humanas (cf Gn 4,
1-2.25-26; 5, 1).
2336 Jesús vino a restaurar la creación en la pureza de sus
orígenes. En el Sermón de la Montaña interpreta de manera rigurosa el
plan de Dios: ‘Habéis oído que se dijo: «no cometerás adulterio». Pues
yo os digo: «Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió
adulterio con ella en su corazón’» (Mt 5, 27-28). El hombre no debe
separar lo que Dios ha unido (cf Mt 19, 6).
La Tradición de la Iglesia ha entendido el sexto mandamiento como
referido a la globalidad de la sexualidad humana.
II La vocación a la castidad
2337 La castidad significa la integración lograda de la
sexualidad en la persona, y por ello en la unidad interior del hombre en
su ser corporal y espiritual. La sexualidad, en la que se expresa la
pertenencia del hombre al mundo corporal y biológico, se hace personal y
verdaderamente humana cuando está integrada en la relación de persona a
persona, en el don mutuo total y temporalmente ilimitado del hombre y de
la mujer.
La virtud de la castidad, por tanto, entraña la integridad de la persona
y la totalidad del don.
La integridad de
la persona
2338 La persona casta mantiene la integridad de las fuerzas de
vida y de amor depositadas en ella. Esta integridad asegura la unidad de
la persona; se opone a todo comportamiento que la pueda lesionar. No
tolera ni la doble vida ni el doble lenguaje (cf Mt 5, 37).
2339 La castidad implica un aprendizaje del dominio de sí, que es
una pedagogía de la libertad humana. La alternativa es clara: o el
hombre controla sus pasiones y obtiene la paz, o se deja dominar por
ellas y se hace desgraciado (cf Si 1, 22). ‘La dignidad del hombre
requiere, en efecto, que actúe según una elección consciente y libre, es
decir, movido e inducido personalmente desde dentro y no bajo la presión
de un ciego impulso interior o de la mera coacción externa. El hombre
logra esta dignidad cuando, liberándose de toda esclavitud de las
pasiones, persigue su fin en la libre elección del bien y se procura con
eficacia y habilidad los medios adecuados’ (GS 17).
2340 El que quiere permanecer fiel a las promesas de su bautismo
y resistir las tentaciones debe poner los medios para ello: el
conocimiento de sí, la práctica de una ascesis adaptada a las
situaciones encontradas, la obediencia a los mandamientos divinos, la
práctica de las virtudes morales y la fidelidad a la oración. ‘La
castidad nos recompone; nos devuelve a la unidad que habíamos perdido
dispersándonos’ (S. Agustín conf. 10, 29; 40).
2341 La virtud de la castidad forma parte de la virtud cardinal
de la templanza, que tiende a impregnar de racionalidad las pasiones y
los apetitos de la sensibilidad humana.
2342 El dominio de sí es una obra que dura toda la vida. Nunca se
la considerará adquirida de una vez para siempre. Supone un esfuerzo
reiterado en todas las edades de la vida (cf tt 2, 1-6). El esfuerzo
requerido puede ser más intenso en ciertas épocas, como cuando se forma
la personalidad, durante la infancia y la adolescencia.
2343 La castidad tiene unas leyes de crecimiento; éste pasa por
grados marcados por la imperfección y, muy a menudo, por el pecado.
‘Pero el hombre, llamado a vivir responsablemente el designio sabio y
amoroso de Dios, es un ser histórico que se construye día a día con sus
opciones numerosas y libres; por esto él conoce, ama y realiza el bien
moral según las diversas etapas de crecimiento’ (FC 34).
2344 La castidad representa una tarea eminentemente personal;
implica también un esfuerzo cultural, pues ‘el desarrollo de la persona
humana y el crecimiento de la sociedad misma están mutuamente
condicionados’ (GS 25, 1). La castidad supone el respeto de los derechos
de la persona, en particular, el de recibir una información y una
educación que respeten las dimensiones morales y espirituales de la vida
humana.
2345 La castidad es una virtud moral. Es también un don de Dios,
una gracia, un fruto del trabajo espiritual (cf Ga 5, 22). El Espíritu
Santo concede, al que ha sido regenerado por el agua del bautismo,
imitar la pureza de Cristo (cf 1 Jn 3, 3).
La integridad del
don de sí
2346 La caridad es la forma de todas las virtudes. Bajo su
influencia, la castidad aparece como una escuela de donación de la
persona. El dominio de sí está ordenado al don de sí mismo. La castidad
conduce al que la practica a ser ante el prójimo un testigo de la
fidelidad y de la ternura de Dios.
2347 La virtud de la castidad se desarrolla en la amistad. Indica
al discípulo cómo seguir e imitar al que nos eligió como sus amigos (cf
Jn 15, 15), a quien se dio totalmente a nosotros y nos hace participar
de su condición divina. La castidad es promesa de inmortalidad.
La castidad se expresa especialmente en la amistad con el prójimo.
Desarrollada entre personas del mismo sexo o de sexos distintos, la
amistad representa un gran bien para todos. Conduce a la comunión
espiritual.
Los diversos
regímenes de la castidad
2348 Todo bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha
‘revestido de Cristo’ (Ga 3, 27), modelo de toda castidad. Todos los
fieles de Cristo son llamados a una vida casta según su estado de vida
particular. En el momento de su Bautismo, el cristiano se compromete a
dirigir su afectividad en la castidad.
2349 La castidad ‘debe calificar a las personas según los
diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato
consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con
corazón indiviso; a otras, de la manera que determina para ellas la ley
moral, según sean casadas o celibatarias’ (CDF, decl. "Persona humana"
11). Las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las
otras practican la castidad en la continencia.
Existen tres formas de la virtud de la castidad: una de los esposos,
otra de las viudas, la tercera de la virginidad. No alabamos a una con
exclusión de las otras. En esto la disciplina de la Iglesia es rica. (S.
Ambrosio, vid. 23).
2350 Los novios están llamados a vivir la castidad en la
continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo
respeto, un aprendizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse
el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las
manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse
mutuamente a crecer en la castidad.
Las ofensas a la
castidad
2351 La lujuria es un deseo o un goce desordenados del placer
venéreo. El placer sexual es moralmente desordenado cuando es buscado
por sí mismo, separado de las finalidades de procreación y de unión.
2352 Por masturbación se ha de entender la excitación voluntaria
de los órganos genitales a fin de obtener un placer venéreo. ‘Tanto el
Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como
el sentido moral de los fieles, han afirmado sin ninguna duda que la
masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado’. ‘El uso
deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales
normales contradice a su finalidad, sea cual fuere el motivo que lo
determine’. Así, el goce sexual es buscado aquí al margen de ‘la
relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que
realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación
humana en el contexto de un amor verdadero’ (CDF, decl. "Persona humana"
9).
Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral de los
sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en cuenta la
inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de
angustia u otros factores psíquicos o sociales que reducen, e incluso
anulan la culpabilidad moral.
2353 La fornicación es la unión carnal entre un hombre y una
mujer fuera del matrimonio. Es gravemente contraria a la dignidad de las
personas y de la sexualidad humana, naturalmente ordenada al bien de los
esposos, así como a la generación y educación de los hijos. Además, es
un escándalo grave cuando hay de por medio corrupción de menores.
2354 La pornografía consiste en dar a conocer actos sexuales,
reales o simulados, fuera de la intimidad de los protagonistas,
exhibiéndolos ante terceras personas de manera deliberada. Ofende la
castidad porque desnaturaliza la finalidad del acto sexual. Atenta
gravemente a la dignidad de quienes se dedican a ella (actores,
comerciantes, público), pues cada uno viene a ser para otro objeto de un
placer rudimentario y de una ganancia ilícita. Introduce a unos y a
otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave. Las
autoridades civiles deben impedir la producción y la distribución de
material pornográfico.
2355 La prostitución atenta contra la dignidad de la persona que
se prostituye, puesto que queda reducida al placer venéreo que se saca
de ella. El que paga peca gravemente contra sí mismo: quebranta la
castidad a la que lo comprometió su bautismo y mancha su cuerpo, templo
del Espíritu Santo (cf 1 Co 6, 15-20). La prostitución constituye una
lacra social. Habitualmente afecta a las mujeres, pero también a los
hombres, los niños y los adolescentes (en estos dos últimos casos el
pecado entraña también un escándalo). Es siempre gravemente pecaminoso
dedicarse a la prostitución, pero la miseria, el chantaje, y la presión
social pueden atenuar la imputabilidad de la falta.
2356 La violación es forzar o agredir con violencia la intimidad
sexual de una persona. Atenta contra la justicia y la caridad. La
violación lesiona profundamente el derecho de cada uno al respeto, a la
libertad, a la integridad física y moral. Produce un daño grave que
puede marcar a la víctima para toda la vida. Es siempre un acto
intrínsecamente malo. Más grave todavía es la violación cometida por
parte de los padres (cf. incesto) o de educadores con los niños que les
están confiados.
Castidad y
homosexualidad
2357 La homosexualidad designa las relaciones entre hombres o
mujeres que experimentan una atracción sexual, exclusiva o predominante,
hacia personas del mismo sexo. Reviste formas muy variadas a través de
los siglos y las culturas. Su origen psíquico permanece en gran medida
inexplicado. Apoyándose en la Sagrada Escritura que los presenta como
depravaciones graves (cf Gn 19, 1-29; Rm 1, 24-27; 1 Co 6, 10; 1 Tm 1,
10), la Tradición ha declarado siempre que ‘los actos homosexuales son
intrínsecamente desordenados’ (CDF, decl. "Persona humana" 8). Son
contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida.
No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No
pueden recibir aprobación en ningún caso.
2358 Un número apreciable de hombres y mujeres presentan
tendencias homosexuales instintivas. No eligen su condición homosexual;
ésta constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser
acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a
ellos, todo signo de discriminación injusta. Estas personas están
llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son
cristianas, a unir al sacrificio de la cruz del Señor las dificultades
que pueden encontrar a causa de su condición.
2359 Las personas homosexuales están llamadas a la castidad.
Mediante virtudes de dominio de sí mismo que eduquen la libertad
interior, y a veces mediante el apoyo de una amistad desinteresada, de
la oración y la gracia sacramental, pueden y deben acercarse gradual y
resueltamente a la perfección cristiana.
III El amor de los esposos
2360 La sexualidad está ordenada al amor conyugal del hombre y de
la mujer. En el matrimonio, la intimidad corporal de los esposos viene a
ser un signo y una garantía de comunión espiritual. Entre bautizados,
los vínculos del matrimonio están santificados por el sacramento.
2361 ‘La sexualidad, mediante la cual el hombre y la mujer se dan
el uno al otro con los actos propios y exclusivos de los esposos, no es
algo puramente biológico, sino que afecta al núcleo íntimo de la persona
humana en cuanto tal. Ella se realiza de modo verdaderamente humano
solamente cuando es parte integral del amor con el que el hombre y la
mujer se comprometen totalmente entre sí hasta la muerte’ (FC 11).
Tobías se levantó del lecho y dijo a Sara: ‘Levántate, hermana, y oremos
y pidamos a nuestro Señor que se apiade de nosotros y nos salve’. Ella
se levantó y empezaron a suplicar y a pedir el poder quedar a salvo.
Comenzó él diciendo: ‘¡Bendito seas tú, Dios de nuestros padres... tú
creaste a Adán, y para él creaste a Eva, su mujer, para sostén y ayuda,
y para que de ambos proviniera la raza de los hombres. Tú mismo dijiste:
«no es bueno que el hombre se halle solo; hagámosle una ayuda semejante
a él». Yo no tomo a ésta mi hermana con deseo impuro, mas con recta
intención. Ten piedad de mí y de ella y podamos llegar juntos a nuestra
ancianidad’. Y dijeron a coro: ‘Amén, amén’. Y se acostaron para pasar
la noche (Tb 8, 4-9).
2362 ‘Los actos con los que los esposos se unen íntima y
castamente entre sí son honestos y dignos, y, realizados de modo
verdaderamente humano, significan y fomentan la recíproca donación, con
la que se enriquecen mutuamente con alegría y gratitud’ (GS 49, 2). La
sexualidad es fuente de alegría y de agrado:
El Creador... estableció que en esta función (de generación) los esposos
experimentasen un placer y una satisfacción del cuerpo y del espíritu.
Por tanto, los esposos no hacen nada malo procurando este placer y
gozando de él. Aceptan lo que el Creador les ha destinado. Sin embargo,
los esposos deben saber mantenerse en los límites de una justa
moderación (Pío XII, discruso 29 octubre 1951).
2363 Por la unión de los esposos se realiza el doble fin del
matrimonio: el bien de los esposos y la transmisión de la vida. No se
pueden separar estas dos significaciones o valores del matrimonio sin
alterar la vida espiritual de los cónyuges ni comprometer los bienes del
matrimonio y el porvenir de la familia.
Así, el amor conyugal del hombre y de la mujer queda situado bajo la
doble exigencia de la fidelidad y la fecundidad.
La fidelidad conyugal
2364 El matrimonio constituye una ‘íntima comunidad de vida y
amor conyugal, fundada por el Creador y provista de leyes propias’. Esta
comunidad ‘se establece con la alianza del matrimonio, es decir, con un
consentimiento personal e irrevocable’ (GS 48, 1). Los dos se dan
definitiva y totalmente el uno al otro. Ya no son dos, ahora forman una
sola carne. La alianza contraída libremente por los esposos les impone
la obligación de mantenerla una e indisoluble (cf ⇒ CIC can. 1056). ‘Lo
que Dios unió, no lo separe el hombre’ (Mc 10, 9; cf Mt 19, 1-12; 1 Co
7, 10-11).
2365 La fidelidad expresa la constancia en el mantenimiento de la
palabra dada. Dios es fiel. El sacramento del Matrimonio hace entrar al
hombre y la mujer en el misterio de la fidelidad de Cristo para con su
Iglesia. Por la castidad conyugal dan testimonio de este misterio ante
el mundo.
San Juan Crisóstomo sugiere a los jóvenes esposos hacer este
razonamiento a sus esposas: ‘Te he tomado en mis brazos, te amo y te
prefiero a mi vida. Porque la vida presente no es nada, mi deseo más
ardiente es pasarla contigo de tal manera que estemos seguros de no
estar separados en la vida que nos está reservada... pongo tu amor por
encima de todo, y nada me será más penoso que no tener los mismos
pensamientos que tú tienes’ (hom. in Eph. 20, 8).
La fecundidad del
matrimonio
2366 La fecundidad es un don, un fin del matrimonio, pues el amor
conyugal tiende naturalmente a ser fecundo. El niño no viene de fuera a
añadirse al amor mutuo de los esposos; brota del corazón mismo de ese
don recíproco, del que es fruto y cumplimiento. Por eso la Iglesia, que
‘está en favor de la vida’ (FC 30), enseña que todo ‘acto matrimonial
debe quedar abierto a la transmisión de la vida’ (HV 11). ‘Esta
doctrina, muchas veces expuesta por el Magisterio, está fundada sobre la
inseparable conexión que Dios ha querido y que el hombre no puede romper
por propia iniciativa, entre los dos significados del acto conyugal: el
significado unitivo y el significado procreador’ (HV 12; cf Pío XI, enc.
"Casti connubii").
2367 Llamados a dar la vida, los esposos participan del poder
creador y de la paternidad de Dios (cf Ef. 3, 14; Mt 23, 9). ‘En el
deber de transmitir la vida humana y educarla, que han de considerar
como su misión propia, los cónyuges saben que son cooperadores del amor
de Dios Creador y en cierta manera sus intérpretes. Por ello, cumplirán
su tarea con responsabilidad humana y cristiana’ (GS 50, 2).
2368 Un aspecto particular de esta responsabilidad se refiere a
la ‘regulación de la natalidad’. Por razones justificadas, los esposos
pueden querer espaciar los nacimientos de sus hijos. En este caso, deben
cerciorarse de que su deseo no nace del egoísmo, sino que es conforme a
la justa generosidad de una paternidad responsable. Por otra parte,
ordenarán su comportamiento según los criterios objetivos de la
moralidad:
El carácter moral de la conducta, cuando se trata de conciliar el amor
conyugal con la transmisión responsable de la vida, no depende sólo de
la sincera intención y la apreciación de los motivos, sino que debe
determinarse a partir de criterios objetivos, tomados de la naturaleza
de la persona y de sus actos; criterios que conserven íntegro el sentido
de la donación mutua y de la procreación humana en el contexto del amor
verdadero; esto es imposible si no se cultiva con sinceridad la virtud
de la castidad conyugal (GS 51, 3).
2369 ‘Salvaguardando ambos aspectos esenciales, unitivo y
procreador, el acto conyugal conserva íntegro el sentido de amor mutuo y
verdadero y su ordenación a la altísima vocación del hombre a la
paternidad’ (HV 12).
2370 La continencia periódica, los métodos de regulación de
nacimientos fundados en la autoobservación y el recurso a los períodos
infecundos (HV 16) son conformes a los criterios objetivos de la
moralidad. Estos métodos respetan el cuerpo de los esposos, fomentan el
afecto entre ellos y favorecen la educación de una libertad auténtica.
Por el contrario, es intrínsecamente mala ‘toda acción que, o en
previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de
sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer
imposible la procreación’ (HV 14):
‘Al lenguaje natural que expresa la recíproca donación total de los
esposos, el anticoncepcionismo impone un lenguaje objetivamente
contradictorio, es decir, el de no darse al otro totalmente: se produce
no sólo el rechazo positivo de la apertura a la vida, sino también una
falsificación de la verdad interior del amor conyugal, llamado a
entregarse en plenitud personal’. Esta diferencia antropológica y moral
entre la anticoncepción y el recurso a los ritmos periódicos ‘implica...
dos concepciones de la persona y de la sexualidad humana
irreconciliables entre sí’ (FC 32).
2371 Por otra parte, ‘sea claro a todos que la vida de los
hombres y la tarea de transmitirla no se limita sólo a este mundo y no
se puede medir ni entender sólo por él, sino que mira siempre al destino
eterno de los hombres’ (GS 51, 4).
2372 El Estado es responsable del bienestar de los ciudadanos.
Por eso es legítimo que intervenga para orientar la demografía de la
población. Puede hacerlo mediante una información objetiva y respetuosa,
pero no mediante una decisión autoritaria y coaccionante. No puede
legítimamente suplantar la iniciativa de los esposos, primeros
responsables de la procreación y educación de sus hijos (cf HV 23; PP
37). El Estado no está autorizado a favorecer medios de regulación
demográfica contrarios a la moral.
El don del hijo
2373 La Sagrada Escritura y la práctica tradicional de la Iglesia
ven en las familias numerosas como un signo de la bendición divina y de
la generosidad de los padres (cf GS 50, 2).
2374 Grande es el sufrimiento de los esposos que se descubren
estériles. Abraham pregunta a Dios: ‘¿Qué me vas a dar, si me voy sin
hijos...?’ (Gn 15, 2). Y Raquel dice a su marido Jacob: ‘Dame hijos, o
si no me muero’ (Gn 30, 1).
2375 Las investigaciones que intentan reducir la esterilidad
humana deben alentarse, a condición de que se pongan ‘al servicio de la
persona humana, de sus derechos inalienables, de su bien verdadero e
integral, según el plan y la voluntad de Dios’ (CDF, instr. "Donum
vitae" intr. 2).
2376 Las técnicas que provocan una disociación de la paternidad
por intervención de una persona extraña a los cónyuges (donación del
esperma o del óvulo, préstamo de útero) son gravemente deshonestas.
Estas técnicas (inseminación y fecundación artificiales heterólogas)
lesionan el derecho del niño a nacer de un padre y una madre conocidos
de él y ligados entre sí por el matrimonio. Quebrantan ‘su derecho a
llegar a ser padre y madre exclusivamente el uno a través del otro’
(CDF, instr. "Donum vitae" 2, 4).
2377 Practicadas dentro de la pareja, estas técnicas
[inseminación y fecundación artificiales homólogas] son quizá menos
perjudiciales, pero no dejan de ser moralmente reprobables. Disocian el
acto sexual del acto procreador. El acto fundador de la existencia del
hijo ya no es un acto por el que dos personas se dan una a otra, sino
que ‘confía la vida y la identidad del embrión al poder de los médicos y
de los biólogos, e instaura un dominio de la técnica sobre el origen y
sobre el destino de la persona humana. Una tal relación de dominio es en
sí contraria a la dignidad e igualdad que debe ser común a padres e
hijos’ (cf CDF, instr. "Donum vitae" 82). ‘La procreación queda privada
de su perfección propia, desde el punto de vista moral, cuando no es
querida como el fruto del acto conyugal, es decir, del gesto específico
de la unión de los esposos... solamente el respeto de la conexión
existente entre los significados del acto conyugal y el respeto de la
unidad del ser humano, consiente una procreación conforme con la
dignidad de la persona’ (CDF, instr. "Donum vitae" 2, 4).
2378 El hijo no es un derecho sino un don. El ‘don más excelente
del matrimonio’ es una persona humana. El hijo no puede ser considerado
como un objeto de propiedad, a lo que conduciría el reconocimiento de un
pretendido ‘derecho al hijo’. A este respecto, sólo el hijo posee
verdaderos derechos: el de ‘ser el fruto del acto específico del amor
conyugal de sus padres, y tiene también el derecho a ser respetado como
persona desde el momento de su concepción’ (CDF, instr. "Donum vitae" 2,
8).
2379 El Evangelio enseña que la esterilidad física no es un mal
absoluto. Los esposos que, tras haber agotado los recursos legítimos de
la medicina, sufren por la esterilidad, deben asociarse a la Cruz del
Señor, fuente de toda fecundidad espiritual. Pueden manifestar su
generosidad adoptando niños abandonados o realizando servicios abnegados
en beneficio del prójimo.
IV Las ofensas a la dignidad del matrimonio
2380 El adulterio. Esta palabra designa la infidelidad conyugal.
Cuando un hombre y una mujer, de los cuales al menos uno está casado,
establecen una relación sexual, aunque ocasional, cometen un adulterio.
Cristo condena incluso el deseo del adulterio (cf Mt 5, 27-28). El sexto
mandamiento y el Nuevo Testamento prohíben absolutamente el adulterio
(cf Mt 5, 32; 19, 6; Mc 10, 11; 1 Co 6, 9-10). Los profetas denuncian su
gravedad; ven en el adulterio la imagen del pecado de idolatría (cf Os
2, 7; Jr 5, 7; 13, 27).
2381 El adulterio es una injusticia. El que lo comete falta a sus
compromisos. Lesiona el signo de la Alianza que es el vínculo
matrimonial. Quebranta el derecho del otro cónyuge y atenta contra la
institución del matrimonio, violando el contrato que le da origen.
Compromete el bien de la generación humana y de los hijos, que necesitan
la unión estable de los padres.
El divorcio
2382 El Señor Jesús insiste en la intención original del Creador
que quería un matrimonio indisoluble (cf Mt 5, 31-32; 19, 3-9; Mc 10, 9;
Lc 16, 18; 1 Co 7, 10-11), y deroga la tolerancia que se había
introducido en la ley antigua (cf Mt 19, 7-9).
Entre bautizados católicos, ‘el matrimonio rato y consumado no puede ser
disuelto por ningún poder humano ni por ninguna causa fuera de la
muerte’ (⇒ CIC can. 1141).
2383 La separación de los esposos con permanencia del vínculo
matrimonial puede ser legítima en ciertos casos previstos por el Derecho
Canónico (cf ⇒ CIC can. 1151-1155).
Si el divorcio civil representa la única manera posible de asegurar
ciertos derechos legítimos, el cuidado de los hijos o la defensa del
patrimonio, puede ser tolerado sin constituir una falta moral.
2384 El divorcio es una ofensa grave a la ley natural. Pretende
romper el contrato, aceptado libremente por los esposos, de vivir juntos
hasta la muerte. El divorcio atenta contra la Alianza de salvación de la
cual el matrimonio sacramental es un signo. El hecho de contraer una
nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta la gravedad de
la ruptura: el cónyuge casado de nuevo se halla entonces en situación de
adulterio público y permanente:
Si el marido, tras haberse separado de su mujer, se une a otra mujer, es
adúltero, porque hace cometer un adulterio a esta mujer; y la mujer que
habita con él es adúltera, porque ha atraído a sí al marido de otra (S.
Basilio, moral.regla 73).
2385 El divorcio adquiere también su carácter inmoral a causa del
desorden que introduce en la célula familiar y en la sociedad. Este
desorden entraña daños graves: para el cónyuge, que se ve abandonado;
para los hijos, traumatizados por la separación de los padres, y a
menudo viviendo en tensión a causa de sus padres; por su efecto
contagioso, que hace de él una verdadera plaga social.
2386 Puede ocurrir que uno de los cónyuges sea la víctima
inocente del divorcio dictado en conformidad con la ley civil; entonces
no contradice el precepto moral. Existe una diferencia considerable
entre el cónyuge que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al
sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el que, por
una falta grave de su parte, destruye un matrimonio canónicamente válido
(cf FC 84).
Otras ofensas a la
dignidad del matrimonio
2387 “Es comprensible el drama del que, deseoso de convertirse al
Evangelio, se ve obligado a repudiar una o varias mujeres con las que ha
compartido años de vida conyugal. Sin embargo, la poligamia no se ajusta
a la ley moral, pues contradice radicalmente la comunión conyugal. La
poligamia ‘niega directamente el designio de Dios, tal como es revelado
desde los orígenes, porque es contraria a la igual dignidad personal del
hombre y de la mujer, que en el matrimonio se dan con un amor total y
por lo mismo único y exclusivo’ (FC 19; cf GS 47, 2). El cristiano que
había sido polígamo está gravemente obligado en justicia a cumplir los
deberes contraídos respecto a sus antiguas mujeres y sus hijos.
2388 Incesto es la relación carnal entre parientes dentro de los
grados en que está prohibido el matrimonio (cf Lv 18, 7-20). San Pablo
condena esta falta particularmente grave: ‘Se oye hablar de que hay
inmoralidad entre vosotros... hasta el punto de que uno de vosotros vive
con la mujer de su padre... en nombre del Señor Jesús... sea entregado
ese individuo a Satanás para destrucción de la carne...’ (1 Co 5,
1.4-5). El incesto corrompe las relaciones familiares y representa una
regresión a la animalidad.
2389 Se puede equiparar al incesto los abusos sexuales
perpetrados por adultos en niños o adolescentes confiados a su guarda.
Entonces esta falta adquiere una mayor gravedad por atentar
escandalosamente contra la integridad física y moral de los jóvenes que
quedarán así marcados para toda la vida, y por ser una violación de la
responsabilidad educativa.
2390 Hay unión libre cuando el hombre y la mujer se niegan a dar
forma jurídica y pública a una unión que implica la intimidad sexual.
La expresión en sí misma es engañosa: ¿qué puede significar una unión en
la que las personas no se comprometen entre sí y testimonian con ello
una falta de confianza en el otro, en sí mismo, o en el porvenir?
Esta expresión abarca situaciones distintas: concubinato, rechazo del
matrimonio en cuanto tal, incapacidad de unirse mediante compromisos a
largo plazo (cf FC 81). Todas estas situaciones ofenden la dignidad del
matrimonio; destruyen la idea misma de la familia; debilitan el sentido
de la fidelidad. Son contrarias a la ley moral: el acto sexual debe
tener lugar exclusivamente en el matrimonio; fuera de éste constituye
siempre un pecado grave y excluye de la comunión sacramental.
2391 No pocos postulan hoy una especie de ‘unión a prueba’ cuando
existe intención de casarse. Cualquiera que sea la firmeza del propósito
de los que se comprometen en relaciones sexuales prematuras, éstas ‘no
garantizan que la sinceridad y la fidelidad de la relación interpersonal
entre un hombre y una mujer queden aseguradas, y sobre todo protegidas,
contra los vaivenes y las veleidades de las pasiones’ (CDF, decl.
"Persona humna", 7). La unión carnal sólo es moralmente legítima cuando
se ha instaurado una comunidad de vida definitiva entre el hombre y la
mujer. El amor humano no tolera la ‘prueba’. Exige un don total y
definitivo de las personas entre sí (cf FC 80)
RESUMEN
2392 ‘El amor es la vocación fundamental e innata de todo ser
humano’ (FC 11).
2393 Al crear al ser humano hombre y mujer, Dios confiere la
dignidad personal de manera idéntica a uno y a otra. A cada uno, hombre
y mujer, corresponde reconocer y aceptar su identidad sexual.
2394 Cristo es el modelo de la castidad. Todo bautizado es
llamado a llevar una vida casta, cada uno según su estado de vida.
2395 La castidad significa la integración de la sexualidad en la
persona. Entraña el aprendizaje del dominio personal.
2396 Entre los pecados gravemente contrarios a la castidad se
deben citar la masturbación, la fornicación, las actividades
pornográficas y las prácticas homosexuales.
2397 La alianza que los esposos contraen libremente implica un
amor fiel. Les confiere la obligación de guardar indisoluble su
matrimonio.
2398 La fecundidad es un bien, un don, un fin del matrimonio.
Dando la vida, los esposos participan de la paternidad de Dios.
2399 La regulación de la natalidad representa uno de los aspectos
de la paternidad y la maternidad responsables. La legitimidad de las
intenciones de los esposos no justifica el recurso a medios moralmente
reprobables (p.e., la esterilización directa o la anticoncepción).
2400 El adulterio y el divorcio, la poligamia y la unión libre
son ofensas graves a la dignidad del matrimonio.
Continuación al Séptimo Mandamiento>>>
Regreso a la página principal
www.corazones.org
Esta página
es obra de Las Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María
Copyright © 2009 SCTJM