Compendio del Dezinger
Notas:
Este texto es un compendio del Dezinger. Esta contenido en dos páginas:
1ra: esta
2da: compendio 2.
Este texto no tiene toda la numeración de Dezinger.
Texto Dezinger con numeración.
SAN PEDRO APOSTOL, (?)-67(?) Como es sabido, bajo su nombre hay dos Epístolas canónicas.
SAN LINO, 67 ( ?) - 79 ( ?)
SAN [ANA]CLETO, 79 ( ?) - 90 ( ?)
SAN CLEMENTE 1, 90 (?)-99 (?)
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta , a los corintios]
D41
(1) A causa de las repentinas y sucesivas calamidades y percances que nos han sobrevenido, hermanos, creemos haber vuelto algo tardíamente nuestra atención a los asuntos discutidos entre vosotros. Nos referimos, carísimos, a la sedición, abominable y sacrílega, que unos cuantos sujetos, gentes audaces y arrogantes, han encendido hasta tal punto de insensatez, que vuestro nombre, venerable y celebradísimo, ha venido a ser gravemente ultrajado...
(7) Os escribimos para amonestaros...
(57) Vosotros, pues, los que fuisteis causa de que estallara la sedición, someteos a vuestros presbíteros y recibid la corrección con arrepentimiento...
(59) Mas si algunos desobedecieren a las amonestaciones que, por medio de Nos, Aquél os ha dirigido, sepan que se harán reos de no leve pecado y se expondrán a no pequeño peligro; pero nosotros seremos inocentes de ese pecado...
(63) Porque nos procuraréis júbilo y regocijo si, obedeciendo a lo que por el Espíritu Santo os acabamos de escribir, cortáis de raíz la impía cólera de vuestra envidia, conforme a la exhortación que en esta carta os hemos hecho sobre la paz y la concordia.
De la jerarquía y del estado laical
[De la misma Carta a los corintios]
D42
(40) ...pues los que siguen las ordenaciones del Señor, no pecan. Y, en efecto, al Sumo Sacerdote le están encomendadas sus propias funciones; y su propio lugar tienen señalado los demás sacerdotes, y ministerios propios incumben a los levitas; el hombre laico, en fin, por preceptos laicos está ligado.
(41) Cada uno de nosotros [v. h: vosotros], hermanos, en el puesto que tiene señalado [1 Cor. 15, 23], dé gracias a Dios, conservándose en buena conciencia y no transgrediendo la regla establecida de su propio ministerio.
(42) Los Apóstoles nos predicaron el Evangelio de parte del Señor Jesucristo; Jesucristo fue enviado de parte de Dios... Así, pues, según pregonaban por los lugares y ciudades la buena nueva, iban estableciendo a los que eran las primicias, después de probarlos por el Espíritu, por inspectores y ministros de los que habían de creer.
SAN EVARISTO, 99 (?) - 107 (?)
SAN PIO I, 140 (?) - 154 (?)
SAN ALEJANDRO I, 107 (?) -116 (?)
SAN ANICETO 154 ( ?) - 165 (?)
SAN SIXTO I, 116 (?) - 125 (?)
SAN SOTERO, 165 (?) - 174 (?)
SAN TELESFORO, 125 (?) - 136 (?)
SAN ELEUTERIO, 174 (?) - 189(?)
SAN HIGINIO, 136 (?) - 110 (?)
SAN VICTOR, 189 ( ?) - 198 (?)
Nota: (1) En tiempo de San Víctor, el primado del Romano Pontífice era reconocido por todos. En efecto, como Víctor estuviera resuelto a excomulgar a las Iglesias del Asia en la controversia sobre la celebración de la Pascua, se le acusó cierta-mente (por ejemplo, por parte de San Ireneo) de excesiva severidad, pero nin-gún obispo combatía ni su derecho, ni su autoridad. Cf. EUSEB. Hist. Eccl. 5, 24 [PG 20, 493 ss; SCHWARTZ-MOMMSEN, Euseb. II 1, 491 ss].
SAN CEFERINO, 198 (?)-217
o bien SAN CALIXTO 1, 217-222
Del Verbo Encarnado
[De Philosophoumena IX, 11, de San Hipólito, escrito hacia el año 230]
Y [Calixto] inducía al mismo Ceferino, persuadiéndole a que públicamente dijera: “Yo conozco a un solo Dios Jesucristo, y a ningún otro fuera de Él, que sea nacido y pasible)”; otras veces diciendo: “No fue el Padre el que murió, sino el Hijo”, así mantenía entre el pueblo disensión interminable.
Nosotros, que conocíamos sus tramas, no cedimos, sino que le argüíamos y nos opusimos a él en favor de la verdad. Él, arrebatado de locura, pues todos se dejaban engañar por su hipocresía, pero no nosotros, llamábanos ditheos (de dos dioses), vomitando violentamente el veneno que llevaba en las entrañas.
Sobre la absolución de los pecados
[Fragmento del De pudicitia de Tertuliano]
Digo también haber salido un edicto y, por cierto, perentorio. No menos que el Pontífice Máximo, es decir, el obispo de los obispos, proclama: “Yo perdono los pecados de adulterio y fornicación a los que han hecho penitencia.”
SAN URBANO, 222-230 SAN ANTERO, 235-36
SAN PONCIANO, 230-235 SAN FABIANO, 235-250
SAN CORNELIO I, 251-253
De la constitución monárquica de la Iglesia
[De la Carta 6 Quantam sollicitudinen a San Cipriano, obispo de Cartago, del año 252]
Nosotros sabemos que Cornelio ha sido elegido obispo de la Santísima Iglesia Católica por Dios omnipotente y por Cristo Señor nuestro nosotros confesamos nuestro error. Hemos sido víctimas de una impostura; hemos sido cogidos por una perfidia y charlatanería capciosa. En efecto, aun cuan(lo parecía que teníamos alguna comunicación con el hombre cismático y hereje; nuestro corazón, sin embargo, siempre estuvo con la Iglesia. Porque no ignoramos que hay un solo Dios y un solo Señor Jesucristo, a quien hemos confesado, un solo Espíritu Santo, y sólo debe haber un obispo en una Iglesia Católica.
[Sobre la consignación para la entrega del Espíritu Santo, v. Kirch 256, R 547 ¡ sobre la Trinidad, v. R 546.]
Sobre la jerarquía eclesiástica
[De la Carta a Fabio, obispo de Antioquía, del año 251]
Así, pues, el vindicador del Evangelio [Novaciano] ¿no sabia que en una iglesia católica sólo debe haber un obispo ? Y no podía ignorar (¿de qué manera podía ignorarlo?) que en ella [, en Roma,] hay cuarenta y seis presbíteros, siete diáconos, siete subdiáconos, cuarenta y dos acólitos, cincuenta y dos entre exorcistas, lectores y ostiarios, y entre viudas y pobres más de mil quinientos.
SAN LUCIO I, 253-254
SAN ESTEBAN 1, 254-257
Sobre el bautismo de los herejes
[Fragmento de Una carta a San Cipriano, tomado de la Carta 74 de éste a Pompeyo]
(1) ... Así, pues, si alguno de cualquier herejía viniere a vosotros, no se innove nada, fuera de lo que es de tradición; impóngansele las manos para la penitencia, como quiera que los mismos herejes no bautizan según un rito particular a los que se pasan a ellos, sino que sólo los reciben en su comunión.
[Fragmento de la Carta de Esteban, tomado de la carta 75 de Firmiliano a San Cipriano]
(18) Pero gran ventaja es el nombre de Cristo —dice Esteban— respecto a la fe y a la santificación por el bautismo, que quienquiera y donde quiera fuere bautizado en el nombre de Cristo, consiga al punto la gracia de Cristo.
SAN SIXTO II, 258
SAN DIONISIO, 259-268
Sobre la Trinidad y la Encarnación
[Fragmento de la Carta a contra los triteistas y los sabelianos, hacia el año 260]
(1) Éste fuera el momento oportuno de hablar contra los que dividen, cortan y destruyen la más venerada predicación de la iglesia, la unidad de principio en Dios, repartiéndola en tres potencias e hipóstasis separadas y en tres divinidades; porque he sabido que hay entre vosotros algunos de los que predican y enseñan la palabra divina, maestros de semejante opinión, los cuales se oponen diametralmente, digámoslo así, a la sentencia de Sabelio. Porque éste blasfema diciendo que el mismo Hijo es el Padre y viceversa; aquéllos, por lo contrario, predican, en cierto modo, tres dioses, pues dividen la santa Unidad en tres hipóstasis absolutamente separadas entre sí. Porque es necesario que el Verbo divino esté unido con el Dios del universo y que el Espíritu Santo habite y permanezca en Dios; y, consiguientemente, es de toda necesidad que la divina Trinidad se recapitule y reúna, como en un vértice, en uno solo, es decir, en el Dios omnipotente del universo. Porque la doctrina de Marción, hombre de mente vana, que corta y divide en tres la unidad de principio, es enseñanza diabólica y no de los verdaderos discípulos de Cristo y de quienes se complacen en las enseñanzas del Salvador. Éstos, en efecto, saben muy bien que la Trinidad es predicada por la divina Escritura, pero ni el Antiguo ni el Nuevo Testamento predican tres dioses.
(2) Pero no son menos de reprender quienes opinan que el Hijo es una criatura, y creen que el Señor fue hecho, como otra cosa cualquiera de las que verdaderamente fueron hechas, como quiera que los oráculos divinos atestiguan un nacimiento que con Él dice y conviene, pero no plasmación o creación alguna. Es, por ende, blasfemia y no como quiera, sino la mayor blasfemia, decir que el Señor es de algún modo hechura de manos. Porque si el Hijo fue hecho, hubo un tiempo en que no fue. Ahora bien, Él fue siempre, si es que está en el Padre, como Él dice (Ioh. 14, 10 s). Y si Cristo es el Verbo y la sabiduría y la potencia —todo esto, en efecto, como sabéis, dicen las divinas Escrituras que es Cristo [cf. Ioh. 1, 14 1 Cor. 1, 24]—, todo esto son potencias de Dios. Luego si el Hijo fue hecho, hubo un tiempo en que no fue todo esto; luego hubo un momento en que Dios estaba sin ello, lo cual es la cosa más absurda.
¿A qué hablar más largamente sobre este asunto a vosotros, hombres llenos de Espíritu y que sabéis perfectamente los absurdos que se siguen de decir que el Hijo es una criatura? A estos absurdos paréceme a mí no haber atendido los cabecillas de esta opinión y por eso ciertamente se han extraviado de la verdad, al interpretar de modo distinto de lo que significa la divina y profética Escritura: El Señor me creó principio de sus caminos [Prov. 8, 22: LXX]. Porque, como sabéis, no es una sola la significación de “creó”. Porque en este lugar “creó” es lo mismo que lo antepuso a las obras hechas por Él mismo, hechas, por cierto, por el mismo Hijo. Porque “creó” no hay que entenderlo aquí por “hizo”; pues “crear” es diferente de “hacer” ¿No es este mismo tu Padre que te poseyó y te hizo y te creó?, dice Moisés en el gran canto del Deuteronomio [Deut. 32, 6; LXX]. Muy bien se les podrá decir: “Oh hombres temerarios, ¿conque es hechura el primogénito de toda la creación [Col. 1, 15], el que fue engendrado del vientre, antes del lucero de la mañana [Ps. 109, 3; LXX], el que dice como Sabiduría: Antes de todos los collados me engendró? [Prov. 8, 25: LXX]. Y es fácil hallar en muchas partes de los divinos oráculos que el Hijo es dicho haber sido engendrado, pero no que fue hecho. Por donde patentemente se argüye que opinan falsamente sobre la generación del Señor los que se atreven a llamar creación a su divina e inefable generación.
(8) Luego ni se debe dividir en tres divinidades la admirable y divina unidad, ni disminuir con la idea de creación la dignidad y suprema grandeza del Señor; sino que hay que creer en Dios Padre omnipotente y en Jesucristo su Hijo y en el Espíritu Santo, y que en el Dios del universo está unido el Verbo. Porque: Yo —dice— y el Padre somos una sola cosa [Ioh. 10, 30]; y: Yo estoy en e¿ Padre y el Padre en mí [Ioh. 14, 10]. Porque de este modo es posible mantener íntegra tanto la divina Trinidad como la santa predicación de la unidad de principio.
SAN FELIX I, 269-274 SAN CAYO, 283-296
SAN EUTIQUIANO, 275-283 SAN MARCELINO, 296-304
CONClLlO DE ELVlRA, ENTRE 300 y 306
Sobre la indisolubilidad del matrimonio
Can. 9. Igualmente, a la mujer cristiana que haya abandonado al marido cristiano adúltero y se casa con otro, prohíbasele casarse; si se hubiere casado, no reciba la comunión antes de que hubiere muerto el marido abandonado; a no ser que tal vez la necesidad de enfermedad forzare a dársela.
Del celibato de los clérigos
Can. 27. El obispo o cualquier otro clérigo tenga consigo solamente o una hermana o una hija virgen consagrada a Dios; pero en modo alguno plugo [al Concilio] que tengan a una extraña.
Can. 33. Plugo prohibir totalmente a los obispos, presbíteros y diáconos o a todos los clérigos puestos en ministerio, que se abstengan de sus cónyuges y no engendren hijos ¡ y quienquiera lo hiciere, sea apartado del honor de la clerecía.
Del bautismo y confirmación
Can. 38. En caso de navegación a un lugar lejano o si no hubiere cerca una Iglesia, el fiel que conserva íntegro el bautismo y no es bígamo, puede bautizar a un catecúmeno en necesidad de enfermedad, de modo que, si sobreviviere, lo conduzca al obispo, a fin de que por la imposición de sus manos pueda ser perfeccionado.
Can. 77. Si algún diácono que rige al pueblo sin obispo o presbítero, bautizare a algunos, el obispo deberá perfeccionarlos por medio de la bendición; y si salieran antes de este mundo, bajo la fe en que cada uno creyó, podrá ser uno de los justos.
SAN MARCELO, 308-309 SAN EUSEBIO, 309 (ó 310)
SAN MILCIADES, 311-314 SAN SILVESTRE 1, 314-335
PRIMER CONCILIO DE ARLES, 314
Plenario (contra los donatistas)
Del bautismo de los herejes
Can. 8 cerca de los africanos que usan de su propia ley de rebautizar, plugo que si alguno pasare de la herejía a la Iglesia, se le pregunte el símbolo, y si vieren claramente que está bautizado en el Padre y en el Hijo y en el Espíritu Santo, impóngasele sólo la mano, a fin de que reciba el Espíritu Santo. Y si preguntado no diere razón de esta Trinidad, sea bautizado.
Can. 15. Que los diáconos no ofrezcan [v. Kch 373].
PRIMER CONCILIO DE NICEA, 325
Primero ecuménico (contra los arrianos)
El Símbolo Niceno
[Versión sobre el texto griego]
Creemos en un solo Dios Padre omnipotente, creador de todas las cosas, de las visibles y de las invisibles; y en un solo Señor Jesucristo Hijo de Dios, nacido unigénito del Padre, es decir, de la sustancia del Padre, Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero, engendrado, no hecho, consustancial al Padre, por quien todas las cosas fueron hechas, las que hay en el cielo y las que hay en la tierra, que por nosotros los hombres y por nuestra salvación descendió y se encarnó, se hizo hombre, padeció, y resucitó al tercer día, subió a los cielos, y ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos. Y en el Espíritu Santo.
Mas a los que afirman: Hubo un tiempo en que no fue y que antes de ser engendrado no fue, y que fue hecho de la nada, o los que dicen que es de otra hipóstasis o de otra sustancia o que el Hijo de Dios es cambiable o mudable, los anatematiza la Iglesia Católica.
[Versión de Hilario de Poitiers]
Creemos en un solo Dios, Padre omnipotente, hacedor de todas las cosas visibles e invisibles. Y en un solo Señor nuestro Jesucristo Hijo de Dios, nacido unigénito del Padre, esto es, de la sustancia del Padre, Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero, nacido, no hecho, de una sola sustancia con el Padre (lo que en griego se llama homousion), por quien han sido hechas todas las cosas, las que hay en el cielo y en la tierra, que bajó por nuestra salvación, se encarnó y se hizo hombre, padeció y resucitó al tercer día, subió a los cielos y ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos. Y en el Espíritu Santo.
A aquellos, empero, que dicen: “Hubo un tiempo en que no fue” y: “Antes de nacer, no era”, y: “Que de lo no existente fue hecho o de otra subsistencia o esencia”, a los que dicen que “El Hijo de Dios es variable o mudable”, a éstos los anatematiza la Iglesia Católica y Apostólica.
Del bautismo de los herejes y del viático de los moribundos
[Versión sobre el texto griego]
Can. 8. Acerca de los que antes se llamaban a si mismos kátharos o puros [es decir, los novacianos], pero que se acercan a la Iglesia Católica y Apostólica, plugo al santo y grande Concilio que, puesto que recibieron la imposición de manos, permanezcan en el clero ¡ pero ante todo conviene que confiesen por escrito que aceptarán y seguirán los decretos de la Iglesia Católica y Apostólica, es decir, que no negarán la reconciliación a los desposados en segundas nupcias y a los lapsos caídos en la persecución...
Can. 19. Sobre los que fueron paulianistas y luego se refugiaron en la Iglesia Católica, se promulgó el decreto que sean rebautizados de todo punto; y si algunos en el tiempo pasado pertenecieron al clero, si aparecieren irreprochables e irreprensibles, después de rebautizados, impónganseles las manos por el obispo de la Iglesia Católica...
Can. 13. Acerca de los que están para salir de este mundo, se guardará también ahora la antigua ley canónica, a saber: que si alguno va a salir de este mundo, no se le prive del último y más necesario viático. Pero si después de estar en estado desesperado y haber obtenido la comunión, nuevamente volviere entre
los vivos, póngase entre los que sólo participan de la oración; pero de modo general y acerca de cualquiera que salga de este mundo, si pide participar de la Eucaristía, el obispo, después de examen, debe dársela (versión latina: hágale participe de la ofrenda).
[La carta sinodal a los egipcios sobre los errores de Arrio y sobre las ordenaciones hechas por Melicio, v. en Kch 410 s.]
SAN MARCOS, 336
SAN JULIO I, 337-352
Sobre el primado del Romano Pontífice
[De la carta a los antioquenos, del año 341]
(22) ...Y si absolutamente, como decís, había alguna culpa contra ellos, había que haber celebrado el juicio conforme a la regla eclesiástica y no de esa manera. Se nos debió escribir a todos nosotros, a fin de que así por todos se hubiera determinado lo justo puesto que eran obispos los que padecían, y padecían no iglesias cualesquiera, sino aquellas que los mismos Apóstoles por sí mismos gobernaron. ¿Y por qué no había que escribirnos precisamente sobre la Iglesia de Alejandría? ¿Es que ignoráis que ha sido costumbre escribirnos primero a nosotros y así determinar desde aquí lo justo? Así, pues, ciertamente, si alguna sospecha había contra el obispo de ahí, había que haberlo escrito a la Iglesia de aquí
CONCILIO DE SARDICA, 343-344
Sobre el primado del Romano Pontífice
[Versión sobre el texto auténtico latino]
Can. 3 [Isid. 4]. Osio obispo dijo: También esto, que un obispo no pase de su provincia a otra provincia donde hay obispos, a no ser que fuere invitado por sus hermanos, no sea que parezca que cerramos la puerta de la caridad. —También ha de proveerse otro punto: Si acaso en alguna provincia un obispo tuviere pleito contra otro obispo hermano suyo, que ninguno de ellos llame obispos de otra provincia. —Y si algún obispo hubiere sido juzgado en alguna causa y cree tener buena causa para que el juicio se renueve, si a vosotros place, honremos la memoria del santísimo Apóstol Pedro: por aquellos que examinaron la causa o por los obispos que moran en la provincia próxima, escríbase al obispo de Roma; y si él juzgare que ha de renovarse el juicio, renuévese y señale jueces. Mas si probare que la causa es tal que no debe refregarse lo que se ha hecho, lo que él decretare quedará confirmado. ¿Place esto a todos? El Concilio respondió afirmativamente.
(Isid. 5) El obispo Gaudencio dijo: Si os place, a esta sentencia que habéis emitido, llena de santidad, hay que añadir: Cuando algún obispo hubiere sido depuesto por juicio de los obispos que moran en los lugares vecinos y proclamare que su negocio ha de tratarse en la ciudad de Roma, no se ordene en absoluto otro obispo en la misma cátedra después de la apelación de aquel cuya deposición está en entredicho, mientras la causa no hubiere sido determinada por el juicio del obispo de Roma.
[Can. 3 b] (Isid. 6) El obispo Osio dijo: Plugo también que si un obispo hubiere sido acusado y le hubieren juzgado los obispos de su misma región reunidos y le hubieren depuesto de su dignidad y, al parecer, hubiere apelado y hubiere recurrido al beatísimo obispo de la Iglesia Romana, y éste le quisiere oír y juzgare justo que se renueve el examen; que se digne escribir a los obispos que están en la provincia limítrofe y cercana que ellos mismos lo investiguen todo diligentemente y definan conforme a la fe de la verdad. Y si el que ruega que su causa se oiga nuevamente y con sus ruegos moviere al obispo romano a que de su lado envíe un presbítero, estará en la potestad del obispo hacer lo que quiera o estime: y si decretare que deben ser enviados quienes juzguen presentes con los obispos, teniendo la autoridad de quien los envió, estará en su albedrío. Mas si creyere que bastan los obispos para poner término a un asunto, haga lo que en su consejo sapientísimo juzgare.
[De la Carta Quod Semper, en que el Concilio transmitió las Actas a San Julio]
Porque parecerá muy bueno y muy conveniente que de cualesquiera provincias acudan los sacerdotes a su cabeza, es decir, a la sede de Pedro Apóstol.
SAN LIBERIO; 352-366
Sobre el bautismo de los herejes [v. 88]
SAN DAMASO I, 366-384
CONCILIO ROMANO, 382
Sobre la Trinidad y la Encarnación
[Del Tomus Damasi]
[Después de este Concilio de obispos católicos que se reunió en la ciudad de Roma, añadieron, por inspiración del Espíritu Santo:] Y porque después cundió el error de atreverse algunos a decir que el Espíritu Santo fue hecho por medio del Hijo:
(1) Anatematizamos a aquellos que no proclaman con toda libertad que el Espíritu Santo es de una sola potestad y sustancia con el Padre y el Hijo.
(2) Anatematizamos también a los que siguen el error de Sabelio, diciendo que el Padre es el mismo que el Hijo.
(3) Anatematizamos también a Arrio y a Eunomio que con igual impiedad, aunque con lenguaje distinto, afirman que el Hijo y el Espíritu Santo son criaturas.
Anatematizamos a los macedonianos que, viniendo de la de Arrio, no mudaron la perfidia, sino el nombre.
Anatematizamos a Fotino, que renovando la herejía de Ebión, confiesa a nuestro Señor Jesucristo sólo nacido de María.
(6) Anatematizamos a aquellos que afirman dos Hijos, uno antes de los siglos v otro después de asumir de la Virgen la carne.
(7) Anatematizamos a aquellos que dicen que el Verbo de Dios estuvo en la carne humana en lugar del alma racional e inteligente del hombre, como quiera que el mismo Hijo y Verbo de Dios no estuvo en su cuerpo en lugar del alma racional e inteligente, sino que tomó y salvó nuestra alma [esto es, la racional e inteligente], pero sin pecado.
(B) Anatematizamos a aquellos que pretenden que el Verbo Hijo de Dios es extensión o colección y separado del Padre, insustantivo y que ha de tener fin.
(9) También a aquellos que han andado de iglesia en iglesia, los tenemos por ajenos a nuestra comunión hasta tanto no hubieren vuelto a aquellas ciudades en que primero fueron constituídos. Y si al emigrar uno, otro ha sido ordenado en lugar del viviente, el que abandonó su ciudad vaque de la dignidad episcopal hasta que su sucesor descanse en el Señor.
(10) Si alguno no dijere que el Padre es siempre, que el Hijo es siempre y que el Espíritu Santo es siempre, es hereje.
(11) Si alguno no dijere que el Hijo ha nacido del Padre, esto es, de la sustancia divina del mismo, es hereje.
(12) Si alguno no dijere verdadero Dios al Hijo de Dios, como verdadero Dios a [su] Padre [y] que todo lo puede y que todo lo sabe y que es igual al Padre, es hereje.
(13) Si alguno dijere que constituído en la carne cuando estaba en la tierra, no estaba en los cielos con el Padre, es hereje.
(14) Si alguno dijere que, en la Pasión, Dios sentía el dolor de cruz y no lo sentía la carne junto con el alma, de que se había vestido Cristo Hijo de Dios, la forma de siervo que para sí había tomado, como dice la Escritura [cf. Phil. 2, 7], no siente rectamente.
(5) Si alguno no dijere que [Cristo] está sentado con su carne a la diestra del Padre, en la cual ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos, es hereje.
(16) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo, como el Hijo, es verdadera y propiamente del Padre, de la divina sustancia y verdadero Dios, es hereje.
(17) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo lo puede todo y todo lo sabe y está en todas partes, como el Hijo y el Padre, es hereje.
(18) Si alguno dijere que el Espíritu es criatura o que fue hecho por el Hijo, es hereje.
(19) Si alguno no dijere que el Padre por medio del Hijo y de (su) Espíritu Santo lo hizo todo, esto es, lo visible y lo invisible, es hereje.
(20) Si alguno no dijere que el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo tienen una sola divinidad, potestad, majestad y potencia, una sola gloria y dominación, un solo reino y una sola voluntad y verdad, es hereje.
(21) Si alguno no dijere ser tres personas verdaderas: la del Padre, la del Hijo y la del Espíritu Santo, iguales, siempre vivientes, que todo lo contienen, lo visible y lo invisible, que todo lo pueden, que todo lo juzgan, que todo lo vivifican, que todo lo hacen, que todo lo salvan, es hereje.
(22) Si alguno no dijere que el Espíritu Santo ha de ser adorado por toda criatura, como el Padre y el Hijo, es hereje.
(23) Si alguno sintiere bien del Padre y del Hijo, pero no se hubiere rectamente acerca del Espíritu Santo, es hereje, porque todos los herejes, sintiendo mal del Hijo de Dios y del Espíritu Santo, se hallan en la perfidia de los judíos y de los paganos.
(24) Si alguno, al llamar Dios al Padre [de Cristo], Dios al Hijo de Aquél, y Dios al Espíritu Santo, distingue y los llama dioses, y de esta forma les da el nombre de Dios, y no por razón de una sola divinidad y potencia, cual creemos y sabemos ser la del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; y prescindiendo del Hijo o del Espíritu Santo, piense así que al Padre solo se le llama Dios o así cree en un solo Dios, es hereje en todo, más aún, judío, porque el nombre de dioses fue puesto y dado por Dios a los ángeles y a todos los santos, pero del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, por razón de la sola e igual divinidad no se nos muestra ni promulga para que creamos el nombre de dioses, sino el de Dios. Porque en el Padre, en el Hijo y en el Espíritu Santo solamente somos bautizados y no en el nombre de los arcángeles o de los ángeles, como los herejes o los judíos o también los dementes paganos.
Ésta es, pues, la salvación de los cristianos: que creyendo en la Trinidad, es decir, en el Padre, en el Hijo y en el Espíritu Santo, y bautizados en ella, creamos sin duda alguna que la misma posee una sola verdadera divinidad y potencia, majestad y sustancia.
Del Espíritu Santo
[Decretum Damasi, de las Actas del Concilio de Roma, del año 382]
Se dijo: Ante todo hay que tratar del Espíritu septiforme que descansa en Cristo. Espíritu de sabiduría: Cristo virtud de Dios y sabiduría de Dios [1 Cor. 1, 24]. Espíritu de entendimiento: Te daré entendimiento y te instruiré en el camino por donde andarás [Ps. 31, 8]. Espíritu de consejo: Y se llamará su nombre ángel del gran consejo [Is. 9, 6 ¡ LXX]. Espíritu de fortaleza: Virtud o fuerza de Dios y sabiduría de Dios [1 Cor. 1, 24]. Espíritu de ciencia: Por la eminencia de la ciencia de Cristo Jesús [Eph. 3,19]. Espíritu de verdad: Yo el camino, la vida y la verdad [Ioh. 14, 6]. Espíritu de temor [de Dios]: El temor del Señor es principio de la sabiduría [Ps. 110, 10]... [sigue la explicación de los varios nombres de Cristo: Señor, Verbo, carne, pastor, etc. ]... Porque el Espíritu Santo no es sólo Espíritu del Padre o sólo Espíritu del Hijo, sino del Padre y del Hijo. Porque está escrito: Si alguno amare al mundo, no está en él el Espíritu del Padre [1 Ioh. 2, 15; Rom. 8, 9]. Igualmente está escrito: El que no tiene el Espíritu de Cristo, ése no es suyo [Rom. 8, 9]. Nombrado así el Padre y el Hijo, se entiende el Espíritu Santo, de quien el mismo Hijo dice en el Evangelio que el Espíritu Santo procede del Padre [Ioh. 15, 26], y: De lo mío recibirá y os lo anunciará a vosotros [Ioh. 16, 14].
Del canon de la sagrada Escritura
[Del mismo decreto y de las actas del mismo Concilio de Roma]
Asimismo se dijo: Ahora hay que tratar de las Escrituras divinas, qué es lo que ha de recibir la universal Iglesia Católica y qué debe evitar.
Empieza la relación del Antiguo Testamento: un libro del Génesis, un libro del Exodo, un libro del Levítico, un libro de los Números, un libro del Deuteronomio, un libro de Jesús Navé, un libro de los Jueces, un libro de Rut, cuatro libros de los Reyes, dos libros de los Paralipóntenos, un libro de ciento cincuenta Salmos, tres libros de Salomón: un libro de Proverbios, un libro de Eclesiastés, un libro del Cantar de los Cantares; igualmente un libro de la Sabiduría, un libro del Eclesiástico.
Sigue la relación de los profetas: un libro de Isaías, un libro de Jeremías, con Cinoth, es decir, sus lamentaciones, un libro de Ezequiel, un libro de Daniel, un libro de Oseas, un libro de Amós, un libro de Miqueas, un libro de Joel, un libro de Abdías, un libro de Jonás, un libro de Naún, un libro de Abacuc, un libro de Sofonías, un libro de Agéo, un libro de Zacarías, un libro de Malaquías.
Sigue la relación de las historias: un libro de Job, un libro de Tobías, dos libros de Esdras, un libro de Ester, un libro de Judit, dos libros de los Macabeos.
Sigue la relación de las Escrituras del Nuevo Testamento que recibe la Santa Iglesia Católica: un libro de los Evangelios según Mateo, un libro según Marcos, un libro según Lucas, un libro según Juan.
Epístolas de Pablo Apóstol, en número de catorce: una a los Romanos, dos a los Corintios, una a los Efesios, dos a los Tesalonicenses, una a los Gálatas, una a los Filipenses, una a los Colosenses, dos a Timoteo, una a Tito, una a Filemón, una a los Hebreos.
Asimismo un libro del Apocalipsis de Juan y un libro de Hechos de los Apóstoles.
Asimismo las Epístolas canónicas, en número de siete: dos Epístolas de Pedro Apóstol, una Epístola de Santiago Apóstol, una Epístola de Juan Apóstol, dos Epístolas de otro Juan, presbítero, y una Epístola de Judas Zelotes Apóstol [v. 162] .
Acaba el canon del Nuevo Testamento.
PRIMER CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 381
II ecuménico (contra los macedonianos, etc.)
Condenación de los herejes
Can. 1. No rechazar la fe de los trescientos dieciocho Padres reunidos en Nicea de Bitinia, sino que permanezca firme y anatematizar toda herejía, y en particular la de los eunomianos o anomeos, la de los arrianos o eudoxianos, y la de los semiarrianos o pneumatómacos, la de los sabelinos, marcelianos, la de los fotinianos y la de los apolinaristas.
Símbolo Niceno=Constantinopolitano
[Versión sobre el texto griego]
Creemos en un solo Dios, Padre omnipotente, creador del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles o invisibles. Y en un solo Señor Jesucristo, el Hijo unigénito de Dios, nacido del Padre antes de todos los siglos, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero, nacido no hecho, consustancial con el Padre, por quien fueron hechas todas las cosas; que por nosotros los hombres y por nuestra salvación descendió de los cielos y se encarnó por obra del Espíritu Santo y de María Virgen, y se hizo hombre, y fue crucificado por nosotros bajo Poncio Pilato y padeció y fue sepultado y resucitó al tercer día según las Escrituras, y subió a los cielos, y está sentado a la diestra del Padre, y otra vez ha de venir con gloria a juzgar a los vivos y a los muertos; y su reino no tendrá fin. Y en el Espíritu Santo, Señor y vivificante, que procede del Padre, que juntamente con el Padre y el Hijo es adorado y glorificado, que habló por los profetas. En una sola Santa Iglesia Católica y Apostólica. Confesamos un solo bautismo para la remisión de los pecados. Esperamos la resurrección de la carne y la vida del siglo futuro. Amén.
[Según la versión de Dionisio el Exiguo]
Creemos [creo] en un solo Dios, Padre omnipotente, hacedor del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles e invisibles. Y en un solo Señor Jesucristo, Hijo de Dios y nacido del Padre [Hijo de Dios unigénito y nacido del Padre] antes de todos los Siglos [Dios de Dios, luz de luz], Dios verdadero de Dios verdadero. Nacido [engendrado], no hecho, consustancial con el Padre, por quien fueron hechas todas las cosas, quien por nosotros los hombres y la salvación nuestra [y por nuestra salvación] descendió de los cielos. Y se encarnó de Maria Virgen por obra del Espíritu Santo y se humanó [y se hizo hombre], y fue crucificado [crucificado también] por nosotros bajo Poncio Pilato, [padeció] y fue sepultado. Y resucitó al tercer día [según las Escrituras. Y] subió al cielo, está sentado a la diestra del Padre, (y) otra vez ha de venir con gloria a juzgar a los vivos y a los muertos: y su reino no tendrá fin. Y en el Espíritu Santo, Señor y vivificante, que procede del Padre [que procede del Padre y del Hijo] , que con el Padre y el Hijo ha de ser adorado y glorificado que con el Padre y el Hijo es juntamente adorado y glorificado), que habló por los santos profetas [por los profetas]. Y en una sola santa Iglesia, Católica y Apostólica. Confesamos [Confieso] un solo bautismo para la remisión de los pecados. Esperamos [Y espero] la resurrección de los muertos y la vida del siglo futuro [venidero]. Amén.
SAN SIRICIO, 384-398
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta 1 Directa ad decessorem, a Himerio, obispo de Tarragona, de 10 de febrero de 385]
... No negamos la conveniente respuesta a tu consulta, pues en consideración de nuestro deber no tenemos posibilidad de desatender ni callar, nosotros a quienes incumbe celo mayor que a todos por la religión cristiana. Llevamos los pesos de todos los que están cargados; o, más bien, en nosotros los lleva el bienaventurado Pedro Apóstol que, como confiamos, nos protege y defiende en todo como herederos de su administración.
Del bautismo de los herejes
[De la misma Epístola]
(1, 1) Así, pues, en la primera página de tu escrito señalas que muchísimos de los bautizados por los impíos arrianos se apresuran a volver a la fe católica y que algunos de nuestros hermanos quieren bautizarlos nuevamente: lo cual no es licito, como quiera que el Apóstol veda que se haga [cf. Eph. 4, 5; Hebr. 6, 4 ss (?)], y lo contradicen los cánones y lo prohiben los decretos generales enviados a las provincias por mi predecesor de venerable memoria Liberio 1, después de anular el Concilio de Rimini. A éstos, juntamente con los novacianos y otros herejes, nosotros los asociamos a la comunidad de los católicos, como está establecido en el Concilio, con sola la invocación del Espíritu septiforme, por medio de la imposición de la mano episcopal, lo cual guarda también todo el Oriente y Occidente. Conviene que en adelante tampoco vosotros os desviéis en modo alguno de esta senda, si no os queréis separar de nuestra unión por sentencia sinodal.
Sobre el matrimonio cristiano
[De la misma Carta a Himerio]
(4, 5) Acerca de la velación conyugal preguntas si la doncella desposada con uno, puede tomarla otro en matrimonio. Prohibimos de todas maneras que se haga tal cosa, pues la bendición que el sacerdote da a la futura esposa, es entre los fieles como sacrilegio, si por transgresión alguna es violada.
(5, 6) [Sobre la ayuda que ha de darse por fin antes de la muerte a los relapsos en los placeres, v. Kch 657.]
Sobre el celibato de los clérigos
[De la misma Carta a Himerio]
(7, 8 ss) Vengamos ahora a los sacratísimos órdenes de los clérigos, los que para ultraje de la religión venerable hallamos por vuestras provincias tan pisoteados y confundidos, que tenemos que decir con palabras de Jeremías: ¿Quién dará a mi cabeza agua y a mis ojos una fuente de lágrimas? Y lloraré sobre este pueblo día y noche [Ier. 9, 1]... Porque hemos sabido que muchísimos sacerdotes de Cristo y levitas han procreado hijos después de largo tiempo de su consagración, no sólo de sus propias mujeres, sino de torpe unión y quieren defender su crimen con la excusa de que se lee en el Antiguo Testamento haberse concedido a los sacerdotes y ministros facultad de engendrar.
Dígame ahora cualquiera de los seguidores de la liviandad... ¿Por qué [el Señor] avisa a quienes se les encomendaba el santo de los santos, diciendo: Sed santos, porque también yo el Señor Dios vuestro soy santo [Lv. 20, 7; 1 Petr. 1, 16]? ¿Por qué también, el año de su turno, se manda a los sacerdotes habitar en el templo lejos de sus casas? Pues por la razón de que ni aun con sus mujeres tuvieran comercio carnal, a fin de que, brillando por la integridad de su conciencia, ofrecieran a Dios un don aceptable...
De ahí que también el Señor Jesús, habiéndonos ilustrado con su venida, protesta en su Evangelio que vino a cumplir la ley, no a destruirla [Mt. 5, 17]. Y por eso quiso que la forma de la castidad de su Iglesia, de la que Él es esposo, irradiara con esplendor, a fin de poderla hallar sin mancha ni arruga [Eph. 5, 27], como lo instituyó por su Apóstol, cuando otra vez venga en el día del juicio. Todos los levitas y sacerdotes estamos obligados por la indisoluble ley de estas sanciones, es decir que desde el día de nuestra ordenación, consagramos nuestros corazones y cuerpos a la sobriedad y castidad, para agradar en todo a nuestro Dios en los sacrificios que diariamente le ofrecemos. Mas los que están en la carne, dice el vaso de elección, no pueden agradar a Dios [Rom. 8, 8].
... En cuanto aquellos que se apoyan en la excusa de un ilícito privilegio, para afirmar que esto les está concedido por la ley antigua, sepan que por autoridad de la Sede Apostólica están depuestos de todo honor eclesiástico, del que han usado indignamente, y que nunca podrán tocar los venerandos misterios, de los que a sí mismos se privaron al anhelar obscenos placeres; y puesto que los ejemplos presentes nos enseñan a precavernos para lo futuro, en adelante, cualquier obispo, presbítero o diácono que —cosa que no deseamos— fuere hallado tal, sepa que ya desde ahora le queda por Nos cerrado todo camino de indulgencia; porque hay que cortar a hierro las heridas que no sienten la medicina de los fomentos.
De las ordenaciones de los monjes
[De la misma Carta a Himerio]
(13) También los monjes, a quienes recomienda la gravedad de sus costumbres y la santa institución de su vida y de su fe, deseamos y queremos que sean agregados a los oficios de los clérigos... [cf. 1580].
De la virginidad de la B. V. M.
[De la Carta 9 Accepi litteras vestras a Anisio, obispo de Tesalónica, de 392]
(3) A la verdad, no podemos negar haber sido con justicia reprendido el que habla de los hijos de María, y con razón ha sentido horror vuestra santidad de que del mismo vientre virginal del que nació, según la carne, Cristo, pudiera haber salido otro parto. Porque no hubiera escogido el Señor Jesús nacer de una virgen, si hubiera juzgado que ésta había de ser tan incontinente que, con semen de unión humana, había de manchar el seno donde se formó el cuerpo del Señor, aquel seno, palacio del Rey eterno. Porque el que esto afirma, no otra cosa afirma que la perfidia judaica de los que dicen que no pudo nacer de una virgen. Porque aceptando la autoridad de los sacerdotes, pero sin dejar de opinar que María tuvo muchos partos, con más empeño pretenden combatir la verdad de la fe.
III CONCILIO DE CARTAGO, 397
Del canon de la S. Escritura
Can. 36 (ó 47). [Se acordó] que, fuera de las Escrituras canónicas, nada se lea en la Iglesia bajo el nombre de Escrituras divinas, Ahora bien, las Escrituras canónicas son: Génesis, Exodo, Levítico, Números, Deuteronomio, Jesús Navé, Jueces, Rut, cuatro libros de los Reyes, dos libros de los Paralipómenos, Job, Psalterio de David, cinco libros de Salomón, doce libros de los profetas, Isaías, Jeremías, Daniel, Ezequiel, Tobías, Judit, Ester, dos libros de los Macabeos. Del Nuevo Testamento: Cuatro libros de los Evangelios, un libro de Hechos de los Apóstoles, trece Epístolas de Pablo Apóstol, del mismo una a los Hebreos, dos de Pedro, tres de Juan , una de Santiago, una de Judas, Apocalipsis de Juan. Sobre la confirmación de este canon consúltese la Iglesia transmarina. Sea lícito también leer las pasiones de los mártires, cuando se celebran sus aniversarios.
SAN ANASTASIO I, 398-401
Sobre la Ortodoxia del papa Liberio
[De la Carta Dat mihi plurimum, a Venerio obispo de Milán, hacia el año 400]
Me da muchísima alegría el hecho cumplido por el amor de Cristo, por el que encendida en el culto y fervor de la divinidad, Italia, vencedora en todo el orbe, mantenía íntegra la fe enseñada de los Apóstoles y recibida de los mayores, puesto que por este tiempo en que Constancio, de divina memoria, obtenía victorioso el orbe, no pudo esparcir sus manchas por subrepción alguna la herética facción arriana, disposición, según creemos, de la providencia de nuestro Dios, a fin de que aquella santa e inmaculada fe no se contaminara con algún vicio de blasfemia de hombres maldicientes; aquella fe, decimos, que había sido tratada o definida en la reunión del Concilio de Nicea por los santos obispos, puestos ya en el descanso de los Santos.
Por ella sufrieron de buena gana el destierro los que entonces se mostraron como santos obispos, esto es, Dionisio de ahí, siervo de Dios, dispuesto por las divinas enseñanzas, y, tal vez siguiendo su ejemplo, Liberio, obispo de Roma, de santa memoria, Eusebio de Verceli e Hilario de las Galias, por no citar a muchos otros que hubieran preferido ser clavados en la cruz, antes que blasfemar de Cristo Dios, a lo que quería forzarlos la herejía arriana, o sea llamar a Cristo Dios, Hijo de Dios, una criatura del Señor.
Concilio Toledano del año 400, sobre el ministro del crisma y de la crismación (can. 20) v. Kch 712.
SAN INOCENCIO I, 401-4172
Del bautismo de los herejes
[De la Carta a Etsi tibi, a Victricio obispo de Ruán de 15 de febrero de 404]
(8) Que los que vienen de los novacianos o de los montenses sean recibidos con sólo la imposición de manos, porque, si bien han sido bautizados por los herejes, lo han sido en el nombre de Cristo.
De la reconciliación en el artículo de muerte
[De la Carta Consulenti tibi, a Exuperio, obispo de Toulouse, 20 de febrero de 405]
(2) ...Se ha preguntado qué haya de observarse respecto de aquellos que, entregados después del bautismo todo el tiempo a los placeres de la incontinencia, piden al fin de su vida la penitencia juntamente con la reconciliación de la comunión...
La observancia respecto de éstos fue al principio más dura; luego, por intervención de la misericordia, más benigna. Porque la primitiva costumbre sostuvo que se les concediera la penitencia, pero se les negara la comunión. Porque como en aquellos tiempos estallaban frecuentes persecuciones, por miedo de que la facilidad de conceder la comunión, no apartara a los hombres de la apostasía, por estar seguros de la reconciliación, con razón se negó la comunión, si bien se concedió la penitencia, para no negarlo todo en absoluto, y la razón del tiempo hizo más duro el perdón. Pero después que nuestro Señor devolvió la paz a sus Iglesias, plugo ya, expulsado aquel temor, dar la comunión a los que salen de este mundo, para que sea, por la misericordia del Señor, como un viático para quienes han de emprender el viaje, y para que no parezca que seguimos la aspereza y dureza del hereje Novaciano que niega el perdón. Se concederá, pues, junto con la penitencia, la extrema comunión, a fin de que tales hombres, siquiera en sus últimos momentos, por la bondad de nuestro Salvador, se libren de la eterna ruina [v. § 1538].
[Sobre la reconciliación fuera del peligro de muerte, v. Kch 727.]
Del canon de la Sagrada Escritura y de los libros apócrifos
[De la misma Carta a Exuperio]
(7) Los libros que se reciben en el canon, te lo muestra la breve lista adjunta. He aquí los que deseabas saber: cinco libros de Moisés, a saber: Génesis, Exodo, Levítico, Números, Deuteronomio; Jesús Navé, uno de los Jueces, cuatro libros de los Reinos, juntamente con Rut, dieciséis libros de los Profetas, cinco libros de Salomón, el Salterio. Igualmente, de las historias: un libro de Job, un libro de Tobías, uno de Ester, uno de Judit, dos de los Macabeos, dos de Esdras, dos libros de los Paralipómenos. Igualmente, del Nuevo Testamento: cuatro libros de los Evangelios, catorce cartas de Pablo Apóstol, tres cartas de Juan [v. 48 y 92], dos cartas de Pedro, una carta de Judas, una de Santiago, los Hechos de los Apóstoles y la Apocalipsis de Juan.
Lo demás que está escrito bajo el nombre de Matías o de Santiago el Menor, o bajo el nombre de Pedro y Juan, y son obras de un tal Leucio (o bajo el nombre de Andrés, que lo son de Nexócaris y Leónidas, filósofos), y si hay otras por el estilo, sabe que no sólo han de rechazarse, sino que también deben ser condenadas.
Sobre el bautismo de los paulianistas
[De la Carta 17 Magna me gratulatio, a Rufo y otros obispos de Macedonia, de 13 de diciembre de 414]
Que según el canon niceno [v. 56], han de ser bautizados los paulianistas que vuelven a la Iglesia, pero no los novacianos [v. 55]:
(5)... Manifiesta está la razón por qué se ha distinguido en estas dos herejías, pues los paulinistas no bautizan en modo alguno en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y los novacianos bautizan con los mismos tremendos y venerables nombres, y entre ellos jamás se ha movido cuestión alguna sobre la unidad de la potestad divina, es decir, del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
Del ministro de la confirmación
[De la Carta 25 Si instituta eclesiástica a Decencio, obispo de Gobbio, de 19 de marzo de 416]
(3) Acerca de la confirmación de los niños, es evidente que no puede hacerse por otro que por el obispo. Porque los presbíteros, aunque ocupan el segundo lugar en el sacerdocio, no alcanzan, sin embargo, la cúspide del pontificado. Que este poder pontifical, es decir, el de confirmar y comunicar el Espíritu Paráclito, se debe a solos los obispos, no sólo lo demuestra la costumbre eclesiástica, sino también aquel pasaje de los Hechos de los Apóstoles, que nos asegura cómo Pedro y Juan se dirigieron para dar el Espíritu Santo a los que ya habían sido bautizados [cf. Act. 8, 14-17]. Porque a los presbíteros que bautizan, ora en ausencia, ora en presencia del obispo, les es licito ungir a los bautizados con el crisma, pero sólo si éste ha sido consagrado por el obispo; sin embargo, no les es licito signar la frente con el mismo óleo, lo cual corresponde exclusivamente a los obispos, cuando comunican el Espíritu Paráclito. Las palabras, empero, no puedo decirlas, no sea que parezca más bien que hago traición que no que respondo a la consulta.
Del ministro de la extremaunción
[De la misma Carta a Decencio]
(8) A la verdad, puesto que acerca de este punto, como de los demás, quiso consultar tu caridad, añadió también mi hijo Celestino diácono en su carta que había sido puesto por tu caridad lo que está escrito en la Epístola del bienaventurado Santiago Apóstol: Si hay entre vosotros algún enfermo, llame a los presbíteros, y oren sobre él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor; y la oración de la fe salvará al enfermo y el Señor le levantará y si ha cometido pecado, se le perdonará [Iac. 5, 14 s]. Lo cual no hay duda que debe tomarse o entenderse de los fieles enfermos, los cuales pueden ser ungidos con el santo óleo del crisma que, preparado por el obispo, no sólo a los sacerdotes, sino a todos los cristianos es licito usar para ungirse en su propia necesidad o en la de los suyos. Por lo demás, vemos que se ha añadido un punto superfluo, como es dudar del obispo en cosa que es lícita a los presbíteros. Porque si se dice a los presbíteros es porque los obispos, impedidos por otras ocupaciones, no pueden acudir a todos los enfermos. Por lo demás, si el obispo puede o tiene por conveniente visitar por si mismo a alguno, sin duda alguna puede bendecir y ungir con el crisma, aquel a quien incumbe preparar el crisma. Con todo, éste no puede derramarse sobre los penitentes, puesto que es un género de sacramento. Y a quienes se niegan los otros sacramentos, ¿cómo puede pensarse ha de concedérseles uno de ellos?
Sobre el primado e infalibilidad del Romano Pontífice
[De la Carta 29 In requirendis, a los obispos africanos, de 27 de enero de 417]
(1) Al buscar las cosas de Dios... guardando los ejemplos de la antigua tradición... habéis fortalecido de modo verdadero... el vigor de vuestra religión, pues aprobasteis que debía el asunto remitirse a nuestro juicio, sabiendo qué es lo que se debe a la Sede Apostólica, como quiera que cuantos en este lugar estamos puestos, deseamos seguir al Apóstol de quien procede el episcopado mismo y toda la autoridad de este nombre. Siguiéndole a él, sabemos lo mismo condenar lo malo que aprobar lo laudable. Y, por lo menos, guardando por sacerdotal deber las instituciones de los Padres, no creéis deben ser conculcadas, pues ellos; no por humana, sino por divina sentencia decretaron que cualquier asunto que se tratara, aunque viniera de provincias separadas y remotas, no habían de considerarlo terminado hasta tanto llegara a noticia de esta Sede, a fin de que la decisión que fuere justa quedara confirmada con toda su autoridad y de aquí tomaran todas las Iglesias (como si las aguas todas vinieran de su fuente primera y por las diversas regiones del mundo entero manaran los puros arroyos de una fuente incorrupta) qué deben mandar, a quiénes deben lavar, y a quiénes, como manchados de cieno no limpiable ha de evitar el agua digna de cuerpos puros.
[Otros escritos de Inocencio I sobre el mismo asunto, véase Kch 720-726. ]
SAN ZOSIMO, 417-418
II CONCILIO MILEVI, 416 Y XVI CONCILIO DE CARTAGO, 418
aprobados respectivamente por Inocencio I y por Zósimo
[Contra los pelagianos]
Del pecado original y de la gracia
Can. 1. Plugo a todos los obispos... congregados en el santo Concilio de la Iglesia de Cartago: Quienquiera que dijere que el primer hombre, Adán, fue creado mortal, de suerte que tanto si pecaba como si no pecaba tenia que morir en el cuerpo, es decir, que saldría del cuerpo no por castigo del pecado, sino por necesidad de la naturaleza, sea anatema.
Can. 2. Igualmente plugo que quienquiera niegue que los niños recién nacidos del seno de sus madres, no han de ser bautizados o dice que, efectivamente, son bautizados para remisión de los pecados, pero que de Adán nada traen del pecado original que haya de expiarse por el lavatorio de la regeneración; de donde consiguientemente se sigue que en ellos la fórmula del bautismo “para la remisión de los pecados”, ha de entenderse no verdadera, sino falsa, sea anatema. Porque lo que dice el Apóstol: Por un solo hombre entró el pecado en el mundo y por el pecado la muerte y así a todos los hombres pasó, por cuanto en aquél todos pecaron [cf. Rom. 5, 12], no de otro modo ha de entenderse que como siempre lo entendió la Iglesia Católica por el mundo difundida. Porque por esta regla de la fe, aun los niños pequeños que todavía no pudieron cometer ningún pecado por sí mismos, son verdaderamente bautizados para la remisión de los pecados, a fin de que por la regeneración se limpie en ellos lo que por la generación contrajeron.
Can. 3. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que la gracia de Dios por la que se justifica el hombre por medio de Nuestro Señor Jesucristo, solamente vale para la remisión de los pecados que ya se han cometido, pero no de ayuda para no cometerlos, sea anatema.
Can. 4. Igualmente, quien dijere que la misma gracia de Dios por Jesucristo Señor nuestro sólo nos ayuda para no pecar en cuanto por ella se nos revela y se nos abre la inteligencia de los preceptos para saber qué debemos desear, qué evitar, pero que por ella no se nos da que amemos también y podamos hacer lo que hemos conocido debe hacerse, sea anatema. Porque diciendo el Apóstol: La ciencia hincha, más la caridad edifica [1 Cor. 8, 1]; muy impío es creer que tenemos la gracia de Cristo para la ciencia que hincha y no la tenemos para la caridad que edifica, como quiera que una y otra cosa son don de Dios, lo mismo el saber qué debemos hacer que el amar a fin de hacerlo, para que, edificando la caridad, no nos pueda hinchar la ciencia. Y como de Dios está escrito: El que enseña al hombre la ciencia [Ps. 93, 10], así también está: La caridad viene de Dios [1 Ioh. 4, 7].
Can. 5. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que la gracia de la justificación se nos da a fin de que más fácilmente podamos cumplir por la gracia lo que se nos manda hacer por el libre albedrío, como si, aun sin dársenos la gracia, pudiéramos, no ciertamente con facilidad, pero pudiéramos al menos cumplir los divinos mandamientos, sea anatema. De los frutos de los mandamientos hablaba, en efecto, el Señor, cuando no dijo: “Sin mí, más dificilmente podéis obrar”, sino que dijo: Sin mí, nada podéis hacer [Ioh. 15, 5].
Can. 6. Igualmente plugo: I,o que dice el Apóstol San Juan: Si dijéremos que no tenemos pecado, nos engañamos a nosotros mismos y la verdad no está en nosotros [1 Ioh. 1, 8], quienquiera pensare ha de entenderse en el sentido de que es menester decir por humildad que tenemos pecado, no porque realmente sea así, sea anatema. Porque el Apóstol sigue y dice: Mas si confesáremos nuestros pecados, fiel es El y justo para perdonarnos los pecados y limpiarnos de toda iniquidad [1 Ioh. 1, 9]. Donde con creces aparece que esto no se dice sólo humildemente, sino también verazmente. Porque podía el Apóstol decir: “Si dijéremos: "no tenemos pecado", a nosotros mismos nos exaltamos y la humildad no está con nosotros”; pero como dice: Nos engañamos a nosotros mismos y la verdad no está en nosotros, bastantemente manifiesta que quien dijere que no tiene pecado, no habla verdad, sino falsedad.
Can. 7. Igualmente plugo: Quienquiera dijere que en la oración dominical los Santos dicen: Perdónanos nuestras deudas [Mt. 6, 12], de modo que no lo dicen por sí mismos, pues no tienen ya necesidad de esta petición, sino por los otros, que son en su pueblo pecadores, y que por eso no dice cada uno de los Santos: Perdóname mis deudas, sino: Perdónanos nuestras deudas, de modo que se entienda que el justo pide esto por los otros más bien que por sí mismo, sea anatema. Porque santo y justo era el Apóstol Santiago cuando decía: Porque en muchas cosas pecamos todos [Iac. 3, 2]. Pues, ¿por qué motivo añadió “todos”, sino porque esta sentencia conviniera también con el salmo, donde se lee: No entres en juicio con tu siervo, porque no se justificará en tu presencia ningún viviente? [Ps. 142, 23. Y en la oración del sapientísimo Salomón: No hay hombre que no haya pecado [3 Reg. 8, 46]. Y en el libro del santo Job: En la mano de todo hombre pone un sello, a fin de que todo hombre conozca su flaqueza [Iob. 37, 7]. De ahí que también Daniel, que era santo y justo, al decir en plural en su oración: Hemos pecado, hemos cometido iniquidad [Dan. 9, 5 y 15], y lo demás que allí confiesa veraz y humildemente; para que nadie pensara, como algunos piensan, que esto lo decía, no de sus pecados, sino más bien de los pecados de su pueblo, dijo después: Como... orara y confesara mis pecados y los pecados de mi pueblo [Dan. 9, 20] al Señor Dios mío; no quiso decir “nuestros pecados” sino que dijo los pecados de su pueblo y los suyos, pues previó, como profeta, d éstos que en lo futuro tan mal lo habían de entender.
Can. 8. Igualmente plugo: Todo el que pretenda que las mismas palabras de la oración dominical: Perdónanos nuestras deudas [Mt. 6, 12], de tal modo se dicen por los Santos que se dicen humildemente, pero no verdaderamente, sea anatema. Porque, ¿quién puede sufrir que se ore y no a los hombres, sino a Dios mintiendo; que con los labios se diga que se quiere el perdón, y con el corazón se afirme no haber deuda que deba perdonarse?
Del primado e infalibilidad del Romano Pontífice
[De la Carta 12 Quamvis Patrum traditio a los obispos africanos, de 21 de marzo de 418]
Aun cuando la tradición de los Padres ha concedido tanta autoridad a la Sede Apostólica que nadie se atrevió a discutir su juicio y sí lo observó siempre por medio de los cánones y reglas, y la disciplina eclesiástica que aun vige ha tributado en sus leyes al nombre de Pedro, del que ella misma también desciende, la reverencia que le debe ;... así pues, siendo Pedro cabeza de tan grande autoridad v habiéndolo confirmado la adhesión de todos los mayores que la han seguido, de modo que la Iglesia romana está confirmada tanto por leyes humanas como divinas —y no se os oculta que nosotros regimos su puesto y tenemos también la potestad de su nombre, sino que lo sabéis muy bien, hermanos carísimos, y como sacerdotes lo debéis saber—; no obstante, teniendo nosotros tanta autoridad que nadie puede apelar de nuestra sentencia, nada hemos hecho que no lo hayamos hecho espontáneamente llegar por nuestras cartas a vuestra noticia... no porque ignoráramos qué debía hacerse, o porque hiciéramos algo que yendo contra el bien de la Iglesia había de desagradar...
Sobre el pecado original
[De la Carta Tractatoria a las Iglesius orientales, a la diócesis de Egipto, a Constantinopla, Tesalónica y Jerusalén, enviada después de marzo de 418]
Fiel es el Señor en sus palabras [Ps. 144, 13], y su bautismo, en la realidad y en las palabras, esto es, por obra, por confesión y remisión de los pecados en todo sexo, edad y condición del género humano, conserva la misma plenitud. Nadie, en efecto, sino el que es siervo del pecado, se hace libre, y no puede decirse rescatado sino el que verdaderamente hubiere antes sido cautivo por el pecado, como está escrito: Si el Hijo os liberare, seréis verdaderamente libres [Ioh. 8, 36]. Por Él, en efecto, renacemos espiritualmente, por Él somos crucificados al mundo. Por su muerte se rompe aquella cédula de muerte, introducida en todos nosotros por Adán y trasmitida a toda alma; aquella cédula —decimos— cuya obligación contraemos por descendencia, a la que no hay absolutamente nadie de los nacidos que no esté ligado, antes de ser liberado por el bautismo.
SAN BONIFACIO I, 418-422
Del primado e infalibilidad del Romano Pontífice
[De la Carta Manet beatum a Rufo y demás obispos de Macedonia, etc., de 11 de marzo de 422]
Por disposición del Señor, es competencia del bienaventurado Apóstol Pedro la misión recibida de Aquél, de tener cuidado de la Iglesia Universal. Y en efecto, Pedro sabe, por testimonio del Evangelio [Mt. 16, 18], que la Iglesia ha sido fundada sobre él. Y jamás su honor puede sentirse libre de responsabilidades por ser cosa cierta que el gobierno de aquélla está pendiente de sus decisiones. Todo ello justifica que nuestra atención se extienda hasta estos lugares de Oriente, que, en virtud de la misión a Nos encomendada, se hallan en cierto modo ante nuestros ojos... Lejos esté de los sacerdotes del Señor incurrir en el reproche de ponerse en contradicción con la doctrina de nuestros mayores, por intentar una nueva usurpación, reconociendo tener de modo especial por competidor aquel en quien Cristo depositó la plenitud del sacerdocio, y contra quien nadie podrá levantarse, so pena de no poder habitar en el reino de los cielos. A ti, dijo, te daré las llaves del reino de los cielos [Mt. 16, 19]. No entrará allí nadie sin la gracia de quien tiene las llaves. Tú eres Pedro, dijo, y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia [M. 16, 18]. En consecuencia, quienquiera desee verse distinguido ante Dios con la dignidad sacerdotal —como a Dios se llega mediante la aceptación por parte de Pedro, en quien, es cierto, como antes hemos recordado, fue fundada la Iglesia de Dios— debe ser manso y humilde de corazón [Mt. 11, 29], no sea que el discípulo contumaz empiece a sufrir la pena de aquel doctor cuya soberbia ha imitado...
Ya que la ocasión lo pide, repasad, si os place, las sanciones de los cánones, hallaréis cuál es, después de la Iglesia Romana, la segunda iglesia; cuál, la tercera. Con ello aparece distintamente el orden de gobierno de la Iglesia: los pontífices de las demás iglesias, reconocen que, no obstante..., forman parte de una misma Iglesia y de un mismo sacerdocio, y que una y otro, sin menoscabo de la caridad, deben sujeción según la disciplina eclesiástica. Y, en verdad, esta sentencia de los cánones viene durando desde la antigüedad y, con el favor de Cristo, perdura en nuestros días. Nadie osó jamás poner sus manos sobre el que es Cabeza de los Apóstoles, y a cuyo juicio no es licito poner resistencia; nadie jamás se levantó contra él, sino quien quiso hacerse reo de juicio. Las antedichas grandes iglesias... conservan por los cánones sus dignidades: la de Alejandría y la de Antioquía [cf. 163 y 436] las tienen reconocidas por derecho eclesiástico. Guardan, decimos, lo establecido por nuestros mayores.... siendo deferentes en todo y recibiendo, en cambio, aquella gracia que ellos, en el Señor, que es nuestra paz, reconocen debernos. Pero, ya que las circunstancias lo piden, hay que probar, con documentos, que las grandes iglesias orientales, en los grandes problemas en que es necesario mayor discernimiento, consultaron siempre la Sede Romana, y cuantas veces la necesidad lo exigió recabaron el auxilio de ésta. Atanasio y Pedro, sacerdotes de santa memoria pertenecientes a la iglesia de Alejandría, reclamaron el auxilio de esta Sede. Como durante mucho tiempo la iglesia de Antioquía se hallara en apurada situación, de suerte que por razón de ello a menudo surgían de allí agitaciones, es sabido que, primero bajo Melecio y luego bajo Flaviano, acudieron a consultar la Sede Apostólica. Con referencia a la autoridad de ésta, después de lo mucho que llegó a realizar nuestra Iglesia, a nadie ofrece duda que Flaviano recibió de ella la gracia de la comunión, de la que para siempre habría carecido, de no haber manado de ahí escritos sobre el particular. El príncipe Teodosio, de clementísimo recuerdo, juzgando que la ordenación de Nectario carecía de firmeza, porque Nos no teníamos noticia de ella, enviados de su parte cortesanos y obispos, reclamó la ratificación de la Iglesia Romana, para robustecer la dignidad de aquél J. Poco tiempo ha, es decir, bajo mi predecesor Inocencio, de feliz recordación, los pontífices de las iglesias orientales, doliéndose de estar privados de comunión con el bienaventurado Pedro, pidieron la paz mediante legados, como vuestra caridad recuerda ~. En aquella ocasión, la Sede Apostólica lo perdonó todo sin dificultad, obedeciendo a aquel maestro que dijo: A quien algo concedisteis, también se lo concedí yo; pues también yo [lo que concedí], si algo concedí, lo concedí por amor vuestro en la persona de Cristo, para que no caigamos en poder de Satanás; pues no ignoramos sus argucias [2 Cor. 2, 10 s], esto es, que se alegra siempre en las discordias.
Y puesto que, hermanos carísimos, los ejemplos expuestos, por más que vosotros tenéis conocimiento de muchos más, bastan —creo— para probar la verdad, sin lastimar vuestro espíritu de hermandad queremos intervenir en vuestra asamblea mediante esta Carta y que veáis que os ha sido dirigida por Nos, por medio de Severo, notario de la Sede Apostólica, que nos es persona gratísima y ha sido enviado a vosotros de nuestra parte. Conviniendo, como es cosa digna entre hermanos, en que nadie, si quiere perseverar en nuestra comunión, traiga otra vez a colación el nombre de Perígene, hermano nuestro en el sacerdocio, cuyo sacerdocio ya confirmó una vez el Apóstol Pedro, bajo inspiración del Espíritu Santo, sin dejar lugar para ulterior cuestión, pues contra él no hay en absoluto constancia de obstáculo alguno anterior a nuestro nombramiento en favor de él...
[De la Carta 13 Retro maioribus tuis a Rufo, obispo de Tesalia, de 11 de marzo de 422]
(2) ... Al Sínodo de Corinto... hemos dirigido escritos por los que todos los hermanos han de entender que no puede apelarse de nuestro juicio. Nunca, en efecto, fue lícito tratar nuevamente un asunto, que haya sido una vez establecido por la Sede Apostólica
SAN CELESTINO 1, 422-432
De la reconciliación en el articulo de la muerte
[De la Carta 4 Cuperemus quidem, a los obispos de las Iglesias Viennense y Narbonense, de 26 de julio de 428]
(2) Hemos sabido que se niega la penitencia a los moribundos y no se corresponde a los deseos de quienes en la hora de su tránsito, desean socorrer a su alma con este remedio. Confesamos que nos horroriza se halle nadie de tanta impiedad que desespere de la piedad de Dios, como si no pudiera socorrer a quien a Él acude en cualquier tiempo, y librar al hombre, que peligra bajo el peso de sus pecados, de aquel gravamen del que desea ser desembarazado. ¿Qué otra cosa es esto, decidme, sino añadir muerte al que muere y matar su alma con la crueldad de que no pueda ser absuelta? Cuando Dios, siempre muy dispuesto al socorro, invitando a penitencia, promete así: Al pecador —dice—, en cualquier día en que se convirtiere, no se le imputarán sus pecados [cf. Ez. 33, 16]... Como quiera, pues, que Dios es inspector del corazón, no ha de negarse la penitencia a quien la pida en el tiempo que fuere...
CONCILIO DE EFESO, 431
III ecuménico (contra los nestorianos)
De la Encarnación l
[De la Carta II de San Cirilo Alejandrino a Nestorio, leída y aprobada en la sesión I]
Pues, no decimos que la naturaleza del Verbo, transformada, se hizo carne; pero tampoco que se trasmutó en el hombre entero, compuesto de alma y cuerpo; sino, más bien, que habiendo unido consigo el Verbo, según hipóstasis o persona, la carne animada de alma racional, se hizo hombre de modo inefable e incomprensible y fue llamado hijo del hombre, no por sola voluntad o complacencia, pero tampoco por la asunción de la persona sola, y que las naturalezas que se juntan en verdadera unidad son distintas, pero que de ambas resulta un solo Cristo e Hijo; no como si la diferencia de las naturalezas se destruyera por la unión, sino porque la divinidad y la humanidad constituyen más bien para nosotros un solo Señor y Cristo e Hijo por la concurrencia inefable y misteriosa en la unidad... Porque no nació primeramente un hombre vulgar, de la santa Virgen, y luego descendió sobre Él el Verbo; sino que, unido desde el seno materno, se dice que se sometió a nacimiento carnal, como quien hace suyo el nacimiento de la propia carne... De esta manera [los Santos Padres] no tuvieron inconveniente en llamar madre de Dios a la santa Virgen.
Sobre la primacía del Romano Pontífice
[Del discurso de Felipe, Legado del Romano Pontífice, en la sesión III]
A nadie es dudoso, antes bien, por todos los siglos fue conocido que el santo y muy bienaventurado Pedro, principe y cabeza de los Apóstoles, columna de la fe y fundamento de la Iglesia Católica, recibió las llaves del reino de manos de nuestro Señor Jesucristo, salvador y redentor del género humano, y a él le ha sido dada potestad de atar y desatar los pecados; y él, en sus sucesores, vive y juzga hasta el presente y siempre [v. 1824].
Anatematismos o capítulos de Cirilo (contra Nestorio)
Can. 1. Si alguno no confiesa que Dios es según verdad el Emmanuel, y que por eso la santa Virgen es madre de Dios (pues dió a luz carnalmente al Verbo de Dios hecho carne), sea anatema.
Can 2. Si alguno no confiesa que el Verbo de Dios Padre se unió a la carne según hipóstasis y que Cristo es uno con su propia carne, a saber, que el mismo es Dios al mismo tiempo que hombre, sea anatema.
Can. 3. Si alguno divide en el solo Cristo las hipóstasis después de la unión, uniéndolas sólo por la conexión de la dignidad o de la autoridad y potestad, y no más bien por la conjunción que resulta de la unión natural, sea anatema.
Can. 4. Si alguno distribuye entre dos personas o hipóstasis las voces contenidas en los escritos apostólicos o evangélicos o dichas sobre Cristo por los Santos o por Él mismo sobre sí mismo; y unas las acomoda al hombre propiamente entendido aparte del Verbo de Dios, y otras, como dignas de Dios, al solo Verbo de Dios Padre, sea anatema.
Can. 5. Si alguno se atreve a decir que Cristo es hombre teóforo o portador de Dios y no, más bien, Dios verdadero, como hijo único y natural, según el Verbo se hizo carne y tuvo parte de modo semejante a nosotros en la carne y en la sangre [Hebr. 2, 14], sea anatema.
Can 6. Si alguno se atreve a decir que el Verbo del Padre es Dios o Señor de Cristo y no confiesa más bien, que el mismo es juntamente Dios y hombre, puesto que el Verbo se hizo carne, según las Escrituras [Ioh. 1, 14], sea anatema.
Can. 7. Si alguno dice que Jesús fue ayudado como hombre por el Verbo de Dios, y le fue atribuída la gloria del Unigénito, como si fuera otro distinto de Él sea anatema.
Can. 8. Si alguno se atreve a decir que el hombre asumido ha de ser coadorado con Dios Verbo y conglorificado y, juntamente con él, llamado Dios, como uno en el otro (pues la partícula “con” esto nos fuerza a entender siempre que se añade) y no, más bien, con una sola adoración honra al Emmanuel y una sola gloria le tributa según que el Verbo se hizo carne [Ioh. 1, 14], sea anatema.
Can. 9. Si alguno dice que el solo Señor Jesucristo fue glorificado por el Espíritu, como si hubiera usado de la virtud de éste como ajena y de Él hubiera recibido poder obrar contra los espíritus inmundos y hacer milagros en medio de los hombres, y no dice, más bien, que es su propio Espíritu aquel por quien obró los milagros, sea anatema.
Can. 10. La divina Escritura dice que Cristo se hizo nuestro Sumo Sacerdote y Apóstol de nuestra confesión [Hebr. 3, 1] y que por nosotros se ofreció a sí mismo en olor de suavidad a Dios Padre [Eph. 5, 2]. Si alguno, pues, dice que no fue el mismo Verbo de Dios quien se hizo nuestro Sumo Sacerdote y Apóstol, cuando se hizo carne y hombre entre nosotros, sino otro fuera de Él, hombre propiamente nacido de mujer; o si alguno dice que también por sí mismo se ofreció como ofrenda y no, más bien, por nosotros solos (pues no tenía necesidad alguna de ofrenda el que no conoció el pecado), sea anatema.
Can. 11. Si alguno no confiesa que la carne del Señor es vivificante y propia del mismo Verbo de Dios Padre, sino de otro fuera de Él, aunque unido a Él por dignidad, o que sólo tiene la inhabitación divina; y no, más bien, vivificante, como hemos dicho, porque se hizo propia del Verbo, que tiene poder de vivificarlo todo, sea anatema.
Can. 12. Si alguno no confiesa que el Verbo de Dios padeció en la carne y fue crucificado en la carne, y gustó de la muerte en la carne, y que fue hecho primogénito de entre los muertos [Col. 1, 18] según es vida y vivificador como Dios, sea anatema.
De la guarda de la fe y la tradición
Determinó el santo Concilio que a nadie sea lícito presentar otra fórmula de fe o escribirla o componerla, fuera de la definida por los Santos Padres reunidos con el Espíritu Santo en Nicea...
...Si fueren sorprendidos algunos, obispos, clérigos o laicos profesando o enseñando lo que se contiene en la exposición presentada por el presbítero Carisio acerca de la encarnación del unigénito Hijo de Dios, o los dogmas abominables y perversos de Nestorio.. queden sometidos a la sentencia de este santo y ecuménico Concilio.. .
Condenación de los pelagianos
Can. 1. Si algún metropolitano de provincia, apartándose del santo y ecuménico Concilio, ha profesado o profesare en adelante las doctrinas de Celestio, éste no podrá en modo alguno obrar nada contra los obispos de las provincias, pues desde este momento queda expulsado, por el Concilio, de la comunión eclesiástica e incapacitado...
Can. 4. Si algunos clérigos se apartaren también y se atrevieren a profesar en privado o en público las doctrinas de Nestorio o las de Celestio, también éstos, ha decretado el santo Concilio, sean depuestos.
De la autoridad de San Agustín
[De la Carta 21 Apostolici verba praecepti, a los obispos de las Galias, de 15 (?) de mayo de 431]
Cap. 2. A Agustín, varón de santa memoria, por su vida y sus merecimientos, le tuvimos siempre en nuestra comunión y jamás le salpicó ni el rumor de sospecha siniestra; y recordamos que fue hombre de tan grande ciencia, que ya antes fue siempre contado por mis mismos predecesores entre los mejores maestros.
“Indículo” sobre la gracia de Dios, o “Autoridades de los obispos anteriores de la Sede Apostólica”
[Añadidas a la misma Carta por los colectores de cánones]
Dado el caso que algunos que se glorían del nombre católico, permaneciendo por perversidad o por ignorancia en las ideas condenadas de los herejes, se atreven a oponerse a quienes con más piedad disputan, y mientras no dudan en anatematizar a Pelagio y Celestio, hablan, sin embargo, contra nuestros maestros como si hubieran pasado la necesaria medida, y proclaman que sólo siguen y aprueban lo que sancionó y enseñó la sacratísima Sede del bienaventurado Pedro Apóstol por ministerio de sus obispos, contra los enemigos de la gracia de Dios; fue necesario averiguar diligentemente qué juzgaron los rectores de la Iglesia romana sobre la herejía que había surgido en su tiempo y qué decretaron había de sentirse sobre la gracia de Dios contra los funestísimos defensores del libre albedrío. Añadiremos también algunas sentencias de los Concilios de Africa, que indudablemente hicieron suyas los obispos Apostólicos, cuando las aprobaron. Así, con el fin de que quienes dudan, se puedan instruir más plenamente, pondremos de manifiesto las constituciones de los Santos Padres en un breve índice a modo de compendio, por el que todo el que no sea excesivamente pendenciero, reconozca que la conexión de todas las disputas pende de la brevedad de las aquí puestas autoridades y que no le queda ya razón alguna de discusión, si con los católicos cree y dice:
Cap. 1. En la prevaricación de Adán, todos los hombres perdieron “la natural posibilidad” e inocencia, y nadie hubiera podido levantarse, por medio del libre albedrío, del abismo de aquella ruina, si no le hubiera levantado la gracia de Dios misericordioso, como lo proclama y dice el Papa Inocencio, de feliz memoria, en la Carta al Concilio de Cartago [de 416]: “Después de sufrir antaño su libre albedrío, al usar con demasiada imprudencia de sus propios bienes, quedó sumergido, al caer, en lo profundo de su prevariación y nada halló por donde pudiera levantarse de allí; y, engañado para siempre por su libertad, hubiera quedado postrado por la opresión de esta ruina, si más tarde no le hubiera levantado, por su gracia, la venida de Cristo, quien por medio de la purificación de la nueva regeneración, limpió, por el lavatorio de su bautismo, todo vicio pretérito”.
Cap. 2. Nadie es bueno por sí mismo, si por participación de sí, no se lo concede Aquel que es el solo bueno. Lo que en los mismos escritos proclama la sentencia del mismo Pontífice cuando dice: “¿Acaso sentiremos bien en adelante de las mentes de aquellos que piensan que a sí mismos se deben el ser buenos y no tienen en cuenta Aquel cuya gracia consiguen todos los días y confían que sin Él pueden conseguir tan grande bien?”.
Cap. 3. Nadie, ni aun después de haber sido renovado por la gracia del bautismo, es capaz de superar las asechanzas del diablo y vencer las concupiscencias de la carne, si no recibiere la perseverancia en la buena conducta por la diaria ayuda de Dios. Lo cual está confirmado por la doctrina del mismo obispo en las mismas páginas, cuando dice: “Porque si bien Él redimió al hombre de los pecados pasados; sabiendo, sin embargo, que podía nuevamente pecar, muchas cosas se reservó para repararle, de modo que aun después de estos pecados pudiera corregirle, dándole diariamente remedios, sin cuya ayuda y apoyo, no podremos en modo alguno vencer los humanos errores. Forzoso es, en efecto, que, si con su auxilio vencemos, si Él no nos ayuda, seamos derrotados”.
Cap. 4. Que nadie, si no es por Cristo, usa bien de su libre albedrío, el mismo maestro lo pregona en la carta dada al Concilio de Milevi [del año 416], cuando dice: “Advierte, por fin, oh extraviada doctrina de mentes perversísimas, que de tal modo engañó al primer hombre su misma libertad, que al usar con demasiada flojedad de sus frenos, por presuntuoso cayó en la prevaricación. Y no hubiera podido arrancarse de ella, si por la providencia de la regeneración el advenimiento de Cristo Señor no le hubiera devuelto el estado de la prístina libertad.”
Cap. 5. Todas las intenciones y todas las obras y merecimientos de los Santos han de ser referidos a la gloria y alabanza de Dios, porque nadie le agrada, sino por lo mismo que Él le da. Y a esta sentencia nos endereza la autoridad canónica del papa Zósimo, de feliz memoria, cuando dice escribiendo a los obispos de todo el orbe: “Nosotros, empero, por moción de Dios (puesto que todos los bienes han de ser referidos a su autor, de donde nacen), todo lo referimos a la conciencia de nuestros hermanos y compañeros en el episcopado”. Y esta palabra, que irradia luz de sincerísima verdad, con tal honor la veneraron los obispos de Africa, que le escribieron al mismo Zósimo: “Y aquello que pusiste en las letras que cuidaste de enviar a todas las provincias, diciendo: "Nosotros, empero, por moción de Dios, etc." , de tal modo entendimos fue dicho que, como de pasada, cortaste con la espada desenvainada de la verdad a quienes contra la ayuda de Dios exaltan la libertad del humano albedrío. Porque ¿qué cosa hiciste jamás con albedrío tan libre como el referirlo todo a nuestra humilde conciencia? Y, sin embargo, fiel y sabiamente viste que fue hecho por moción de Dios, y veraz y confiadamente lo dijiste. Por razón, sin duda, de que la voluntad es preparada por el Señor [Prov. 8, 35: I,XX]; y para que hagan algún bien, Él mismo con paternas inspiraciones toca el corazón de sus hijos. Porque quienes son conducidos por el Espíritu de Dios, estos son hijos de Dios [Rom. 8, 14]; a fin de que ni sintamos que falta nuestro albedrío ni dudemos que en cada uno de los buenos movimientos de la voluntad humana tiene más fuerza el auxilio de Él”.
Cap. 6. Dios obra de tal modo sobre el libre albedrío en los corazones de los hombres que, el santo pensamiento, el buen consejo v todo movimiento de buena voluntad procede de Dios, pues por Él podemos algún bien, sin el cual no podemos nada [cf. Ioh. 15, 5]. Para esta profesión nos instruye, en efecto, el mismo doctor Zósimo quien, escribiendo a los obispos de todo el orbe acerca de la ayuda de la divina gracia: “¿Qué tiempo, pues, dice, interviene en que no necesitemos de su auxilio? Consiguientemente, en todos nuestros actos, causas, pensamientos y movimientos, hay que orar a nuestro ayudador y protector. Soberbia es, en efecto, que presuma algo de sí la humana naturaleza, cuando clama el Apóstol: No es nuestra lucha contra la carne y la sangre, sino contra los príncipes y potestades de este aire, contra los espíritus de la maldad en los cielos [Eph. 6, 12]. Y como dice él mismo otra vez: ¡Hombre infeliz de mí! ¿Quién me librará de este cuerpo de muerte? La gracia de Dios por Jesucristo nuestro Señor [Rom. 7, 24 s]. Y otra vez: Por la gracia de Dios soy lo que soy, y su gracia no fue vacía en mi, sino que trabajé más que todos ellos: no yo, sino la gracia de Dios conmigo [1 Cor. 15, 10].
Cap. 7. También abrazamos como propio de la Sede Apostólica lo que fue constituído entre los decretos del Concilio de Cartago [del año 418; v. 101 ss], es decir, lo que fue definido en el capítulo tercero: Quienquiera dijere que la gracia de Dios, por la que nos justificamos por medio de nuestro Señor Jesucristo, sólo vale para la remisión de los pecados que ya se han cometido, y no también de ayuda para que no se cometan, sea anatema [v. 103].
E igualmente en el capítulo cuarto: Si alguno dijere que la gracia de Dios por Jesucristo solamente en tanto nos ayuda para no pecar, en cuanto por ella se nos revela y abre la inteligencia de los mandamientos, para saber qué debemos desear y qué evitar; pero que por ella no se nos concede que también queramos y podamos hacer lo que hemos conocido que debe hacerse, sea anatema. Porque, como quiera que dice el Apóstol: la ciencia hincha y la caridad edifica [1 Cor. 8, 1], muy impío es creer que tenemos la gracia de Cristo para la ciencia que hincha y no la tenemos para la caridad que edifica, como quiera que ambas cosas son don de Dios, lo mismo el saber qué hemos de hacer que el amor para hacerlo, a fin de que, edificando la caridad, la ciencia no pueda hincharnos. Y como de Dios está escrito: El que enseña al hombre la ciencia [Ps. 93, 10], así está escrito también: La caridad viene de Dios [I Ioh. 4, 7; v. 104].
Igualmente en el quinto capítulo: Si alguno dijere que la gracia de la justificación se nos da para que podamos cumplir con mayor facilidad por la gracia lo que se nos manda hacer por el libre albedrío, como si aun sin dársenos la gracia, pudiéramos no ciertamente con facilidad, pero al cabo pudiéramos sin ella cumplir los divinos mandamientos, sea anatema. De los frutos de los mandamientos hablaba, en efecto, el Señor cuando no dijo: Sin mí con más dificultad podéis hacer, sino: Sin mí nada podéis hacer [Ioh. 15, 5; v. 105].
Cap. 8. Mas aparte de estas inviolables definiciones de la beatísima Sede Apostólica por las que los Padres piadosísimos, rechazada la soberbia de la pestífera novedad, nos enseñaron a referir a la gracia de Cristo tanto los principios de la buena voluntad como los incrementos de los laudables esfuerzos, y la perseverancia hasta el fin en ellos, consideremos también los misterios de las oraciones sacerdotales que, enseñados por los Apóstoles, uniformemente se celebran en todo el mundo y en toda Iglesia Católica, de suerte que la ley de la oración establezca la ley de la fe. Porque cuando los que presiden a los santos pueblos, desempeñan la legación que les ha sido encomendada, representan ante la divina clemencia la causa del género humano y gimiendo a par con ellos toda la Iglesia, piden y suplican que se conceda la fe a los infieles, que los idólatras se vean libres de los errores de su impiedad, que a los judíos, quitado el velo de su corazón, les aparezca la luz de la verdad, que los herejes, por la comprensión de la fe católica, vuelvan en sí, que los cismáticos reciban el espíritu de la caridad rediviva, que a los caídos se les confieran los remedios de la penitencia y que, finalmente, a los catecúmenos, después de llevados al sacramento de la regeneración, se les abra el palacio de la celeste misericordia. Y que todo esto no se pida al Señor formularia o vanamente, lo muestra la experiencia misma, pues efectivamente Dios se digna atraer a muchísimos de todo género de errores y, sacándolos del poder de las tinieblas, los traslada al reino del Hijo de su amor [Col. 1, 13] y de vasos de ira los hace vasos de misericordia [Rom. 9, 22 s]. Todo lo cual hasta punto tal se siente ser obra divina que siempre se tributa a Dios que lo hace esta acción de gracias y esta confesión de alabanza por la iluminación o por la corrección de los tales.
Cap. 9. Tampoco contemplamos con ociosa mirada lo que en todo el mundo practica la Santa Iglesia con los que han de ser bautizados. Cuando lo mismo párvulos que jóvenes se acercan al sacramento de la regeneración, no llegan a la fuente de la vida sin que antes por los exorcismos e insuflaciones de los clérigos sea expulsado de ellos el espíritu inmundo, a fin de que entonces aparezca verdaderamente cómo es echado fuera el príncipe de este mundo [Ioh. 12, 31] y cómo primero es atado el fuerte [Mt. 12, 29] y luego son arrebatados sus instrumentos [Mc. 3, 27] que pasan a posesión del vencedor, de aquel que lleva cautiva la cautividad [Eph. 4, 8] y da dones a los hombres [Ps. 67, 19].
En conclusión, por estas reglas de la Iglesia, y por los documentos tomados de la divina autoridad, de tal modo con la ayuda del Señor hemos sido confirmados, que confesamos a Dios por autor de todos los buenos efectos y obras y de todos los esfuerzos y virtudes por los que desde el inicio de la fe se tiende a Dios, y no dudamos que todos los merecimientos del hombre son prevenidos por la gracia de Aquel, por quien sucede que empecemos tanto a querer como a hacer algún bien [cf. Phil 2, 13]. Ahora bien, por este auxilio y don de Dios, no se quita el libre albedrío, sino que se libera, a fin de que de tenebroso se convierta en lúcido, de torcido en recto, de enfermo en sano, de imprudente en próvido. Porque es tanta la bondad de Dios para con todos los hombres, que quiere que sean méritos nuestros lo que son dones suyos, y por lo mismo que Él nos ha dado, nos añadirá recompensas eternas. Obra, efectivamente, en nosotros que lo que Él quiere, nosotros lo queramos y hagamos, y no consiente que esté ocioso en nosotros lo que nos dió para ser ejercitado, no para ser descuidado, de suerte que seamos también nosotros cooperadores de la gracia de Dios. Y si viéremos que por nuestra flojedad algo languidece en nosotros, acudamos solícitamente al que sana todas nuestras languideces y redime de la ruina nuestra vida [Ps. 102, 3 s] y a quien diariamente decimos: No nos lleves a la tentación, mas líbranos del mal [Mt. 6, 13] .
Cap. 10. En cuanto a las partes más profundas y difíciles de las cuestiones que ocurren y que más largamente trataron quienes resistieron a los herejes, así como no nos atrevemos a despreciarlas, tampoco nos parece necesario alegarlas, pues para confesar la gracia de Dios, a cuya obra y dignación nada absolutamente ha de quitarse, creemos ser suficiente lo que nos han enseñado los escritos, de acuerdo con las predichas reglas, de la Sede Apostólica; de suerte que no tenemos absolutamente por católico lo que apareciere como contrario a las sentencias anteriormente fijadas.
SAN SIXTO III, 432-440
Sobre la Encarnación
[Fórmula de unión del año 433, en que se restableció la paz entre San Cirilo de Alejandría y los antioquenos, aprobada por San Sixto III; versión sobre el texto griego]
Queremos hablar brevemente sobre cómo sentimos y decimos acerca de la Virgen madre de Dios y acerca de cómo el Hijo de Dios se hizo hombre necesariamente, y no por modo de aditamento, sino en la forma de plenitud tal como desde antiguo lo hemos recibido, tanto de las divinas Escrituras como de la tradición de los Santos Padres, sin añadir nada en absoluto a la fe expuesta por los Santos Padres en Nicea. Pues, como anteriormente hemos dicho, ella basta para todo conocimiento de la piedad y para rechazar toda falsa opinión herética. Pero hablamos, no porque nos atrevamos a lo inaccesible, sino cerrando el paso con la confesión de nuestra flaqueza a quienes quieren atacarnos por discutir lo que está por encima del hombre.
Confesamos, consiguientemente, a nuestro Señor Jesucristo Hijo de Dios unigénito, Dios perfecto y hombre perfecto, de alma racional y cuerpo, antes de los siglos engendrado del Padre según la divinidad, y el mismo en los últimos días, por nosotros y por nuestra salvación, nacido de María Virgen según la humanidad, el mismo consustancial con el Padre en cuanto a la divinidad y consustancial con nosotros según la humanidad. Porque se hizo la unión de dos naturalezas, por lo cual confesamos a un solo Señor y a un solo Cristo. Según la inteligencia de esta inconfundible unión, confesamos a la santa Virgen por madre de Dios, por haberse encarnado y hecho hombre el Verbo de Dios y por haber unido consigo, desde la misma concepción, el templo que de ella tomó. Y sabemos que los hombres que hablan de Dios, en cuanto a las voces evangélicas y apostólicas sobre el Señor, unas veces las hacen comunes como de una sola persona, otras las reparten como de dos naturalezas, y enseñan que unas cuadran a Dios, según la divinidad de Cristo; otras son humildes, según la humanidad.
SAN LEON I EL MAGNO, 440-461
Sobre la Encarnación (contra Eutiques)
[De la Carta 28 dogmática Lectis dilectionis tuae, a Flaviano, patriarca de Constantinopla, de 13 de junio de 449]
(2) [v. R 2182.]
(3) Quedando, pues, a salvo la propiedad de una y otra naturaleza y uniéndose ambas en una sola persona, la humildad fue recibida por la majestad, la flaqueza, por la fuerza, la mortalidad, por la eternidad, y para pagar la deuda de nuestra raza, la naturaleza inviolable se unió a la naturaleza pasible. Y así —cosa que convenía para nuestro remedio— uno solo y el mismo mediador de Dios y de los hombres, el hombre Cristo Jesús [1 Tim. 2, 5], por una parte pudiera morir y no pudiera por otra. En naturaleza, pues, íntegra y perfecta de verdadero hombre, nació Dios verdadero, entero en lo suyo, entero en lo nuestro.
(4) Entra, pues, en estas flaquezas del mundo el Hijo de Dios, bajando de su trono celeste, pero no alejándose de la gloria del Padre, engendrado por nuevo orden, por nuevo nacimiento. Por nuevo orden: porque invisible en lo suyo, se hizo visible en lo nuestro; incomprensible, quiso ser comprendido; permaneciendo antes del tiempo, comenzó a ser en el tiempo; Señor del universo, tomó forma de siervo, oscurecida la inmensidad de su majestad; Dios impasible, no se desdeñó de ser hombre pasible, e inmortal, someterse a la ley de la muerte. Y por nuevo nacimiento engendrado: porque la virginidad inviolada ignoró la concupiscencia, y suministró la materia de la carne. Tomada fue de la madre del Señor la naturaleza, no la culpa; y en el Señor Jesucristo, engendrado del seno de la Virgen, no por ser el nacimiento maravilloso, es la naturaleza distinta de nosotros. Porque el que es verdadero Dios es también verdadero hombre, y no hay en esta unidad mentira alguna, al darse juntamente la humildad del hombre y la alteza de la divinidad. Pues al modo que Dios no se muda por la misericordia, así tampoco el hombre se aniquila por la dignidad. Una y otra forma, en efecto, obra lo que le es propio, con comunión de la otra; es decir, que el Verbo obra lo que pertenece al Verbo, la carne cumple lo que atañe a la carne. Uno de ellos resplandece por los milagros, el otro sucumbe por las injurias. Y así como el Verbo no se aparta de la igualdad de la gloria paterna; así tampoco la carne abandona la naturaleza de nuestro género. [Más en R. 2183 ss y 2188.]
[Sobre el matrimonio como sacramento —Eph. 5, 32—, véase R. 2189; sobre la creación del alma y el pecado original, v. R. 2181.]
Sobre la confesión secreta
[De la Carta Magna indign., a los obispos todos por Campan. etc., de 6 de marzo de 459]
(2) Constituyo que por todos los modos se destierre también aquella iniciativa contraria a la regla apostólica, y que poco ha he sabido es práctica ilícita de algunos. Nos referimos a la penitencia que los fieles piden, que no se recite públicamente una lista con el género de los pecados de cada uno, como quiera que basta indicar las culpas de las conciencias a solos los sacerdotes por confesión secreta. Porque si bien parece plenitud laudable de fe la que por temor de Dios no teme la vergüenza ante los hombres; sin embargo, como no todos tienen pecados tales que quienes piden penitencia no teman publicarlos, ha de desterrarse costumbre tan reprobable... Basta, en efecto, aquella confesión que se ofrece primero a Dios y luego al sacerdote, que es quien ora por los pecados de los penitentes. Porque si no se publica en los oídos del pueblo la conciencia del que se confiesa, entonces si que podrán ser movidos muchos más a penitencia.
Del sacramento de la penitencia
[De la Carta 108 Sollicitudinis quidem tuae, a Teodoro obispo de Frejus, de 11 de junio de 452]
(2) La múltiple misericordia de Dios socorrió a las caídas humanas de manera que la esperanza de la vida eterna no sólo se reparara por la gracia del bautismo, sino también por la medicina de la penitencia, y así, los que hubieran violado los dones de la regeneración, condenándose por su propio juicio, llegaran a la remisión de los pecados; pero de tal modo ordenó los remedios de la divina bondad, que sin las oraciones de los sacerdotes, no es posible obtener el perdón de Dios. En efecto, el mediador de Dios y de los hombres, el hombre Cristo Jesús [1 Tim. 2, 5], dió a quienes están puestos al frente de su Iglesia la potestad de dar la acción de la penitencia a quienes confiesan y de admitirlos, después de purificados por la saludable satisfacción, a la comunión de los sacramentos por la puerta de la reconciliación...
(5) Es menester que todo cristiano someta a juicio su propia conciencia, no sea que dilate de día en día convertirse a Dios y escoja las estrecheces de aquel tiempo, en que apenas quepa ni la confesión del penitente ni la reconciliación del sacerdote. Sin embargo, como digo, aun a éstos de tal modo hay que auxiliar en su necesidad, que no se les niegue la acción de la penitencia y la gracia de la comunión, aun en el caso en que, perdida la voz, ta pidan por señales de su sentido entero. Mas si por violencia de la enfermedad llegaren a tal estado de gravedad, que lo que poco antes pedían no puedan darlo a entender en la presencia del sacerdote, deberán valerle los testimonios de los fieles que le rodean, para conseguir juntamente el beneficio de la penitencia y de la reconciliación. Guárdese, sin embargo, la regla de los cánones de los Padres acerca de aquellos que pecaron contra Dios por apostasía de la fe.
CONCILIO DE CALCEDONIA, 451
IV ecuménico (contra los monofisitas)
Definición de las dos naturalezas de Cristo
Siguiendo, pues, a los Santos Padres, todos a una voz enseñamos que ha de confesarse a uno solo y el mismo Hijo, nuestro Señor Jesucristo, el mismo perfecto en la divinidad y el mismo perfecto en la humanidad, Dios verdaderamente, y el mismo verdaderamente hombre de alma racional y de cuerpo, consustancial con el Padre en cuanto a la divinidad, y el mismo consustancial con nosotros en cuanto a la humanidad, semejante en todo a nosotros, menos en el pecado [Hebr. 4, 15]; engendrado del Padre antes de los siglos en cuanto a la divinidad, y el mismo, en los últimos días, por nosotros y por nuestra salvación, engendrado de María Virgen, madre de Dios, en cuanto a la humanidad; que se ha de reconocer a uno solo y el mismo Cristo Hijo Señor unigénito en dos naturalezas, sin confusión, sin cambio, sin división, sin separación, en modo alguno borrada la diferencia de naturalezas por causa de la unión, sino conservando, más bien, cada naturaleza su propiedad y concurriendo en una sola persona y en una sola hipóstasis, no partido o dividido en dos personas, sino uno solo y el mismo Hijo unigénito, Dios Verbo Señor Jesucristo, como de antiguo acerca de Él nos enseñaron los profetas, y el mismo Jesucristo, y nos lo ha trasmitido el Símbolo de los Padres [v. 54 y 86].
Así, pues, después que con toda exactitud y cuidado en todos sus aspectos fue por nosotros redactada esta fórmula, definió el santo y ecuménico Concilio que a nadie será lícito profesar otra fe, ni siquiera escribirla o componerla, ni sentirla, ni enseñarla a los demás.
Sobre el primado del Romano Pontífice
[De la Carta del Concilio Repletum est gaudio al papa León, al principio de noviembre de 451]
Porque si donde hay dos o tres reunidos en su nombre, allí dijo que estaba Él en medio de ellos [Mt. 18, 20], ¿cuánta familiaridad no mostró con quinientos veinte sacerdotes que prefirieron la ciencia de su confesión a la patria y al trabajo? A ellos tú, como la cabeza a los miembros, los dirigías en aquellos que ocupaban tu puesto, mostrando tu benevolencia.
[Palabras del mismo San León Papa sobre el primado del Romano Pontífice, en Kch 891-901.]
De las ordenaciones de los clérigos
[De Statuta Ecclesiae antiqua o bien Statuta antiqua Orientis]
Can. 2 (90) Cuando se ordena un Obispo, dos obispos extiendan y tengan sobre su cabeza el libro de los Evangelios, y mientras uno de ellos derrama sobre él la bendición, todos los demás obispos asistentes toquen con las manos su cabeza.
Can. 3 (91) Cuando se ordena un presbítero, mientras el obispo lo bendice y tiene las manos sobre la cabeza de aquél, todos los presbíteros que están presentes, tengan también las manos junto a las del obispo sobre la cabeza del ordenando.
Can. 4 (92) Cuando se ordena un diácono, sólo el obispo que le bendice ponga las manos sobre su cabeza, porque no es consagrado para el sacerdocio, sino para servir a éste.
Can. 5 (93) Cuando se ordena un subdiácono, como no recibe imposición de las manos, reciba de mano del obispo la patena vacía y el cáliz vacío; y de mano del arcediano reciba la orza con agua, el manil y la toalla.
Can. 6 (94) Cuando se ordena un acólito, sea por el obispo adoctrinado sobre cómo ha de portarse en su oficio; del arcediano reciba el candelario con velas, para que sepa que está destinado a encender las luces de la iglesia. Reciba también la orza vacía para llevar el vino para la consagración de la sangre de Cristo.
Can. 7 (95) Cuando se ordena un exorcista, reciba de mano del obispo el memorial en que están escritos los exorcismos, mientras el obispo le dice: “Recíbelo y encomiéndalo a tu memoria y ten poder de imponer la mano sobre el energúmeno, sea bautizado, sea catecúmeno”.
Can. 8 (96) Cuando se ordena un lector, el obispo dirigirá la palabra al pueblo sobre él, indicando su fe, su vida y carácter. Luego, en presencia del pueblo, entréguele el libro de donde ha de leer, diciéndole. “Toma y sé relator de la palabra de Dios, para tener parte, si fiel y provechosamente cumplieres tu oficio, con los que administraron la palabra de Dios”.
Can. 9 (97) Cuando se ordena un ostiario, después que hubiere sido instruído por el arcediano, sobre cómo ha de portarse en la casa de Dios, a una indicación del arcediano, entréguele el obispo, desde el altar, las llaves de la Iglesia, diciéndole: “Obra como quien ha de dar cuenta a Dios de las cosas que se cierran con estas llaves”.
Can. 10 (98) El salmista, es decir, el cantor puede, sin conocimiento del obispo, por solo mandato del presbítero, recibir el oficio de cantar, diciéndole el presbítero: “Mira que lo que con la boca cantes, lo creas con el corazón; y lo que con el corazón crees, lo pruebes con las obras”.
Siguen ordenaciones para consagrar a las vírgenes y viudas; can. 101 sobre e] matrimonio, en Kch 952.
SAN HILARIO, 461-468
SAN SIMPLICIO, 468-483
De la guarda de la fe recibida
[De la carta Quantum presbyterorum, a Acacio, obispo de Constantinopla, de 9 de enero de 476]
(2) Puesto que mientras esté firme la doctrina de nuestros predecesores, de santa memoria, contra la cual no es licito disputar, cualquiera que parezca sentir rectamente, no necesita ser enseñado por nuevas aserciones, sino que llano y perfecto está todo para instruir al que ha sido engañado por los herejes y para ser adoctrinado el que va a ser plantado en la viña del Señor, haz que se rechace la idea de reunir un Concilio, implorada para ello la fe del clementísimo Emperador... (3) Te exhorto, pues, hermano carísimo, a que por todos los modos se resista a los conatos de los perversos de reunir un Concilio, que jamás se convocó por otros motivos que por haber surgido alguna novedad en entendimientos extraviados o alguna ambigüedad en la aserción de los dogmas, a fin de que, tratando los asuntos en común, si alguna oscuridad había, la iluminara la autoridad de la deliberación sacerdotal, como fue forzoso hacerlo primero por la impiedad de Arrio, luego por la de Nestorio y, últimamente, por la de Dióscoro y Eutiques. Y, lo que no permita la misericordia de Cristo Dios Salvador nuestro, hay que intimar que es abominable restituir a los que han sido condenados, contra las sentencias de los sacerdotes del Señor, de todo el orbe, y las de los emperadores, que rigen ambos mundos...
De la inmutabilidad de la doctrina cristiana
[De la Carta Cuperem quidem, a Basilisco August., de 9 de enero de 476]
(5) Lo que, sincero y claro, manó de la fuente purísima de las Escrituras, no podrá revolverse por argumento alguno de astucia nebulosa. Porque persiste en sus sucesores esta y la misma norma de la doctrina apostólica, la del Apóstol a quien el Señor encomendó el cuidado de todo su rebaño [Ioh. 21, 15 ss], a quien le prometió que no le faltaría Él en modo alguno hasta el fin del mundo [Mt. 28, 20] y que contra él no prevalecerían las puertas del infierno, y a quien le atestiguó que cuanto por sentencia suya fuera atado en la tierra, no puede ser desatado ni en los cielos [Mt. 16, 18 ss]. (6)... Cualquiera que, como dice el Apóstol, intente sembrar otra cosa fuera de lo que hemos recibido, sea anatema [Gal. 1, 8 s]. No se abra entrada alguna por donde se introduzcan furtivamente en vuestros oídos perniciosas ideas, no se conceda esperanza alguna de volver a tratar nada de las antiguas constituciones; porque —y es cosa que hay que repetir muchas veces—, lo que por las manos apostólicas, con asentimiento de la Iglesia universal, mereció ser cortado a filo de la hoz evangélica no puede cobrar vigor para renacer, ni puede volver a ser sarmiento feraz de la viña del Señor lo que consta haber sido destinado al fuego eterno. Así, en fin, las maquinaciones de las herejías todas, derrocadas por los decretos de la Iglesia, nunca puede permitirse que renueven los combates de una impugnación ya liquidada...
CONCILlO DE ARLES, 475 (?)
[Del memorial de sujeción de Lúcido, presbítero]
De la gracia y la predestinación
Vuestra corrección es pública salvación y vuestra sentencia medicina. De ahí que también yo tengo por sumo remedio, excusar los pasados errores acusándolos, y por saludable confesión purificarme. Por tanto, de acuerdo con los recientes decretos del Concilio venerable, condeno juntamente con vosotros aquella sentencia que dice que no ha de juntarse a la gracia divina el trabajo de la obediencia humana; que dice que después de la caída del primer hombre, quedó totalmente extinguido el albedrío de la voluntad; que dice que Cristo Señor y Salvador nuestro no sufrió la muerte por la salvación de todos; que dice que la presciencia de Dios empuja violentamente al hombre a la muerte, o que por voluntad de Dios perecen los que perecen; que dice que después de recibido legítimamente el bautismo, muere en Adán cualquiera que peca; que dice que unos están destinados a la muerte y otros predestinados a la vida; que dice que desde Adán hasta Cristo nadie de entre los gentiles se salvó con miras al advenimiento de Cristo por medio de la gracia de Dios, es decir, por la ley de la naturaleza, y que perdieron el libre albedrío en el primer padre; que dice que los patriarcas y profetas y los más grandes santos, vivieron dentro del paraíso aun antes del tiempo de la redención. Todo esto lo condeno como impío y lleno de sacrilegios. De tal modo, empero, afirmo la gracia de Dios que siempre añado a la gracia el esfuerzo y empeño del hombre, y proclamo que la libertad de la voluntad humana no está extinguida, sino atenuada y debilitada, que está en peligro quien se ha salvado, y que el que se ha perdido, hubiera podido salvarse.
Confieso también que Cristo Dios y Salvador, por lo que toca a las riquezas de su bondad, ofreció por todos el precio de su muerte y no quiere que nadie se pierda, Él, que es salvador de todos, sobre todo de los fieles, rico para con todos los que le invocan [Rom. 10, 12]... Ahora, empero, por la autoridad de los sagrados testimonios que copiosamente se hallan en las divinas Escrituras, por la doctrina de los antiguos, puesta de manifiesto por la razón, de buena gana confieso que Cristo vino también por los hombres perdidos que contra la voluntad de Él se han perdido. No es lícito, en efecto, limitar las riquezas de su bondad inmensa y los beneficios divinos a solos aquellos que al parecer se han salvado. Porque si decimos que Cristo sólo trajo remedios para los que han sido redimidos, parecerá que absolvemos a los no redimidos, los que consta han de ser castigados por haber despreciado la redención. Afirmo también que se han salvado, según la razón y el orden de los siglos, unos por la ley de la gracia, otros por la ley de Moisés, otros por la ley de la naturaleza, que Dios escribió en los corazones de todos, en la esperanza del advenimiento de Cristo; sin embargo, desde el principio del mundo, no se vieron libres de la atadura original, sino por intercesión de la sagrada sangre. Profeso también que los fuegos eternos y las llamas infernales están preparadas para los hechos capitales, porque con razón sigue la divina sentencia a las culpas humanas persistentes; sentencia en que incurren quienes no creyeren de todo corazón estas cosas. Orad por mi, señores santos y padres apostólicos.
Lúcido, presbítero, firmé por mi propia mano esta mi carta, y lo que en ella se afirma, lo afirmo, y lo que se condena, condeno.
FELIX II (III), 483-492
SAN GELASIO I, 492-496
Que no deben tratarse nuevamente los errores que una vez fueron condenados
[De la Carta Licet inter varias, a Honorio, obispo de Dalmacia de 28 de julio de 499 (?)]
(1) ... Se nos ha, efectivamente, anunciado que en las regiones de Dalmacia han sembrado algunos la cizaña, siempre renaciente, de la peste pelagiana y que tiene allí tanta fuerza su blasfemia, que engañan a los más sencillos con la insinuación de su mortífera locura... [Pero,] por la gracia del Señor, ahí está la pura verdad de la fe católica, formada de las sentencias concordes de todos los Padres... (2) ... ¿Acaso nos es a nosotros licito desatar lo que fue condenado por los venerables Padres y volver a tratar los criminales dogmas por ellos arrancados?; Qué sentido tiene, pues, que tomemos toda precaución porque ninguna perniciosa herejía, una vez que fue rechazada, pretenda venir nuevamente a examen, si lo que de antiguo fue por nuestros mayores conocido, discutido, refutado, nosotros nos empeñamos en restablecerlo? ¿No es así como nosotros mismos —lo que Dios no quiera y lo que jamás sufrirá la Iglesia—proponemos a todos los enemigos de la verdad el ejemplo para que se levanten contra nosotros? ¿Dónde está lo que está escrito: No traspases los términos de tus padres [Prov. 22, 28] y: pregunta a tus padres y te lo anunciarán, a tus ancianos y te lo contarán [Deut. 32, 7]? ¿Por qué, pues, vamos más allá de lo definido por los mayores o por qué no nos bastan? Si, por ignorarlo, deseamos saber sobre algún punto, cómo fue mandada cada cosa por los padres ortodoxos y por :los antiguos, ora para evitarla, ora para adaptarla a la verdad católica; ¿por qué no se aprueba haberse decretado para esos fines? ¿Acaso somos más sabios que ellos o podremos mantenernos en sólida estabilidad, si echamos por tierra lo que por ellos fue constituído?...
[Sobre el imperio y el sacerdocio, y sobre el primado del Romano Pontífice, v. Kch 959.]
Del canon de la Sagrada Escritura
[De la Carta 42 o Decretal De recipiendis et non recipiendis libris, del año 495]
Suele anteponerse en algunos códices al Decreto propiamente dicho de Gelasio, una lista de libros canónicos, semejante a la que pusimos bajo Dámaso [84]. Sin embargo, entre otras cosas, aquí ya no se lee: de Juan Apóstol, una epístola; de otro Juan, presbítero, dos epístolas, sino: de Juan Apóstol, tres epístolas [cf 84, 92, 96].
Del primado del Romano Pontífice y sobre las Sedes Patriarcales
[De la misma Carta o Decretal, del año 495]
(1) Después de todas estas Escrituras que arriba hemos citado, proféticas, evangélicas y apostólicas, sobre las que, por la gracia de Dios, está fundada la Iglesia Católica, otra cosa hemos creído deber indicar y es que, aun cuando no haya más que un solo tálamo de Cristo, la Iglesia Católica difundida por todo el orbe; sin embargo, la santa Iglesia Romana no ha sido antepuesta a las otras Iglesias por constitución alguna conciliar, sino que obtuvo el primado por la evangélica voz del Señor y Salvador, cuando dijo: Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella, y a ti te daré las llaves del reino de los cielos, y cuanto atares sobre la tierra, será atado también en el cielo; y cuanto desatares sobre la tierra, será desatado también en el cielo [Mt. 16, 18 s]. Añadióse también la compañía del beatísimo Pablo Apóstol, vaso de elección, que no en diverso tiempo, como gárrulamente dicen los herejes, sino en un mismo tiempo y en un mismo día, luchando juntamente con Pedro en la ciudad de Roma, con gloriosa muerte fue coronado bajo el César Nerón; y juntamente consagraron a Cristo Señor la sobredicha santa Iglesia Romana y la pusieron por delante de todas las ciudades del universo mundo con su presencia y venerable triunfo.
Consiguientemente, la primera es la Sede del Apóstol Pedro, la de la Iglesia Romana, que no tiene mancha ni arruga ni cosa semejante [Eph. 5, 27]. La segunda sede fue consagrada en Alejandría en nombre del bienaventurado Pedro por Marco, discípulo suyo y evangelista... La tercera sede, digna de honor, del beatísimo Apóstol Pedro, está en Antioquía...
De la autoridad de los Concilios y de los Padres
[De la misma Carta o Decretal]
(2) Y aun cuando nadie pueda poner otro fundamento fuera del que ya está puesto, que es Cristo Jesús [cf. 1 Cor. 3, 11]; sin embargo, para edificación, aparte las Escrituras del Antiguo y del Nuevo Testamento que canónicamente recibimos, la Santa Iglesia; es decir, la Iglesia Romana, no prohibe que se reciban también las siguientes: a saber, el santo Concilio de Nicea..., el de Efeso..., el de Calcedonia...
(3) Igualmente los opúsculos del bienaventurado Cecilio Cipriano... [y de igual modo se alegan los opúsculos de Gregorio Nazianceno, Basilio, Atanasio, Juan Crisóstomo, Teófilo, Cirilo Alejandrino, Hilario, Ambrosio, Agustín, Jerónimo y Próspero.] Igualmente, la carta (dogmática) del bienaventurado papa León a Flaviano [v. 143 ]...; si alguno disputare de su texto sobre una sola tilde, y no la recibiere en todo con veneración, sea anatema.
Igualmente decreta que han de leerse los opúsculos y tratados de todos los Padres ortodoxos que no se desviaron en nada de la comunión de la Santa Iglesia Romana.
Igualmente, han de recibirse con veneración las Epístolas decretales que dieron los beatísimos Papas.
Igualmente, las Actas de los Santos mártires... [las cuales], con singular cautela, como quiera que se ignoran completamente los nombres de los que las escribieron, no se leen en la Santa Iglesia Romana, a fin de no dar ni la más leve ocasión de burla. Nosotros, sin embargo, juntamente con la predicha Iglesia, con toda devoción veneramos a todos los mártires y sus gloriosos combates, que son más conocidos a Dios que a los hombres.
Igualmente, las vidas de los Padres, de Pablo, Antonio, Hilarión y de todos los eremitas, las recibimos con todo honor; siempre, sin embargo, que sean las que escribió Jerónimo, varón beatísimo.
[Se enumeran finalmente y alaban muchos otros escritos, añadiendo, sin embargo :]
Pero vaya delante la sentencia del bienaventurado Pablo Apóstol: Todo... examinadlo; lo que sea bueno, guardadlo [1 Thess. 5, 21].
Lo demás que ha sido escrito o predicado por los herejes o cismáticos, en modo alguno lo recibe la Iglesia Romana, Católica y Apostólica. De los que creemos deber añadir unos pocos opúsculos...
De los apócritos, que no se aceptan
[De la misma Carta o Decretal]
(4) [Después de presentar una larga serie de apócrifos, concluye así el Decretum Gelasianum:]
Estos y otros escritos semejantes que enseñaron y escribieron todos los heresiarcas y sus discípulos o los cismáticos, no sólo confesamos que fueron repudiados por toda la Iglesia Romana Católica y Apostólica, sino también desterrados y juntamente con sus autores y los secuaces de ellos para siempre condenados bajo el vinculo indisoluble del anatema.
De la remisión de los pecados
[Del tomo de Gelasio Ne forte, sobre el vínculo de anatema, hacia el año 496]
(5) Dijo el Señor que a quienes pecan contra el Espíritu Santo ni aquí ni en el siglo futuro se les había de perdonar [Mt. 12, 32]. ¿A cuántos, sin embargo, conocemos que pecan contra el Espíritu Santo, como a los diversos herejes... que se convierten a la fe católica y aquí alcanzan perdón de su blasfemia y reciben esperanza de obtener indulgencia en lo futuro? Ni por eso deja de ser verdadera la sentencia del Señor o ha de pensarse que queda en modo alguno deshecha, pues acerca de los tales, si permanecen siendo lo que son, jamás podrá ser deshecha; pero no se aplica a quienes han dejado de serlo. Del mismo modo, consiguientemente, hay que entender aquello del bienaventurado Juan Apóstol: Hay pecado de muerte: no digo que se ruegue por él; y hay pecado no de muerte: digo que se ruegue por él [1 Ioh. 5, 16-17]. Hay pecado de muerte para los que permanecen en el mismo pecado; hay pecado no de muerte para quienes se apartan del mismo pecado. Ningún pecado hay, en efecto, por cuyo perdón no ore la Iglesia, o del que, por la potestad que le fue divinamente concedida, no pueda absolver a quienes de él se apartan, o perdonarselo a los penitentes, ella a quien se dijo: Cuanto perdonareis sobre la tierra... [cf. Ioh. 20, 23]; cuanto desatareis sobre la tierra, será desatado también en el cielo [Mt. 18, 18]. En la palabra “cuanto” entra todo, por grandes que sean y cualesquiera que sean los pecados, siguiendo, no obstante, verdadera la sentencia de aquellos, que proclama que nunca ha de ser perdonado el que persiste en seguirlos cometiendo, pero no el que después se aparta de ellos.
De las dos naturalezas de Cristo
[Del tomo de Gelacio Necessarium, sobre las dos naturalezas en Cristo, 492]
(3) Como quiera, digo, que acerca de la Encarnación de nuestro Señor que, si bien en modo alguno puede explicarse, debe, sin embargo, creerse piadosamente con esta confesión: los eutiquianos dicen que sólo hay una naturaleza, esto es, la divina; y no menos Nestorio recuerda una sola naturaleza, es decir, la humana; si contra los eutiquianos hemos de afirmar dos, porque ellos toman una sola; consiguientemente, contra Nestorio que dice también una sola, predicaremos sin duda alguna haber existido no una sola, sino dos unidas desde su principio. Contra Eutiques que se empeña en afirmar una sola, esto es, la divina, añadimos convenientemente la humana, de suerte que le mostramos que allí permanecen las dos naturalezas de que consta este misterio singular; y contra Nestorio, que habla también de una sola, es decir, de la humana, no menos hemos de añadir la divina. Para que, por modo igual, contra la una sola de él, mantengamos con veraz definición que en la plenitud de este misterio existieron dos naturalezas con los efectos primordiales de su unión, y a unos y a otros, que, por modo diverso, declaman cada uno la suya, los vencemos, no a uno de ellos afirmando sólo una naturaleza, sino a los dos, por la unida propiedad de las dos naturalezas, de la humana y de la divina, la cual desde su principio permanece sin confusión ni defecto alguno.
(4) Porque, si bien es uno solo y el mismo Señor Jesucristo, y todo Dios hombre y todo el hombre Dios, y cuanto hay de humanidad Dios hombre se lo hace suyo y cuanto hay de Dios, lo tiene el hombre Dios; sin embargo, para que permanezca este misterio y no pueda disolverse por ninguna parte, así todo el hombre permanece lo que Dios es, como todo Dios permanece cuanto el hombre es...
SAN ANASTASIO II, 496-498
De las ordenaciones de los cismáticos
[De la Carta 1, Exordium Pontificatus mei, a Anastasio Agosto, de 496]
(7) Según la costumbre de la Iglesia Católica, reconozca el sacratísimo pecho de tu serenidad que a ninguno de estos a quienes bautizó Acacio [obispo cismático], o a quienes ordenó según los cánones sacerdotes o levitas, les alcanza parte alguna de daño por el nombre de Acacio, en el sentido de que acaso parezca menos firme la gracia del sacramento por haber sido trasmitida por un inicuo... Porque si los rayos de este sol visible, al pasar por los más fétidos lugares, no se mancillan por mancha alguna del contacto; mucho menos la virtud de Aquel que,hizo este sol visible, puede constreñirse por indignidad alguna del ministro...
(9) Por eso, pues, también éste, administrando mal lo bueno, a sí solo se dañó. Porque el sacramento inviolable que por él fue dado, obtuvo para los otros la perfección de su virtud.
Sobre el origen de las almas y sobre el pecado original
[De la Carta Bonum atque iucundum, a los obispos de Francia, de 23 de agosto de 498]
(1) ... [Piensan algunos herejes en Francia] que pueden razonablemente persuadirse que así como los padres trasmiten los cuerpos al género humano de la hez material, de modo semejante dan también el espíritu del alma vital... ¿Cómo, pues, contra la divina sentencia, con inteligencia demasiado carnal, piensan que el alma hecha a imagen de Dios se difunda por la unión de los hombres, siendo así que la acción de Aquel que al principio hizo esto no deja de ser hoy la misma, como Él mismo dijo: Mi padre sigue trabajando y yo también trabajo [cf. Ioh. 5, 17]? Y entiendan también lo que está escrito: El que vive para siempre, lo creó todo de una vez [Eccli. 18, 1].
Si, pues, antes de que la Escritura dispusiera el orden y modo siguiendo cada especie en cada clase de criaturas, obraba al mismo tiempo potencialmente —cosa que no puede negarse— y causalmente en la obra pertinente a la creación de todas las cosas, de cuya consumación descansó el día séptimo, y ahora sigue obrando visiblemente en la obra conveniente según el curso de los tiempos; luego aténganse a la santa doctrina, de que Aquel infunde las almas, que llama lo que no es, como lo que es [cf. Rom. 4, 17].
(4) ... En lo que acaso piensan que hablan piadosa y exactamente, es decir, que con razón afirman que las almas son trasmitidas por los padres, como quiera que están enredadas en pecados, deben con esta sabia separación distinguir: que ellos no pueden transmitir otra cosa que lo que ellos con extraviada presunción cometieron, esto es, la pena y culpa del pecado que pone bien de manifiesto la descendencia que por transmisión se sigue, al nacer los hombres malos y torcidos. Y claramente se ve que en eso solo no tiene Dios parte ninguna, pues para que no cayeran en esta fatal calamidad, se lo prohibió y predijo con el ingénito terror de la muerte. Así, pues, por la transmisión, aparece evidentemente lo que por los padres se entrega, y se muestra también qué es lo que desde el principio hasta el fin haya obrado o siga aún Dios obrando.
SAN SIMACO, 498-514
SAN HORMISDAS, 514-523
De la infalibilidad del Romano Pontífice
[Memorial de profesión de la fe, añadido a la Carta Inter ea quae, a los obispos de España, de 2 de abril de 517]
Primordial salud es guardar la regla de la recta fe y no desviarse en modo alguno de las constituciones de los Padres. Y pues no puede pasarse por alto la sentencia de nuestro Señor Jesucristo que dice: Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, etc. [Mt. 16, 18], tal como fue dicho se comprueba por la experiencia, pues en la Sede Apostólica se conservó siempre inmaculada la religión católica. No queriéndonos separar un punto de esta esperanza y de esta fe, y siguiendo las constituciones de los Padres, anatematizamos todas las herejías, señaladamente al hereje Nestorio, que en otro tiempo fue obispo de Constantinopla, condensado en el Concilio de Efeso por el bienaventurado Celestino, Papa de la ciudad de Roma, y por el venerable varón Cirilo, obispo de Alejandría. Igualmente anatematizamos también a Eutiques y a Dióscoro Alejandrino, condenados en el santo Concilio de Calcedonia, que seguimos y abrazamos, el cual, siguiendo al santo Concilio de Nicea predicó la fe apostólica. Detestamos también al parricida Timoteo, por sobrenombre Eluro (“Gato”), y a su discípulo y secuaz en todo, Pedro Alejandrino. Condenamos y anatematizamos también a Acacio, obispo en otro tiempo de Constantinopla, condenado por la Sede Apostólica, cómplice y secuaz de ellos o a los que permanecieren en la sociedad de su comunión; porque Acacio mereció con razón sentencia de condenación semejante a la de aquellos en cuya comunión se mezcló. No menos condenamos a Pedro de Antioquía con sus secuaces y los de todos los suprascritos.
Mas aceptamos y aprobamos también las epístolas todas del bienaventurado papa León, que escribió sobre la religión cristiana, como antes dijimos, siguiendo en todo a la Sede Apostólica y proclamando sus constituciones todas. Y por tanto, espero merecer hallarme en una sola comunión con vosotros, la que predica la Sede Apostólica, en la que está la íntegra, verdadera y perfecta solidez de la religión cristiana; prometiendo que en adelante no he de recitar entre los sagrados misterios los nombres de aquellos que están separados de la comunión de la Iglesia Católica, es decir, que no sienten con la Sede Apostólica. Y si en algo intentare desviarme de mi profesión, por mi propia sentencia me declaro cómplice de los mismos que he condenado. Y esta mi profesión, yo la he firmado de mi mano y la he dirigido a ti, Hormisdas, santo y venerable papa de la ciudad de Roma.
Del canon, del primado, de los concilios y de los apócrifos
[De la Carta 125 o Decretal De Scripturis divinis, del año 520]
Aparte lo que se contiene en la decretal de Gelasio [162], aquí, después del Concilio de Éfeso, se inserta también el primero de Constantinopla; y luego se añade:
Y si algunos otros concilios han sido hasta ahora celebrados por los Santos Padres, hemos decretado sean guardados y recibidos después de la autoridad de estos cuatro.
Sobre la autoridad de San Agustín
[De la Carta Sicut rationi, a Posesor, de 13 de agosto de 502]
5. Qué siga y guarde la Iglesia Romana, es decir, la Iglesia Católica, acerca del libre albedrío y la gracia de Dios, si bien puede copiosamente conocerse por varios libros del bienaventurado Agustín; sin embargo, en los archivos eclesiásticos hay capítulos expresos que, si ahí faltan y los creéis necesarios, os los remitiremos. Aunque quien diligentemente considere los dichos del Apóstol, ha de conocer con evidencia lo que ha de seguir.
SAN JUAN I, 523-526
SAN FELIX m, 526-530
II CONCILIO DE ORANGE, 529 (en la Galia)
Confirmado por Bonifacio II (contra los semipelagianos)
Sobre el pecado original, la gracia, la predestinación
Nos ha parecido justo y razonable, según la admonición v autoridad de la Sede Apostólica, que debíamos presentar para que sean por todos observados, y firmar de nuestras manos unos pocos capítulos que nos han sido trasmitidos por la Sede Apostólica, que fueron recogidos por los santos Padres de los libros de las Sagradas Escrituras para esta causa principalmente, a fin de enseñar a aquellos que sienten de modo distinto a como deben.
[I. Sobre el pecado original.] Can. l. Si alguno dice que por el pecado de prevaricación de Adán no “fue mudado” todo el hombre, es decir, según el cuerpo y el alma en peor, sino que cree que quedando ilesa la libertad del alma, sólo el cuerpo está sujeto a la corrupción, engañado por el error de Pelagio, se opone a la Escritura, que dice: El alma que pecare, ésa morirá [Ez. 18, 20], y: ¿No sabéis que si os entregáis a uno por esclavos para obedecerle, esclavos sois de aquel a quien os sujetáis? [Rom. 6, 16] . Y: Por quien uno es vencido, para esclavo suyo es destinado [2 Petr. 2, 19].
Can. 2. Si alguno afirma que a Adán solo dañó su prevaricación, pero no también a su descendencia, o que sólo pasó a todo el género humano por un solo hombre la muerte que ciertamente es pena del pecado, pero no también el pecado, que es la muerte del alma, atribuirá a Dios injusticia, contradiciendo al Apóstol que dice: Por un solo hombre, el pecado entró en el mundo y por el pecado la muerte, y así a todos los hombres pasó la muerte por cuanto todos habían pecado [Rom. 5, 12] 3.
[II. Sobre la gracia.] Can. 3. Si alguno dice que la gracia de Dios puede conferirse por invocación humana, y no que la misma gracia hace que sea invocado por nosotros, contradice al profeta Isaías o al Apóstol, que dice lo mismo: He sido encontrado por los que no me buscaban; manifiestamente aparecí a quienes por mí no preguntaban [Rom. 10, 20; cf. Is. 65, l].
Can. 4. Si alguno porfía que Dios espera nuestra voluntad para limpiarnos del pecado, y no confiesa que aun el querer ser limpios se hace en nosotros por infusión y operación sobre nosotros del Espíritu Santo, resiste al mismo Espíritu Santo que por Salomón dice: Es preparada la voluntad por el Señor [Prov. 8, 35: LXX], y al Apóstol que saludablemente predica: Dios es el que obra en nosotros el querer y el acabar, según su beneplácito [Phil. 2, 13].
Can. 5. Si alguno dice que está naturalmente en nosotros lo mismo el aumento que el inicio de la fe y hasta el afecto de credulidad por el que creemos en Aquel que justifica al impío y que llegamos a la regeneración del sagrado bautismo, no por don de la gracia —es decir, por inspiración del Espíritu Santo, que corrige nuestra voluntad de la infidelidad a la fe, de la impiedad a la piedad—, se muestra enemigo de los dogmas apostólicos, como quiera que el bienaventurado Pablo dice: Confiamos que quien empezó en vosotros la obra buena, la acabará hasta el día de Cristo Jesús [Phil. 1, 6]; y aquello: A vosotros se os ha concedido por Cristo, no sólo que creáis en Él, sino también que por Él padezcáis [Phil. 1, 29]; y: De gracia habéis sido salvados por medio de la fe, y esto no de vosotros, puesto que es don de Dios [Eph. 2, 8]. Porque quienes dicen que la fe, por la que creemos en Dios es natural, definen en cierto modo que son fieles todos aquellos que son ajenos a la Iglesia de Dios.
Can 6. Si alguno dice que se nos confiere divinamente misericordia cuando sin la gracia de Dios creemos, queremos, deseamos, nos esforzamos, trabajamos, oramos, vigilamos, estudiamos, pedimos, buscamos, llamamos, y no confiesa que por la infusión e inspiración del Espíritu Santo se da en nosotros que creamos y queramos o que podamos hacer, como se debe, todas estas cosas; y condiciona la ayuda de la gracia a la humildad y obediencia humanas y no consiente en que es don de la gracia misma que seamos obedientes y humildes, resiste al Apóstol que dice: ¿Qué tienes que no lo hayas recibido? [1 Cor. 4, 7]; y: Por la gracia de Dios soy lo que soy [1 Cor. 15, 10].
Can. 7. Si alguno afirma que por la fuerza de la naturaleza se puede pensar, como conviene, o elegir algún bien que toca a la salud de la vida eterna, o consentir a la saludable es decir, evangélica predicación, sin la iluminación o inspiración del Espíritu Santo, que da a todos suavidad en el consentir y creer a la verdad, es engañado de espíritu herético, por no entender la voz de Dios que dice en el Evangelio: Sin mí nada podéis hacer [Ioh. 15, 5]; y aquello del Apóstol: No que seamos capaces de pensar nada por nosotros como de nosotros, sino que nuestra suficiencia viene de Dios [2 Cor. 3, 5] 3.
Can. 8. Si alguno porfía que pueden venir a la gracia del bautismo unos por misericordia, otros en cambio por el libre albedrío que consta estar viciado en todos los que han nacido de la prevaricación del primer hombre, se muestra ajeno a la recta fe. Porque ése no afirma que el libre albedrío de todos quedó debilitado por el pecado del primer hombre o, ciertamente, piensa que quedó herido de modo que algunos, no obstante, pueden sin la revelación de Dios conquistar por sí mismos el misterio de la eterna salvación. Cuán contrario sea ello, el Señor mismo lo prueba, al atestiguar que no algunos, sino ninguno puede venir a Él, Sino aquel a quien el Padre atrajere [Ioh. 6, 44]; así como al bienaventurado Pedro le dice: Bienaventurado eres, Simón, hijo de Joná, porque ni la carne ni la sangre te lo ha revelado, sino mi Padre que está en los cielos [Mt. 16, 17]; y el Apóstol: Nadie puede decir Señor a Jesús, sino en el Espíritu Santo [1 Cor. 12, 3] 4.
Can. 9. “Sobre la ayuda de Dios. Don divino es el que pensemos rectamente y que contengamos nuestros pies de la falsedad y la injusticia; porque cuantas veces bien obramos, Dios, para que obremos, obra en nosotros y con nosotros”.
Can. 10. Sobre la ayuda de Dios. La ayuda de Dios ha de ser implorada siempre aun por los renacidos y sanados, para que puedan llegar a buen fin o perseverar en la buena obra.
Can. 11. “Sobre la obligación de los votos. Nadie haría rectamente ningún voto al Señor, si no hubiera recibido del mismo lo que ha ofrecido en voto”, según se lee: Y lo que de tu mano hemos recibido, eso te damos [1 Par. 29, 14].
Can. 12. “Cuáles nos ama Dios. Tales nos ama Dios cuales hemos de ser por don suyo, no cuales somos por merecimiento nuestro”.
Can. 18. De la reparación del libre albedrío. El albedrío de la voluntad, debilitado en el primer hombre, no puede repararse sino por la gracia del bautismo; lo perdido no puede ser devuelto, sino por el que pudo darlo. De ahí que la verdad misma diga: Si el Hijo os liberare, entonces seréis verdaderamente libres [Ioh. 8, 36] .
Can. 14. “Ningún miserable se ve libre de miseria alguna, sino el que es prevenido de la misericordia de Dios” como dice el salmista: Prontamente se nos anticipe, Señor, tu misericordia [Ps. 78, 8]; y aquello: Dios mío, su misericordia me prevendrá [Ps. 58, 11].
Can. 15. “Adán se mudó de aquello que Dios le formó, pero se mudó en peor por su iniquidad; el fiel se muda de lo que obró la iniquidad, pero se muda en mejor por la gracia de Dios. Aquel cambio, pues, fue del prevaricador primero; éste, según el salmista, es cambio de la diestra del Excelso [Ps. 76, 11].
Can. 16. “Nadie se gloríe de lo que parece tener, como si no lo hubiera recibido, o piense que lo recibió porque la letra por fuera apareció para ser leída o sonó para ser oída. Porque, como dice el Apóstol: Si por medio de la ley es la justicia, luego de balde murió Cristo [Gal. 2, 21]; subiendo a lo alto, cautivó la cautividad, dio dones a los hombres [Eph. 4, 8; cf. Ps. 67, 19]. De ahí tiene, todo el que tiene; y quienquiera niega tener de ahí, o es que verdaderamente no tiene, o lo que tiene, se le quita [Mt. 25, 29].
Can. 17. “Sobre la fortaleza cristiana. La fortaleza de los gentiles la hace la mundana codicia; mas la fortaleza de los cristianos viene de la caridad de Dios que se ha derramado en nuestros corazones, no por el albedrío de la voluntad, que es nuestro, sino por el Espíritu Santo que nos ha sido dado [Rom. 5, 5]”.
Can. 18. “Que por ningún merecimiento se previene a la gracia. Se debe recompensa a las buenas obras, si se hacen; pero la gracia, que no se debe, precede para que se hagan”.
Can. 19. “Que nadie se salva, sino por la misericordia de Dios. La naturaleza humana, aun cuando hubiera permanecido en aquella integridad en que fue creada, en modo alguno se hubiera ella conservado a sí misma, si su Creador no la ayudara; de ahí que, si sin la gracia de Dios, no hubiera podido guardar la salud que recibió, ¿cómo podrá, sin la gracia de Dios, reparar la que perdió?
Can. 20. “Que el hombre no puede nada bueno sin Dios. Muchos bienes hace Dios en el hombre, que no hace el hombre; ningún bien, empero, hace el hombre que no otorgue Dios que lo haga el hombre”.
Can. 21. “De la naturaleza y de la gracia. A la manera como a quienes queriendo justificarse en la ley, cayeron también de la gracia, con toda verdad les dice el Apóstol: Si la justicia viene de la ley, luego en vano ha muerto Cristo [Gal. 2, 21]; así a aquellos que piensan que es naturaleza la gracia que recomienda y percibe la fe de Cristo, con toda verdad se les dice: Si por medio de la naturaleza es la justicia, luego en vano ha muerto Cristo. Porque ya estaba aquí la ley y no justificaba; ya estaba aquí también la naturaleza, y tampoco justificaba. Por tanto, Cristo no ha muerto en vano, sino para que la ley fuera cumplida por Aquel que dijo: No he venido a destruir la ley, sino a darle cumplimiento [Mt. 5, 17]; y la naturaleza, perdida por Adán, fuera reparada por Aquel que dijo haber venido a buscar y salvar lo que se había perdido” [Lc. 19, 10] .
Can. 22. “De lo que es propio de los hombres. Nadie tiene de suyo, sino mentira y pecado. Y si alguno tiene alguna verdad y justicia, viene de aquella fuente de que debemos estar sedientos en este desierto, a fin de que, rociados, como si dijéramos, por algunas gotas de ella, no desfallezcamos en el camino”.
Can. 23. “De la voluntad de Dios y del hombre. Los hombres hacen su voluntad y no la de Dios, cuando hacen lo que a Dios desagrada; mas cuando hacen lo que quieren para servir a la divina voluntad, aun cuando voluntariamente hagan lo que hacen; la voluntad, sin embargo, es de Aquel por quien se prepara y se manda lo que quieren”.
Can. 24. “De los sarmientos de la vid. De tal modo están los sarmientos en la vid que a la vid nada le dan, sino que de ella reciben de qué vivir; porque de tal modo está la vid en los sarmientos que les suministra el alimento vital, pero no lo toma de ellos. Y, por esto, tanto el tener en si a Cristo permanente como el permanecer en Cristo, son cosas que aprovechan ambas a los discípulos, no a Cristo. Porque cortado el sarmiento, puede brotar otro de la raíz viva; mas el que ha sido cortado, no puede vivir sin la raíz [cf. Ioh. 15, 5 ss]”.
Can 25. “Del amor con que amamos a Dios. Amar a Dios es en absoluto un don de Dios. Él mismo, que, sin ser amado, ama, nos otorgó que le amásemos. Desagradándole fuimos amados, para que se diera en nosotros con que le agradáramos. En efecto, el Espíritu del Padre y del Hijo, a quien con el Padre y el Hijo amamos, derrama en nuestros corazones la caridad” [Rom. 5, 5].
Y así, conforme a las sentencias de las Santas Escrituras arriba escritas o las definiciones de los antiguos Padres, debemos por bondad de Dios predicar y creer que por el pecado del primer hombre, de tal manera quedó inclinado y debilitado el libre albedrío que, en adelante, nadie puede amar a Dios, como se debe, o creer en Dios u obrar por Dios lo que es bueno, sino aquel a quien previniere la gracia de la divina misericordia. De ahí que aun aquella preclara fe que el Apóstol Pablo [Hebr. 11] proclama en alabanza del justo Abel, de Noé, Abraham, Isaac y Jacob, y de toda la muchedumbre de los antiguos santos, creemos que les fue conferida no por el bien de la naturaleza que primero fue dado en Adán sino por la gracia de Dios. Esta misma gracia, aun después del advenimiento del Señor, a todos los que desean bautizarse sabemos y creemos juntamente que no se les confiere por su libre albedrío, sino por la largueza de Cristo, conforme a lo que muchas veces hemos dicho ya y lo predica el Apóstol Pablo: A vosotros se os ha dado, por Cristo, no sólo que creáis en Él, sino también que padezcáis por Él [Phil. 1, 29]; y aquello: Dios que empezó en vosotros la obra buena, la acabará hasta el día de nuestro Señor [Phil. 1, 6]; y lo otro: De gracia habéis sido salvados por la fe, y esto no de vosotros: porque don es de Dios [Eph. 2, 8]; y lo que de sí mismo dice el Apóstol: He alcanzado misericordia para ser fiel [1 Cor. 7, 25; 1 Tim. 1, 13]; no dijo: “porque era”, sino “para ser”. Y aquello: ¿Qué tienes que no lo hayas recibido? [1 Cor. 4, 7]. Y aquello: Toda dádiva buena y todo don perfecto, de arriba es, y baja del Padre de las luces [Iac. 1, 17]. Y aquello: Nadie tiene nada, si no le fuere dado de arriba [Ioh. 3, 27]. Innumerables son los testimonios que podrían alegarse de las Sagradas Escrituras para probar la gracia; pero se han omitido por amor a la brevedad, porque realmente a quien los pocos no bastan, no aprovecharán los muchos.
[III. De la predestinación.] También creemos según la fe católica que, después de recibida por el bautismo la gracia, todos los bautizados pueden y deben, con el auxilio y cooperación de Cristo con tal que quieran fielmente trabajar, cumplir lo que pertenece a la salud del alma. Que algunos, empero, hayan sido predestinados por el poder divino para el mal, no sólo no lo creemos, sino que si hubiere quienes tamaño mal se atrevan a creer, con toda detestación pronunciamos anatema contra ellos. También profesamos y creemos saludablemente que en toda obra buena, no empezamos nosotros y luego somos ayudados por la misericordia de Dios, sino que Él nos inspira primero —sin que preceda merecimiento bueno alguno de nuestra parte— la fe y el amor a Él, para que busquemos fielmente el sacramento del bautismo, y para que después del bautismo, con ayuda suya, podamos cumplir lo que a Él agrada. De ahí que ha de creerse de toda evidencia que aquella tan maravillosa fe del ladrón a quien el Señor llamó a la patria del paraíso [Lc. 23, 43], y la del centurión Cornelio, a quien fue enviado un ángel [Act. 10, 3] y la de Zaqueo, que mereció hospedar al Señor mismo [Lc. 19, 6], no les vino de la naturaleza, sino que fue don de la liberalidad divina.
BONIFACIO II, 530-532
Confirmación del II Concilio de Orange
[De la Carta Per filium nostrum, a Cesáreo de Arlés, de 25 de enero de 531]
1... No hemos diferido dar respuesta católica a tu pregunta que concebiste con laudable solicitud de la fe. Indicas, en efecto, que algunos obispos de las Galias, si bien conceden que los demás bienes provienen de la gracia de Dios, quieren que sólo la fe, por la que creemos en Cristo, pertenezca a la naturaleza y no a la gracia; y que permaneció en el libre albedrío de los hombres desde Adán —cosa que es crimen sólo decirla— no que se confiere también ahora a cada uno por largueza de la misericordia divina. Para eliminar toda ambigüedad nos pides que corfirmemos con la autoridad de la Sede Apostólica vuestra confesión, por la que al contrario vosotros definís que la recta fe en Cristo y el comienzo de toda buena voluntad, conforme a la verdad católica, es inspirado en el alma de cada uno por la gracia de Dios previniente.
2. Mas como quiera que acerca de este asunto han disertado muchos Padres y más que nadie el obispo Agustín, de feliz memoria, y nuestros mayores los obispos de la Sede Apostólica, con tan amplia y probada razón que a nadie debía en adelante serle dudoso que también la fe nos viene de la gracia; hemos creído que no es menester muy larga respuesta; sobre todo cuando, según las sentencias que alegas del Apóstol: He conseguido misericordia para ser fiel [1 Cor. 7, 25], y en otra parte: A vosotros se os ha dado, por Cristo, no sólo que creáis en Él, sino también que padezcáis por Él [Phil. 1, 29], aparece evidentemente que la fe, por la que creemos en Cristo, así como también todos los bienes, nos vienen a cada uno de los hombres, por don de la gracia celeste, no por poder de la naturaleza humana. Lo cual nos alegramos que también tu Fraternidad lo haya sentido según la fe católica, en la conferencia habida con algunos obispos de las Galias; en el punto, decimos, en que con unánime asentimiento, como nos indicas, definieron que la fe por la que creemos en Cristo, se nos confiere por la gracia previniente de la divinidad, añadiendo además que no hay absolutamente bien alguno según Dios que pueda nadie querer, empezar o acabar sin la gracia de Dios, pues dice el Salvador mismo: Sin mí nada podéis hacer [Ioh. 15, 5]. Porque cierto y católico es que en todos los bienes, cuya cabeza es la fe, cuando no queremos aún nosotros, la misericordia divina nos previene para que perseveremos en la fe, como dice David profeta: Dios mío, tu misericordia me prevendrá [Ps. 58, 11]. Y otra vez: Mi misericordia con Él está [Ps. 88, 25]; y en otra parte: Su misericordia me sigue [Ps. 22, 6]. Igualmente también el bienaventurado Pablo dice: O, ¿quién le dio a Él primero, y se le retribuirá? Porque de Él, por Él y en Él son todas las cosas [Rom. 11, 35 s]. De ahí que en gran manera nos maravillamos de aquellos que hasta punto tal están aún gravados por las reliquias del vetusto error, que creen que se viene a Cristo no por beneficio de Dios, sino de la naturaleza, y dicen que, antes que Cristo, es autor de nuestra fe el bien de la naturaleza misma, el cual sabemos quedó depravado por el pecado de Adán, y no entienden que están gritando contra la sentencia del Señor que dice: Nadie viene a mí, si no le fuere dado por mi Padre [Ioh. 6, 44]. Y no menos se oponen al bienaventurado Pablo que grita a los Hebreos: Corramos al combate que tenemos delante, mirando al autor y consumador de nuestra fe, Jesucristo [Hebr. 2, 1 s]. Siendo esto así, no podemos hallar qué es lo que atribuyen a la voluntad humana para creer en Cristo sin la gracia de Dios, siendo Cristo autor y consumador de la fe.
3. Por lo cual, saludándoos con el debido afecto, aprobamos vuestra confesión suprascrita como conforme a las reglas católicas de los Padres.
JUAN II, 533-535
Acerca de “Uno de la Trinidad ha padecido” y de la B. V. M., madre de Dios
[De la carta 3 Olim quidem a los senadores de Constantinopla, marzo de 534]
A la verdad, el emperador Justiniano, hijo nuestro, como por el tenor de su carta sabéis, dio a entender que habían surgido discusiones sobre estas tres cuestiones: si Cristo, Dios nuestro, se puede llamar uno de la Trinidad, una persona santa de las tres personas de la Santa Trinidad; si Cristo Dios, impasible por su divinidad, sufrió en la carne; si María siempre Virgen, madre del Señor Dios nuestro Cristo, debe ser llamada propia y verdaderamente engendradora de Dios y madre de Dios Verbo, encarnado en ella. En estos puntos hemos aprobado la fe católica del emperador, y hemos evidentemente mostrado que así es, con ejemplos de los Profetas, de los Apóstoles o de los Padres. Que Cristo, efectivamente, sea uno de la Santa Trinidad, es decir, una persona santa o subsistencia, que llaman los griegos V7ró(rrQ~LS, de las tres personas de la santa Trinidad, evidentemente lo mostramos por estos ejemplos [se alegan testimonios varios, como Gen. 3, 22; 1 Cor. 8, 6; Símbolo de Nicea, la Carta de Proclo a los occidentales, etc.]; y que Dios padeció en la carne, no menos lo confirmamos por estos ejemplos [Deut. 28, 66; Ioh. 14, 6; Mal. 3, 8; Act. 3, 15; 20, 28; 1 Cor. 2, 8; anatematismo 12 de Cirilo; San León a Flaviano, etc.].
En cuanto a la gloriosa santa siempre Virgen María, rectamente enseñamos ser confesada por los católicos como propia y verdaderamente engendradora de Dios y madre de Dios Verbo, de ella encarnado. Porque propia y verdaderamente Él mismo, encarnado en los últimos tiempos, se dignó nacer de la santa y gloriosa Virgen María. Así, pues, puesto que propia y verdaderamente de ella se encarnó y nació el Hijo de Dios, por eso propia y verdaderamente confesamos ser madre de Dios de ella encarnado y nacido; y propiamente primero, no sea que se crea que el Señor Jesús recibió por honor o gracia el nombre de Dios, como lo sintió el necio Nestorio; y verdaderamente después, no se crea que tomó la carne de la Virgen sólo en apariencia o de cualquier modo no verdadero, como lo afirmó el impío Eutiques.
SAN AGAPITO I, 535-536 SAN SILVERIO, 536 (537)—540
VIGILIO, (537) 540-555
Cánones contra Orígenes
[Del Liber adversus Origenes, del emperador Justiniano, de 543]
Can. 1. Si alguno dice o siente que las almas de los hombres preexisten, como que antes fueron inteligentes y santas potencias; que se hartaron de la divina contemplación y se volvieron en peor y que por ello se enfriaron en el amor de Dios, de donde les viene el nombre de 7lVXQ¿ (frías), y que por castigo fueron arrojadas a los cuerpos, sea anatema.
Can. 2. Si alguno dice o siente que el alma del Señor preexistía y que se unió con el Verbo Dios antes de encarnarse y nacer de la Virgen, sea anatema.
Can. 3. Si alguno dice o siente que primero fue formado el cuerpo de nuestro Señor Jesucristo en el seno de la Santa Virgen y que después se le unió Dios Verbo y el alma que preexistía, sea anatema.
Can. 4. Si alguno dice o siente que el Verbo de Dios fue hecho semejante a todos los órdenes o jerarquías celestes, convertido para los querubines en querubín y para los serafines en serafín, y, en una palabra, hecho semejante a todas las potestades celestes, sea anatema.
Can. 5. Si alguno dice o siente que en la resurrección de los cuerpos de los hombres resucitarán en forma esférica y no confiesa que resucitaremos rectos, sea anatema.
Can. 6. Si alguno dice que el cielo y el sol y la luna y las estrellas y las aguas que están encima de los cielos están animados y que son una especie de potencias racionales, sea anatema.
Can. 7. Si alguno dice o siente que Cristo Señor ha de ser crucificado en el siglo venidero por la salvación de los demonios, como lo fue por la de los hombres, sea anatema.
Can. 8. Si alguno dice o siente que el poder de Dios es limitado y que sólo obró en la creación cuanto pudo abarcar, sea anatema.
Can. 9. Si alguno dice o siente que el castigo de los demonios o de los hombres impíos es temporal y que en algún momento tendrá fin, o que se dará la reintegración de los demonios o de los hombres impíos, sea anatema.
II CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 553
y ecuménico (sobre los tres capítulos)
Sobre la tradición eclesiástica
Confesamos mantener y predicar la fe dada desde el principio por el grande Dios y Salvador nuestro Jesucristo a sus Santos Apóstoles y por éstos predicada en el mundo entero; también los Santos Padres y, sobre todo, aquellos que se reunieron en los cuatro santos concilios la confesaron, explicaron y transmitieron a las santas Iglesias. A estos Padres seguimos y recibimos por todo y en todo... Y todo lo que no concuerda con lo que fue definido como fe recta por los dichos cuatro concilios, lo juzgamos ajeno a la piedad, y lo condenamos y anatematizamos.
Anatematismos sobre los tres capítulos
[En parte idénticos con la Homología del Emperador, del año 551]
Can. 1. Si alguno no confiesa una sola naturaleza o sustancia del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y una sola virtud y potestad, Trinidad consustancial, una sola divinidad, adorada en tres hipóstasis o personas; ese tal sea anatema. Porque uno solo es Dios y Padre, de quien todo; y un solo Señor Jesucristo, por quien todo; y un solo Espíritu Santo, en quien todo.
Can. 2. Si alguno no confiesa que hay dos nacimientos de Dios Verbo, uno del Padre, antes de los siglos, sin tiempo e incorporalmente; otro en los últimos días, cuando Él mismo bajó de los cielos, y se encarnó de la santa gloriosa madre de Dios y siempre Virgen María, y nació de ella; ese tal sea anatema.
Can. 3. Si alguno dice que uno es el Verbo de Dios que hizo milagros y otro el Cristo que padeció, o dice que Dios Verbo está con el Cristo que nació de mujer o que está en Él como uno en otro; y no que es uno solo y el mismo Señor nuestro Jesucristo, el Verbo de Dios que se encarnó y se hizo hombre, y que de uno mismo son tanto los milagros como los sufrimientos a que voluntariamente se sometió en la carne, ese tal sea anatema.
Can. 4. Si alguno dice que la unión de Dios Verbo con el hombre se hizo según gracia o según operación, o según igualdad de honor, o según autoridad, o relación, o hábito, o fuerza, o según buena voluntad, como si Dios Verbo se hubiera complacido del hombre, por haberle parecido bien y favorablemente de Él, como Teodoro locamente dice; o según homonimia, conforme a la cual los nestorianos llamando a Dios Verbo Jesús y Cristo, y al hombre separadamente dándole nombre de Cristo y de Hijo, y hablando evidentemente de dos personas, fingen hablar de una sola persona y de un solo Cristo según la sola denominación y honor y dignidad y admiración; mas no confiesa que la unión de Dios Verbo con la carne animada de alma racional e inteligente se hizo según composición o según hipóstasis, como enseñaron los santos Padres; y por esto, una sola persona de Él, que es el Señor Jesucristo, uno de la Santa Trinidad; ese tal sea anatema. Porque, como quiera que la unión se entiende de muchas maneras, los que siguen la impiedad de Apolinar y de Eutiques, inclinados a la desaparición de los elementos que se juntan, predican una unión de confusión. Los que piensan como Teodoro y Nestorio, gustando de la división, introducen una unión habitual. Pero la Santa Iglesia de Dios, rechazando la impiedad de una y otra herejía, confiesa la unión de Dios Verbo con la carne según composición, es decir, según hipóstasis. Porque la unión según composición en el misterio de Cristo, no sólo guarda inconfusos los elementos que se juntan, sino que tampoco admite la división.
Can. 5. Si alguno toma la única hipóstasis de nuestro Señor Jesucristo en el sentido de que admite la significación de muchas hipóstasis y de este modo intenta introducir en el misterio de Cristo dos hipóstasis o dos personas, y de las dos personas por él introducidas dice una sola según la dignidad y el honor y la adoración, como lo escribieron locamente Teodoro y Nestorio, y calumnia al santo Concilio de Calcedonia, como si en ese impío sentido hubiera usado de la expresión “una sola persona”; pero no confiesa que el Verbo de Dios se unió a la carne según hipóstasis y por eso es una sola la hipóstasis de Él, o sea, una sola persona, y que así también el santo Concilio de Calcedonia había confesado una sola hipóstasis de nuestro Señor Jesucristo; ese tal sea anatema. Porque la santa Trinidad no admitió añadidura de persona o hipóstasis, ni aun con la encarnación de uno de la santa Trinidad, el Dios Verbo.
Can. 6. Si alguno llama a la santa gloriosa siempre Virgen María madre de Dios, en sentido figurado y no en sentido propio, o por relación, como si hubiera nacido un puro hombre y no se hubiera encarnado de ella el Dios Verbo, sino que se refiriera según ellos el nacimiento del hombre a Dios Verbo por habitar con el hombre nacido; y calumnia al santo Concilio de Calcedonia, como si en este impío sentido, inventado por Teodoro, hubiera llamado a la Virgen María madre de Dios; o la llama madre de un hombre o madre de Cristo, como si Cristo no fuera Dios, pero no la confiesa propiamente y según verdad madre de Dios, porque Dios Verbo nacido del Padre antes de los siglos se encarnó de ella en los últimos días, y así la confesó piadosamente madre de Dios el santo Concilio de Calcedonia, ese tal sea anatema.
Can. 7. Si alguno, al decir “en dos naturalezas”, no confiesa que un solo Señor nuestro Jesucristo es conocido como en divinidad y humanidad, para indicar con ello la diferencia de las naturalezas, de las que sin confusión se hizo la inefable unión; porque ni el Verbo se transformó en la naturaleza de la carne, ni la carne pasó a la naturaleza del Verbo (pues permanece una y otro lo que es por naturaleza, aun después de hecha la unión según hipóstasis), sino que toma en el sentido de una división en partes tal expresión referente al misterio de Cristo; o bien, confesando el número de naturalezas en un solo y mismo Señor nuestro Jesucristo, Dios Verbo encarnado, no toma en teoría solamente la diferencia de las naturalezas de que se compuso, diferencia no suprimida por la unión (porque uno solo resulta de ambas, y ambas son por uno solo), sino que se vale de este número como si [Cristo] tuviese las naturalezas separadas y con personalidad propia, ese tal sea anatema.
Can. 8. Si alguno, confesando que la unión se hizo de dos naturalezas: divinidad y humanidad, o hablando de una sola naturaleza de Dios Verbo hecha carne, no lo toma en el sentido en que lo ensenaron los Santos Padres, de que de la naturaleza divina y de la humana, después de hecha la unión según la hipóstasis, resultó un solo Cristo; sino que por tales expresiones intenta introducir una sola naturaleza o sustancia de la divinidad y de la carne de Cristo, ese tal sea anatema. Porque al decir que el Verbo unigénito se unió según hipóstasis, no decimos que hubiera mutua confusión alguna entre las naturalezas, sino que entendemos más bien que, permaneciendo cada una lo que es, el Verbo se unió a la carne. Por eso hay un solo Cristo, Dios y hombre, el mismo consustancial al Padre según la divinidad, y el mismo consustancial a nosotros según la humanidad. Porque por modo igual rechaza y anatematiza la Iglesia de Dios, a los que dividen en partes o cortan que a los que confunden el misterio de la divina economía de Cristo.
Can. 9. Si alguno dice que Cristo es adorado en dos naturalezas, de donde se introducen dos adoraciones, una propia de Dios Verbo y otra propia del hombre; o si alguno, para destrucción de la carne o para confusión de la divinidad y de la humanidad, o monstruosamente afirmando una sola naturaleza o sustancia de los que se juntan, así adora a Cristo, pero no adora con una sola adoración al Dios Verbo encarnado con su propia carne, según desde el principio lo recibió la Iglesia de Dios, ese tal sea anatema.
Can. 10. Si alguno no confiesa que nuestro Señor Jesucristo, que fue crucificado en la carne, es Dios verdadero y Señor de la gloria y uno de la santa Trinidad, ese tal sea anatema.
Can. 11. Si alguno no anatematiza a Arrio, Eunomio, Macedonio, Apolinar, Nestorio, Eutiques y Origenes, juntamente con sus impíos escritos, y a todos los demás herejes, condenados por la santa Iglesia Católica y Apostólica y por los cuatro antedichos santos Concilios, y a los que han pensado o piensan como los antedichos herejes y que permanecieron hasta el fin en su impiedad, ese tal sea anatema.
Can. 12. Si alguno defiende al impío Teodoro de Mopsuesta, que dijo que uno es el Dios Verbo y otro Cristo, el cual sufrió las molestias de las pasiones del alma y de los deseos de la carne, que poco a poco se fue apartando de lo malo y así se mejoró por el progreso de sus obras, y por su conducta se hizo irreprochable, que como puro hombre fue bautizado en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, y por el bautismo recibió la gracia del Espíritu Santo y fue hecho digno de la filiación divina; y que a semejanza de una imagen imperial, es adorado como efigie de Dios Verbo, y que después de la resurrección se convirtió en inmutable en sus pensamientos y absolutamente impecable; y dijo además el mismo impío Teodoro que la unión de Dios Verbo con Cristo fue como la de que habla el Apóstol entre el hombre y la mujer: Serán dos en una sola carne [Eph. 5, 31]; y aparte otras incontables blasfemias, se atrevió a decir que después de la resurrección, cuando el Señor sopló sobre sus discípulos y les dijo: Recibid el Espíritu Santo [Ioh. 20, 22], no les dio el Espíritu Santo, sino que sopló sobre ellos sólo en apariencia ¡ éste mismo dijo que la confesión de Tomás al tocar l,as manos y el costado del Señor, después de la resurrección: Señor mío y Dios mío [Ioh. 20, 28], no fue dicha por Tomás acerca de Cristo, sino que admirado Tomás de lo extraño de la resurrección glorificó a Dios que había resucitado a Cristo.
Y lo que es peor, en el comentario que el mismo Teodoro compuso sobre los Hechos de los Apóstoles, comparando a Cristo con Platón, con Maniqueo, Epicuro y Marción dice que a la manera que cada uno de ellos, por haber hallado su propio dogma, hicieron que sus discípulos se llamaran platónicos, maniqueos, epicúreos y marcionitas; del mismo modo, por haber Cristo hallado su dogma, nos llamamos de Él cristianos; si alguno, pues, defiende al dicho impiísimo Teodoro y sus impíos escritos, en que derrama las innumerables blasfemias predichas, contra el grande Dios y Salvador nuestro Jesucristo, y no le anatematiza juntamente con sus impíos escritos, y a todos los que le aceptan y vindican o dicen que expuso ortodoxamente, y a los que han escrito en su favor y en favor de sus impíos escritos, o a los que piensan como él o han pensado alguna vez y han perseverado hasta el fin en tal herejía, sea anatema.
Can. 13. Si alguno defiende los impíos escritos de Teodoreto contra la verdadera fe y contra el primero y santo Concilio de Éfeso, y San Cirilo y sus doce capítulos (anatematismos, v. 113 ss), y todo lo que escribió en defensa de los impíos Teodoro y Nestorio y de otros que piensan como los antedichos Teodoro y Nestorio y que los reciben a ellos y su impiedad, y en ellos llama impíos a los maestros de la Iglesia que admiten la unión de Dios Verbo según hipóstasis, y no anatematiza dichos escritos y a los que han escrito contra la fe recta o contra San Cirilo y sus doce Capítulos, y han perseverado en esa impiedad, ese tal sea anatema.
Can. 14. Si alguno defiende la carta que se dice haber escrito Ibas al persa Mares, en que se niega que Dios Verbo, encarnado de la madre de Dios y siempre Virgen María, se hiciera hombre, y dice que de ella nació un puro hombre, al que llama Templo, de suerte que uno es el Dios Verbo, otro el hombre, y a San Cirilo que predicó la recta fe de los cristianos se le tacha de hereje, de haber escrito como el impío Apolinar, y se censura al santo Concilio primero de Éfeso, como si hubiera depuesto sin examen a Nestorio, y la misma impía carta llama a los doce capítulos de San Cirilo impíos y contrarios a la recta fe, y vindica a Teodoro y Nestorio y sus impías doctrinas y escritos; si alguno, pues, defiende dicha carta y no la anatematiza juntamente con los que la defienden y dicen que la misma o una parte de la misma es recta, y con los que han escrito y escriben en su favor y en favor de las impiedades en ella contenidas, y se atreven a vindicarla a ella o a las impiedades en ellas contenidas en nombre de los Santos Padres o del santo Concilio de Calcedonia, y en ello han perseverado hasta el fin, ese tal sea anatema.
Así, pues, habiendo de este modo confesado lo que hemos recibido de la Divina Escritura y de la enseñanza de los Santos Padres y de lo definido acerca de la sola y misma fe por los cuatro antedichos santos Concilios; pronunciada también por nosotros condenación contra los herejes y su impiedad, así como contra los que han vindicado o vindican los tres dichos capítulos, y que han permanecido o permanecen en su propio error; si alguno intentare transmitir o enseñar o escribir contra lo que por nosotros ha sido piadosamente dispuesto, si es obispo o constituído en la clerecía, ese tal, por obrar contra los obispos y la constitución de la Iglesia, será despojado del episcopado o de la clerecía; si es monje o laico, será anatematizado.
PELAGIO I, 556-561
De los novísimos
[De la Fe de Pelagio, en la Carta Humani generis a Childeberto I, de abril de 557]
Todos los hombres, en efecto, desde Adán hasta la consumación del tiempo, nacidos y muertos con el mismo Adán y su mujer, que no nacieron de otros padres, sino que el uno fue creado de la tierra y la otra de la costilla del varón [Gen. 2, 7 y 22], confieso que entonces han de resucitar y presentarse ante el tribunal de Cristo [Rom. 14, 10], a fin de recibir cada uno lo propio de su cuerpo, según su comportamiento, ora bienes, ora males [2 Cor. 5, 10]; y que a los justos, por su liberalísima gracia, como vasos que son de misericordia preparados para la gloria [Rom. 9, 23], les dará los premios de la vida eterna, es decir, que vivirán sin fin en la compañía de los ángeles, sin miedo alguno a la caída suya; a los inicuos, empero, que por albedrío de su propia voluntad permanecen vasos de ira aptos para la ruina [Rom. 9, 22], que o no conocieron el camino del Señor o, conocido, lo abandonaron cautivos de diversas prevaricaciones, los entregará por justísimo juicio a las penas del fuego eterno e inextinguible, para que ardan sin fin. Esta es, pues, mi fe y esperanza, que está en mí por la misericordia de Dios. Por ella sobre todo nos mandó el bienaventurado Apóstol Pedro que hemos de estar preparados a responder a todo el que nos pida razón [cf. 1 Petr. 3, 15].
De la forma del bautismo
[De la Carta Admonemus ut, a Gaudencio, obispo de Volterra hacia el año 560]
Hay muchos que afirman que sólo se bautizan en el nombre de Cristo y por una sola inmersión; pero el mandato evangélico, por enseñanza del mismo Dios Señor y Salvador nuestro Jesucristo, nos advierte que demos el santo bautismo a cada uno en el nombre de la Trinidad y también por triple inmersión. Dice, en efecto, nuestro Señor Jesucristo a sus discípulos: Marchad, bautizad a todas las naciones en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo [Mt. 28, 19].
Si, realmente, los herejes que se dice moran en los lugares vecinos a tu dilección, confiesan tal vez que han sido bautizados sólo en el nombre del Señor, cuando vuelvan a la fe católica, los bautizarás sin vacilación alguna en el nombre de la santa Trinidad. Si, empero, por manifiesta confesión apareciere claro que han sido bautizados en nombre de la Trinidad, después de dispensarles la sola gracia de la reconciliación, te apresurarás a unirlos a la fe católica, a fin de que no parezca se hace de otro modo que como manda la autoridad del Evangelio.
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta 26 Adeone te a un obispo (Juan ?), hacia el año 560]
¿Hasta punto tal, puesto como estás en el supremo grado del sacerdocio, te falló la verdad de la madre católica, que no te consideraste inmediatamente cismático, al apartarte de las Sedes apostólicas? Tú, que estás puesto para predicar a los pueblos, ¿hasta punto tal no habías leido que la Iglesia fue fundada por Cristo Dios nuestro sobre el principe de los Apóstoles, a fin de que las puertas del infierno no pudieran prevalecer contra ella? [Mt. 16, 18]. Y si lo habías leido, ¿dónde creías que estaba la Iglesia, fuera de aquel en quien —y en él solo— están todas las Sedes apostólicas? ¿A quiénes, como a él, que había recibido las llaves, se les concedió poder de atar y desatar? [Mt. 16, 19]. Pero por esto dio primero a uno lo que había de dar a todos, a fin de que, según la sentencia del bienaventurado mártir Cipriano que expone esto mismo, se muestre que la Iglesia es una sola. ¿A dónde, pues, tú, carísimo ya en Cristo, andabas errante, separado de ella, o qué esperanza tenias de tu salvación?
JUAN III, 561-574
II (I) CONCILIO DE BRAGA, 561
Anatematismos contra los herejes, especialmente contra los priscilianistas
1. Si alguno no confiesa al Padre y al Hijo y al Espíritu Santo como tres personas de una sola sustancia y virtud y potestad, como enseña la Iglesia Católica y Apostólica, sino que dice no haber más que una sola y solitaria persona, de modo que el Padre sea el mismo que el Hijo, y Él mismo sea también el Espíritu Paráclito, como dijeron Sabelio y Prisciliano, sea anatema.
2. Si alguno introduce fuera de la santa Trinidad no sabemos qué otros nombres de la divinidad, diciendo que en la misma divinidad hay una trinidad de la Trinidad, como dijeron los gnósticos y Prisciliano, sea anatema.
3. Si alguno dice que el Hijo de Dios nuestro Señor, no existió antes de nacer de la Virgen, como dijeron Pablo de Samosata, Fotino y Prisciliano, sea anatema.
4. Si alguno no honra verdaderamente el nacimiento de Cristo según la carne, sino que simula honrarlo, ayunando en el mismo día y en domingo, porque no cree que Cristo naciera en la naturaleza de hombre, como Cerdón, Marción, Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
5. Si alguno cree que las almas humanas o los ángeles tienen su existencia de la sustancia de Dios, como dijeron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
6. Si alguno dice que las almas humanas pecaron primero en la morada celestial y por esto fueron echadas a los cuerpos humanos en la tierra, sea anatema.
7. Si alguno dice que el diablo no fue primero un ángel bueno hecho por Dios, y que su naturaleza no fue obra de Dios, sino que dice que emergió de las tinieblas y que no tiene autor alguno de si, sino que él mismo es el principio y la sustancia del mal, como dijeron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
8. Si alguno cree que el diablo ha hecho en el mundo algunas criaturas y que por su propia autoridad sigue produciendo los truenos, los rayos, las tormentas y las sequías, como dijo Prisciliano, sea anatema.
9. Si alguno cree que las almas humanas están ligadas a un signo fatal (v. l.: que las almas y cuerpos humanos están ligados a estrellas fatales), como dijeron los paganos y Prisciliano, sea anatema.
10. Si algunos creen que los doce signos o astros que los astrólogos suelen observar, están distribuídos por cada uno de los miembros del alma o del cuerpo y dicen que están adscritos a los nombres de los patriarcas, como dijo Prisciliano, sea anatema.
11. Si alguno condena las uniones matrimoniales humanas y se horroriza de la procreación de los que nacen, conforme hablaron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
12. Si alguno dice que la plasmación del cuerpo humano es un invento del diablo y que las concepciones en el seno de las madres toman figura por obra del diablo, por lo que tampoco cree en la resurrección de la carne, como dijeron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
13. Si alguno dice que la creación de la carne toda no es obra de Dios, sino de los ángeles malignos, como dijo Prisciliano, sea anatema.
14. Si alguno tiene por inmundas las comidas de carnes que Dios dio para uso de los hombres, y se abstiene de ellas, no por motivo de mortificar su cuerpo, sino por considerarlas una impureza, de suerte que no guste ni aun verduras cocidas con carne, conforme hablaron Maniqueo y Prisciliano, sea anatema.
[15 y 16 se refieren únicamente a la disciplina eclesiástica.]
17. Si alguno lee las Escrituras que Prisciliano depravó según su error, o los tratados de Dictinio, que éste escribió antes de convertirse, o cualquiera escrito de los herejes, que éstos inventaron bajo los nombres de los patriarcas, de los profetas o de los apóstoles de acuerdo con su error, y sigue y defiende sus ficciones, sea anatema.
BENEDICTO I, 575 579
PELAGIO II, 575-590
Sobre la uni(ci)dad de la Iglesia
[De la carta 1 Quod ad dilectionem, a los obispos cismáticos de Istria, hacia el año 585]
Sabéis, en efecto, que el Señor clama en el Evangelio: Simón, Simón, mira que Satanás os ha pedido para cribaros como trigo; pero yo he rogado por ti a mi Padre, para que no desfallezca tu fe, y tú, convertido, confirma a tus hermanos [Lc. 22, 31 s].
Considerad, carísimos, que la Verdad no pudo mentir, ni la fe de Pedro podrá eternamente conmoverse o mudarse. Porque como el diablo hubiera pedido a todos los discípulos para cribarlos, por Pedro solo atestigua el Señor haber rogado y por él quiso que los demás fueran confirmados. A él también, en razón del mayor amor que manifestaba al Señor en comparación de los otros, le fue encomendado el cuidado de apacentar las ovejas [cf. Ioh. 21, 15 ss]; a él también le entregó las llaves del reino de los cielos, le prometió que sobre él edificaría su Iglesia y le atestiguó que las puertas del infierno no prevalecerían contra ella [Mt. 16, 16 ss]. Mas como quiera que el enemigo del género humano no cesa hasta el fin del mundo de sembrar la cizaña encima de la buena semilla para daño de la Iglesia de Dios [Mt. 13, 25], de ahí que para que nadie, con maligna intención, presuma fingir o argumentar nada sobre la integridad de nuestra fe y por ello tal vez parezca que se perturban vuestros espíritus, hemos juzgado necesario, no sólo exhortaros con lágrimas por la presente Carta a que volváis al seno de la madre Iglesia, sino también enviaros satisfacción sobre la integridad de nuestra fe...
[Después de confirmar la fe de los Concilios de Nicea, primero de Constantinopla, primero de Éfeso, y principalmente el de Calcedonia, así como la Carta dogmática de León a Flaviano, continúa así:]
Y si alguno existe, o cree, o bien osa enseñar contra esta fe, sepa que está condenado y anatematizado según la sentencia de esos mismos Padres... Considerad, pues, que quien no estuviere en la paz y unidad de la Iglesia, no podrá tener a Dios [Gal. 3, 7]...
De la necesidad de la unión con la Iglesia
[De la Carta 2 Dilectionis vestrae a los obispos cismáticos de Istria, hacia el año 585]
...No queráis, pues, por amor a la jactancia, que está siempre: muy cercana de la soberbia, permanecer en el vicio de la obstinación, pues, en el día del juicio, ninguno de vosotros se podrá excusar... Porque, si bien por la voz del Señor mismo en el Evangelio [cf. Mt. 16, 18] está manifiesto dónde esté constituída la Iglesia, oigamos, sin embargo, qué ha definido el bienaventurado Agustín, recordando la misma sentencia del Señor. Pues dice estar constituída la Iglesia en aquellos que por la sucesión de los obispos se demuestra que presiden en las Sedes Apostólicas, y cualquiera que se sustrajere a la comunión y autoridad de aquellas Sedes, muestra hallarse en el cisma. Y después de otros puntos: “Puesto fuera, aun por el nombre de Cristo estarás muerto. Entre los miembros de Cristo, padece por Cristo; pegado al cuerpo, lucha por la cabeza”. Pero también el bienaventurado Cipriano, entre otras cosas, dice lo siguiente: “El comienzo parte de la unidad, y a Pedro se le da el primado para demostrar que la Iglesia y la cátedra de Cristo es una sola; y todos son pastores, pero la grey es una, que es apacentada por los Apóstoles con unánime consentimiento”. y poco después: “El que no guarda esta unidad de la Iglesia, ¿cree guardar la fe? El que abandona y resiste a la cátedra de Pedro, sobre la que está fundada la Iglesia, ¿confía estar en la Iglesia?”. Igualmente luego: “No pueden llegar al premio de la paz del Señor porque rompieron la paz del Señor con el furor de la discordia... No pueden permanecer con Dios los que no quisieron estar unánimes en la Iglesia. Aun cuando ardieren entregados a las llamas de la hoguera; aun cuando arrojados a las fieras den su vida, no será aquélla la corona de la fe, sino el castigo de la perfidia; ni muerte gloriosa, sino perdición desesperada. Ese tal puede ser muerto; coronado, no puede serlo... El pecado de cisma es peor que el de quienes sacrificaron; los cuales, sin embargo, constituídos en penitencia de su pecado, aplacan a Dios con plenísimas satisfacciones. Allí la Iglesia es buscada o rogada; aquí se combate a la Iglesia. Allí el que cayó, a sí solo se dañó; aquí el que intenta hacer un cisma, a muchos engaña arrastrándolos consigo. Allí el daño es de una sola alma; aquí el peligro es de muchísimas. A la verdad, éste entiende y se lamenta y llora de haber pecado; aquél, hinchado en su mismo pecado y complacido de sus mismos crímenes, separa a los hijos de la madre, aparta por solicitación las ovejas del pastor, perturba los sacramentos de Dios, y siendo así que el caído pecó sólo una vez, éste peca cada día. Finalmente, el caído, si posteriormente consigue el martirio, puede percibir las promesas del reino; éste, si fuera de la Iglesia fuere muerto, no puede llegar a los premios de la Iglesia”.
SAN GREGORIO I EL MAGNO, 590-604
De la ciencia de Cristo (contra los agnoetas)
[De la Carta Sicut aqua frigida a Eulogio, patriarca de Alejandría, agosto de 600]
Sobre lo que está escrito que el día y la hora, ni el Hijo ni los ángeles lo saben [cf. Mt. 13, 32], muy rectamente sintió vuestra santidad que ha de referirse con toda certeza, no al mismo Hijo en cuanto es cabeza, sino en cuanto a su cuerpo que somos nosotros... Dice también Agustín... que puede entenderse del mismo Hijo, pues Dios omnipotente habla a veces a estilo humano, como cuando le dice a Abraham: Ahora conozco que temes a Dios [Gen. 22, 12]. No es que Dios conociera entonces que era temido, sino que entonces hizo conocer al mismo Abraham que temía a Dios. Porque a la manera como nosotros llamamos a un día alegre, no porque el día sea alegre, sino porque nos hace alegres a nosotros; así el Hijo omnipotente dice ignorar el día que Él hace que se ignore, no porque no lo sepa, sino porque no permite en modo alguno que se sepa. De ahí que se diga que sólo el Padre lo sabe, porque el Hijo consustancial con Él, por su naturaleza que es superior a los ángeles, tiene el saber lo que los ángeles ignoran. De ahí que se puede dar un sentido más sutil al pasaje; es decir, que el Unigénito encarnado y hecho por nosotros hombre perfecto, ciertamente en la naturaleza humana sabe el día y la hora del juicio; sin embargo, no lo sabe por la naturaleza humana. Así, pues, lo que en ella sabe, no lo sabe por ella, porque Dios hecho hombre, el día y hora del juicio lo sabe por el poder de su divinidad... Así, pues, la ciencia que no tuvo por la naturaleza de la humanidad, por la que fue criatura como los ángeles, ésta negó tenerla como no la tienen los ángeles que son criaturas. En conclusión, el día y la hora del juicio la saben Dios y el hombre; pero por la razón de que el hombre es Dios. Pero es cosa bien manifiesta que quien no sea nestoriano, no puede en modo alguno ser agnoeta. Porque quien confiesa haberse encarnado la sabiduría misma de Dios ¿con qué razón puede decir que hay algo que la sabiduría de Dios ignore? Escrito está: En el principio era el Verbo y el Verbo estaba junto a Dios y el Verbo era Dios... todo fue hecho por Él [Ioh. 1, 1 y 3]. Si todo, sin género de duda también el día y la hora del juicio. Ahora bien, ¿quién habrá tan necio que se atreva a decir que el Verbo del Padre hizo lo que ignora? Escrito está también: Sabiendo Jesús que el Padre se lo puso todo en sus manos [Ioh, 13, 3]. Si todo, ciertamente también el día y la hora del juicio. ¿Quién será, pues, tan necio que diga que recibió el Hijo en sus manos lo que ignora?
Del bautismo y ordenes de los herejes
[De la Carta Quia charitati a los obispos de Hiberia hacia el 22 de junio de 601]
De la antigua tradición de los Padres hemos aprendido que quienes en la herejía son bautizados en el nombre de la Trinidad, cuando vuelven a la Santa Iglesia, son reducidos al seno de la Santa madre Iglesia o por la unción del crisma, o por la imposición de las manos, o por la sola profesión de la fe... porque el santo bautismo que recibieron entre los herejes, entonces alcanza en ellos la fuerza de purificación, cuando se han unido a la fe santa y a las entrañas de la Iglesia universal. Aquellos herejes, empero, que en modo alguno se bautizan en el nombre de la Trinidad, son bautizados cuando vienen a la Santa Iglesia, pues no fue bautismo el que no recibieron en el nombre de la Trinidad, mientras estaban en el error. Tampoco puede decirse que este bautismo sea repetido, pues, como queda dicho, no fue dado en nombre de la Trinidad.
Así, [pues,] a cuantos vuelven del perverso error de Nestorio, recíbalos sin duda alguna vuestra santidad en su grey, conservándoles sus propias órdenes, a fin de que; no poniéndoles por vuestra mansedumbre contrariedad o dificultad alguna en cuanto a sus propias órdenes, los arrebatéis de las fauces del antiguo enemigo.
Del tiempo de la unión hipostática
[De la misma carta a los obispos de Hiberia]
Y no fue primero concebida la carne en el seno de la Virgen y luego vino la divinidad a la carne; sino inmediatamente, apenas vino el Verbo a su seno, inmediatamente, conservando la virtud de su propia naturaleza, el Verbo se hizo carne... Ni fue primero concebido y luego ungido, sino que el mismo ser concebido por obra del Espíritu Santo de la carne de la Virgen, fue ser ungido por el Espíritu Santo.
Sobre el culto de las imágenes, v. Kch 1054 ss; sobre la autoridad de los cuatro concilios, v. R 2291; sobre la crismación, ibid. 2294; el rito del bautismo, ibid. 2292; su efecto, ibid. 2298; sobre la indisolubilidad del matrimonio, ibid. 2297.
SABINIANO, 604-606 SAN BONIFACIO IV, 608-615
BONIFACIO III, 607 SAN DEODATO, 615-618
BONIFACIO V, 619-625
HONORIO 1, 625-638
De dos voluntades y operaciones en Cristo
[De la carta 1 Scripta fraternitatis vestrae a Sergio, patriarca de Constantinopla, del año 634]
...Si Dios nos guía, llegaremos hasta la medida de la recta fe, que los Apóstoles extendieron con la cuerda de la verdad de las Santas Escrituras: Confesando al Señor Jesucristo, mediador de Dios y de los hombres [1 Tim. 2, 8], que obra lo divino mediante la humanidad, naturalmente [griego: hipostáticamente] unida al Verbo de Dios, y que el mismo obró lo humano, por la carne inefable y singularmente asumida, quedando íntegra la divinidad de modo inseparable, inconfuso e inconvertible...; es decir, que permaneciendo, por modo estupendo y maravilloso, las diferencias de ambas naturalezas, se reconozca que la carne pasible está unida a la divinidad... De ahí que también confesamos una sola voluntad de nuestro Señor Jesucristo, pues ciertamente fue asumida por la divinidad nuestra naturaleza, no nuestra culpa; aquella ciertamente que fue creada antes del pecado, no la que quedó viciada después de la prevaricación. Porque Cristo, sin pecado concebido por obra del Espíritu Santo, sin pecado nació de la santa e inmaculada Virgen madre de Dios, sin experimentar contagio alguno de la naturaleza viciada... Porque no tuvo el Salvador otra ley en los miembros o voluntad diversa o contraria, como quiera que nació por encima de la ley de la condición humana... Llenas están las Sagradas Letras de pruebas luminosas de que el Señor Jesucristo, Hijo y Verbo de Dios, por quien han sido hechas todas las cosas [Ioh. 1, 3], es un solo operador de divinidad y de humanidad. Ahora bien, si por las obras de la divinidad y la humanidad deben citarse o entenderse una o dos operaciones derivadas, es cuestión que no debe preocuparnos a nosotros, y hay que dejarla a los gramáticos que suelen vender a los niños exquisitos nombres derivados. Porque nosotros no hemos percibido por las Sagradas Letras que el Señor Jesucristo y su Santo Espíritu hayan obrado una sola operación o dos, sino que sabemos que obró de modo multiforme.
[De la Carta 2 Scripta dilectissimi filii, al mismo Sergio]
Por lo que toca al dogma eclesiástico, lo que debemos mantener y predicar en razón de la sencillez de los hombres y para cortar los enredos de las cuestiones inextricables, no es definir una o dos operaciones en el mediador de Dios y de los hombres, sino que debemos confesar que las dos naturalezas unidas en un solo Cristo por unidad natural operan y son eficaces con comunicación de la una a la otra, y que la naturaleza divina obra lo que es de Dios, y la humana ejecuta lo que es de la carne, no enseñando que dividida ni confusa ni convertiblemente la naturaleza de Dios se convirtió en el hombre ni que la naturaleza humana se convirtiera en Dios, sino confesando íntegras las diferencias de las dos naturalezas... Quitando, pues, el escándalo de la nueva invención, no es menester que nosotros proclamemos, definiéndolas, una o dos operaciones; sino que en vez de la única operación que algunos dicen, es menester que nosotros confesemos con toda verdad a un solo operador Cristo Señor, en las dos naturalezas; y en lugar de las dos operaciones, quitado el vocablo de la doble operación, más bien proclamar que las dos naturalezas, es decir, la de la divinidad y la de la carne asumida, obran en una sola persona, la del Unigénito de Dios Padre, inconfusa, indivisible e inconvertiblemente, lo que les es propio.
[Más de esta carta en Kch 1065-1069.]
SEVERINO, 640
JUAN IV, 640-642
Del sentido de las palabras de Honorio acerca de las dos voluntades
[De la Carta Dominus qui dixit, al emperador Constantino, de 641]
...Uno solo es sin pecado, el mediador de Dios y de los hombres el hombre Cristo Jesús [1 Tim. 2, 5], que fue concebido y nació libre entre los muertos [Ps. 87, 6]. Así en la economía de su santa encarnación, nunca tuvo dos voluntades contrarias, ni se opuso a la voluntad de su mente la voluntad de su carne... De ahí que, sabiendo que ni al nacer ni al vivir hubo en Él absolutamente ningún pecado, convenientemente decimos y con toda verdad confesamos una sola voluntad en la humanidad de su santa dispensación, y no predicamos dos contrarias, de la mente y de la carne, como se sabe que deliran algunos herejes, como si fuera puro hombre. En este sentido, pues, se ve que el ya dicho predecesor nuestro Honorio escribió al antes nombrado Patriarca Sergio que le consultó, que no se dan en el Salvador, es decir, en sus miembros, dos voluntades contrarias, pues ningún vicio contrajo de la prevaricación del primer hombre... Y es que suele suceder que donde está la herida, allí se aplica el remedio de la medicina. Y, en efecto, también el bienaventurado Apóstol se ve que hizo esto muchas veces, adaptándose a la situación de sus oyentes; y así a veces, enseñando de la suprema naturaleza, se calla totalmente sobre la humana; otras, empero, disputando de la dispensación humana, no toca el misterio de su divinidad... Así, pues, el predicho predecesor mío decía del misterio de la encarnación de Cristo que no había en Él, como en nosotros pecadores, dos voluntades contrarias de la mente y de la carne. Algunos, acomodando esta doctrina a su propio sentido, han sospechado que Honorio enseñó que la divinidad y la humanidad de Aquél no tienen más que una sola voluntad, interpretación que es de todo punto contraria a la verdad...
TEODORO I, 642-649
SAN MARTIN I, 649-653 (655)
CONClLlO DE LETRAN, 649
(Contra los monotelitas)
De la Trinidad, Encarnación, etc.
Can. 1. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propia y verdaderamente al Padre y al Hijo y al Espíritu Santo, la Trinidad en la unidad y la Unidad en la trinidad, esto es, a un solo Dios en tres subsistencias consustanciales y de igual gloria, una sola y la misma divinidad de los tres, una sola naturaleza, sustancia, virtud, potencia, reino, imperio, voluntad, operación increada, sin principio, incomprensible, inmutable, creadora y conservadora de todas las cosas, sea condenado [v. 78-82 y 213].
Can. 2. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según la verdad que el mismo Dios Verbo, uno de la santa, consustancial y veneranda Trinidad, descendió del cielo y se encarnó por obra del Espíritu Santo y de María siempre Virgen y se hizo hombre, fue crucificado en la carne, padeció voluntariamente por nosotros y fue sepultado, resucitó al tercer día, subió a los cielos, está sentado a la diestra del Padre y ha de venir otra vez en la gloria del Padre con la carne por Él tomada y animada intelectualmente a juzgar a los vivos y a los muertos, sea condenado [v. 2, 6, 65 y 215].
Can. 3. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad por madre de Dios a la santa y siempre Virgen María, como quiera que concibió en los últimos tiempos sin semen por obra del Espíritu Santo al mismo Dios Verbo propia y verdaderamente, que antes de todos los siglos nació de Dios Padre, e incorruptiblemente le engendró, permaneciendo ella, aun después del parto, en su virginidad indisoluble, sea condenado [v. 218].
Can. 4. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad, dos nacimientos del mismo y único Señor nuestro y Dios Jesucristo, uno incorporal y sempiternamente, antes de los siglos, del Dios y Padre, y otro, corporalmente en los últimos tiempos, de la santa siempre Virgen madre de Dios María, y que el mismo único Señor nuestro y Dios, Jesucristo, es consustancial a Dios Padre según la divinidad y consustancial al hombre y a la madre según la humanidad, y que el mismo es pasible en la carne e impasible en la divinidad, circunscrito por el cuerpo e incircunscrito por la divinidad, el mismo creado e increado, terreno y celeste, visible e inteligible, abarcable e inabarcable, a fin de que quien era todo hombre y juntamente Dios, reformara a todo el hombre que cayó bajo el pecado, sea condenado [v. 21-1].
Can. 5. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad que una sola naturaleza de Dios Verbo se encarnó, por lo cual se dice encarnada en Cristo Dios nuestra sustancia perfectamente y sin disminución, sólo no marcada con el pecado, sea condenado [v. 220].
Can. 6. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad que uno solo y el mismo Señor y Dios Jesucristo es de dos y en dos naturalezas sustancialmente unidas sin confusión ni división, sea condenado [v. 148].
Can. 7. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad que en Él se conservó la sustancial diferencia de las dos naturalezas sin división ni confusión, sea condenado [v. 148].
Can. 8. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad, la unión sustancial de las naturalezas, sin división ni confusión, en Él reconocida, sea condenado [v. 148].
Can. 9. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad, que se conservaron en Él las propiedades naturales de su divinidad y de su humanidad, sin disminución ni menoscabo, sea condenado.
Can. 10. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad, que las dos voluntades del único y mismo Cristo Dios nuestro están coherentemente unidas, la divina y la humana, por razón de que, en virtud de una y otra naturaleza suya, existe naturalmente el mismo voluntario obrador de nuestra salud, sea condenado.
Can. 11. Si alguno no confiesa, de acuerdo con los Santos Padres, propiamente y según verdad, dos operaciones, la divina y la humana, coherentemente unidas, del único y el mismo Cristo Dios nuestro, en razón de que por una y otra naturaleza suya existe naturalmente el mismo obrador de nuestra salvación, sea condenado.
Can. 12. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, confiesa una sola voluntad de Cristo Dios nuestro y una sola operación, destruyendo la confesión de los Santos Padres y rechazando la economía redentora del mismo Salvador, sea condenado.
Can. 13. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, no obstante haberse conservado en Cristo Dios en la unidad sustancialmente las dos voluntades y las dos operaciones, la divina y la humana, y haber sido así piadosamente predicado por nuestros Santos Padres, confiesa contra la doctrina de los Padres una sola voluntad y una sola operación, sea condenado.
Can. 14. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, con una sola voluntad y una sola operación que impíamente es confesada por los herejes, niega y rechaza las dos voluntades y las dos operaciones, es decir, la divina y la humana, que se conservan en la unidad en el mismo Cristo Dios y por los Santos Padres son con ortodoxia predicadas en Él, sea condenado.
Can. 15. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, toma neciamente por una sola operación la operación divino-humana, que los griegos llaman teándrica, y no confiesa de acuerdo con los Santos Padres, que es doble, es decir, divina y humana, o que la nueva dicción del vocablo “teándrica” que se ha establecido significa una sola y no indica la unión maravillosa y gloriosa de una y otra, sea condenado.
Can. 16. Si alguno, siguiendo para su perdición a los criminales herejes, no obstante haberse conservado esencialmente en Cristo Dios en la unión las dos voluntades y las dos operaciones, esto es, la divina y la humana, y haber sido piadosamente predicadas por los Santos Padres, pone neciamente disensiones y divisiones en el misterio de su economía redentora, y por eso las palabras del Evangelio y de los Apóstoles sobre el mismo Salvador no las atribuye a una sola y la misma persona y esencialmente al mismo Señor y Dios nuestro Jesucristo, de acuerdo con el bienaventurado Cirilo, para demostrar que el mismo es naturalmente Dios y hombre, sea condenado.
Can. 17. Si alguno, de acuerdo con los Santos Padres, no confiesa propiamente y según verdad, todo lo que ha sido trasmitido y predicado a la Santa, Católica y Apostólica Iglesia de Dios, e igualmente por los Santos Padres y por los cinco venerables Concilios universales, hasta el último ápice, de palabra y corazón, sea condenado.
Can. 18. Si alguno, de acuerdo con los Santos Padres, a una voz con nosotros y con la misma fe, no rechaza y anatematiza, de alma y de boca, a todos los nefandísimos herejes con todos sus impíos escritos hasta el último ápice, a los que rechaza y anatematiza la Santa Iglesia de Dios, Católica y Apostólica, esto es, los cinco santos y universales Concilios, y a una voz con ellos todos los probados Padres de la Iglesia, esto es, a Sabelio, Arrio, Eunomio, Macedonio, Apolinar, Polemón, Eutiques, Dioscuro, Timoteo el Eluro, Severo, Teodosio, Coluto, Temistio, Pablo de Samosata, Diodoro, Teodoro, Nestorio, Teodulo el Persa, Orígenes, Dídimo, Evagrio, y en una palabra, a todos los demás herejes que han sido reprobados y rechazados por la Iglesia Católica, y cuyas doctrinas son engendros de la acción diabólica; con los cuales hay que condenar a los que sintieron de modo semejante a ellos obstinadamente, hasta el fin de su vida, o a los que aún sienten o se espera que sientan, y con razón, pues son a ellos semejantes y envueltos en el mismo error; de los cuales se sabe que algunos dogmatizaron y terminaron su vida en su propio error, como Teodoro, obispo antaño de Farán, Ciro de Alejandría, Sergio de Constantinopla, o sus sucesores Pirro y Pablo, que permanecen en su perfidia; y los impíos escritos de aquéllos y a aquellos que sintieron de modo semejante a ellos obstinadamente hasta el fin, o aún sienten, o se espera que sientan, es decir, que tienen una sola voluntad y una sola operación la divinidad y la humanidad de Cristo; y la impiísima Ecthesis, que a persuasión del mismo Sergio fue compuesta por Heraclio, en otro tiempo emperador, en contra de la fe ortodoxa y que define que sólo se venera una voluntad de Cristo y una operación por armonía; mas también todo lo que en favor de la Ecthesis se ha escrito o hecho impíamente por aquellos, o a quienes la reciben, o algo de lo que por ella se ha escrito o hecho; y junto con todo esto también el criminal Typos, que a persuasión del predicho Pablo ha sido recientemente compuesto por el serenísimo Principe, el emperador Constantino [léase: Constancio] en contra de la Iglesia Católica, como quiera que manda negar y que por el silencio se constriñan las dos naturales voluntades y operaciones, la divina y la humana, que por los Santos Padres son piadosamente predicadas en el mismo Cristo, Dios verdadero y Salvador nuestro, con una sola voluntad y operación que impíamente es en Él venerada por los herejes, y que por tanto define que a par de los Santos Padres, también los criminales herejes han de verse libres de toda reprensión y condenación, injustamente; con lo que se amputan las definiciones o reglas de la Iglesia Católica.
Si alguno, pues, según se acaba de decir, no rechaza y anatematiza a una voz con nosotros todas estas impiísimas doctrinas de la herejía de aquéllos y todo lo que en favor de ellos o en su definición ha sido escrito por quienquiera que sea, y a los herejes nombrados, es decir, a Teodoro, Ciro y Sergio, Pirro y Pablo, como rebeldes que son a la Iglesia Católica, o si a alguno de los que por ellos o por sus semejantes han sido temerariamente depuestos o condenados por escrito o sin escrito, de cualquier modo y en cualquier lugar y tiempo, por no creer en modo alguno como ellos, sino confesar con nosotros la doctrina de los Santos Padres, lo tiene por condenado o absolutamente depuesto, y no considera a ese tal, quienquiera que fuere, obispo, presbítero o diácono, o de cualquier otro orden eclesiástico, o monje o laico, como pío y ortodoxo y defensor de la Iglesia Católica y por más consolidado en el orden en que fue llamado por el Señor, y no piensa por lo contrario que aquéllos son impíos y sus juicios en esto detestables o sus sentencias vacuas, inválidas y sin fuerza o, más bien, profanas y execrables o reprobables, ese tal sea condenado.
Can. 19. Si alguno profesando y entendiendo indubitablemente lo que sienten los criminales herejes, por vacua protervia dice que estas son las doctrinas de la piedad que desde el principio enseñaron los vigías y ministros de la palabra, es decir, los cinco santos y universales Concilios, calumniando a los mismos Santos Padres y a los mentados cinco santos Concilios, para engañar a los sencillos o para sustentación de su profana perfidia, ese tal sea condenado.
Can. 20. Si alguno, siguiendo a los criminales herejes, ilícitamente removiendo en cualquier modo, tiempo o lugar los términos que con más firmeza pusieron los Santos Padres de la Iglesia Católica [Prov 22, 28], es decir, los cinco santos y universales Concilios, se dedica a buscar temerariamente novedades y exposiciones de otra fe, o libros o cartas o escritos o firmas, o testimonios falsos, o sínodos o actas de monumentos, u ordenaciones vacuas, desconocidas de la regla eclesiástica, o conservaciones de lugar inconvenientes e irracionales, o, en una palabra, hace cualquiera otra cosa de las que acostumbran los impiísimos herejes, tortuosa y astutamente por operación del diablo en contra de las piadosas, es decir, paternas y sinodales predicaciones de los ortodoxos de la Iglesia Católica, para destrucción de la sincerísima confesión del Señor Dios nuestro, y hasta el fin permanece haciendo esto impíamente, sin penitencia, ese tal sea condenado por los siglos de los siglos y todo el pueblo diga: Amén, amén [Ps. 105, 48].
SAN EUGENIO I, 664(655)-657 SAN VITALIANO, 657-672
ADEODATO, 672-676
XI CONClLlO DE TOLEDO, 675
Símbolo de la fe (sobre todo acerca de la Trinidad y de la Encarnación)
[Expositio fidei contra los priscilianistas]
[Sobre la Trinidad.] Confesamos y creemos que la santa e inefable Trinidad, el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, es naturalmente un solo Dios de una sola sustancia, de una naturaleza, de una sola también majestad y virtud. Y confesamos que el Padre no es engendrado ni creado, sino ingénito. Porque Él de ninguno trae su origen, y de Él recibió su nacimiento el Hijo y el Espíritu Santo su procesión. Él es también Padre de su esencia, que de su inefable sustancia engendró inefablemente al Hijo y, sin embargo, no engendró otra cosa que lo que Él es (v. 1. el Padre, esencia ciertamente inefable, engendró inefablemente al Hijo...) Dios a Dios, luz a la luz; de Él, pues, se deriva toda paternidad en el cielo y en la tierra [Eph. 3, 15].
Confesamos también que el Hijo nació de la sustancia del Padre, sin principio antes de los siglos, y que, sin embargo, no fue hecho; porque ni el Padre existió jamás sin el Hijo, ni el Hijo sin el Padre. Y, sin embargo, no como el Hijo del Padre, así el Padre del Hijo, porque no recibió la generación el Padre del Hijo, sino el Hijo del Padre. El Hijo, pues, es Dios procedente del Padre; el Padre, es Dios, pero no procedente del Hijo; es ciertamente Padre del Hijo, pero no Dios que venga del Hijo; Este, en cambio, es Hijo del Padre y Dios que procede del Padre. Pero el Hijo es en todo igual a Dios Padre, porque ni empezó alguna vez a nacer ni tampoco cesó. Este es creído ser de una sola sustancia con el Padre, por lo que se le llama o,uooV~rLoS al Padre, es decir, de la misma sustancia que el Padre, pues 8~1oS en griego significa uno solo y ov~L~ sustancia, y unidos los dos términos suena “una sola sustancia”. Porque ha de creerse que el mismo Hijo fue engendrado o nació no de la nada ni de ninguna otra sustancia, sino del seno del Padre, es decir, de su sustancia. Sempiterno, pues, es el Padre, sempiterno también el Hijo. Y si siempre fue Padre, siempre tuvo Hijo, de quien fuera Padre; y por esto confesamos que el Hijo nació del Padre sin principio. Y no, porque el mismo Hijo de Dios haya sido engendrado del Padre, lo llamamos una porcioncilla de una naturaleza seccionada; sino que afirmamos que el Padre perfecto engendró un Hijo perfecto sin disminución y sin corte, porque sólo a la divinidad pertenece no tener un Hijo desigual. Además, este Hijo de Dios es Hijo por naturaleza y no por adopción, a quien hay que creer que Dios Padre no lo engendró ni por voluntad ni por necesidad; porque ni en Dios cabe necesidad alguna, ni la voluntad previene a la sabiduría. —También creemos que el Espíritu Santo, que es la tercera persona en la Trinidad, es un solo Dios e igual con Dios Padre e Hijo; no, sin embargo, engendrado y creado, sino que procediendo de uno y otro, es el Espíritu de ambos. Además, este Espíritu Santo no creemos sea ingénito ni engendrado; no sea que si le decimos ingénito, hablemos de dos Padres; y si engendrado, mostremos predicar a dos Hijos; sin embargo, no se dice que sea sólo del Padre o sólo del Hijo, sino Espíritu juntamente del Padre y del Hijo. Porque no procede del Padre al Hijo, o del Hijo procede a la santificación de la criatura, sino que se muestra proceder a la vez del uno y del otro; pues se reconoce ser la caridad o santidad de entrambos. Así, pues, este Espíritu se cree que fue enviado por uno y otro, como el Hijo por el Padre; pero no es tenido por menor que el Padre o el Hijo, como el Hijo por razón de la carne asumida atestigua ser menor que el Padre y el Espíritu Santo.
Esta es la explicación relacionada de la Santa Trinidad, la cual no debe ni decirse ni creerse triple, sino Trinidad. Tampoco puede decirse rectamente que en un solo Dios se da la Trinidad, sino que un solo Dios es Trinidad. Mas en los nombres de relación de las personas, el Padre se refiere al Hijo, el Hijo al Padre, el Espíritu Santo a uno y a otro; y diciéndose por relación tres personas, se cree, sin embargo, una sola naturaleza o sustancia. Ni como predicamos tres personas, así predicamos tres sustancias, sino una sola sustancia y tres personas. Porque lo que el Padre es, no lo es con relación a sí, sino al Hijo; y lo que el Hijo es, no lo es con relación a Sí, sino al Padre; y de modo semejante, el Espíritu Santo no a Sí mismo, sino al Padre y al Hijo se refiere en su relación: en que se predica Espíritu del Padre y del Hijo. Igualmente, cuando decimos “Dios”, no se dice con relación a algo, como el Padre al Hijo o el Hijo al Padre o el Espíritu Santo al Padre y al Hijo, sino que se dice Dios con relación a sí mismo especialmente. Porque si de cada una de las personas somos interrogados, forzoso es la confesemos Dios. Así, pues, singularmente se dice Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo; sin embargo, no son tres dioses, sino un solo Dios. Igualmente, el Padre se dice omnipotente y el Hijo omnipotente y el Espíritu Santo omnipotente; y, sin embargo, no se predica a tres omnipotentes, sino a un solo omnipotente, como también a una sola luz y a un solo principio. Singularmente, pues, cada persona es confesada y creída plenamente Dios, y las tres personas un solo Dios. Su divinidad única o indivisa e igual, su majestad o su poder, ni se disminuye en cada uno, ni se aumenta en los tres; porque ni tiene nada de menos cuando singularmente cada persona se dice Dios, ni de más cuando las tres personas se enuncian un solo Dios. Así, pues, esta santa Trinidad, que es un solo y verdadero Dios, ni se aparta del número ni cabe en el número.
Porque el número se ve en la relación de ]as personas; pero en la sustancia de la divinidad, no se comprende qué se haya numerado. Luego sólo indican número en cuanto están relacionadas entre sí; y carecen de número, en cuanto son para sí. Porque de tal suerte a esta santa Trinidad le conviene un solo nombre natural, que en tres personas no puede haber plural. Por esto, pues, creemos que se dijo en las Sagradas Letras: Grande el Señor Dios nuestro y grande su virtud, y su sabiduría no tiene número [Ps. 146, 5]. Y no porque hayamos dicho que estas tres personas son un solo Dios, podemos decir que el mismo es Padre que es Hijo, o que es Hijo el que es Padre, o que sea Padre o Hijo el que es Espíritu Santo. Porque no es el mismo el Padre que el Hijo, ni es el mismo el Hijo que el Padre, ni el Espíritu Santo es el mismo que el Padre o el Hijo, no obstante que el Padre sea lo mismo que el Hijo, lo mismo el Hijo que el Padre, lo mismo el Padre y el Hijo que el Espíritu Santo, es decir: un solo Dios por naturaleza. Porque cuando decimos que no es el mismo Padre que es Hijo, nos referimos a la distinción de personas. En cambio, cuando decimos que el Padre es lo mismo que el Hijo, el Hijo lo mismo que el Padre, lo mismo el Espíritu Santo que el Padre y el Hijo, se muestra que pertenece a la naturaleza o sustancia por la que es Dios, pues por sustancia son una sola cosa; porque distinguimos las personas, no separamos la divinidad.
Reconocemos, pues, a la Trinidad en la distinción de personas; profesamos la unidad por razón de la naturaleza o sustancia. Luego estas tres cosas son una sola cosa, por naturaleza, claro está, no por persona. Y, sin embargo, no ha de pensarse que estas tres personas son separables, pues no ha de creerse que existió u obró nada jamás una antes que otra, una después que otra, una sin la otra. Porque se halla que son inseparables tanto en lo que son como en lo que hacen; porque entre el Padre que engendra y el Hijo que es engendrado y el Espíritu Santo que procede, no creemos que se diera intervalo alguno de tiempo, por el que el engendrador precediera jamás al engendrado, o el engendrado faltara al engendrador, o el Espíritu que procede apareciera posterior al Padre o al Hijo. Por esto, pues, esta Trinidad es predicada y creída por nosotros como inseparable e inconfusa. Consiguientemente, estas tres personas son afirmadas, como lo definen nuestros mayores, para que sean reconocidas, no para que sean separadas. Porque si atendemos a lo que la Escritura Santa dice de la Sabiduría: Es el resplandor de la luz eterna [Sap. 7, 26]; como vemos que el resplandor está inseparablemente unido a la luz, así confesamos que el Hijo no puede separarse del Padre. Consiguientemente, como no confundimos aquellas tres personas de una sola e inseparable naturaleza, así tampoco las predicamos en manera alguna separables. Porque, a la verdad, la Trinidad misma se ha dignado mostrarnos esto de modo tan evidente, que aun en los nombres por los que quiso que cada una de las personas fuera particularmente reconocida, no permite que se entienda la una sin la otra; pues no se conoce al Padre sin el Hijo ni se halla al Hijo sin el Padre. En efecto, la misma relación del vocablo de la persona veda que las personas se separen, a las cuales, aun cuando no las nombra a la vez, a la vez las insinúa. Y nadie puede oír cada uno de estos nombres, sin que por fuerza tenga que entender también el otro: Así, pues, siendo estas tres cosas una sola cosa, y una sola, tres; cada persona, sin embargo, posee su propiedad permanente. Porque el Padre posee la eternidad sin nacimiento, el Hijo la eternidad con nacimiento, y el Espíritu Santo la procesión sin nacimiento con eternidad.
[Sobre la Encarnación.] Creemos que, de estas tres personas, sólo la persona del Hijo, para liberar al género humano, asumió al hombre verdadero, sin pecado, de la santa e inmaculada María Virgen, de la que fue engendrado por nuevo orden y por nuevo nacimiento. Por nuevo orden, porque invisible en la divinidad, se muestra visible en la carne; y por nuevo nacimiento fue engendrado, porque la intacta virginidad, por una parte, no supo de la unión viril y, por otra, fecundada por el Espíritu Santo, suministró la materia de la carne. Este parto de la Virgen, ni por razón se colige, ni por ejemplo se muestra, porque si por razón se colige, no es admirable; si por ejemplo se muestra, no es singular.
No ha de creerse, sin embargo, que el Espíritu Santo es Padre del Hijo, por el hecho de que María concibiera bajo la sombra del mismo Espíritu Santo, no sea que parezca afirmamos dos padres del Hijo, cosa ciertamente que no es lícito decir. En esta maravillosa concepción al edificarse a sí misma la Sabiduría una casa, el Verbo se hizo carne y habitó entre nosotros [Ioh. 1, 19]. Sin embargo, el Verbo mismo no se convirtió y mudó de tal manera en la carne que dejara de ser Dios el que quiso ser hombre; sino que de tal modo el Verbo se hizo carne que no sólo esté allí el Verbo de Dios y la carne del hombre, sino también el alma racional del hombre; y este todo, lo mismo se dice Dios por razón de Dios, que hombre por razón del hombre. En este Hijo de Dios creemos que hay dos naturalezas: una de la divinidad, otra de la humanidad, a las que de tal manera unió en sí la única persona de Cristo, que ni la divinidad podrá jamás separarse de la humanidad, ni la humanidad de la divinidad. De ahí que Cristo es perfecto Dios y perfecto hombre en la unidad de una sola persona. Sin embargo, no porque hayamos dicho dos naturalezas en el Hijo, defenderemos en Él dos personas, no sea que a la Trinidad —lo que Dios no permita— parezca sustituir la cuaternidad. Dios Verbo, en efecto, no tomó la persona del hombre, sino la naturaleza, y en la eterna persona de la divinidad, tomó la sustancia temporal de la carne.
Igualmente, de una sola sustancia creemos que es el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo; sin embargo, no decimos que María Virgen engendrara la unidad de esta Trinidad, sino solamente al Hijo que fue el solo que tomó nuestra naturaleza en la unidad de su persona. También ha de creerse que la encarnación de este Hijo de Dios fue obra de toda la Trinidad, porque las obras de la Trinidad son inseparables. Sin embargo, sólo el Hijo tomó la forma de siervo [Phil. 2, 7] en la singularidad de la persona, no en la unidad de la naturaleza divina, para aquello que es propio del Hijo, no lo que es común a la Trinidad; y esta forma se le adaptó a Él para la unidad de persona, es decir, para que el Hijo de Dios y el Hijo del hombre sea un solo Cristo. Igualmente el mismo Cristo, en estas dos naturalezas, existe en tres sustancias: del Verbo, que hay que referir a la esencia de solo Dios, del cuerpo y del alma, que pertenecen al verdadero hombre.
Tiene, pues, en sí mismo una doble sustancia: la de su divinidad y la de nuestra humanidad. Éste, sin embargo, en cuanto salió de su Padre sin comienzo, sólo es nacido, pues no se toma por hecho ni por predestinado; mas, en cuanto nació de María Virgen, hay que creerlo nacido, hecho y predestinado. Ambas generaciones, sin embargo, son en Él maravillosas, pues del Padre fue engendrado sin madre antes de los siglos, y en el fin de los siglos fue engendrado de la madre sin padre. Y el que en cuanto Dios creó a María, en cuanto hombre fue creado por María: Él mismo es padre e hijo de su madre María. Igualmente, en cuanto Dios es igual al Padre; en cuanto hombre es menor que el Padre.
Igualmente hay que creer que es mayor y menor que sí mismo: porque en la forma de Dios, el mismo Hijo es también mayor que sí mismo, por razón de la humanidad asumida, que es menor que la divinidad; y en la forma de siervo es menor que sí mismo, es decir, en la humanidad, que se toma por menor que la divinidad. Porque a la manera que por la carne asumida no sólo se toma como menor al Padre sino también a sí mismo; así por razón de la divinidad es igual con el Padre, y Él y el Padre son mayores que el hombre, a quien sólo asumió la persona del Hijo. Igualmente, en la cuestión sobre si podría ser igual o menor que el Espíritu Santo, al modo como unas veces se cree igual, otras menor que el Padre, respondemos: Según la forma de Dios, es igual al Padre y al Espíritu Santo; según la forma de siervo, es menor que el Padre y que el Espíritu Santo, porque ni el Espíritu Santo ni Dios Padre, sino sola la persona del Hijo, tomó la carne, por la que se cree menor que las otras dos personas. Igualmente, este Hijo es creído inseparablemente distinto del Padre y del Espíritu Santo por razón de su persona; del hombre, empero (v. l. asumido), por la naturaleza asumida. Igualmente, con el hombre está la persona; mas con el Padre y el Espíritu Santo, la naturaleza de la divinidad o sustancia. Sin embargo, hay que creer que el Hijo fue enviado no sólo por el Padre, sino también por el Espíritu Santo, puesto que Él mismo dice por el Profeta: Y ahora el Señor me ha enviado, y también su Espíritu [Is. 48, 16]. También se toma como enviado de sí mismo, pues se reconoce que no sólo la voluntad, sino la operación de toda la Trinidad es inseparable. Porque éste, que antes de los siglos es llamado unigénito, temporalmente se hizo primogénito: unigénito por razón de la sustancia de la divinidad; primogénito por razón de la naturaleza de la carne asumida.
[De la redención.] En esta forma de hombre asumido, concebido sin pecado según la verdad evangélica, nacido sin pecado, sin pecado es creído que murió el que solo por nosotros se hizo pecado [2 Cor. 5, 21], es decir, sacrificio por nuestros pecados. Y, sin embargo, salva la divinidad, padeció la pasión misma por nuestras culpas y, condenado a muerte y a cruz, sufrió verdadera muerte de la carne, y también al tercer día, resucitado por su propia virtud, se levantó del sepulcro.
Ahora bien, por este ejemplo de nuestra cabeza, confesamos que se da la verdadera resurrección de la carne (v. l.: con verdadera fe confesamos en la resurrección...) de todos los muertos. Y no creemos, como algunos deliran, que hemos de resucitar en carne aérea o en otra cualquiera, sino en esta en que vivimos, subsistimos y nos movemos. Cumplido el ejemplo de esta santa resurrección, el mismo Señor y Salvador nuestro volvió por su ascensión al trono paterno, del que por la divinidad nunca se había separado. Sentado allí a la diestra del Padre, es esperado para el fin de los siglos como juez de vivos y muertos. De allí vendrá con los santos ángeles, y los hombres, para celebrar el juicio y dar a cada uno la propia paga debida, según se hubiere portado, o bien o mal [2 Cor. 5, 10], puesto en su cuerpo. Creemos que la Santa Iglesia Católica comprada al precio de su sangre, ha de reinar con Él para siempre. Puestos dentro de su seno, creemos y confesamos que hay un solo bautismo para la remisión de todos los pecados. Bajo esta fe creemos verdaderamente la resurrección de los muertos y esperamos los gozos del siglo venidero. Sólo una cosa hemos de orar y pedir, y es que cuando, celebrado y terminado el juicio, el Hijo entregue el reino a Dios Padre [1 Cor. 15, 24], nos haga partícipes de su reino, a fin de que por esta fe, por la que nos adherimos a Él con Él reinemos sin fin. Ésta es la confesión y exposición de nuestra fe, por la que se destruye la doctrina de todos los herejes, por la que se limpian los corazones de los fieles, por la que se sube también gloriosamente a Dios por los siglos de los siglos. Amén.
DONO, 676-678.
SAN AGATON, 678-681
CONCILIO ROMANO, 680
Sobre la unión hipostática
[De la Carta dogmática de Agatón y del Concilio Romano Omnium bonorum spes, a los emperadores]
En efecto, reconocemos que uno solo y el mismo Señor nuestro Jesucristo, Hijo de Dios unigénito, subsiste de dos y en dos sustancias, sin confusión, sin conmutación, sin división e inseparablemente [cf. 148], sin que jamás se suprimiera la diferencia de las naturalezas por la unión, sino más bien quedando a salvo la propiedad de una y otra naturaleza y concurriendo en una sola persona y en una sola subsistencia, no distribuido o diversificado en la dualidad de personas ni confundido en una sola naturaleza compuesta; sino que reconocemos, aun después de la unión subsistencial, a uno solo y el mismo Hijo unigénito, Dios Verbo, nuestro Señor Jesucristo [v. 148] y no uno en otro, ni uno y otro, sino el mismo en las dos naturalezas, es decir, en la divinidad y en la humanidad; porque ni el Verbo se mudó en la naturaleza de la carne, ni la carne se transformó en la naturaleza del Verbo. Uno y otra permaneció, en efecto, lo que naturalmente era; pues sólo por la contemplación discernimos la diferencia de las naturalezas unidas en Él, aquellas de que sin confusión, inseparablemente y sin conmutación está compuesto; uno solo, efectivamente, resulta de una y otra y por uno solo son ambas, como quiera que juntamente son tanto la alteza de la divinidad, como la humildad de la carne. Una y otra naturaleza guarda, en efecto, aun después de la unión, su propiedad, “y cada forma obra, con comunicación de la otra, lo que le es propio: El Verbo obra lo que pertenece al Verbo, y la carne ejecuta lo que toca a la carne. Uno brilla por los milagros; otra sucumbe a las injurias”.
De ahí se sigue que, así como confesamos que tiene verdaderamente dos naturalezas o sustancias, esto es, la divinidad y la humanidad, sin confusión, indivisiblemente, sin conmutación, así la regla de la piedad nos instruye que el solo y mismo Señor Jesucristo [v. 254-274], como perfecto Dios y perfecto hombre, tiene también dos naturales voluntades y dos naturales operaciones, pues se demuestra que esto nos ha enseñado la tradición apostólica y evangélica, y el magisterio de los Santos Padres a los que reciben la Santa Iglesia Católica y Apostólica y los venerables Concilios.
III CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 680-681
VI ecuménico (contra los monotelitas)
Definición sobre las dos voluntades en Cristo
El presente santo y universal Concilio recibe fielmente y abraza con los brazos abiertos la relación del muy santo y muy bienaventurado Papa de la antigua Roma, Agatón, hecha a Constantino, nuestro piadosísimo y fidelísimo emperador, en la que expresamente se rechaza a los que predican y enseñan, como antes se ha dicho, una sola voluntad y una sola operación en la economía de la encarnación de Cristo, nuestro verdadero Dios [v. 288]. Y acepta también la otra relación sinodal del sagrado Concilio de ciento veinte y cinco religiosos obispos, habida bajo el mismo santísimo Papa, hecha igualmente a la piadosa serenidad del mismo Emperador, como acorde que está con el santo Concilio de Calcedonia y con el tomo del sacratísimo y beatísimo Papa de la misma antigua Roma, León, tomo que fue enviado a San Flaviano [v. 143] y al que llamó el mismo Concilio columna de la ortodoxia.
Acepta además las Cartas conciliares escritas por el bienaventurado Cirilo contra el impío Nestorio a los obispos de oriente; signe también los cinco santos Concilios universales y, de acuerdo con ellos, define que confiesa a nuestro Señor Jesucristo, nuestro verdadero Dios, uno que es de la santa consustancial Trinidad, principio de la vida, como perfecto en la divinidad y perfecto el mismo en la humanidad, verdaderamente Dios y verdaderamente hombre, compuesto de alma racional y de cuerpo; consustancial al Padre según la divinidad y el mismo consustancial a nosotros según la humanidad, en todo semejante a nosotros, excepto en el pecado [Hebr. 4, 15]; que antes de los siglos nació del Padre según la divinidad, y el mismo, en los últimos días, por nosotros y por nuestra salvación, nació del Espíritu Santo y de María Virgen, que es propiamente y según verdad madre de Dios, según la humanidad; reconocido como un solo y mismo Cristo Hijo Señor unigénito en dos naturalezas, sin confusión, sin conmutación, inseparablemente, sin división, pues no se suprimió en modo alguno la diferencia de las dos naturalezas por causa de la unión, sino conservando más bien cada naturaleza su propiedad y concurriendo en una sola persona y en una sola hipóstasis, no partido o distribuído en dos personas, sino uno solo y el mismo Hijo unigénito, Verbo de Dios, Señor Jesucristo, como de antiguo enseñaron sobre Él los profetas, y el mismo Jesucristo nos lo enseñó de sí mismo y el Símbolo de los Santos Padres nos lo ha trasmitido [Conc. Calc. v. 148].
Y predicamos igualmente en Él dos voluntades naturales o: quereres y dos operaciones naturales, sin división, sin conmutación, sin separación, sin confusión, según la enseñanza de los Santos Padres; y dos voluntades, no contrarias —¡Dios nos libre!—, como dijeron los impíos herejes, sino que su voluntad humana sigue a su voluntad divina y omnipotente, sin oponérsele ni combatirla, antes bien, enteramente sometida a ella. Era, en efecto, menester que la voluntad de la carne se moviera, pero tenía que estar sujeta a la voluntad divina del mismo, según el sapientísimo Atanasio. Porque a la manera que su carne se dice g es carne de Dios Verbo, así la voluntad natural de su carne se dice y es propia de Dios Verbo, como Él mismo dice: Porque he bajado del cielo, no para hacer mi voluntad, sino la voluntad del Padre, que me ha enviado [Ioh, 6, 38], llamando suya la voluntad de la carne, puesto que la carne fue también suya. Porque a la manera que su carne animada santísima e inmaculada, no por estar divinizada quedó suprimida, sino que permaneció en su propio término y razón, así tampoco su voluntad quedó suprimida por estar divinizada, como dice Gregorio el Teólogo: “Porque el querer de Él, del Salvador decimos, no es contrario a Dios, como quiera que todo Él está divinizado”.
Glorificamos también dos operaciones naturales sin división, sin conmutación, sin separación, sin confusión, en el mismo Señor nuestro Jesucristo, nuestro verdadero Dios, esto es, una operación divina y otra operación humana, según con toda claridad dice el predicador divino León: “Obra, en efecto, una y otra forma con comunicación de la otra lo que es propio de ella: es decir, que el Verbo obra lo que pertenece al Verbo y la carne ejecuta lo que toca a la carne” [v. 144]. Porque no vamos ciertamente a admitir una misma operación natural de Dios y de la criatura, para no levantar lo creado hasta la divina sustancia ni rebajar tampoco la excelencia de la divina naturaleza al puesto que conviene a las criaturas. Porque de uno solo y mismo reconocemos que son tanto los milagros como los sufrimientos, según lo uno y lo otro de las naturalezas de que consta y en las que tiene el ser, como dijo el admirable Cirilo. Guardando desde luego la inconfusión y la indivisión, con breve palabra lo anunciamos todo: Creyendo que es uno de la santa Trinidad, aun después de la encarnación, nuestro Señor Jesucristo, nuestro verdadero Dios, decimos que sus dos naturalezas resplandecen en su única hipóstasis, en la que mostró tanto sus milagros como sus padecimientos, durante toda su vida redentora, no en apariencia, sino realmente; puesto que en una sola hipóstasis se reconoce la natural diferencia por querer y obrar, con comunicación de la otra, cada naturaleza lo suyo propio; y según esta razón, glorificamos también dos voluntades y operaciones naturales que mutuamente concurren para la salvación del género humano.
Habiendo, pues, nosotros dispuesto esto en todas sus partes con toda exactitud y diligencia, determinamos que a nadie sea lícito presentar otra fe, o escribirla, o componerla, o bien sentir o enseñar de otra manera. Pero, los que se atrevieren a componer otra fe, o presentarla, o enseñarla, o bien entregar otro símbolo a los que del helenismo, o del judaísmo, o de una herejía cualquiera quieren convertirse al conocimiento de la verdad; o se atrevieren a introducir novedad de expresión o invención de lenguaje para trastorno de lo que por nosotros ha sido ahora definido; éstos, si son obispos o clérigos, sean privados los obispos del episcopado y los clérigos de la clerecía; y si son monjes o laicos, sean anatematizados.
SAN LEON II, 682-683 JUAN V, 685-686 SAN BENEDICTO II, 684-685 CONON, 686-687
SAN SERGIO I, 687-701
XV CONCILlO DE TOLEDO, 688
Protestación sobre la Trinidad y la Encarnación
[Del Liber responsionis o Apología de Juliano, arzobispo de Toledo]
Hallamos que en el Liber responsionis fidei nostrae (Libro de la respuesta de nuestra fe), que por medio de Pedro regionario enviamos a la Iglesia de Roma, ya en el primer capítulo le pareció al dicho papa Benedicto que habíamos procedido incautamente en el pasaje en que, según la divina esencia, dijimos: “La voluntad engendró a la voluntad, como la sabiduría a la sabiduría”. Y es que aquel varón, en la precipitación de una lectura incuriosa, estimó que nosotros habíamos puesto estos mismos nombres según un sentido de relación o según la comparación de la mente humana, y por eso, por su propia falta de advertencia, le fue mandado que nos avisara, diciendo: “Por orden natural conocemos que la palabra tiene su origen de la mente, como la razón y la voluntad, y no pueden convertirse, de modo que se diga: como la palabra y la voluntad proceden de la mente, así la mente de la palabra o de la voluntad. Y por esta comparación le ha parecido al Romano Pontífice que no puede decirse que la voluntad venga de la voluntad.” Pero nosotros no lo dijimos según esta comparación de la mente humana ni según el sentido de relación, sino según la esencia: “La voluntad de la voluntad, como la sabiduría de la sabiduría”. Porque en Dios el ser es lo mismo que el querer, y el querer lo mismo que el saber. Lo que, sin embargo, no puede decirse del hombre. Porque para el hombre, una cosa es lo que es sin el querer y otra el querer aun sin el saber. Mas en Dios no es así, porque es naturaleza tan sencilla que en Él lo mismo es el ser que el querer, que el saber...
Pasemos también a tratar nuevamente el segundo capitulo en que el mismo Papa pensó que habíamos incautamente dicho profesar tres sustancias en Cristo, Hijo de Dios. Como nosotros no hemos de avergonzarnos de defender lo que es verdad, así tal vez algunos se avergüencen de ignorarlo. Porque ¿quién no sabe que el hombre consta de dos sustancias, la del alma y la del cuerpo?... Por lo cual, la naturaleza divina y la humana, a ella asociada, lo mismo pueden llamarse dos que tres sustancias propias...
XVI CONCILIO DE TOLEDO, 693
Profesión de fe sobre la Trinidad
... La expresión “voluntad santa”, si bien por la comparación de semejanza con la Trinidad, por la que ésta se llama memoria, inteligencia y voluntad, se refiere a la persona del Espíritu Santo; sin embargo, en cuanto se dice en si, se predica sustancialmente. Porque voluntad es el Padre, voluntad el Hijo, voluntad el Espíritu; a la manera que Dios es el Padre, Dios es el Hijo, Dios es el Espíritu Santo; y muchas otras cosas semejantes, que no hay duda ninguna se dicen según la sustancia por quienes son verdaderos cultivadores de la fe católica. Y si como es católico decir: Dios de Dios, llama de llama, luz de luz; así es de recta aserción, de fe verdadera decir voluntad de voluntad, como sabiduría de sabiduría, esencia de esencia; y como Dios Padre engendró Dios Hijo, así la voluntad Padre engendró a la voluntad Hijo. Así, pues, si bien según la esencia el Padre es voluntad, el Hijo voluntad, el Espíritu Santo voluntad; sin embargo, según el sentido de relación no ha de creerse uno solo, porque uno es el Padre que se refiere al Hijo, otro el Hijo que se refiere al Padre, otro el Espíritu Santo, que por proceder del Padre y del Hijo, se refiere al Padre y al Hijo; otro, pero no otra cosa; porque los que tienen un solo ser en la naturaleza de la divinidad, tienen en la distinción de las personas especial propiedad...
JUAN VI, 701-705 SISINIO, 708
JUAN VII, 705-707 CONSTANTINO I, 708-715
SAN GREGORIO II, 715-731
De la forma y ministro del bautismo
[De la Carta Desiderabilem mihi, a San Bonifacio, de 22 de noviembre de 726]
Has confesado que algunos han sido bautizados, sin preguntarles el Símbolo, por presbíteros adúlteros e indignos. En esto guarde tu caridad la antigua costumbre de la Iglesia, a saber: que quienquiera ha sido bautizado en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, no es licito en modo alguno rebautizarlo, pues no percibió el don de esta gracia en nombre del bautizante, sino en el nombre de la Trinidad. Y manténgase lo que dice el Apóstol: Un solo Dios, una sola fe, un solo bautismo [Eph. 4, 5]. Pero, te encarecemos que a los tales les administres con mayor empeño la doctrina espiritual.
SAN GREGORIO III, 731-741
Sobre el bautismo y la confirmación
[De la Carta Doctoris omnium a San Bonifacio, de 29 de octubre de 739]
Porque aquellos que han sido bautizados por la diversidad y declinación de las lenguas de la gentilidad; sin embargo, puesto que han sido bautizados en el nombre de la Trinidad, hay que confirmarlos por la imposición de las manos y del sacro crisma.
SAN ZACARIAS, 741-752
De la forma y ministro del bautismo
[De la Carta Virgilius et Sedonius a San Bonifacio, de 1.° de julio de 746 (?)]
Nos refirieron, en efecto, que había en la misma provincia un sacerdote que ignoraba totalmente la lengua latina, y al bautizar sin saber latín, infringiendo la lengua, decía: “Baptizo te in nomine Patria et Filia et Spiritus Sancti”. Y por eso tu reverenda fraternidad consideró que se debía rebautizar. Pero si el que bautizó lo dijo al bautizar no introduciendo error o herejía, sino sólo infringiendo la lengua por ignorancia del latín, como arriba hemos confesado, no podemos consentir que de nuevo se rebauticen.
[De la Carta 10 u 11 Sacris liminibus a San Bonifacio, de 1.° de mayo de 748 (?)]
Se sabe que en aquél [Sínodo de los anglos], tal decreto y juicio fue firmísimamente mandado y diligentemente demostrado: que quienquiera hubiere sido bañado sin la invocación de la Trinidad, no tiene el sacramento de la regeneración. Lo que es absolutamente verdadero; pues si alguno hubiere sido sumergido en la fuente del bautismo sin invocación de la Trinidad, no es perfecto, si no hubiere sido bautizado en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
ESTEBAN II, 752 SAN PABLO I, 757-767 SAN ESTEBAN III, 752-757 2 ESTEBAN IV, 768-772
ADRIANO I, 772-795
Del primado del Romano Pontífice
[De la Carta Pastoralibus curis, al patriarca Tarasio, del año 785]
... Aquel pseudo-sínodo, que sin la sede apostólica tuvo lugar... contra la tradición de los muy Venerados Padres, para condenar las sagradas imágenes, sea anatematizado en presencia de nuestros apocrisiarios... y cúmplase la palabra de nuestro Señor Jesucristo: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella [Mt. 16, 18]; y también: Tú eres Pedro... [Mt. 16, 18-19]; la Sede de Pedro brilló con la primacía sobre toda la tierra y ella es la cabeza de todas las Iglesias de Dios.
De los errores de los adopcianos
[De la Carta Institutio universalis, a los obispos de España, del año 785
... Por cierto que de vuestras tierras ha llegado a Nos una lúgubre noticia y es que algunos obispos que ahí moran, a saber, Elipando y Ascárico con otros que los siguen, no se avergüenzan de confesar como adoptivo al Hijo de Dios, blasfemia que jamás ningún hereje se atrevió a proferir en sus ladridos, si no fue aquel pérfido Nestorio que confesó por puro hombre al Hijo de Dios...
Sobre la predestinación y diversos abusos de los españoles
[De la misma Carta a los obispos de España]
Acerca de lo que algunos de ellos dicen que la predestinación a la vida o a la muerte está en el poder de Dios y no en el nuestro, éstos replican: “¿A qué esforzarnos en vivir, si ello está en el poder de Dios?”; y los otros, a su vez: “¿Por qué rogar a Dios que no seamos vencidos en la tentación, si ello está en nuestro poder, como por la libertad del albedrío?”. Porque, en realidad, ninguna razón son capaces de dar ni de recibir, ignorando la sentencia del bienaventurado Fulgencio... [contra cierto pelagiano]:
“Luego Dios preparó las obras de misericordia y de justicia en la eternidad de su inconmutabilidad... preparó, pues los merecimientos para los hombres que habían de ser justificados; preparó también los premios para la glorificación de los mismos; pero a los malos, no les preparó voluntades malas u obras malas, sino que les preparó justos y eternos suplicios. Esta es la eterna predestinación de las futuras obras de Dios y como sabemos que nos fue siempre inculcada por la doctrina apostólica, así también confiadamente la predicamos...”.
He aquí, carísimos, los diversos capítulos de lo que hemos oído de esas partes: que muchos que dicen ser católicos, llevando vida común con los judíos y paganos no bautizados, tanto en comidas y bebidas como en diversos errores, en nada dicen que se manchan; y la prohibición de que nadie lleve el yugo con los infieles, pues ellos bendecirán sus hijas con otro y así serán entregadas al pueblo infiel; y que los antedichos presbíteros son ordenados sin examen para presidir al pueblo; y todavía ha prevalecido otro enorme error pernicioso y es que esos pseudosacerdotes, aun viviendo el varón, toman las mujeres en connubio, juntamente con lo de la libertad del albedrío y otras muchas cosas que de esas partes hemos oído y que fuera largo enumerar...
II CONCILIO DE NICEA, 787
VII ecuménico (contra los iconoclastas)
Definición sobre las sagradas imágenes y la tradición
SESION VII
[I. Definición.] ...Entrando, como si dijéramos, por el camino real, siguiendo la enseñanza divinamente inspirada de nuestros Santos Padres, y la tradición de la Iglesia Católica —pues reconocemos que ella pertenece al Espíritu Santo, que en ella habita—, definimos con toda exactitud y cuidado que de modo semejante a la imagen de la preciosa y vivificante cruz han de exponerse las sagradas y santas imágenes, tanto las pintadas como las de mosaico y de otra materia conveniente, en las santas iglesias de Dios, en los sagrados vasos y ornamentos, en las paredes y cuadros, en las casas y caminos, las de nuestro Señor y Dios y Salvador Jesucristo, de la Inmaculada Señora nuestra la santa Madre de Dios, de los preciosos ángeles y de todos los varones santos y venerables. Porque cuanto con más frecuencia son contemplados por medio de su representación en la imagen, tanto más se mueven los que éstas miran al recuerdo y deseo de los originales y a tributarles el saludo y adoración de honor, no ciertamente la latría verdadera que según nuestra fe sólo conviene a la naturaleza divina; sino que como se hace con la figura de la preciosa y vivificante cruz, con los evangelios y con los demás objetos sagrados de culto, se las honre con la ofrenda de incienso y de luces, como fue piadosa costumbre de los antiguos. “Porque el honor de la imagen, se dirige al original”, y el que adora una imagen, adora a la persona en ella representada.
[II. Prueba.] Porque de esta manera se mantiene la enseñanza de nuestros santos Padres, o sea, la tradición de la Iglesia Católica, que ha recibido el Evangelio de un confín a otro de la tierra; de esta manera seguimos a Pablo, que habló en Cristo [2 Cor. 2,17], y al divino colegio de los Apóstoles y a la santidad de los Padres, manteniendo las tradiciones [2 Thess. 2, 14] que hemos recibido; de esta manera cantamos proféticamente a la Iglesia los himnos de victoria: Alégrate sobremanera, hija de Sión; da pregones, hija de Jerusalén; recréate y regocíjate de todo tu corazón: El Señor ha quitado de alrededor de ti todas las iniquidades de sus contrarios; redimida estás de manos de tus enemigos. El señor rey en medio de ti: no verás ya más males, y la paz sobre ti por tiempo perpetuo [Soph. 3, 14 s; LXX].
[III. Sanción.] Así, pues, quienes se atrevan a pensar o enseñar de otra manera; o bien a desechar, siguiendo a los sacrílegos herejes, las tradiciones de la Iglesia, e inventar novedades, o rechazar alguna de las cosas consagradas a la Iglesia: el Evangelio, o la figura de la cruz, o la pintura de una imagen, o una santa reliquia de un mártir; o bien a excogitar torcida y astutamente con miras a trastornar algo de las legitimas tradiciones de la Iglesia Católica; a emplear, además, en usos profanos los sagrados vasos o los santos monasterios; si son obispos o clérigos, ordenamos que sean depuestos; si monjes o laicos, que sean separados de la comunión.
De las sagradas elecciones
SESION VIII
Toda elección de un obispo, presbítero o diácono hecha por los principes, quede anulada, según el canon [Can. apost. 30] que dice: “Si algún obispo, valiéndose de los príncipes seculares, se apodera por su medio de la Iglesia, sea depuesto y excomulgado, y lo mismo todos los que comunican con él. Porque es necesario que quien haya de ser elevado al episcopado, sea elegido por los obispos, como fue determinado por los Santos Padres de Nicea en el canon que dice [Can. 4]: “Conviene sobremanera que el obispo sea establecido por todos los obispos de la provincia. Mas si esto fuera difícil, ora por la apremiante necesidad o por lo largo del camino, reúnanse necesariamente tres y todos los ausentes den su aquiescencia por medio de cartas y entonces se le impongan las manos; mas la validez de todo lo hecho ha de atribuirse en cada provincia al metropolitano”.
De las imágenes, de la humanidad de Cristo, de la tradición
Nosotros recibimos las sagradas imágenes; nosotros sometemos al anatema a los que no piensan así...
Si alguno no confiesa a Cristo nuestro Dios circunscrito según la humanidad, sea anatema...
Si alguno rechaza toda tradición eclesiástica, escrita o no escrita, sea anatema.
De los errores de los adopcianos
[De la Carta de Adriano Si tamen licet a los obispos de las Galias y de España, 793]
Reunida con falsos argumentos la materia de la causal perfidia, entre otras cosas dignas de reprobarse, acerca de la adopción de Jesucristo Hijo de Dios según la carne, leíanse allí montones de pérfidas palabras de pluma descompuesta. Esto jamás lo creyó la Iglesia Católica, jamás lo enseñó, jamás a los que malamente lo creyeron, les dio asenso...
Impíos e ingratos a tantos beneficios, no os horrorizáis de murmurar con venenosas fauces que nuestro Libertador es hijo adoptivo, como si fuera un puro hombre, sujeto a la humana miseria, y, lo que da vergüenza decir, que es siervo... ¿Cómo no teméis, quejumbrosos detractores, odiosos a Dios, llamar siervo a Aquel que os liberó de la esclavitud del demonio?... Porque si bien en la sombra de la profecía fue llamado siervo [cf. Iob 1, 8 ss], por la condición de la forma servil que tomó de la Virgen,... esto nosotros... lo entendemos como dicho, según la historia, del santo Job, y alegóricamente, de Cristo...
CONCILlO DE FRANCFORT, 794
Sobre Cristo, Hijo de Dios, natural, no adoptivo
[De la Carta sinodal de los obispos de Francia a los españoles]
... Hallamos, efectivamente, escrito al comienzo de vuestro memorial lo que vosotros pusisteis: “Confesamos y creemos que Dios Hijo de Dios fue engendrado del Padre antes de todos los tiempos sin comienzo, coeterno y consustancial, no por adopción, sino por su origen.” Igualmente, poco después, se leía en el mismo lugar: “Confesamos y creemos que, hecho de mujer, hecho bajo la ley [Gal. 4, 4], no es hijo de Dios por su origen, sino por adopción, no por naturaleza, sino por gracia”. He aquí la serpiente escondida bajo los árboles frutales del paraíso, a fin de engañar a los incautos...
Lo que también añadisteis en lo siguiente [v. 295], no lo hallamos dicho en el Símbolo de Nicea, que en Cristo hay dos naturalezas y tres sustancias [cf. 295] y que es “hombre deificado y Dios humanado”. ¿Qué es la naturaleza del hombre, sino su alma y su cuerpo? ¿O qué diferencia hay entre naturaleza y sustancia, para que tengamos que decir tres sustancias y no, más sencillamente, como dijeron los Santos Padres, confesar a Nuestro Señor Jesucristo Dios verdadero y hombre verdadero en una sola persona? Permaneció, empero, la persona del Hijo en la Santa Trinidad y a esta persona se unió la naturaleza humana, para ser una sola persona, Dios y hombre, no un hombre deificado y un Dios humanado, sino Dios hombre y hombre Dios: por la unidad de la persona, un solo Hijo de Dios, y el mismo, Hijo del hombre, perfecto Dios, perfecto hombre... La costumbre de la Iglesia suele hablar de dos sustancias en Cristo, a saber, la de Dios y la de] hombre...
Si, pues, es Dios verdadero el que nació de la Virgen, ¿cómo puede entonces ser adoptivo o siervo? Porque a Dios, no os atrevéis en modo alguno a confesarle por siervo o adoptivo; y si el profeta le ha llamado siervo, no es, sin embargo, por condición de servidumbre, sino por obediencia de humildad, por la que se hizo obediente al Padre hasta la muerte [Phil. 2, 8].
[Del Capitular]
(1) ...En el principio de los capítulos se empieza por la impía y nefanda herejía de Elipando, obispo de la sede de Toledo y de Félix, de la de Urgel, y de sus secuaces, los cuales afirmaban, sintiendo mal, la adopción en el Hijo de Dios; la que todos los Santísimos Padres sobredichos rechazaron y contradijeron, y estatuyeron que esta herejía fuera arrancada de raíz.
SAN LEON III, 795-816
CONClLlO DE FRIUL, 796
De Cristo, Hijo de Dios, natural, no adoptivo
[Del Símbolo de la fe]
El nacimiento humano y temporal no fue óbice al divino o intemporal, sino que en la sola persona de Jesucristo se da el verdadero Hijo de Dios y el verdadero hijo del hombre. No uno, hijo del hombre, y otro, Hijo de Dios... No Hijo putativo de Dios, sino verdadero; no adoptivo, sino propio; porque nunca fue ajeno al Padre por motivo del hombre a quien asumió. Y por tanto, en una y otra naturaleza, le confesamos por Hijo de Dios, propio y no adoptivo, pues sin confusión ni separación, uno solo y mismo es Hijo de Dios y del hombre, natural a la madre según la humanidad, propio del Padre en lo uno y lo otro.
ESTEBAN V, 816-817 VALENTIN, 827
SAN PASCUAL I, 817-824 GREGORIO IV, 828-844
EUGENIO II, 824-827 SERGIO II, 844-847
SAN LEON IV, 847-855
CONCILIO DE PAVIA, 850
Del sacramento de la extremaunción
(8) También aquel saludable sacramento que recomienda el Apóstol Santiago diciendo: Si alguno está enfermo... se le perdonará [Iac. 5, 14 S], hay que darlo a conocer a los pueblos con cuidadosa predicación: grande a la verdad y muy apetecible misterio, por el que, si fielmente se pide, se perdonan los pecados y, consiguientemente, se restituye la salud corporal... Hay que saber, sin embargo, que si el que está enfermo, está sujeto a pública penitencia, no puede conseguir la medicina de este misterio, a no ser que, obtenida primero la reconciliación, mereciere la comunión del cuerpo y de la sangre de Cristo. Porque a quien le están prohibidos los restantes sacramentos, en modo alguno se le permite usar de éste.
CONCILIO DE QUIERSY, 853
(Contra Gottschalk y los predestinacianos)
De la redención y la gracia
Cap. 1. Dios omnipotente creó recto al hombre, sin pecado, con libre albedrío y lo puso en el paraíso, y quiso que permaneciera en la santidad de la justicia. El hombre, usando mal de su libre albedrío, pecó y cayó, y se convirtió en “masa de perdición” de todo el género humano. Pero Dios, bueno y justo, eligió, según su presciencia, de la misma masa de perdición a los que por su gracia predestinó a la vida [Rom. 8, 29 ss; Eph. 1, 11] y predestinó para ellos la vida eterna; a los demás, empero, que por juicio de justicia dejó en la masa de perdición, supo por su presciencia que habían de perecer, pero no los predestinó a que perecieran; pero, por ser justo, les predestinó una pena eterna. Y por eso decimos que sólo hay una predestinación de Dios, que pertenece o al don de la gracia o a la retribución de la justicia.
Cap. 2. La libertad del albedrío, la perdimos en el primer hombre, y la recuperamos por Cristo Señor nuestro, y tenemos libre albedrío para el bien, prevenido y ayudado de la gracia; y tenemos libre albedrío para el mal, abandonado de la gracia. Pero tenemos libre albedrío, porque fue liberado por la gracia, y por la gracia fue sanado de la corrupción.
Cap. 3. Dios omnipotente quiere que todos los hombres sin excepción se salven [1 Tim. 2, 4], aunque no todos se salvan. Ahora bien, que algunos se salven, es don del que salva; pero que algunos se pierdan, es merecimiento de los que se pierden.
Cap. 4. Como no hay, hubo o habrá hombre alguno cuya naturaleza no fuera asumida en él; así no hay, hubo o habrá hombre alguno por quien no haya padecido Cristo Jesús Señor nuestro, aunque no todos sean redimidos por el misterio de su pasión. Ahora bien, que no todos sean redimidos por el misterio de su pasión, no mira a la magnitud y copiosidad del precio, sino a la parte de los infieles y de los que no creen con aquella fe que obra por la caridad [Gal. 5, 6]; porque la bebida de la humana salud, que está compuesta de nuestra flaqueza y de la virtud divina, tiene, ciertamente, en sí misma, virtud para aprovechar a todos, pero si no se bebe, no cura.
III CONCILIO DE VALENCE, 855
(Contra Juan Escoto)
Sobre la predestinación
Can. 1. Puesto que al que fue doctor de las naciones en la fe y en la verdad fiel y obedientemente oímos cuando nos avisa: Oh, Timoteo, guarda el depósito, evitando las profanas novedades de palabras y las oposiciones de la falsa ciencia, la que prometen algunos, extraviándose en la fe [1 Tim. 6, 20 s]; y otra vez: Evita la profana y vana palabrería; pues mucho aprovechan para la impiedad, y su lengua se infiltra como una serpiente [2 Tim 2, 16 s]; y nuevamente: evita las cuestiones necias y sin disciplina, sabiendo que engendran pleitos; mas el siervo del Señor no tiene que ser pleiteador [Tim. 2, 23 s]; y otra vez: Nada por espíritu de contienda ni por vana gloria [Phil. 2, 8]: deseando fomentar, en cuanto el Señor nos lo diere, la paz y la caridad, atendiendo al piadoso consejo del mismo Apóstol: Solícitos en conservar la unidad del Espíritu en el vínculo de la paz [Eph. 4, 8]; evitamos con todo empeño las novedades de las palabras y las presuntuosas charlatanerías por las que más bien puede fomentarse entre los hermanos las contiendas y los escándalos que no crecer edificación alguna de temor de Dios. En cambio, sin vacilación alguna prestamos reverentemente oído y sometemos obedientemente nuestro entendimiento a los doctores que piadosa y rectamente trataron las palabras de la piedad y que juntamente fueron expositores luminosísimos de la Sagrada Escritura, esto es, a Cipriano, Hilario, Ambrosio, Jerónimo, Agustín y a los demás que descansan en la piedad católica, y abrazamos según nuestras fuerzas lo que para nuestra salvación escribieron. Porque sobre la presciencia de Dios y sobre la predestinación y las otras cuestiones que se ve han escandalizado no poco los espíritus de los hermanos, creemos que sólo ha de tenerse con toda firmeza lo que nos gozamos de haber sacado de las maternas entrañas de la Iglesia.
Can. 2. Fielmente mantenemos que “Dios sabe de antemano y eternamente supo tanto los bienes que los buenos habían de hacer como los males que los malos hablan de cometer”, pues tenemos la palabra de la Escritura que dice: Dios eterno, que eres conocedor de lo escondido y todo lo sabes antes de que suceda [Dan. 13, 42]; y nos place mantener que “supo absolutamente de antemano que los buenos habían de ser buenos por su gracia y que por la misma gracia habían de recibir los premios eternos; y previó que los malos habían de ser malos por su propia malicia y había de condenarlos con eterno castigo por su justicia”, como según el Salmista: Porque de Dios es el poder y del Señor la misericordia para dar a cada uno según sus obras [Ps. 61, 12 s], y como enseña la doctrina del Apóstol: Vida eterna a aquellos que según la paciencia de la buena obra, buscan la gloria, el honor y la incorrupción; ira e indignación a los que son, empero, de espíritu de contienda y no aceptan la verdad, sino que creen la iniquidad; tribulación y angustia sobre toda alma de hombre que obra el mal [Rom. 2, 7 ss]. Y en el mismo sentido en otro lugar: En la revelación —dice—de nuestro Señor Jesucristo desde el cielo con los ángeles de su poder, en el fuego de llama que tomará venganza de los que no conocen a Dios ni obedecen al Evangelio de nuestro Señor Jesucristo, que sufrirán penas eternas para su ruina... cuando viniere a ser glorificado en sus Santos y mostrarse admirable en todos los que creyeron [2 Thess. 1, 7 ss]. Ni ha de creerse que la presciencia de Dios impusiera en absoluto a ningún malo la necesidad de que no pudiera ser otra cosa, sino que él había de ser por su propia voluntad lo que Dios, que lo sabe todo antes de que suceda, previó por su omnipotente e inconmutable majestad. “Y no creemos que nadie sea condenado por juicio previo, sino por merecimiento de su propia iniquidad”, “ni que los mismos malos se perdieron porque no pudieron ser buenos, sino porque no quisieron ser buenos y por su culpa permanecieron en la masa de condenación por la culpa original o también por la actual”.
Can 3. Mas también sobre la predestinación de Dios plugo y fielmente place, según la autoridad apostólica que dice: ¿Es que no tiene poder el alfarero del barro para hacer de la misma masa un vaso para honor y otro para ignominia? [Rom. 9, 21], pasaje en que añade inmediatamente: Y si queriendo Dios manifestar su ira y dar a conocer su poder soportó con mucha paciencia los vasos de ira adaptados o preparados para la ruina, para manifestar las riquezas de su gracia sobre los vasos de misericordia que preparó para la gloria [Rom. 9, 22 s]: confiadamente confesamos la predestinación de los elegidos para la vida, y la predestinación de los impíos para la muerte; sin embargo, en la elección de los que han de salvarse, la misericordia de Dios precede al buen merecimiento; en la condenación, empero, de los que han de perecer, el merecimiento malo precede al justo juicio de Dios. “Mas por la predestinación, Dios sólo estableció lo que Él mismo había de hacer o por gratuita misericordia o por justo juicio”, según la Escritura que dice: El que hizo cuanto había de ser [Is. 45, 11; LXX]; en los malos, empero, supo de antemano su malicia, porque de ellos viene, pero no la predestinó, porque no viene de Él. La pena que sigue al mal merecimiento, como Dios que todo lo prevé, ésa si la supo y predestinó, porque justo es Aquel en quien, como dice San Agustín, tan fija está la sentencia sobre todas las cosas, como cierta su presciencia. Aquí viene bien ciertamente el dicho del sabio: Preparados están para los petulantes los juicios y los martillos que golpean a los cuerpos de los necios [Prov. 19, 29]. Sobre esta inmovilidad de la presciencia de la predestinación de Dios, por la que en Él lo futuro ya es un hecho, también se entiende bien lo que se dice en el Eclesiastés: Conocí que todas las obras que hizo Dios perseveran para siempre. No podemos añadir ni quitar a lo que hizo Dios para ser temido [Eccl. 3, 14]. Pero que hayan sido algunos predestinados al mal por el poder divino, es decir, como si no pudieran ser otra cosa, no sólo no lo creemos, sino que si hay algunos que quieran creer tamaño mal, contra ellos, como el Sínodo de Orange, decimos anatema con toda detestación [v. 200].
Can. 4. Igualmente sobre la redención por la sangre de Cristo, en razón del excesivo error que acerca de esta materia ha surgido, hasta el punto de que algunos, como sus escritos lo indican, definen haber sido derramada aun por aquellos impíos que desde el principio del mundo hasta la pasión del Señor han muerto en su impiedad y han sido castigados con condenación eterna, contra el dicho del profeta: Seré muerte tuya, oh muerte; tu mordedura seré, oh infierno [Os. 13, 14]; nos place que debe sencilla y fielmente mantenerse y enseñarse, según la verdad evangélica y apostólica, que por aquéllos fue dado este precio, de quienes nuestro Señor mismo dice: Como Moisés levantó la serpiente en el desierto, así es menester que sea levantado el Hijo del Hombre, a fin de que todo el que crea en Él, no perezca, sino que tenga la vida eterna. Porque de tal manera amó Dios al mundo, que le dio a su Hijo unigénito, a fin de que todo el que crea en Él, no perezca, sino que tenga vida eterna [Ioh, 3, 14 ss]; y el Apóstol: Cristo —dice— se ha ofrecido una sola vez para cargar con los pecados de muchos [Hebr. 9, 28]. Ahora bien, los capítulos [cuatro, que un Concilio de hermanos nuestros aceptó con menos consideración, por su inutilidad, o, más bien, perjudicialidad, o por su error contrario a la verdad, y otros también] concluídos muy ineptamente por XIX silogismos y que, por más que se jacten, no brillan por ciencia secular alguna, en los que se ve más bien una invención del diablo que no argumento alguno de la fe, los rechazamos completamente del piadoso oído de los fieles y con autoridad del Espíritu Santo mandamos que se eviten de todo punto tales y semejantes doctrinas; también determinamos que los introductores de novedades, han de ser amonestados, a fin de que no sean heridos con más rigor.
Can. 5. Igualmente creemos ha de mantenerse firmísimamente que toda la muchedumbre de los fieles, regenerada por el agua y el Espíritu Santo [Ioh. 3, 5] y por esto incorporada verdaderamente a la Iglesia y, conforme a la doctrina evangélica, bautizada en la muerte de Cristo [Rom. 6, 3], fue lavada de sus pecados en la sangre del mismo; porque tampoco en ellos hubiera podido haber verdadera regeneración, si no hubiera también verdadera redención, como quiera que en los sacramentos de la Iglesia, no hay nada vano, nada que sea cosa de juego, sino que todo es absolutamente verdadero y estriba en su misma verdad y sinceridad. Mas de la misma muchedumbre de los fieles y redimidos, unos se salvan con eterna salvación, pues por la gracia de Dios permanecen fielmente en su redención, llevando en el corazón la palabra de su Señor mismo: El que perseverare hasta el fin, ése se salvara [Mt. 10, 22; 24, 18]; otros, por no querer permanecer en la salud de la fe que al principio recibieron, y preferir anular por su mala doctrina o vida la gracia de la redención que no guardarla, no llegan en modo alguno a la plenitud de la salud y a la percepción de la bienaventuranza eterna. A la verdad, en uno y otro punto tenemos la doctrina del piadoso Doctor: Cuantos hemos sido bautizados en Cristo Jesús, en su muerte hemos sido bautizados [Rom. 6, 8]; y: Todos los que en Cristo habéis sido bautizados, a Cristo os vestisteis [Gal. 3, 27]; y otra vez: Acerquémonos con corazón verdadero en plenitud de fe, lavados por aspersión nuestros corazones de toda conciencia mala y bañado nuestro cuerpo con agua limpia, mantengamos indeclinable la confesión de nuestra esperanza [Hebr. 10, 22 s]; y otra vez: Si, voluntariamente... pecamos después de recibida noticia de la verdad, ya no nos queda victima por nuestros pecados [Hebr. 10, 26]; y otra vez: El que hace nula la ley de Moisés, sin compasión ninguna muere ante la deposición de dos o tres testigos. ¿Cuánto más pensáis merece peores suplicios el que conculcare al Hijo de Dios y profanare la sangre del Testamento, en que fue santificado, e hiciere injuria al Espíritu de la gracia? [Hebr. 10, 28 s].
Can. 6. Igualmente sobre la gracia, por la que se salvan los creyente y sin la cual la criatura racional jamás vivió bienaventuradamente; y sobre el libre albedrío, debiIitado por el pecado en el primer hombre, pero reintegrado y sanado por la gracia del Señor Jesús en sus fieles, confesarnos con toda constancia y fe plena lo mismo que, para que lo mantuviéramos, nos dejaron los Santísimos Padres por autoridad de las Sagradas Escrituras, lo que profesaron los Concilios del Africa [101 s] y de Orange [174 ss], lo mismo que con fe católica mantuvieron los beatísimos Pontífices de la Sede Apostólica [129 ss (?)]; y tampoco presumimos inclinarnos a otro lado en las cuestiones sobre la naturaleza y la gracia. En cambio, de todo en todo rechazamos las ineptas cuestioncillas y los cuentos poco menos que de viejas [1 Tim. 4, 7] y los guisados de los escoces que causan náuseas a la pureza de la fe, todo lo cual ha venido a ser el colmo de nuestros trabajos en unos tiempos peligrosísimos y gravísimos, creciendo tan miserable como lamentablemente hasta la escisión de la caridad; y las rechazamos plenamente a fin de que no se corrompan por ahí las almas cristianas y caigan de ¿a sencillez y pureza de la fe que es en Cristo Jesús [2 Cor. 11, 3]; y por amor de Cristo Señor avisamos que la caridad de los hermanos castigue su oído evitando tales doctrinas. Recuerde la fraternidad que se ve agobiada por los males gravísimos del mundo, que está durísimamente sofocada por la excesiva cosecha de inicuos y por la paja de los hombres ligeros. Ejerza su fervor en vencer estas cosas, trabaje en corregirlas y no cargue con otras superfluas la congregación de los que piadosamente lloran y gimen; antes bien, con cierta y verdadera fe, abrace lo que acerca de estas y semejantes cuestiones ha sido suficientemente tratado por los Santos Padres...
BENEDICTO III, 855-868
SAN NICOLAS I, 858-867
CONCILIOS ROMANOS DE 860 y 863
Del primado, de la pasión de Cristo y del bautismo
Cap. 5. Si alguno despreciare los dogmas, los mandatos, los entredichos, las sanciones o decretos que el presidente de la Sede Apostólica ha promulgado saludablemente en pro de la fe católica, para la disciplina eclesiástica, para la corrección de los fieles, para castigo de los criminales o prevención de males o inminentes o futuros, sea anatema.
Cap. 7. Hay que creer verdaderamente y confesar por todos los modos que nuestro Señor Jesucristo, Dios e Hijo de Dios, sólo sufrió la pasión de la cruz según la carne, pero según la divinidad permaneció impasible, como lo enseña la autoridad apostólica, y con toda claridad lo demuestra la doctrina de los Santos Padres.
Cap. 8. Mas aquellos que dicen que Jesucristo redentor nuestro e Hijo de Dios sufrió la pasión de la cruz según la divinidad, por ser ello impío y execrable para las mentes católicas, sean anatema.
Cap. 9. Todos aquellos que dicen que los que creyendo en el Padre y en el Hijo y en el Espíritu Santo renacen en la fuente del sacrosanto bautismo, no quedan igualmente lavados del pecado original, sean anatema.
De la Inmunidad e independencia de la lglesia
[De la Carta 8 Proposueramus quidem, al emperador Miguel, del año 865]
...El juez no será juzgado ni por el Augusto, ni por todo el clero, ni por los reyes, ni por el pueblo... “La primera Sede no será juzgada por nadie...” [v. 352 ss].
...¿Dónde habéis leído que los emperadores antecesores vuestros intervinieran en las reuniones sinodales, si no es acaso en aquellas en que se trató de la fe, que es universal, que es común a todos, que atañe no sólo a los clérigos, sino también a los laicos y absolutamente a todos los cristianos?... Cuanto una querella tiende hacia el juicio de una autoridad más importante, tanto ha de ir aún subiendo hacia más alta cumbre hasta llegar gradualmente a aquella Sede cuya causa o por sí misma se muda en mejor por exigirlo los méritos de los negocios o se reserva sin apelación al solo arbitrio de Dios.
Ahora bien, si a nosotros no nos oís, sólo resta que necesariamente seáis para nosotros cuales nuestro Señor Jesucristo mandó que fueran tenidos los que se niegan a oír a la Iglesia de Dios, sobre todo cuando los privilegios de la Iglesia Romana, afirmados por la boca de Cristo en el bienaventurado Pedro, dispuestos en la Iglesia misma, de antiguo observados, por los santos Concilios universales celebrados y constantemente venerados por toda la Iglesia, en modo alguno pueden disminuirse, en modo alguno infringirse, en modo alguno conmutarse, puesto que el fundamento que Dios puso, no puede removerlo conato alguno humano y lo que Dios asienta, firme y fuerte se mantiene... Así, pues, estos privilegios fueron por Cristo dados a esta Santa Iglesia, no por los Sínodos, que solamente los celebraron y veneraron...
Puesto que, según los Cánones, el juicio de los inferiores ha de llevarse donde haya mayor autoridad, para anularlo, naturalmente o para confirmarlo; es evidente que, no teniendo la Sede Apostólica autoridad mayor sobre sí misma, su juicio no puede ser sometido a ulterior discusión y que a nadie es lícito juzgar del juicio de ella. A la verdad, los Cánones quieren que de cualquier parte del mundo se apele a ella; pero a nadie está permitido apelar de ella...
No negamos que la sentencia de la misma Sede no pueda mejorarse, sea que se le hubiere maliciosamente ocultado algo, sea que ella misma, en atención a las edades o tiempos o a graves necesidades, hubiere decretado ordenar algo de modo transitorio... A vosotros, empero, os rogamos, no causéis perjuicio alguno a la Iglesia de Dios, pues ella ningún perjuicio infiere a vuestro Imperio, antes bien ruega a la Eterna Divinidad por la estabilidad del mismo y con constante devoción suplica por vuestra incolumidad y perpetua salud. No usurpéis lo que es suyo; no le arrebatéis lo que a ella sola le ha sido encomendado, sabiendo, claro está, que tan alejado debe estar de las cosas sagradas un administrador de las cosas mundanas, como de inmiscuirse en los negocios seculares cualquiera que está en el catálogo de los clérigos o los que profesan la milicia de Dios. En fin, de todo punto ignoramos cómo aquellos a quienes sólo se les ha permitido estar al frente de las cosas humanas, y no de las divinas, osan juzgar de aquellos por quienes se administran las divinas. Sucedió antes del advenimiento de Cristo que algunos típicamente fueron a la vez reyes y sacerdotes, como por la historia sagrada consta que lo fue el santo Melquisedec y como, imitándolo el diablo en sus miembros, como quien trata siempre de vindicar para sí con espíritu tiránico lo que al culto divino conviene, los emperadores paganos se llamaron también pontífices máximos. Mas cuando se llegó al que es verdaderamente Rey y Pontífice, ya ni el emperador arrebató para sí los derechos del pontificado, ni el pontífice usurpó el nombre de emperador. Puesto que el mismo mediador de Dios y de los hombres, el hombre Cristo Jesús [1 Tim. 2, 5], de tal manera, por los actos que les son propios y por sus dignidades distintas, distinguió los deberes de una y otra potestad, queriendo que se levanten hacia lo alto por la propia medicinal humildad y no que por humana soberbia se hunda nuevamente en el infierno, que, por un lado, dispuso que los emperadores cristianos necesitaran de los pontífices para la vida eterna, y por otro los pontífices usaran de las leves imperiales sólo para el curso de las cosas temporales, en cuanto la acción espiritual esté a cubierto de ataques carnales.
De la forma del matrimonio
[De las respuestas de Nicolás I a las consultas de los búlgaros en noviembre del año 866]
Cap. 3.... Baste según las leyes el solo consentimiento de aquellos, de cuya unión se trata. En las nupcias, si acaso ese solo consentimiento faltare, todo lo demás, aun celebrado con coito, carece de valor...
De la forma y ministro del bautismo
[De las respuestas a las consultas de los búlgaros, noviembre de 866]
Cap. 15. Preguntáis si los que han recibido el bautismo de uno que se fingía presbítero, son cristianos o tienen que ser nuevamente bautizados. Si han sido bautizados en el nombre de la suma e indivisa Trinidad, son ciertamente cristianos y, sea quien fuere el cristiano que los hubiere bautizado, no conviene repetir el bautismo... El malo, administrando lo bueno, a si mismo y no a los otros se amontona un cúmulo de males, y por esto es cierto que a quienes aquel griego bautizó no les alcanza daño alguno, por aquello: Este es el que bautiza [Ioh. 1, 33] es decir, Cristo; y también: Dios da el crecimiento [1. Cor. 3, 7]; se entiende: “y no el hombre”.
Cap. 104. Aseguráis que un judío, no sabéis si cristiano o pagano, ha bautizado a muchos en vuestra patria y consultáis qué haya que hacerse con ellos. Ciertamente, si han sido bautizados en el nombre de la santa Trinidad, o sólo en el nombre de Cristo, como leemos en los Hechos de los Apóstoles [Act. 2, 38 y 19, 5], pues es una sola y misma cosa, como expone San Ambrosio, consta que no han de ser nuevamente bautizados...
ADRIANO II, 867-872
IV CONCILIO DE CONSTANTINOPLA, 869-870
VIII ecuménico (contra Focio)
En la primera sesión se leyó y aprobó la regla de fe de Hormisdas; v. 172
Cánones contra Focio
[Texto de Anastasio :] Can. 1. Queriendo caminar sin tropiezo por el recto y real camino de la justicia divina, debemos mantener, como lamparas siempre lucientes y que iluminan nuestros pasos según Dios, las definiciones y sentencias de los Santos Padres. Por eso, teniendo y considerando también esas sentencias como segundos oráculos, según el grande y sapientísimo Dionisio, también de ellas hemos de cantar prontísimamente con el divino David: El mandamiento del Señor, luminoso, que ilumina los ojos [Ps. 19, 9]; y: Antorcha para mis pies tu ley, y lumbre para mis sendas [Ps. 118, 105]; y con el Proverbiador decimos: Tu mandato luminoso y tu ley luz [Prov. 6, 23]; y a grandes voces con Isaías clamamos al Señor Dios: Luz son tus mandamientos sobre la tierra [Is. 26, 9; LXX]. Porque a la luz han sido comparadas con verdad las exhortaciones y discusiones de los divinos cánones en cuanto que por ellos se discierne lo mejor de lo peor y lo conveniente y provechoso de aquello que se ve no sólo que no conviene, sino que además daña. Así, pues, profesamos guardar y observar las reglas que han sido trasmitidas a la Santa Iglesia Católica y Apostólica, tanto por los santos famosísimos Apóstoles, como por los Concilios universales y locales de los ortodoxos y también por cualquier Padre y maestro de la Iglesia que habla divinamente inspirado: por ella no sólo regimos nuestra vida y costumbres, sino que decretamos que todo el catálogo del sacerdocio y hasta todos aquellos que llevan nombre cristiano, ha de someterse a las penas y condenaciones o por lo contrario, a sus restituciones y justificaciones que han sido por ellas pronunciadas y definidas. Porque abiertamente nos exhorta el grande Apóstol Pablo a mantener las tradiciones recibidas, ora de palabra, ora por carta [2 Thess. 2, 14], de los santos que antes refulgieron.
[Traducción del texto griego:] Queriendo caminar sin tropiezo por el recto y real camino de la divina justicia, debemos mantener como lámparas siempre lucientes los límites o definiciones de los Santos Padres. Por eso confesamos guardar y observar las leyes que han sido trasmitidas a la Iglesia Católica y Apostólica, tanto por los santos y muy gloriosos Apóstoles, como por los Concilios ortodoxos, universales y locales, o por algún Padre maestro de la Iglesia divinamente inspirado. Porque Pablo, el gran Apóstol, nos avisa guardemos las tradiciones que hemos recibido, ora de palabra, ora por cartas, de los santos que antes brillaron.
Can. 8. [Texto de Anastasio :] Decretamos que la sagrada imagen de nuestro Señor Jesucristo, Liberador y Salvador de todos, sea adorada con honor igual al del libro de los Sagrados Evangelios. Porque así como por el sentido de las sílabas que en el libro se ponen, todos conseguiremos la salvación; así por la operación de los colores de la imagen, sabios e ignorantes, todos percibirán la utilidad de lo que está delante, pues lo que predica y recomienda el lenguaje con sus sílabas, eso mismo predica y recomienda la obra que consta de colores; y es digno que, según la conveniencia de la razón y la antiquísima tradición, puesto que el honor se refiere a los originales mismos, también derivadamente se honren y adoren las imágenes mismas, del mismo modo que el sagrado libro de los santos Evangelios, y la figura de la preciosa cruz. Si alguno, pues, no adora la imagen de Cristo Salvador, no vea su forma cuando venga a ser glorificado en la gloria paterna y a glorificar a sus santos [a Thess. 1, 10], sino sea ajeno a su comunión y claridad. Igualmente la imagen de la Inmaculada Madre suya, engendradora de Dios, María. Además, pintamos las imágenes de los santos ángeles, tal como por palabras los representa la divina Escritura; y honramos y adoramos las de los Apóstoles, dignos de toda alabanza, de los profetas, de los mártires y santos varones y de todos los santos. Y los que así no sienten, sean anatema del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
[Versión del texto griego :] Can. 3. Decretamos que la sagrada imagen de nuestro Señor Jesucristo sea adorada con honor igual al del libro de los Santos Evangelios. Porque a la manera que por las silabas que en él se ponen, alcanzan todos la salvación; así, por la operación de los colores trabajados en la imagen, sabios e ignorantes, todos gozarán del provecho de lo que está delante; porque lo mismo que el lenguaje en las sílabas, eso anuncia y recomienda la pintura en los colores. Si alguno, pues, no adora la imagen de Cristo Salvador, no vea su forma en su segundo advenimiento. Asimismo honramos y adoramos también la imagen de la Inmaculada Madre suya, y las imágenes de los santos ángeles, tal como en sus oráculos nos los caracteriza la Escritura, además las de todos los Santos. Los que así no sientan, sean anatema.
Can. 11. El Antiguo y el Nuevo Testamento enseñan que el hombre tiene una sola alma racional e intelectiva y todos los Padres y maestros de la Iglesia, divinamente inspirados, afirman la misma opinión; sin embargo, dándose a las invenciones de los malos, han venido algunos a punto tal de impiedad que dogmatizan impudentemente que el hombre tiene dos almas, y con ciertos conatos irracionales, por medio de una sabiduría que se ha vuelto necia [1 Cor. 1, 20], pretenden confirmar su propia herejía. Así, pues, este santo y universal Concilio, apresurándose a arrancar esta opinión como una mala cizaña que ahora germina, es más, llevando en la mano el bieldo [Mt. 3, 12 ¡ Lc. 3, 17] de la verdad y queriendo destinar al fuego inextinguible toda la paja y dejar limpia la era de Cristo, a grandes voces anatematiza a los inventores y perpetradores de tal impiedad y a los que sienten cosas por el estilo, y define y promulga que nadie absolutamente tenga o guarde en modo alguno los estatutos de los autores de esta impiedad. Y si alguno osare obrar contra este grande y universal Concilio, sea anatema y ajeno a la fe y cultura de los cristianos.
[Versión del texto griego:] El Antiguo y el Nuevo Testamento enseñan que el hombre tiene una sola alma racional e intelectiva, y todos los Padres inspirados por Dios y maestros de la Iglesia afirman la misma opinión; hay, sin embargo, algunos que opinan que el hombre tiene dos almas y confirman su propia herejía con ciertos argumentos sin razón. Así, pues, este santo y universal Concilio, a grandes voces anatematiza a los inventores de esta impiedad y a los que piensan como ellos; y si alguno en adelante se atreviere a decir lo contrario, sea anatema.
Can. 12. Como quiera que los Cánones de los Apóstoles y de los Concilios prohiben de todo punto las promociones y consagraciones de los obispos hechas por poder y mandato de los príncipes, unánimemente definimos y también nosotros pronunciamos sentencia que, si algún obispo recibiere la consagración de esta dignidad por astucia o tiranía de los príncipes, sea de todos modos depuesto, como quien quiso y consintió poseer la casa de Dios, no por voluntad de Dios y por rito y decreto eclesiástico, sino por voluntad del sentido carnal, de los hombres y por medio de los hombres.
Del Can. 17 latino... Hemos rehusado oír también como sumamente odioso lo que por algunos ignorantes se dice, a saber, que no puede celebrarse un Concilio sin la presencia del príncipe, cuando jamás los sagrados Cánones sancionaron que los principes seculares asistan a los Concilios, sino sólo los obispos. De ahí que no hallamos que asistieran, excepto en los Concilios universales; pues no es lícito que los príncipes seculares sean espectadores de cosas que a veces acontecen a los sacerdotes de Dios...
[Versión del texto griego:] Can. 12. Ha llegado a nuestros oídos que no puede celebrarse un Concilio sin la presencia del príncipe. En ninguna parte, sin embargo, estatuyen los sagrados Cánones que los príncipes seculares se reúnan en los Concilios, sino sólo los obispos. De ahí que, fuera de los Concilios universales, tampoco hallamos que hayan estado presentes. Porque tampoco es lícito que los príncipes seculares sean espectadores de las cosas que acontecen a los sacerdotes de Dios.
Can. 21. Creyendo que la palabra que Cristo dijo a sus santos Apóstoles y discípulos: El que a vosotros recibe, a mi me recibe [Mt. 10, ~0], y el que a vosotros desprecia, a mí me desprecia [Lc. 10, 16], fue también dicha para aquellos que, después de ellos y según ellos, han sido hechos sumos Pontífices y principes de los pastores en la Iglesia Católica, definimos que ninguno absolutamente de los poderosos del mundo intente deshonrar o remover de su propia sede a ninguno de los que presiden las sedes patriarcales, sino que los juzgue dignos de toda reverencia y honor; y principalmente al santísimo Papa de la antigua Roma, luego al patriarca de Constantinopla, luego a los de Alejandría, Antioquía y Jerusalén; mas que ningún otro, cualquiera que fuere, compile ni componga tratados contra el santísimo Papa de la antigua Roma, con ocasión de ciertas acusaciones con que se le difama, como recientemente ha hecho Focio y antes Dióscoro.
Y quienquiera usare de tanta jactancia y audacia que, siguiendo a Focio y a Dióscoro, dirigiere, por escrito o de palabra, injurias a la Sede de Pedro, príncipe de los Apóstoles, reciba igual y la misma condenación que aquéllos. Y si alguno por gozar de alguna potestad secular o apoyado en su fuerza, intentare expulsar al predicho papa de la Cátedra Apostólica o a cualquiera de los otros patriarcas, sea anatema. Ahora bien, si se hubiera reunido un Concilio universal y todavía surgiere cualquier duda y controversia acerca de la Santa Iglesia de Roma, es menester que con veneración y debida reverencia se investigue y se reciba solución de la cuestión propuesta, o sacar provecho, o aprovechar; pero no dar temeraria sentencia contra los Sumos Pontífices de la antigua Roma.
[Versión del texto griego:] Can 13. Si alguno usare de tal audacia que, siguiendo a Focio y a Dióscoro, dirigiere por escrito o sin él injurias contra la cátedra de Pedro, príncipe de los Apóstoles, reciba la misma condenación que aquéllos. Pero si reunido un Concilio universal, surgiere todavía alguna duda sobre la Iglesia de Roma, es lícito con cautela y con la debida reverencia averiguar acerca de la cuestión propuesta y recibir la solución y, o sacar provecho o aprovechar; pero no dar temeraria sentencia contra los Sumos Pontífices de la antigua Roma.
JUAN VIII, 872-882 JUAN X, 914-928
MARINO I, 882-884 LEON VI, 928
SAN ADRIANO III, 884-885 ESTEBAN VIII, 929-931
ESTEBAN VI, 885-891 JUAN XI, 931-935
FORMOSO, 891-896 LEON VII, 936-939
BONIFACIO VI, 896 ESTEBAN IX, 939-942
ESTEBAN VII, 896-897 MARINO II 942-946
ROMANO, 897 AGAPITO II, 946-955
TEODORO II, 897 JUAN XII, 955-963
JUAN IX, 898-900 LEON VIII, 963-964
BENEDICTO IV, 900-903 BENEDICTO V, 964 († 966)
LEON V, 903 JUAN XIII, 965-972
SERGIO III, 904-911 BENEDICTO VI, 973-974
ANASTASIO III, 911-913 BENEDICTO VII, 974-983
LANDON, 913-914 JUAN XIV, 983-984
JUAN XV, 985-996
CONCILIO ROMANO DE 993
(Para la canonización de San Udalrico)
Sobre el culto de los santos
...Por común consejo hemos decretado que la memoria de él, es decir, del santo obispo Udalrico, sea venerada con afecto piadosísimo, con devoción fidelísima; puesto que de tal manera adoramos y veneramos las reliquias de los mártires y confesores, que adoramos a Aquel de quien son mártires y confesores; honramos a los siervos para que el honor redunde en el Señor, que dijo: El que a vosotros recibe, a mí me recibe [Mt. 10, 40], y por ende, nosotros que no tenemos confianza de nuestra justicia, seamos constantemente ayudados por sus oraciones y merecimientos ante Dios clementísimo, pues los salubérrimos preceptos divinos, y los documentos de los santos cánones y de los venerables Padres nos instaban eficazmente junto con la piadosa mirada de la contemplación de todas las Iglesias y hasta el empeño del mando apostólico, a que acabáramos la comodidad de los provechos y la integridad de la firmeza, en cuanto que la memoria del ya dicho Udalrico, obispo venerable, esté consagrada al culto divino y pueda siempre aprovechar en el tributo de alabanzas devotísimas a Dios.
GREGORIO V, 996-999 JUAN XIX, 1024-1032
SILVESTRE II, 999-1003 BENEDICTO IX, 1032-1044
JUAN XVII, 1003 SILVESTRE III, 1045
JUAN XVIII, 1004-1009 GREGORIO VI, 1045-1046
SERGIO IV, 1009-1012 CLEMENTE II, 1046-1047
BENEDICTO VIII, 1012-1024 DAMASO II, 1048
SAN LEON IX, 1049-1054
Símbolo de la fe
[De la Carta Congratulamur vehementer, a Pedro, obispo de Antioquía, de 13 de abril de 1053]
Creo firmemente que la santa Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo, es un solo Dios omnipotente y que toda la divinidad en la Trinidad es coesencial y consustancial, coeterna y coomnipotente, y de una sola voluntad, poder y majestad: creador de todas las criaturas, de quien todo, por quien todo y en quien todo [Rom. 11, 36], cuanto hay en el cielo y en la tierra, lo visible y lo invisible. Creo también que cada una de las personas en la santa Trinidad son un solo Dios verdadero, pleno y perfecto.
Creo también que el mismo Hijo de Dios Padre, Verbo de Dios, nacido del Padre eternamente antes de todos los tiempos, es consustancial, coomnipotente y coigual al Padre en todo en la divinidad, temporalmente nacido por obra del Espíritu Santo de María siempre virgen, con alma racional; que tiene dos nacimientos: uno eterno del Padre, otro temporal de la Madre; que tiene dos voluntades, y operaciones; Dios verdadero y hombre verdadero; propio y perfecto en una y otra naturaleza; que no sufrió mezcla ni división, no adoptivo ni fantástico, único y solo Dios, Hijo de Dios, en dos naturalezas, pero en la singularidad de una sola persona; impasible e inmortal por la divinidad, pero que padeció en la humanidad, por nosotros y por nuestra salvación, con verdadero sufrimiento de la carne, y fue sepultado y resucitó de entre los muertos al tercer día con verdadera resurrección de la carne, y por sólo confirmarla comió con sus discípulos, no porque tuviera necesidad alguna de alimento, sino por sola su voluntad y potestad; el día cuadragésimo después de su resurrección, subió al cielo con la carne en que resucitó y el alma, y está sentado a la diestra del Padre, y de allí al décimo día, envió al Espíritu Santo, y de allí, como subió, ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos y dar a cada uno según sus obras.
Creo también en el Espíritu Santo, Dios pleno y perfecto y verdadero, que procede del Padre y del Hijo, coigual y coesencial y coomnipotente y coeterno en todo con el Padre y el Hijo; que habló por los profetas.
Esta santa e individua Trinidad de tal modo creo y confieso que no son tres dioses, sino un solo Dios en tres personas y en una sola naturaleza o esencia, omnipotente, eterno, invisible e inconmutable, que predico verdaderamente que el Padre es ingénito, el Hijo unigénito, el Espíritu Santo ni génito ni ingénito, sino que procede del Padre y del Hijo.
[Artículos varios :] Creo que hay una sola verdadera Iglesia, Santa, Católica y Apostólica, en la que se da un solo bautismo y verdadera remisión de todos los pecados. Creo también en la verdadera resurrección de la misma carne que ahora llevo, y en la vida eterna.
Creo también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del Nuevo y del Antiguo Testamento, de la Ley y de los Profetas y de los Apóstoles; que Dios predestinó solo los bienes, aunque previo los bienes y los males; creo y profeso que la gracia de Dios previene y sigue al hombre, de tal modo, sin embargo, que no niego el libre albedrío a la criatura racional. Creo y predico que el alma no es parte de Dios, sino que fue creada de la nada y que sin el bautismo está sujeta al pecado original.
Además anatematizo toda herejía que se levanta contra la Santa Iglesia Católica y juntamente a quienquiera crea que han de ser tenidas en autoridad o haya venerado otras Escrituras fuera de las que recibe la Santa Iglesia Católica. De todo en todo recibo los cuatro Concilios y los venero como a los cuatro Evangelios, pues la Santa Iglesia universal por las cuatro partes del mundo está apoyada en ellos como en una piedra cuadrada... De igual modo recibo y venero los otros tres Concilios... Cuanto los antedichos siete Concilios santos y universales sintieron y alabaron, yo también lo siento y alabo, y a cuantos anatematizaron, yo los anatematizo.
Sobre el primado del Romano Pontífice
[De la Carta In terra pax hominibus, a Miguel Cerulario y León de Acrida, de 2 de septiembre de 1053]
Cap. 5.... De vosotros se dice que con nueva presunción e increíble audacia condenasteis públicamente a la Apostólica Iglesia latina, sin oírla ni convencerla, por el hecho particularmente de atreverse a celebrar con ázimos la conmemoración de la pasión del Señor. He aquí vuestra incauta represensión, he aquí una gloria vuestra nada buena, cuando ponéis en el cielo vuestra boca, cuando vuestra lengua, arrastrándose en la tierra [Ps. 72, 9], maquina atravesar y trastornar la antigua fe con argumentos y conjeturas humanas.
Cap. 7.... La Santa Iglesia edificada sobre la piedra, esto es, sobre Cristo, y sobre Pedro o Cefas, el hijo de Jonás, que antes se llamaba Simón, porque en modo alguno había de ser vencida por las puertas del infierno, es decir, por las disputas de los herejes, que seducen a los vanos para su ruina. Así lo promete la verdad misma, por la que son verdaderas cuantas cosas son verdaderas: Las puertas del infierno no prevalecerán contra ella [Mt. 16, 18], y el mismo Hijo atestigua que por sus oraciones impetró del Padre el efecto de esta promesa, cuando le dice a Pedro: Simón, Simón, he aquí que Satanás... [Lc. 22, 31]. ¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que se atreva a tener por vacua en algo la oración de Aquel cuyo querer es poder? ¿Acaso no han sido reprobadas y convictas y expugnadas las invenciones de todos los herejes por la Sede del principe de los Apóstoles, es decir, por la Iglesia Romana, ora por medio del mismo Pedro, ora por sus sucesores, y han sido confirmados los corazones de los hermanos en la fe de Pedro, que hasta ahora no ha desfallecido ni hasta el fin desfallecerá?
Cap. 11.... Dando un juicio anticipado contra ]a Sede suprema, de la que ni pronunciar juicio es lícito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos los Padres de todos los venerables Concilios...
Cap. 32. Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia, sin que nadie deba hacerles cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es juzgada [v. 330 ss]...
VICTOR II, 1055-1057 ESTEBAN IX, 1057-1058
NICOLAS II, 1059-1061
CONCILIO ROMANO DE 1060
De las ordenaciones simoníacas
El Señor Papa Nicolás, presidiendo el Concilio en la basílica constantiniana, dijo: Decretamos que ninguna compasión ha de tenerse en conservar la dignidad a los simoniacos, sino que, conforme a las sanciones de los cánones y los decretos de los Santos Padres, los condenamos absolutamente, y por apostólica autoridad sancionamos que han de ser depuestos. Acerca, empero, de aquellos que no por dinero, sino gratis han sido ordenados por los simoníacos, puesto que la cuestión ha sido de tiempo atrás largamente ventilada, queremos desatar todo nudo [v. 1.: modo] de duda, de suerte que sobre este punto no permitimos a nadie dudar en adelante...
Sin embargo, por autoridad de los santos Apóstoles Pedro y Pablo, por todos los modos prohibimos que ninguno de nuestros sucesores tome o prefije para sí o para otro regla alguna fundada en esta permisión nuestra; porque esto no lo promulgó por mandato o concesión la autoridad de los antiguos Padres, sino que nos arrancó el permiso la excesiva necesidad de este tiempo...
ALEJANDRO II, 1061-1073
SAN GREGORIO VII, 1073-1085
CONCILIO ROMANO (Vl) DE 1079
(Contra Berengario)
Sobre la Eucaristía
[Juramento prestado por Berengario]
Yo, Berengario, creo de corazón y confieso de boca que el pan y el vino que se ponen en el altar, por el misterio de la sagrada oración y por las palabras de nuestro Redentor, se convierten sustancialmente en la verdadera, propia y vivificante carne y sangre de Jesucristo Nuestro Señor, y que después de la consagración son el verdadero cuerpo de Cristo que nació de la Virgen y que, ofrecido por la salvación del mundo, estuvo pendiente en la cruz y está sentado a la diestra del Padre; y la verdadera sangre de Cristo, que se derramó de su costado, no sólo por el signo y virtud del sacramento, sino en la propiedad de la naturaleza y verdad de la sustancia, como en este breve se contiene, y yo he leído y vosotros entendéis. Así lo creo y en adelante no enseñaré contra esta fe. Así Dios me ayude y estos santos Evangelios de Dios.
VICTOR III, 1087
URBANO II, 1088-1099
CONCILIO DE BENEVENTO, 1091
De la índole sacramental del diaconado
Can. 1. Nadie en adelante sea elegido obispo, sino el que se hallare que vive religiosamente en las sagradas órdenes. Ahora bien, sagradas órdenes decimos el diaconado y el presbiterado, pues éstas solas se lee haber tenido la primitiva Iglesia; sobre éstas solas tenemos el precepto del Apóstol.
PASCUAL II, 1099-1118
CONCILIO DE LETRAN DE 1102
(Contra Enrique IV)
De la obediencia debida a la Iglesia
[Fórmula prescrita a todos los metropolitanos de la Iglesia occidental]
Anatematizo toda herejía y particularmente la que perturba el estado actual de la Iglesia, la que enseña y afirma: El anatema ha de ser despreciado y ningún caso debe hacerse de las ligaduras la Iglesia. Prometo, pues, obediencia al Pontífice de la Sede Apostólica, Señor Pascual, y a sus sucesores bajo el testimonio de Cristo y de la Iglesia, afirmando lo que afirma, condenando lo que condena la Santa Iglesia universal.
CONCILIO DE GUASTALLA, 1106
De las ordenaciones heréticas y simoníacas
Desde hace ya muchos años la extensión del imperio teutónico está separada de la unidad de la Sede Apostólica. En este cisma se ha llegado a tanto peligro que —con dolor lo decimos— en tan grande extensión de tierras apenas si se hallan unos pocos sacerdotes o clérigos católicos. Cuando, pues, tantos hijos yacen entre semejantes ruinas, la necesidad de la paz cristiana exige que se abran en este asunto las maternas entrañas de la Iglesia. Instruídos, pues, por los ejemplos y escritos de nuestros Padres que en diversos tiempos recibieron en sus órdenes a novacianos, donatistas y otros herejes, nosotros recibimos en su oficio episcopal a los obispos del predicho Imperio que han sido ordenados en el cisma, a no ser que se pruebe que son invasores, simoníacos o de mala vida. Lo mismo constituimos de los clérigos de cualquier orden a los que su ciencia y su vida recomienda.
GELASIO II, 1118-1119
CALIXTO II, 1119-1124
PRIMER CONCILIO DE LETRAN, 1123
IX ecuménico (sobre las investiduras)
Sobre la simonía, el celibato, la Investidura y el incesto
Can. 1. Siguiendo los ejemplos de los Santos Padres y renovándolos por exigencia de nuestro deber, por autoridad de la Sede Apostólica prohibimos de todo punto que nadie sea ordenado o promovido por dinero en la Iglesia de Dios. Y si alguno hubiere de ese modo adquirido la ordenación o promoción en la Iglesia, sea absolutamente privado de su dignidad.
Can. 3. Prohibimos absolutamente a los presbíteros, diáconos y subdiáconos la compañía de concubinas y esposas, y la cohabitación con otras mujeres fuera de las que permitió el Concilio de Nicea que habitaran por el solo motivo de parentesco, la madre, la hermana, la tía materna o paterna y otras semejantes, sobre las que no puede darse justa sospecha alguna [v. 52 b s].
Can. 4. Además, de acuerdo con la sanción del beatísimo Papa Esteban, estatuimos, que los laicos, aun cuando sean religiosos, no tengan facultad alguna de disponer de las cosas eclesiásticas, sino que, según los cánones de los Apóstoles, tenga el obispo el cuidado de todos los negocios eclesiásticos y los administre con el pensamiento de que Dios le contempla. Consiguientemente, si algún principe u otro laico se arrogare la administración o donación de las cosas o bienes de la Iglesia, ha de ser juzgado como sacrílego.
Can. 5. Prohibimos que se den uniones entre consanguíneos, porque las prohiben tanto las leyes divinas como las del siglo. Las leyes divinas, en efecto, a quienes así obran y a quienes de ellos proceden, no sólo los rechazan, sino que los llaman malditos, y las leyes del siglo los notan de infames y los excluyen de la herencia. Nosotros, pues, siguiendo a nuestros Padres, los notamos de infamia y estimamos que son infames.
Can. 10. Nadie ponga sus manos para consagrar a un obispo, si éste no hubiere sido canónicamente elegido. Y si osare hacerlo, tanto el consagrante como el consagrado, sean depuestos sin esperanza de recuperación.
HONORIO II, 1124-1130
INOCENCIO II, 1130-1143
II CONCILIO DE LETRAN, 1139
X ecuménico (contra los falsos pontífices)
De la simonía, la usura, falsas penitencias y sacramentos
Can. 2. Si alguno, interviniendo el execrable ardor de la avaricia, ha adquirido por dinero una prebenda, o priorato, o decanato, u honor, o promoción alguna eclesiástica, o cualquier sacramento de la Iglesia, como el crisma y óleo santo, la consagración de altares o de Iglesias; sea privado del honor mal adquirido, y comprador, vendedor e interventor sean marcados con nota de infamia. Y ni por razón de manutención ni con pretexto de costumbre alguna, antes o después, se exija nada de nadie, ni nadie se atreva a dar, porque es cosa simoníaca; antes bien, libremente y sin disminución alguna, goce de la dignidad y beneficio que se le ha conferido.
Can. 13. Condenamos, además, aquella detestable e ignominiosa rapacidad insaciable de los prestamistas, rechazada por las leyes humanas y divinas por medio de la Escritura en el Antiguo y Nuevo Testamento y la separamos de todo consuelo de la Iglesia, mandando que ningún arzobispo, ningún obispo o abad de cualquier orden, quienquiera que sea en el orden o el clero, se atreva a recibir a los usurarios, si no es con suma cautela, antes bien, en toda su vida sean éstos tenidos por infames y, si no se arrepienten, sean privados de sepultura eclesiástica .
Can. 22. Como quiera que entre las otras cosas hay una que sobre todo perturba a la Santa Iglesia, que es la falsa penitencia, avisamos a nuestros hermanos y presbíteros que no permitan que sean engañadas las almas de los laicos por las falsas penitencias y arrastradas al infierno. Ahora bien, consta que hay falsa penitencia, cuando despreciados muchos pecados, se hace penitencia de uno solo, o cuando de tal modo se hace de uno, que no se apartan de otro. De ahí que está escrito: Quien observa toda la ley, pero peca en un solo punto, se ha hecho reo de toda la ley [Iac. 2, 10]; es decir, en cuanto a la vida eterna. Porque, en efecto, lo mismo si se halla envuelto en toda clase de pecados que en uno solo, no entrará por la puerta de la vida eterna. Se hace también falsa penitencia, cuando el penitente no se aparta de su cargo en la curia o de su negocio, que no puede en modo alguno ejercer sin pecado; o si se lleva odio en el corazón, o si no se satisface al ofendido, o si el ofendido no perdona al ofensor, o si uno lleva armas contra la justicia .
Can. 23. A aquellos, empero, que simulando apariencia de religiosidad, condenan el sacramento del cuerpo y de la sangre del Señor, el bautismo de los niños, el sacerdocio y demás órdenes eclesiásticas, así como los pactos de las legitimas nupcias, los arrojamos de la Iglesia y condenamos como herejes, y mandamos que sean reprimidos por los poderes exteriores. A sus defensores, también, los ligamos con el vínculo de la misma condenación.
CONCILIO DE SENS, 1140 ó 1141
Errores de Pedro Abelardo
1. El Padre es potencia plena; el Hijo, cierta potencia; el Espíritu Santo, ninguna potencia.
2. El Espíritu Santo no es de la sustancia [v. 1.: de la potencia] del Padre o del Hijo.
3. El Espíritu Santo es el alma del mundo.
4. Cristo no asumió la carne para librarnos del yugo del diablo.
5. Ni Dios y el hombre ni esta persona que es Cristo, es la tercera persona en la Trinidad.
6. El libre albedrío basta por si mismo para algún bien.
7. Dios sólo puede hacer u omitir lo que hace u omite, o sólo en el modo o tiempo en que lo hace y no en otro.
8. Dios no debe ni puede impedir los males.
9. De Adán no contrajimos la culpa, sino solamente la pena.
10. No pecaron los que crucificaron a Cristo por ignorancia, y cuanto se hace por ignorancia no debe atribuirse a culpa.
11. No hubo en Cristo espíritu de temor de Dios.
12. La potestad de atar y desatar fue dada solamente a los Apóstoles, no a sus sucesores.
13. El hombre no se hace ni mejor ni peor por sus obras.
14. Al Padre, el cual no viene de otro, pertenece propia o especialmente la operación, pero no también la sabiduría y la benignidad.
15. Aun el temor casto está excluído de la vida futura.
16. El diablo mete la sugestión por operación de piedras o hierbas.
17. El advenimiento al fin del mundo puede ser atribuído al Padre.
18. El alma de Cristo no descendió por sí misma a los infiernos, sino sólo por potencia.
19. Ni la obra, ni la voluntad, ni la concupiscencia, ni el placer que la mueve es pecado, ni debemos querer que se extinga.
[De la Carta de Inocencio II Testante Apostolo, a Enrique obispo de Sens, 16 de julio de 1140]
Nos, pues, que, aunque indignos, estamos sentados a vista de todos en la cátedra de San Pedro, a quien fue dicho: Y tú convertido algún día, confirma a tus hermanos [Lc. 22, 32], de común acuerdo con nuestros hermanos los obispos cardenales, por autoridad de los Santos Cánones hemos condenado los capítulos que vuestra discreción nos ha mandado y todas las doctrinas del mismo Pedro Abelardo juntamente con su autor, y como a hereje les hemos impuesto perpetuo silencio. Decretamos también que todos los seguidores y defensores de su error, han de ser alejados de la compañía de los fieles y ligados con el vínculo de la excomunión.
Del bautismo de fuego (de un presbítero no bautizado)
[De la Carta Apostolicam Sedem, al obispo de Cremona, de fecha incierta]
Respondemos así a tu pregunta: El presbítero que, como por tu carta me indicaste, concluyó su día último sin el agua del bautismo, puesto que perseveró en la fe de la santa madre Iglesia y en la confesión del nombre de Cristo, afirmamos sin duda ninguna (por la autoridad de los Santos Padres Agustín y Ambrosio), que quedó libre del pecado original y alcanzó el gozo de la vida eterna. Lee, hermano, el libro VIII de Agustín, De la ciudad de Dios, donde, entre otras cosas, se lee: “Invisiblemente se administra un bautismo, al que no excluyó el desprecio de la religión, sino el término de la necesidad”. Revuelve también el libro de Ambrosio sobre la muerte de Valentiniano, que afirma lo mismo. Acalladas, pues, tus preguntas, atente a las sentencias de los doctos Padres y manda ofrecer en tu Iglesia continuas oraciones y sacrificios por el mentado presbítero.
CELESTINO II, 1143-1144 LUCIO II, 1144-1145
EUGENIO III, 1145-1153
CONCILIO DE REIMS, 1148
Profesión de fe sobre la Trinidad
Creemos y confesamos que Dios es una naturaleza simple de divinidad y que en ningún sentido católico puede negarse que la divinidad es Dios y que Dios es divinidad. Y si se dice que Dios es sabio por la sabiduría, grande por la grandeza, eterno por la eternidad, uno por la unidad, Dios por la divinidad, y otras cosas por el estilo; creemos que es sabio sólo con aquella sabiduría que es el mismo Dios; que es grande sólo con aquella grandeza que es el mismo Dios; que es eterno sólo con aquella eternidad que es el mismo Dios; que es uno sólo con aquella unidad que es el mismo Dios; que es Dios sólo con aquella divinidad que es él mismo: es decir, es por sí mismo sabio, grande, eterno, un solo Dios.
2. Cuando hablamos de tres personas, Padre, Hijo y Espíritu Santo, confesamos que son un solo Dios, una sola divina sustancia. Y, por el contrario, cuando hablamos de un solo Dios, de una sola divina sustancia, confesamos que el mismo solo Dios y la sola sustancia es tres personas.
3. Creemos [y confesamos] que el solo Dios Padre y el Hijo y el Espíritu es eterno, y que no hay en Dios cosa alguna, llámense relaciones, o propiedades, o singularidades, o unidades, u otras cosas semejantes, que, siendo eternas, no sean Dios.
4. Creemos [y confesamos] que la misma divinidad, llámese sustancia o naturaleza divina, se encarnó, pero en el Hijo.
ANASTASIO IV, 1153-1154 ADRIANO IV, 1154-1159
ALEJANDRO III, 1159-1181
Proposición errónea acerca de la humanidad de Cristo
[Condenada en la Carta Cum Christus a Guillermo arzobispo de Reims, de 18 de febrero de 1177]
Como quiera que Cristo perfecto Dios es perfecto hombre, de maravillar es la audacia con que alguien se atreve a decir que “Cristo no es nada en cuanto hombre”. Mas, para que abuso tan grande no pueda cundir en la Iglesia de Dios, por autoridad nuestra prohibe, bajo anatema, que nadie en adelante sea osado a decir tal cosa...; pues, como es verdadero Dios, así es también verdadero hombre, que consta de alma racional y de carne humana.
Del contrato de venta ilícito
[De la Carta In civitate tua al arzobispo de Génova, de tiempo incierto]
Dices que en tu ciudad sucede con frecuencia que al comprar algunos pimienta o canela y otras mercancías que entonces no valen más allá de cinco libras, prometen a quienes se las compran que en el término convenido pagarán seis libras. Ahora bien, aunque este contrato no pueda considerarse por tal forma como usura, sin embargo los vendedores incurren en pecado, a no ser que sea dudoso si al tiempo de la paga aquellas mercancías valdrán más o menos. Y por tanto, tus ciudadanos mirarían bien por la salud de sus almas, si cesaran de tal contrato, como quiera que a Dios omnipotente no pueden ocultarse los pensamientos humanos.
Del vínculo del matrimonio
[De la Carta Ex publico instrumento al obispo de Brescia, de fecha incierta]
Puesto que la predicha mujer, si bien fue desposada por el predicho varón, no ha sido, según asegura, conocida todavía por él, mandamos a tu fraternidad por los escritos apostólicos que, si el predicho varón no hubiere conocido carnalmente a la mujer, y la misma mujer, como de parte tuya se nos propone, quisiera pasar a religión, recibida de ella suficiente caución de que dentro del espacio de dos meses tiene obligación o de entrar en religión o de volver a su marido, cesando la contradicción y apelación, la absuelvas de la sentencia de excomunión por la que está ligada, de suerte que si entrare en religión, cada uno restituya al otro lo que conste que ha recibido de él, y el varón, por su parte, al tomar ella el hábito de religión, pueda lícitamente pasar a otra boda. A la verdad, lo que el Señor dice en el Evangelio que no es lícito al varón abandonar a su mujer, si no es por motivo de fornicación [Mt. 5, 82 ¡ 19, 9], ha de entenderse según la interpretación de la palabra divina, de aquellos cuyo matrimonio ha sido consumado por la cópula carnal, sin la cual no puede consumarse el matrimonio y, por tanto, si la predicha mujer no ha sido conocida por su marido, le es lícito entrar en religión.
[De fragmentos de una Carta al arzobispo de Salerno, de fecha incierta]
Después del consentimiento legítimo de presente, es lícito a la una parte, aun oponiéndose la otra, elegir el monasterio, como fueron algunos santos llamados de las nupcias, con tal que no hubiere habido entre ellos unión carnal; y la parte que queda, si, después de avisado, no quisiere guardar castidad, puede lícitamente pasar a otra boda. Porque no habiéndose hecho por la unión una sola carne, puede muy bien uno pasar a Dios y quedarse el otro en el siglo.
Si entre el varón y la mujer se da legítimo consentimiento de presente, de modo que uno reciba expresamente al otro en su consentimiento con las palabras acostumbradas, háyase interpuesto o no juramento, no es lícito a la mujer casarse con otro. Y si se hubiere casado, aun cuando haya habido cópula carnal, ha de separarse de él y ser obligada, por rigor eclesiástico, a volver a su primer marido, aun cuando otros sientan de otra manera y aun cuando alguna vez se haya juzgado de otro modo por algunos de nuestros predecesores.
De la forma del bautismo
[De fragmentos de una Carta (¿a Poncio, obispo de Clermont?), de fecha incierta]
Ciertamente, si se inmerge tres veces al niño en el agua en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo, Amén, pero no se dice: “Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, Amén” el niño no ha sido bautizado.
Aquellos sobre quienes se duda de si están bautizados, son bautizados diciendo previamente: “Si estás bautizado, no te bautizo; pero si no estás bautizado, yo te bautizo, etc.”.
III CONCILIO DE LETRAN, 1179
XI ecuménico (contra los Albigenses)
De la simonía
Cap. 10. Los monjes no sean recibidos en el monasterio mediante un pago... Y si alguno, por habérsele exigido, hubiera dado algo por su recepción, no suba a las sagradas órdenes. Y el que lo hubiere recibido, sea castigado con la privación de su cargo.
Deben ser evitados los herejes
Cap. 27. Como dice el bienaventurado León: “Si bien la disciplina de la Iglesia, contenta con el juicio sacerdotal, no ejecuta castigos cruentos, sin embargo, es ayudada por las constituciones de los principes católicos, de suerte que a menudo buscan los hombres remedio saludable, cuando temen les sobrevenga un suplicio corporal”. Por eso, como quiera que en Gascuña, en el territorio de Albi y de Tolosa y en otros lugares, de tal modo ha cundido la condenada perversidad de los herejes que unos llaman cátaros, otros patarinos, otros publicanos y otros con otros nombres, que ya no ejercitan ocultamente, como otros, su malicia, sino que públicamente manifiestan su error y atraen a su sentir a los simples y flacos, decretamos que ellos v sus defensores y recibidores estén sometidos al anatema, y bajo anatema prohibimos que nadie se atreva a tenerlos en sus casas o en su tierra ni a favorecerlos ni a ejercer con ellos el comercio.
LUCIO III, 1181-1185
CONCILIO DE VERONA, 1184
De los sacramentos (contra los albigenses)
[Del Decreto Ad abolendum contra los herejes]
A todos los que no temen sentir o enseñar de otro modo que como predica y observa la sacrosanta Iglesia Romana acerca del sacramento del cuerpo y de la sangre de nuestro Señor Jesucristo, del bautismo, de la confesión de los pecados, del matrimonio o de los demás sacramentos de la Iglesia; y en general, a cuantos la misma Iglesia Romana o los obispos en particular por sus diócesis con el consejo de sus clérigos, o los clérigos mismos, de estar vacante la sede, con el consejo —si fuere menester—, de los obispos vecinos, hubieren juzgado por herejes, nosotros ligamos con igual vínculo de perpetuo anatema.
URBANO III, 1185-1187
De la usura
[De la Carta Consuluit nos, a cierto presbítero de Brescia]
Nos ha consultado tu devoción si ha de ser juzgado en el juicio de las almas como usurero el que, dispuesto a no prestar de otra forma, da dinero a crédito con la intención de recibir más del capital, aun cesando toda convención; y si es reo de la misma culpa el que, como se dice vulgarmente, no da su palabra de juramento si no percibe de ahí algún emolumento, aunque sin exacción; y si ha de condenarse con pena semejante al mercader que da sus géneros a un precio mucho mayor, si se le pide un plazo bastante largo para el pago, que si se le paga al contado. Qué haya de pensarse en todos estos casos, manifiestamente se ve por el Evangelio de San Lucas, en que se dice: Dad prestado, sin esperar nada de ello [Lc. 6, 35]. De ahí que todos estos hombres, por la intención de lucro que tienen, como quiera que toda usura y sobreabundancia está prohibida en la Ley, hay que juzgar que obran mal y deben ser eficazmente inducidos en el juicio de las almas a restituir lo que de este modo recibieron.
GREGORIO VIII 187 CLEMENTE III, 1187-1191
CELESTINO III, 1191-1198
INOCENCIO III, 1198-1216
De la forma sacramental del matrimonio 2
[De la Carta Quum apud sedem a Imberto, arzobispo de Arles, de 15 de julio de 1198]
Nos has consultado si un mudo o sordo puede unirse matrimonialmente con alguien; por lo cual respondemos a tu fraternidad que, siendo prohibitorio el edicto de contraer matrimonio, de suerte que a quien no se prohibe, consiguientemente se le admite, y como para el matrimonio basta el consentimiento de aquellos o aquellas de cuya unión se trata; parece que si el tal quiere contraer, no se le puede o debe negar, pues lo que no puede declarar por palabras, lo puede por señas.
[De una Carta al obispo de Módena, año 1200]
En la celebración de los matrimonios, queremos que en adelante observes lo que sigue: después que entre las personas legítimas se haya dado el consentimiento legítimo de presente, que basta en los tales según las sanciones canónicas y que, si faltare él solo, todo lo demás, aun celebrado con coito, queda frustrado; si las personas unidas legítimamente luego contraen de hecho con otras, lo que antes se había hecho de derecho no podrá ser anulado.
Del vínculo del matrimonio y del privilegio paulino
[De la Carta Quanto te magis, a Ugón, obispo de Ferrara, de 1.° de mayo de 1199]
Nos ha comunicado tu fraternidad que al pasarse uno de los cónyuges a la herejía, el que queda desea volar a nueva boda y procrear hijos, y tú tuviste por bien consultarnos por tu carta si ello puede hacerse en derecho. Nos, pues, respondiendo a tu consulta de común consejo con nuestros hermanos, aun cuando algún predecesor nuestro parezca haber sentido de otro modo, distinguimos, si de dos infieles uno se convierte a la fe católica o de dos fieles uno cae en la herejía o se pasa al error de la gentilidad. Porque si uno de los cónyuges infieles se convierte a la fe católica y el otro no quiere de ningún modo cohabitar, o al menos no sin blasfemia del nombre divino, o para arrastrarle a pecado mortal, el que queda, puede pasar, si quiere, a segunda boda; y en este caso entendemos lo que dice el Apóstol: Si el infiel se aparta, que se aparte: en estas cosas el hermano o la hermana no está sujeto a servidumbre [1 Cor. 7, 15]; y también el canon que dice: “La injuria del Creador deshace el derecho del matrimonio respecto al que queda”.
Mas si es uno de los cónyuges fieles el que cae en herejía o se pasa al error de la gentilidad, no creemos que en este caso el que quede, mientras viva el otro, pueda volar a segundas nupcias, aun cuando aquí parezca mayor la injuria del Creador. Porque aunque el matrimonio es verdadero entre los infieles; no es, sin embargo, rato; entre los fieles, en cambio, es verdadero y rato, porque es promesa de fidelidad que una vez fue admitido, no se pierde nunca, sino que hace rato el sacramento del matrimonio para que mientras él dure, dure éste también en los cónyuges.
De los matrimonios de los paganos y del privilegio paulino
[De la Carta Gaudemus in Domino al obispo de Tiberíades, comienzos de 1201]
Nos has pedido ser informado por un escrito apostólico, si los paganos que tienen mujeres unidas consigo en segundo, tercero o más grado, estando así unidos, deben después de su conversión seguir viviendo juntos o separarse mutuamente. A lo que respondemos a tu fraternidad que, existiendo el sacramento del matrimonio entre fieles e infieles, como lo muestra el Apóstol cuando dice: Si algún hermano tiene por esposa a una infiel, y ésta consiente en habitar con él, no la despida [1 Cor. 7, 12]; y como en los grados predichos para los paganos el matrimonio ha sido lícitamente contraído, ya que no están ellos obligados a las constituciones canónicas (pues ¿qué se me da a mí —dice el mismo Apóstol—de juzgar de los que están fuera? [1 Cor. 5, 12]); en favor principalmente de la religión y de la fe cristiana, de cuya aceptación pueden fácilmente apartarse los hombres si temen ser abandonados de sus mujeres, tales fieles, atados en matrimonio, pueden libre y lícitamente permanecer unidos, puesto que por el sacramento del bautismo no se disuelven los matrimonios, sino que se perdonan los pecados.
Mas como los paganos reparten el afecto conyugal entre muchas mujeres a la vez, no sin razón se duda si después de la conversión pueden retenerlas a todas o cuál de entre todas. Sin embargo, esto parece absurdo y contrario a la fe cristiana, como quiera que al principio una sola costilla fue convertida en mujer y la Escritura divina atestigua que por esto dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer y serán dos en una sola carne [Eph. 5, 31; Gen. 2, 24; Mt. 19, 5]; no dijo: “tres o más”, sino “dos”; ni dijo: “se unirá a sus mujeres”, sino a su mujer. Y a nadie fue lícito jamás tener a la vez varias mujeres, sino al que fue concedido por divina revelación, la cual algunas veces se interpreta como costumbre, otras como ley; y en virtud de la cual así como Jacob es excusado de mentira y los israelitas de hurto y Sansón de homicidio, así también los patriarcas y otros varones justos, de los cuales se lee que tuvieron varias mujeres, de adulterio. Ciertamente, por verídica se prueba esta sentencia, aun por testimonio de la Verdad que atestigua en el Evangelio: Quienquiera abandonare a su mujer [a no ser] por motivo de fornicación, y tomare otra, comete adulterio [Mt. 19, 9; cf. Mc. 10, 11]. Si, pues, abandonada la mujer, no se puede en derecho tomar otra, mucho menos cuando se la retiene; de donde aparece evidente que la pluralidad en uno y otro sexo, que no han de ser juzgados de modo dispar, ha de reprobarse en el matrimonio. Mas el que repudiare a su mujer legítima según su rito, como tal repudio lo ha reprobado la Verdad en el Evangelio, mientras aquélla viva, nunca podra lícitamente tener otra, ni aun después de convertirse a la fe de Cristo, a no ser que, después de la conversión, ella se niegue a vivir con él o, si consiente, sea con ofensa del Creador o para arrastrarle a pecado mortal, en cuyo caso, al que pidiera restitución, aun constando de injusto despojo, se le negaría la restitución, porque, según el Apóstol, el hermano o la hermana no está en estas cosas sujeto a servidumbre [1 Cor. 7, 16]. Y si, convertido a la fe, también ella le sigue en la conversión, antes de que por las causas antedichas tome mujer legítima, se le ha de obligar a recibir a la primera. Y aunque, según la verdad evangélica, el que toma a la repudiada, comete adulterio [Mt. 19, 9]; sin embargo, el que repudió no podrá objetar la fornicación de la repudiada por el hecho de haberse casado con otro después del repudio, a no ser que hubiere por otra parte fornicado.
De la disolubilidad del matrimonio rato por medio de la profesión
[De la Carta Ex parte tua a Andrés, arzobispo de Lund de 12 de enero de 1206]
Nosotros, no queriendo en este punto apartarnos súbitamente de las huellas de nuestros predecesores que respondieron al ser consultados, ser lícito a uno de los cónyuges, aun sin consultar al otro, pasar a religión antes de que el matrimonio se consume por medio de la cópula carnal, y desde entonces el que queda puede lícitamente unirse con otro; lo mismo te aconsejamos a ti que observes.
Del efecto del bautismo (y del carácter)
[De la Carta Maiores Ecclesiae causas a Imberto, arzobispo de Arles, hacia fines de 1201]
Afirman, en efecto, que el bautismo se confiere inútilmente a los niños pequeños... Respondemos que el bautismo ha sucedido a la circuncisión... De ahí que, así como el alma del circunciso no era borrada de su pueblo [Gen. 17, 14], así el que hubiere renacido del agua y del Espíritu Santo, obtendrá la entrada en el reino de los cielos [Ioh. 8, 5]... Aun cuando por el misterio de la circuncisión, se perdonaba el pecado original y se evitaba el peligro de condenación; no se llegaba, sin embargo, al reino de los cielos, que hasta la muerte de Cristo estaba cerrado para todos; mas por el sacramento del bautismo, rubricado por la sangre de Cristo, se perdona la culpa y se llega también al reino de los cielos, cuya puerta abrió misericordiosamente a todos los fieles la sangre de Cristo. Porque no van a perecer todos los niños, de los que cada día muere tan grande muchedumbre, sin que también a ellos el Dios misericordioso, que no quiere que nadie se pierda, les haya procurado algún remedio para su salvación... Lo que aducen los contrarios, que a los párvulos, por falta de consentimiento, no se les infunde la fe y la caridad y las demás virtudes, la mayoría de los autores no lo concede en absoluto...; otros afirman que, en virtud del bautismo, se perdona a los párvulos la culpa, pero no se les confiere la gracia; pero otros dicen que no sólo se les perdona la culpa, sino que se les infunden las virtudes, que ellos tienen en cuanto al hábito [v. 8OO], no en cuanto al uso, hasta que lleguen a la edad adulta... Decimos que ha de distinguirse. El pecado es doble: original y actual. Original es el que se contrae sin consentimiento; actual el que se comete con consentimiento. El original, pues, que se contrae sin consentimiento, sin consentimiento se perdona en virtud del sacramento, el actual, empero, que con consentimiento se contrae, sin consentimiento no se perdona en manera alguna... La pena del pecado original es la carencia de la visión de Dios; la pena del pecado actual es el tormento del infierno eterno...
Es contrario a la religión cristiana que nadie, contra su voluntad persistente y a pesar de su absoluta oposición, sea obligado a recibir y guardar el cristianismo. Por lo cual, no sin razón distinguen otros entre no querer y no querer, entre forzado y forzado, de modo que quien es atraído violentamente por terrores y suplicios y, para no sufrir daño, recibe el sacramento del bautismo, ese, lo mismo que quien fingidamente se acerca al bautismo, recibe impreso el carácter de cristiano y como quien quiso condicionalmente, aunque absolutamente no quisiera, ha de ser obligado a la observancia de la fe cristiana... Aquel, en cambio, que nunca consiente, sino que se opone en absoluto, no recibe ni la realidad ni el carácter del sacramento, porque más es contradecir expresamente que no consentir en modo alguno... Respecto a los que duermen o están dementes, si antes de caer en la demencia o de dormirse persisten en la contradicción; como se entiende que perdura en ellos el propósito de contradicción, aun cuando fueren así inmergidos, no reciben el carácter de sacramento. Otra cosa sería, si antes habían sido catecúmenos y tenido propósito de bautizarse; de ahí que a éstos solió bautizarlos la Iglesia en artículo de necesidad. Entonces, pues, imprime carácter la Operación sacramental, cuando no halla óbice de la voluntad contraria que se le opone.
De la materia del bautismo
[De la Carta Non ut apponeres a Toria, arzobispo de Drontheim , de 1º de marzo de 1206]
Nos has preguntado si han de ser tenidos por cristianos los niños que, constituídos en artículo de muerte, por la penuria de agua y ausencia de sacerdote, algunos simples los frotaron con saliva, en vez de bautismo, la cabeza y el pecho y entre las espaldas. Respondemos que en el bautismo se requieren siempre necesariamente dos cosas, a saber, “La palabra y el elemento”; como de la palabra dice la Verdad: Id por todo el mundo, etc. [Mc. 16, 15; cf. Mt. 28, 19], y la misma dice del elemento: Si uno, etc. [Ioh. 3, 5]; de ahí que no puedes dudar que no tienen verdadero bautismo no sólo aquellos a quien faltaron los dos elementos dichos, sino a quienes se omitió uno de ellos.
Del ministro del bautismo y del bautismo de fuego
[De la Carta Debitum pastoralis officii, a Bertoldo, obispo de Metz, de 28 de agosto de 1206]
Nos has comunicado que cierto judío, puesto en el artículo de la muerte, como se hallara solo entre judíos, se inmergió a sí mismo en el agua diciendo: “Yo me bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén”.
Respondemos que teniendo que haber diferencia entre el bautizante y el bautizado, como evidentemente se colige de las palabras del Señor, cuando dice a sus Apóstoles: Id bautizad a todas las naciones en el nombre etc. [cf. Mt. 28, 19] el judío en cuestión tiene que ser bautizado de nuevo por otro, para mostrar que uno es el bautizado y otro el que bautiza... Aunque si hubiera muerto inmediatamente, hubiera volado al instante a la patria celeste por la fe en el sacramento, aunque no por el sacramento de la fe.
De la forma del sacramento de la Eucaristía y de sus elementos
[De la Carta Cum Marthae circa a Juan, en otro tiempo arzobispo de Lyon, de 29 de noviembre de 12O2]
Nos preguntas quién añadió en el canon de la misa a la forma de las palabras que expresó Cristo mismo cuando transustanció el pan y el vino en su cuerpo y sangre, lo que no se lee haber expresado ninguno de los evangelistas... En el canon de la misa, se halla interpuesta la expresión “mysterium fidei” a las palabras mismas... A la verdad, muchas son las cosas que vemos haber omitido los evangelistas tanto de las palabras como de los hechos del Señor, que se lee haber suplido luego los Apóstoles de palabra o haber expresado de hecho... Ahora bien, de esa palabra sobre la que tu paternidad pregunta, es decir, mysterium fidei, algunos pensaron sacar un apoyo para su error, diciendo que en el sacramento del altar no está la verdad del cuerpo y de la sangre de Cristo, sino solamente la imagen, la apariencia y la figura, fundándose en que a veces la Escritura recuerda que lo que se recibe en el altar es sacramento, misterio y ejemplo. Pero los tales caen en el lazo del error, porque ni entienden convenientemente las autoridades de la Escritura ni reciben reverentemente los sacramentos de Dios, ignorando a par las Escrituras y el poder de Dios [Mt. 22, 29]... Dícese, sin embargo, misterio de fe, porque allí se cree otra cosa de la que se ve y se ve otra cosa de la que se cree. Porque se ve la apariencia de pan y vino y se cree la verdad de la carne y de la sangre de Cristo, y la virtud de la unidad y de la caridad...
Hay que distinguir, sin embargo, sutilmente entre las tres cosas distintas que hay en este sacramento: la forma visible, la verdad del cuerpo y la virtud espiritual. La forma es la del pan y el vino; la verdad, la de la carne y la sangre; la virtud, la de la unidad y la caridad. Lo primero es signo y no realidad. Lo segundo es signo y realidad. Lo tercero es realidad y no signo. Pero lo primero es signo de entrambas realidades. Lo segundo es signo de lo tercero y realidad de lo primero. Lo tercero es realidad de entrambos signos. Creemos, pues, que la forma de las palabras, tal como se encuentra en el canon, la recibieron de Cristo los apóstoles, y de éstos, sus sucesores.
Del agua que se mezcla al vino, en el sacrificio de la misa
[De la misma Carta a Juan, de 29 de noviembre de 1202]
Nos preguntas también si el agua se convierte juntamente con el vino en la sangre. Sobre esto varían las opiniones de los escolásticos. Paréceles a algunos que, como del costado de Cristo fluyeron dos sacramentos principales, el de la redención en la sangre y el de la regeneración en el agua, en esos dos se mudan por divina virtud el vino y el agua que se mezclan en el cáliz... Otros defienden que el agua se transustancia juntamente con el vino en la sangre, como quiera que pasa a vino al mezclarse con él... Además puede decirse que el agua no pasa a la sangre, sino que permanece derramada en torno a los accidentes del vino anterior... Una cosa, sin embargo, no es lícito opinar, que se atrevieron algunos a decir, y es que el agua se convierte en flema...
Mas entre las opiniones predichas, se juzga por la más probable la que afirma que el agua con el vino se trasmuda en la sangre.
[De la Carta In quadam nostra a Ugón, obispo de Ferrarua 5 de marzo de 1209]
Afirmas haber leído en una Carta decretal nuestra que no es lícito opinar lo que algunos se han atrevido a decir, a saber, que en el sacramento de la Eucaristía el agua se convierte en flema, pues mienten, diciendo que del costado de Cristo no salió agua, sino un humor acuoso. Aun cuando cuentes los grandes y auténticos varones que así sintieron, cuya opinión de palabra y escrito has seguido hasta ahora, desde el momento en que nosotros sentimos en contra, estás obligado a adherirte a nuestra sentencia...Porque si no hubiera sido agua, sino flema, lo que salió del costado del Salvador, el que lo vio y dio testimonio [cf. Ioh. 19, 35] a la verdad, no hubiera ciertamente hablado de agua, sino de flema... Resta, pues, que de cualquier naturaleza que fuera aquella agua, natural o milagrosa, creada de nuevo por virtud divina, o resuelta de sus componentes en alguna parte, sin género de duda fue agua verdadera.
De la celebración simulada de la Misa
[De la Carta De homine qui a los rectores de la fraternidad romana de 22 de septiembre de 1208]
Nos habéis preguntado qué haya de pensarse del incauto presbítero que, cuando sabe que está en pecado mortal, duda por la conciencia de su crimen si celebrar la misa que, por otra parte, no puede omitir por razón de cualquier necesidad, y, cumplidas las demás ceremonias, simula la celebración de la misa; pero suprimidas las palabras por las que se consagra el cuerpo de Cristo, toma puramente sólo el pan y el vino... Ahora bien, como hay que desechar falsos remedios que son más graves que los verdaderos peligros; aunque el que por la conciencia de su pecado se reputa indigno, debe reverentemente abstenerse de este sacramento y, por tanto, gravemente peca si indignamente se acerca a él; sin embargo, comete indudablemente más grave ofensa quien así fraudulentamente se atreviere a simularlo, pues aquél, evitando la culpa, mientras lo hace, cae sólo en manos de Dios misericordioso; pero éste, cometiendo una culpa, mientras lo evita, no sólo se hace reo delante de Dios a quien no teme burlar, sino ante el pueblo a quien engaña.
Del ministro de la confirmación
[De la Carta Cum venisset a Basilio arzobispo de Timova, de 25 de febrero de 1204]
Por la crismación de la frente se designa la imposición de las manos, que por otro nombre se llama confirmación, porque por ella se da el Espíritu Santo para aumento y fuerza. De ahí que, pudiendo realizar las demás unciones el simple sacerdote, o presbítero, ésta no debe conferirla más que el sumo sacerdote, es decir, el obispo, pues de solos los Apóstoles se lee, cuyos vicarios son los obispos, que daban el Espíritu Santo por medio de la imposición de las manos [cf. Act. 8, 14 ss].
Profesión de fe propuesta a Durando de Huesca y a sus compañeros valdenses
[De la carta Eius exemplo al arzobispo de Tarragona, de 18 de diciembre de 1208]
De corazón creemos, por la fe entendemos, con la boca confesamos y con palabras sencillas afirmamos que el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo son tres personas, un solo Dios, y que toda la Trinidad es coesencial, consustancial, coeternal y omnipotente, y cada una de las personas en la Trinidad, Dios pleno, como se contiene en el “Creo en Dios” [v. 2] y en el “Creo en un solo Dios” [v. 86] y el símbolo Quicumque vult [v. 39].
De corazón creemos y con la boca confesamos también que el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, el solo Dios de que hablamos, es el creador, hacedor, gobernador y disponedor de todas las cosas, espirituales y corporales, sensibles e invisibles. Creemos que el autor único y mismo del Nuevo y del Antiguo Testamento es Dios, el cual permaneciendo, como se ha dicho, en la Trinidad, lo creó todo de la nada, y que Juan Bautista, por Él enviado, es santo y justo, y que fue lleno del Espíritu Santo en el vientre de su madre.
De corazón creemos y con la boca confesamos que la encarnación de la divinidad no fue hecha en el Padre ni en el Espíritu Santo, sino en el Hijo solamente; de suerte que quien era en la divinidad Hijo de Dios Padre, Dios verdadero del Padre, fuera en la humanidad hijo del hombre, hombre verdadero de la madre, teniendo verdadera carne de las entrañas de la madre, y alma humana racional, juntamente de una y otra naturaleza, es decir, Dios y hombre, una sola persona, un solo Hijo, un solo Cristo, un solo Dios con el Padre y el Espíritu Santo, autor y rector de todas las cosas, nacido de la Virgen María con carne verdadera por su nacimiento; comió y bebió, durmió y, cansado del camino, descansó, padeció con verdadero sufrimiento de su carne, murió con verdadera muerte de su cuerpo, y resucitó con verdadera resurrección de su carne y verdadera vuelta de su alma a su cuerpo; y en esa carne, después que comió y bebió, subió al cielo y está sentado a la diestra del Padre y en aquella misma carne ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos.
De corazón creemos y con la boca confesamos una sola Iglesia no de herejes, sino la Santa, Romana, Católica y Apostólica, fuera de la cual creemos que nadie se salva.
En nada tampoco reprobamos los sacramentos que en ella se celebran, por cooperación de la inestimable e invisible virtud del Espíritu Santo, aun cuando sean administrados por un sacerdote pecador, mientras la Iglesia lo reciba, ni detraemos a los oficios eclesiásticos o bendiciones por él celebrados, sino que con benévolo ánimo los recibimos, como si procedieran del más justo de los sacerdotes, pues no daña la maldad del obispo o del presbítero ni para el bautismo del niño ni para la consagración de la Eucaristía ni para los demás oficios eclesiásticos celebrados para los súbditos. Aprobamos, pues, el bautismo de los niños, los cuales, si murieren después del bautismo, antes de cometer pecado, confesamos y creemos que se salvan; y creemos que en el bautismo se perdonan todos los pecados, tanto el pecado original contraído, como los que voluntariamente han sido cometidos. La confirmación, hecha por el obispo, es decir, la imposición de las manos, la tenemos por santa y ha de ser recibida con veneración. Firme e indudablemente con puro corazón creemos y sencillamente con fieles palabras afirmamos que el sacrificio, es decir, el pan y el vino [v. 1.: que en el sacrificio de la Eucaristía, lo que antes de la consagración era pan y vino], después de la consagración son el verdadero cuerpo y la verdadera sangre de nuestro Señor Jesucristo, y en este sacrificio creemos que ni el buen sacerdote hace más ni el malo menos, pues no se realiza por el mérito del consagrante, sino por la palabra del Creador y la virtud del Espíritu Santo. De ahí que firmemente creemos y confesamos que, por más honesto, religioso, santo y prudente que uno sea, no puede ni debe consagrar la Eucaristía ni celebrar el sacrificio del altar, si no es presbítero, ordenado regularmente por obispo visible y tangible. Para este oficio tres cosas son, como creemos, necesarias: persona cierta, esto es, un presbítero constituído propiamente para ese oficio por el obispo, como antes hemos dicho; las solemnes palabras que fueron expresadas por los Santos Padres en el canon, y la fiel intención del que las profiere. Por tanto, firmemente creemos y confesamos que quienquiera cree y pretende que sin la precedente ordenación episcopal, como hemos dicho, puede celebrar el sacrificio de la Eucaristía, es hereje y es partícipe y consorte de la perdición de Coré y sus cómplices, y ha de ser segregado de toda la Santa Iglesia Romana. Creemos que Dios concede el perdón a los pecadores verdaderamente arrepentidos y con ellos comunicamos de muy buena gana. Veneramos la unción de los enfermos con óleo consagrado. No negamos que hayan de contraerse las uniones carnales, según el Apóstol [cf. l Cor. 7], pero prohibimos de todo punto desunir las contraídas del modo ordenado. Creemos y confesamos también que el hombre se salva con su cónyuge y tampoco condenamos las segundas o ulteriores nupcias.
En modo alguno culpamos la comida de carnes. No condenamos el juramento, antes con puro corazón creemos que es lícito jurar con verdad y juicio y justicia. [El año 1210 se añadió esta sentencia:] De la potestad secular afirmamos que sin pecado mortal puede ejercer juicio de sangre, con tal que para inferir la vindicta no proceda con odio, sino por juicio, no incautamente, sino con consejo.
Creemos que la predicación es muy necesaria y laudable; pero creemos que ha de ejercerse por autoridad o licencia del Sumo Pontífice o con permiso de los prelados. Mas en todos los lugares donde los herejes manifiestamente persisten, y reniegan y blasfeman de Dios y de la fe de la Santa Iglesia Romana, creemos es nuestro deber confundirlos de todos los modos según Dios, disputando y exhortando y, por la palabra del Señor, como contra adversarios de Cristo y de la Iglesia, ir contra ellos con frente libre hasta la muerte. Humildemente alabamos y fielmente veneramos las órdenes eclesiásticas y todo cuanto en la Santa Iglesia Romana, sancionado, se lee o se cauta.
Creemos que el diablo se hizo malo no por naturaleza, sino por albedrío. De corazón creemos y con la boca confesamos la resurrección de esta carne que llevamos y no de otra. Firmemente creemos y afirmamos también que el juicio se hará por Jesucristo y que cada uno recibirá castigo o premio por lo que hubiere hecho en esta carne. Creemos que las limosnas, el sacrificio y demás obras buenas pueden aprovechar a los fieles difuntos. Confesamos y creemos que los que se quedan en el mundo y poseen sus bienes, pueden salvarse haciendo de sus bienes limosnas y demás obras buenas y guardando los mandamientos del Señor. Creemos que por precepto del Señor han de pagarse a los clérigos los diezmos, primicias y oblaciones.
IV CONCILIO DE LETRAN, 1215
XII ecuménico (contra los albigenses, Joaquín, los valdenses, etc.)
De la Trinidad, los sacramentos, la misión canónica, etc.
Cap. I. De La fe católica
[Definición contra los albigenses y otros herejes]
Firmemente creemos y simplemente confesamos, que uno solo es el verdadero Dios, eterno, inmenso e inconmutable, incomprensible, omnipotente e inefable, Padre, Hijo y Espíritu Santo: tres personas ciertamente, pero una sola esencia, sustancia o naturaleza absolutamente simple. El Padre no viene de nadie, el Hijo del Padre solo, y el Espíritu Santo a la vez de uno y de otro, sin comienzo, siempre y sin fin. El Padre que engendra, el Hijo que nace y el Espíritu Santo que procede: consustanciales, coiguales, coomnipotentes y coeternos; un solo principio de todas las cosas; Creador de todas las cosas, de las visibles y de las invisibles, espirituales y corporales; que por su omnipotente virtud a la vez desde el principio del tiempo creó de la nada a una y otra criatura, la espiritual y la corporal, es decir, la angélica y la mundana, y después la humana, como común, compuesta de espíritu y de cuerpo. Porque el diablo y demás demonios, por Dios ciertamente fueron creados buenos por naturaleza; mas ellos, por sí mismos, se hicieron malos. El hombre, empero, pecó por sugestión del diablo. Esta Santa Trinidad, que según la común esencia es indivisa y, según las propiedades personales, diferente, primero por Moisés y los santos profetas y por otros siervos suyos, según la ordenadísima disposición de los tiempos, dio al género humano la doctrina saludable.
Y, finalmente, Jesucristo unigénito Hijo de Dios, encarnado por obra común de toda la Trinidad, concebido de María siempre Virgen, por cooperación del Espíritu Santo, hecho verdadero hombre, compuesto de alma racional y carne humana, una sola persona en dos naturalezas, mostró más claramente el camino de la vida. Él, que según la divinidad es inmortal e impasible, Él mismo se hizo, según la humanidad, pasible y mortal; Él también sufrió y murió en el madero de la cruz por la salud del género humano, descendió a los infiernos, resucitó de entre los muertos y subió al cielo; pero descendió en el alma y resucitó en la carne, y subió juntamente en una y otra; ha de venir al fin del mundo, ha de juzgar a los vivos y a los muertos, y ha de dar a cada uno según sus obras, tanto a los réprobos como a los elegidos: todos los cuales resucitarán con sus propios cuerpos que ahora llevan, para recibir según sus obras, ora fueren buenas, ora fueren malas; aquéllos, con el diablo, castigo eterno; y éstos, con Cristo, gloria sempiterna.
Y una sola es la Iglesia universal de los fieles, fuera de la cual nadie absolutamente se salva, y en ella el mismo sacerdote es sacrificio, Jesucristo, cuyo cuerpo y sangre se contiene verdaderamente en el sacramento del altar bajo las especies de pan y vino, después de transustanciados, por virtud divina, el pan en el cuerpo y el vino en la sangre, a fin de que, para acabar el misterio de la unidad, recibamos nosotros de lo suyo lo que Él recibió de lo nuestro. Y este sacramento nadie ciertamente puede realizarlo sino el sacerdote que hubiere Sido debidamente ordenado, según las llaves de la Iglesia, que el mismo Jesucristo concedió a los Apóstoles y a sus sucesores. En cambio, el sacramento del bautismo (que se consagra en el agua por la invocación de Dios y de la indivisa Trinidad, es decir, del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo) aprovecha para la salvación, tanto a los niños como a los adultos fuere quienquiera el que lo confiera debidamente en la forma de la Iglesia. Y si alguno, después de recibido el bautismo, hubiere caído en pecado, siempre puede repararse por una verdadera penitencia. Y no sólo los vírgenes y continentes, sino también los casados merecen llegar a la bienaventuranza eterna, agradando a Dios por medio de su recta fe y buenas obras.
Cap. 2. Del error del abad Joaquín
Condenamos, pues, y reprobamos el opúsculo o tratado que el abad Joaquín ha publicado contra el maestro Pedro Lombardo sobre la unidad o esencia de la Trinidad, llamándole hereje y loco, por haber dicho en sus sentencias: “Porque cierta cosa suma es el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, y ella ni engendra ni es engendrada ni procede”. De ahí que afirma que aquél no tanto ponía en Dios Trinidad cuanto cuaternidad, es decir, las tres personas, y aquella común esencia, como si fuera la cuarta; protestando manifiestamente que no hay cosa alguna que sea Padre e Hijo y Espíritu Santo, ni hay esencia, ni sustancia, ni naturaleza; aunque concede que el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo son una sola esencia, una sustancia y una naturaleza. Pero esta unidad confiesa no ser verdadera y propia, sino colectiva y por semejanza, a la manera como muchos hombres se dicen un pueblo y muchos fieles una Iglesia, según aquello: La muchedumbre de los creyentes tenía un solo corazón y una sola alma [Act. 4, 32]; y: El que se une a Dios, es un solo espíritu con Él [1 Cor. 6, 17]; asimismo: El que planta y el que riega son una misma cosa [1 Cor. 3, 8]; y: Todos somos un solo cuerpo en Cristo [Rom. 12, 5]; nuevamente en el libro de los Reyes [Ruth]: Mi pueblo y tu pueblo son una cosa sola [Ruth, l, 16]. Mas para asentar esta sentencia suya, aduce principalmente aquella palabra que Cristo dice de sus fieles en el Evangelio: Quiero, Padre, que sean una sola cosa en nosotros, como también nosotros somos una sola cosa, a fin de que sean consumados en uno solo [Ioh. 17, 22 s]. Porque (como dice) no son los fieles una sola cosa, es decir, cierta cosa única, que sea común a todos, sino que son una sola cosa de esta forma, a saber, una sola Iglesia por la unidad de la fe católica, y, finalmente, un solo reino por la unidad de la indisoluble caridad, como se lee en la Epístola canónica de Juan Apóstol: Porque tres son los que dan testimonio en el cielo, el Padre y el Hijo y el Espíritu Santo, y los tres son una sola cosa [1 Ioh. 5, 7], e inmediatamente se añade: Y tres son los que dan testimonio en la tierra: el Espíritu, el agua y la sangre: y estos tres son una sola cosa [1 Ioh. 5, 8], según se halla en algunos códices.
Nosotros, empero, con aprobación del sagrado Concilio, creemos y confesamos con Pedro Lombardo que hay cierta realidad suprema, incomprensible ciertamente e inefable, que es verdaderamente Padre e Hijo y Espíritu Santo; las tres personas juntamente y particularmente cualquiera de ellas y por eso en Dios sólo hay Trinidad y no cuaternidad, porque cualquiera de las tres personas es aquella realidad, es decir, la sustancia, esencia o naturaleza divina; y ésta sola es principio de todo el universo, y fuera de este principio ningún otro puede hallarse. Y aquel ser ni engendra, ni es engendrado, ni procede; sino que el Padre es el que engendra; el Hijo, el que es engendrado, y el Espíritu Santo, el que procede, de modo que las distinciones están en las personas y la unidad en la naturaleza. Consiguientemente, aunque uno sea el Padre, otro, el Hijo, y otro, el Espíritu Santo; sin embargo, no son otra cosa, sino que lo que es el Padre, lo mismo absolutamente es el Hijo y el Espíritu Santo; de modo que, según la fe ortodoxa y católica, se los cree consustanciales. El Padre, en efecto, engendrando ab aeterno al Hijo, le dio su sustancia, según lo que Él mismo atestigua: Lo que a mi me dio el Padre, es mayor que todo [Ioh. 10, 29]. Y no puede decirse que le diera una parte de su sustancia y otra se la retuviera para sí, como quiera que la sustancia del Padre es indivisible, por ser absolutamente simple. Pero tampoco puede decirse que el Padre traspasara al Hijo su sustancia al engendrarle, como si de tal modo se la hubiera dado al Hijo que no se la hubiera retenido para sí mismo, pues de otro modo hubiera dejado de ser sustancia. Es, pues, evidente que el Hijo al nacer recibió sin disminución alguna la sustancia del Padre, y así el Hijo y el Padre tienen la misma sustancia: y de este modo, la misma cosa es el Padre y el Hijo, y también el Espíritu Santo, que procede de ambos. Mas cuando la Verdad misma ora por sus fieles al Padre, diciendo: Quiero que ellos sean una sola cosa en nosotros, como también nosotros somos una sola cosa [Ioh. 17, 22], la palabra unum (una sola cosa), en cuanto a los fieles, se toma para dar a entender la unión de caridad en la gracia, pero en cuanto a las personas divinas, para dar a entender la unidad de identidad en la naturaleza, como en otra parte dice la Verdad: Sed... perfectos como vuestro Padre celestial es perfecto [Mt. 5, 48], como si más claramente dijera: Sed perfectos por perfección de la gracia, como vuestro Padre celestial es perfecto por perfección de naturaleza, es decir, cada uno a su modo; porque no puede afirmarse tanta semejanza entre el Creador y la criatura, sin que haya de afirmarse mayor desemejanza. Si alguno, pues, osare defender o aprobar en este punto la doctrina del predicho Joaquín, sea por todos rechazado como hereje.
Por esto, sin embargo, en nada queremos derogar al monasterio de Floris (cuyo institutor fue el mismo Joaquín), como quiera que en él se da la institución regular y la saludable observancia; sobre todo cuando el mismo Joaquín mandó que todos sus escritos nos fueran remitidos para ser aprobados o también corregidos por el juicio de la Sede Apostólica, dictando una carta, que firmó por su mano, en la que firmemente profesa mantener aquella fe que mantiene la Iglesia de Roma, la cual, por disposición del Señor, es madre y maestra de todos los fieles. Reprobamos también y condenamos la perversísima doctrina de Almarico, cuya mente de tal modo cegó el padre de la mentira que su doctrina no tanto ha de ser considerada como herética cuanto como loca.
Cap. 3. De los herejes (valdenses)
[Necesidad de una misión canónica]
Mas como algunos, bajo apariencia de piedad (como dice el Apóstol), reniegan de la virtud de ella [2 Tim. 3, 5] y se arrogan la autoridad de predicar, cuando el mismo Apóstol dice: ¿Cómo... predicarán, si no son enviados [Rom. 10, 15], todos los que con prohibición o sin misión, osaren usurpar pública o privadamente el oficio de la predicación, sin recibir la autoridad de la Sede Apostólica o del obispo católico del lugar, sean ligados con vínculos de excomunión, y si cuanto antes no se arrepintieren, sean castigados con otra pena competente.
Cap. 4. De la soberbia de los griegos contra los latinos
Aun cuando queremos favorecer y honrar a los griegos que en nuestros días vuelven a la obediencia de la Sede Apostólica, conservando en cuanto podemos con el Señor sus costumbres y ritos; no podemos, sin embargo, ni debemos transigir con ellos en aquellas cosas que engendran peligro de las almas y ofenden el honor de la Iglesia. Porque después que la Iglesia de los griegos, con ciertos cómplices y fautores suyos, se sustrajo a la obediencia de la Sede Apostólica, hasta tal punto empezaron los griegos a abominar de los latinos que, entre otros desafueros que contra ellos cometían, cuando sacerdotes latinos habían celebrado sobre altares de ellos, no querían sacrificar en los mismos, si antes no los lavaban, como si por ello hubieran quedado mancillados. Además, con temeraria audacia osaban bautizar a los ya bautizados por los latinos y, como hemos sabido, hay aún quienes no temen hacerlo. Queriendo, pues, apartar de la Iglesia de Dios tamaño escándalo, por persuasión del sagrado Concilio, rigurosamente mandamos que no tengan en adelante tal audacia, conformándose como hijos de obediencia a la sacrosanta Iglesia Romana, madre suya, a fin de que haya un solo redil y un solo pastor [Ioh. 10, 16]. Mas si alguno osare hacer algo de esto, herido por la espada de la excomunión, sea depuesto de todo oficio y beneficio eclesiástico.
Cap. 5. De la dignidad de los Patriarcas
Renovando los antiguos privilegios de las sedes patriarcales, con aprobación del sagrado Concilio universal, decretamos que, después de la Iglesia Romana, la cual, por disposición del Señor, tiene sobre todas las otras la primacía de la potestad ordinaria, como madre y maestra que es de todos los fieles, ocupe el primer lugar la sede de Constantinopla, el segundo la de Alejandría, el tercero la de Antioquía, el cuarto la de Jerusalén.
Cap. 21. Del deber de la confesión, de no revelarla el sacerdote y de comulgar por lo menos en Pascua
Todo fiel de uno u otro sexo, después que hubiere llegado a los años de discreción, confiese fielmente él solo por lo menos una vez al año todos sus pecados al propio sacerdote, y procure cumplir según sus fuerzas la penitencia que le impusiere, recibiendo reverentemente, por lo menos en Pascua, el sacramento de la Eucaristía, a no ser que por consejo del propio sacerdote por alguna causa razonable juzgare que debe abstenerse algún tiempo de su recepción; de lo contrario, durante la vida, ha de prohibírsele el acceso a la Iglesia y, al morir, privársele de cristiana sepultura. Por eso, publíquese con frecuencia en las Iglesias este saludable estatuto, a fin de que nadie tome el velo de la excusa por la ceguera de su ignorancia. Mas si alguno por justa causa quiere confesar sus pecados con sacerdote ajeno, pida y obtenga primero licencia del suyo propio, como quiera que de otra manera no puede aquél absolverle o ligarle. El sacerdote, por su parte, sea discreto y cauto y, como entendido, sobrederrame vino y aceite en las heridas [cf. Lc. 10, 34], inquiriendo diligentemente las circunstancias del pecador y del pecado, por las que pueda prudentemente entender qué consejo haya de darle y qué remedio, usando de diversas experiencias para salvar al enfermo.
Mas evite de todo punto traicionar de alguna manera al pecador, de palabra, o por señas, o de otro modo cualquiera; pero si necesitare de más prudente consejo, pídalo cautamente sin expresión alguna de la persona Porque el que osare revelar el pecado que le ha sido descubierto en el juicio de la penitencia, decretamos que ha de ser no sólo depuesto de su oficio sacerdotal, sino también relegado a un estrecho monasterio para hacer perpetua penitencia.
Cap. 41. De la continuidad de la buena fe en toda prescripción
Como quiera que todo lo que no procede de la fe, es pecado [Rom. 14, 23], por juicio sinodal definimos que sin la buena fe no valga ninguna prescripción, tanto canónica como civil, como quiera que de modo general ha de derogarse toda constitución y costumbre que no puede observarse sin pecado mortal. De ahí que es necesario que quien prescribe, no tenga conciencia de cosa ajena en ningún momento del tiempo.
Cap. 62. De las reliquias de los Santos
Como quiera que frecuentemente se ha censurado la religión cristiana por el hecho de que algunos exponen a la venta las reliquias de los Santos y las muestran a cada paso, para que en adelante no se la censure, estatuimos por el presente decreto que las antiguas reliquias en modo alguno se muestren fuera de su cápsula ni se expongan a la venta. En cuanto a las nuevamente encontradas, nadie ose venerarlas públicamente, si no hubieren sido antes aprobadas por autoridad del Romano Pontífice...
HONORIO III, 1216-1227
De la materia de la Eucaristía
[De la Carta Perniciosus valde a Olao arzobispo de Upsala, de 13 de diciembre de 122O]
Un abuso muy pernicioso, según hemos oído, ha arraigado en tu región, a saber, que en el sacrificio de la misa se pone mayor cantidad de agua que de vino, cuando, según la razonable costumbre de la Iglesia universal, hay que poner en él más vino que agua. Por lo tanto, mandamos a tu fraternidad por este escrito apostólico que no lo hagas en adelante ni permitas que se haga en tu provincia.
GREGORIO IX, 1227-1241
Debe guardarse la terminología y tradición teológicas
[De la Carta Ab Aegiptiis a los teólogos parisienses, de 7 de julio de 1228]
Tocados de dolor de corazón íntimamente [Gen. 6, 6], nos sentimos llenos de la amargura del ajenjo [cf. Thren. 3, 15], porque, según se ha comunicado a nuestros oídos, algunos entre vosotros, hinchados como un odre por el espíritu de vanidad, pugnan por traspasar con profana vanidad los términos puestos por los Padres [Prov. 22, 28], inclinando la inteligencia de la página celeste, limitada en sus términos por los estudios ciertos de las exposiciones de los Santos Padres, que es no sólo temerario, sino profano traspasar, a la doctrina filosófica de las cosas naturales, para ostentación de ciencia, no para provecho alguno de los oyentes, de suerte que más parecen theofantos, que no teodidactos o teólogos. Pues siendo su deber exponer la teología según las aprobadas tradiciones de los Santos y destruir, no por armas carnales, sino poderosas en Dios, toda altura que se levante contra la ciencia de Dios y reducir cautivo todo entendimiento en obsequio de Cristo [2 Cor. 10, 4 s]; ellos, llevados de doctrinas varias y peregrinas [Hebr. 13, 9}, reducen la cabeza a la cola [Deut. 28, 13 y 44] y obligan a la reina a servir a su esclava, el documento celeste a los terrenos, atribuyendo lo que es de la gracia a la naturaleza. A la verdad, insistiendo más de lo debido en la ciencia de la naturaleza, vueltos a los elementos del mundo, débiles y pobres, a los que, siendo niños, sirvieron, y hechos otra vez esclavos suyos [Gal. 4, 9], como flacos en Cristo, se alimentan de leche, no de manjar sólido [Hebr. 5, 12 s], y no parece hayan afirmado su corazón en la gracia [Hebr. 13, 9]; por ello, “despojados de lo gratuito y heridos en lo natural”, no traen a su memoria lo del Apóstol, que creemos han leído a menudo: Evita las profanas novedades de palabras y las opiniones de la ciencia de falso nombre, que por apetecerla algunos han caído de la fe [1 Tim. 6, 20 s]. ¡Oh necios y tardos de corazón en todas las cosas que han dicho los asertores de la gracia de Dios, es decir, los Profetas, los Evangelistas y los Apóstoles [Lc. 24, 25], cuando la naturaleza no puede por sí misma nada en orden a la salvación, si no es ayudada de la gracia! [v. 105 y 138]. Digan estos presumidores que, abrazando la doctrina de las cosas naturales, ofrecen a sus oyentes hojarasca de palabras y no frutos; ellos, cuyas mentes, como si se alimentaran de bellotas, permanecen vacías y vanas, y cuya alma no puede deleitarse en manjares suculentos [Is. 55, 2], pues andando sedienta y árida, no se abreva en las aguas de Siloé que corren en silencio [Is. 8, 6], sino de las que sacan de los torrentes filosóficos, de los que se dice que cuanto más se beben, más sed producen, pues no dan saciedad, sino más bien ansiedad y trabajo; ¿no es así que al doblar con forzadas o más bien torcidas exposiciones las palabras divinamente inspiradas según el sentido de la doctrina de filósofos que desconocen a Dios, colocan el arca de la alianza junto a Dagón [l Reg. 5, 2] y ponen para ser adorada en el templo de Dios la estatua de Antíoco? Y al empeñarse en asentar la fe más de lo debido sobre la razón natural, ¿no es cierto que la hacen hasta cierto punto inútil y vana? Porque “no tiene mérito la fe, a la que la humana razón le ofrece experimento”. Cree desde luego la naturaleza entendida; pero la fe, por virtud propia, comprende con gratuita inteligencia lo creído y, audaz y denodada, penetra donde no puede alcanzar el entendimiento natural. Digan esos seguidores de las cosas naturales, ante cuyos ojos parece haber sido proscrita la gracia, si es obra de la naturaleza o de la gracia que el Verbo que en el principio estaba en Dios, se haya hecho carne y habitado entre nosotros [Ioh. l]. Lejos de nosotros, por lo demás, que la más hermosa de las mujeres [Cant. 5, 9], untada de estibio los ojos por los presuntuosos [4 Reg. 9, 30], se tiña con colores adulterinos, y la que por su esposo fue rodeada de toda suerte de vistosos vestidos [Ps. 44, 10] y, adornada con collares [Is. 61, 10], marcha espléndida como una reina, con mal cosidas fajas de filósofos se vista de sórdido ropaje. Lejos de nosotros que las vacas feas y consumidas de puro magras, que no dan señal alguna de hartura, devoren a las hermosas y consuman a las gordas [Gen. 41, 18 ss].
A fin, pues, que esta doctrina temeraria y perversa no se infiltre como una gangrena [2 Tim. 2, 17] y envenene a muchos y tenga Raquel que llorar a sus hijos perdidos [Ier. 31, 15], por autoridad de las presentes Letras os mandamos y os imponemos riguroso precepto de que, renunciando totalmente a la antedicha locura, enseñéis la pureza teológica sin fermento de ciencia mundana, no adulterando la palabra de Dios [2 Cor. 2, 17] con las invenciones de los filósofos, no sea que parezca que, contra el precepto del Señor, queréis plantar un bosque junto al altar de Dios y fermentar con mezcla de miel un sacrificio que ha de ofrecerse en los ázimos de la sinceridad y la verdad [1 Cor. 5, 8]; antes bien, conteniéndoos en los términos señalados por los Padres, cebad las mentes de vuestros oyentes con el fruto de la celeste palabra, a fin de que, apartado el follaje de las palabras, saquen de las fuentes del Salvador [Is. 12, 3] aguas limpias y puras, que solamente tiendan a afirmar la fe o informar las costumbres, y con ellas reconfortados se deleiten en internos manjares suculentos.
Condenación de varios herejes
[De la forma de anatema, publicada el 20 de agosto de 1229(?)]
“Excomulgamos y anatematizamos... a todos los herejes”: cátaros, patarenos, pobres de Lyon, pasaginos, josefinos, arnaldistas, esperonistas y otros, “cualquier nombre que lleven, pues tienen caras diversas, pero las colas atadas unas con otras [Iud. 15, 4], pues por su vanidad todos convienen en lo mismo”.
De la materia y forma de la ordenación
[De la Carta a Olao, obispo de Lund, de 9 de diciembre de 1232]
Cuando se ordenan el presbítero y el diácono reciben la imposición de la mano con tacto corporal, según rito introducido por los Apóstoles; si ello se hubiere omitido, no se ha de repetir de cualquier manera, sino que en el tiempo estatuído para conferir estas órdenes, ha de suplirse con cautela lo que por error fue omitido. En cuanto a la suspensión de las manos, debe hacerse cuando la oración se derrama sobre la cabeza del ordenando.
De la invalidez del matrimonio condicionado
[De los fragmentos de los Decretos n. 104, hacia 1227-1234]
Si se ponen condiciones contra la sustancia del matrimonio, por ejemplo, si una de las partes dice a la otra: “Contraigo contigo, si evitas la generación de la prole” o: “hasta encontrar otra más digna por su honor o riquezas”, o: “si te entregas al adulterio para ganar dinero”; el contrato matrimonial, por muy favorable que sea, carece de efecto, aun cuando otras condiciones puestas al matrimonio, si fueren torpes e imposibles, por favor a él, han de considerarse como no puestas.
De la materia del bautismo
[De la Carta Cunt, sicut ex, a Sigurdo, arzobispo de Drontheim de 8 de julio de 1241]
Como quiera que, según por tu relación hemos sabido, a causa de la escasez de agua se bautizan alguna vez los niños de esa tierra con cerveza, a tenor de las presentes te respondemos que quienes se bautizan con cerveza no deben considerarse debidamente bautizados, puesto que, según la doctrina evangélica, hay que renacer del agua y del Espíritu Santo [Ioh. 3, 5].
De la usura
[De la Carta al hermano R., en el fragm. de Decr. 69 de fecha incierta]
El que presta a un navegante o a uno que va a la feria, cierta cantidad de dinero, por exponerse a peligro, si recibe algo más del capital, [no?] ha de ser tenido por usurero. También el que da diez sueldos, para que a su tiempo se le den otras tantas medidas de grano, vino y aceite, que, aunque entonces valgan más, como razonablemente se duda si valdrán más o menos en el momento de la paga, no debe por eso ser reputado usurero. Por razón de esta duda se excusa también el que vende paños, grano, vino, aceite u otras mercancías para recibir en cierto término más de lo que entonces valen, si es que en el término del contrato no las hubiera vendido.
CELESTINO IV, 1241
INOCENCIO IV, 1243-1254
I CONCILIO DE LYON, 1245
XIII ecuménico (contra Federico II)
No publicó decretos dogmáticos
Acerca de los ritos de los griegos
[De la Carta Sub catholicae, al obispo de Frascati, Legado de la Sede Apostólica entre los griegos, de 6 de marzo de 1254]
§ 3. 1. Acerca, pues, de estas cosas nuestra deliberación vino a parar en que los griegos del mismo reino mantengan y observen la costumbre de la Iglesia Romana en las unciones que se hacen en el bautismo.—2. El rito, en cambio, o costumbre que según dicen tienen de ungir por todo el cuerpo a los bautizados, si no puede suprimirse sin escándalo, se puede tolerar, como quiera que, hágase o no, no importa gran cosa para la eficacia o efecto del bautismo.—3. Tampoco importa que bauticen con agua fría o caliente, pues se dice que afirman que en una y en otra tiene el bautismo igual virtud y efecto.
4. Sólo los obispos, sin embargo, signen con el crisma en la frente a los bautizados, pues esta unción no debe practicarse más que por los obispos. Porque de solos los Apóstoles se lee, cuyas veces hacen los obispos, que dieron el Espíritu Santo por medio de la imposición de las manos, que está representada por la confirmación o crismación de la frente.—5. Cada obispo puede también, en su Iglesia, el día de la cena del Señor, consagrar, según la forma de la Iglesia, el crisma, compuesto de bálsamo y aceite de olivas. En efecto, en la unción del crisma se confiere el don del Espíritu Santo. Y, ciertamente, la paloma que designa al mismo Espíritu Santo, se lee que llevó el ramo de olivo al arca. Pero si los griegos prefieren guardar en esto su antiguo rito, a saber, que el patriarca juntamente con los arzobispos y obispos sufragáneos suyos y los arzobispos con sus sufragáneos, consagren juntos el crisma, pueden ser tolerados en tal costumbre.
6. Nadie, empero, por medio de los sacerdotes o confesores, sea sólo ungido por alguna unción, en vez de la satisfacción de la penitencia.—7. A los enfermos, en cambio, según la palabra de Santiago Apóstol [Iac. 5, 14], administreseles la extremaunción.
8. En cuanto a añadir agua, ya fría, ya caliente o templada, en el sacrificio del altar, sigan, si quieren, los griegos su costumbre, con tal de que crean y afirmen que, guardada la forma del canon, de una y otra se consagra igualmente.—9. Pero no reserven durante un año la Eucaristía consagrada en la cena del Señor, bajo pretexto de comulgar de ella los enfermos. Séales, sin embargo, permitido consagrar el cuerpo de Cristo para los mismos enfermos y conservarlo por quince días y no por más largo tiempo, para evitar que, por la larga reserva, alteradas tal vez las especies, resulte menos apto para ser recibido, si bien la verdad y eficacia permanecen siempre las mismas y no se desvanecen por duración o cambio alguno del tiempo.—10. En cuanto a la celebración de las Misas solemnes y otras, y en cuanto a la hora de celebrarlas, con tal de que en la confección o consagración observen la forma de las palabras por el Señor expresada y enseñada, y en la celebración no pasen de la hora nona, permítaseles seguir su costumbre...
18. Respecto a la fornicación que comete soltero con soltera, no ha de dudarse en modo alguno que es pecado mortal, como quiera que afirma el Apóstol que tanto fornicarios como adúlteros son ajenos al reino de Dios [1 Cor. 6, 9 s].
19. Además, queremos y expresamente mandamos que los obispos griegos confieran en adelante las siete órdenes conforme a la costumbre de la Iglesia romana, pues se dice que hasta ahora han descuidado y omitido tres de las menores en los ordenados. Sin embargo, los que ya han sido así ordenados por ellos, dada su excesiva muchedumbre, pueden ser tolerados en las órdenes así recibidas.
20. Mas, como dice el Apóstol que la mujer, muerto el marido, está suelta de la ley del mismo, de suerte que tiene libre facultad de casarse con quien quiera en el Señor [Rom. 7. 2; 1 Cor. 7, 39]; no desprecien en modo alguno ni condenen los griegos las segundas, terceras y ulteriores nupcias, sino más bien apruébenlas, entre personas que, por lo demás, pueden lícitamente unirse en matrimonio. Sin embargo, los presbíteros no bendigan en modo alguno a las que por segunda vez se casan.
23. Finalmente, afirmando la Verdad en el Evangelio que si alguno dijere blasfemia contra el Espíritu Santo, no se le perdonará ni en este mundo ni el futuro [Mt. 12, 32], por lo que se da a entender que unas culpas se perdonan en el siglo presente y otras en el futuro, y como quiera que también dice el Apóstol que el fuego probará cómo sea la obra de cada uno; y: Aquel cuya obra ardiere sufrirá daño; él, empero, se salvará; pero como quien pasa por el fuego [1 Cor. 3, 13 y 15]; y como los mismos griegos se dice que creen y afirman verdadera e indubitablemente que las almas de aquellos que mueren, recibida la penitencia, pero sin cumplirla; o sin pecado mortal, pero sí veniales y menudos, son purificados después de la muerte y pueden ser ayudados por los sufragios de la Iglesia; puesto que dicen que el lugar de esta purgación no les ha sido indicado por sus doctores con nombre cierto y propio, nosotros que, de acuerdo con las tradiciones y autoridades de los Santos Padres lo llamamos purgatorio, queremos que en adelante se llame con este nombre también entre ellos. Porque con aquel fuego transitorio se purgan ciertamente los pecados, no los criminales o capitales, que no hubieren antes sido perdonados por la penitencia, sino los pequeños y menudos, que aun después de la muerte pesan, si bien fueron perdonados en vida.
24. Mas si alguno muere en pecado mortal sin penitencia, sin género de duda es perpetuamente atormentado por los ardores del infierno eterno.—25. Las almas, empero, de los niños pequeños después del bautismo y también las de los adultos que mueren en caridad y no están retenidas ni por el pecado ni por satisfacción alguna por el mismo, vuelan sin demora a la patria sempiterna.
ALEJANDRO IV, 1254-1261
Errores de Guillermo del Santo Amor (sobre los mendicantes)
[De la Constitución Romanus Pontifex, de 5 de octubre de 12561
Aparecieron, decimos, y por el excesivo ardor de su ánimo, prorrumpieron en extraviadas imaginaciones, componiendo temerariamente cierto libelo muy pernicioso y detestable... Cuidadosamente leído y madura y rigurosamente examinado, se nos ha hecho relación de su contenido. En él hallamos manifiestamente que se contienen cosas perversas y reprobables,
contra la potestad y autoridad del Romano Pontífice y sus compañeros de episcopado,
y algunas contra aquellos que mendigan por Dios bajo estrechísima pobreza, venciendo con su voluntaria indigencia al mundo con sus riquezas;
otras contra los que, animados de ardiente celo por la salvación de las almas y procurándola por los sagrados estudios, logran en la Iglesia de Dios muchos provechos espirituales y hacen allí mucho fruto;
algunas también contra el saludable estado de los religiosos, pobres o mendicantes, como son nuestros amados hijos los frailes Predicadores y los Menores, los cuales con vigor de espíritu, abandonado el siglo con sus riquezas, suspiran con toda su intención por la sola Patria celeste;
y por el estilo otras muchas cosas inconvenientes dignas de eterna confutación y confusión.
Se nos informó también que dicho libelo era semillero de grande escándalo y materia de mucha turbación, y traía también daño a las almas, pues retraía de la devoción acostumbrada y de la ordinaria largueza en las limosnas y de la conversión e ingreso de los fieles en religión.
Nos hemos juzgado por autoridad apostólica, con el consejo de nuestros hermanos, que dicho libro que empieza así: “He aquí que quienes vean gritarán afuera” y por su título se llama Breve tratado sobre los peligros de los últimos tiempos, ha de ser reprobado y para siempre condenado por inicuo, criminal y execrable; y las instituciones y enseñanzas en él dadas, por perversas, falsas e ilícitas, mandando con todo rigor que quienquiera tuviere ese libro, después de ocho días de sabida esta nuestra reprobación y condenación, procure absolutamente quemarlo y destruirlo enteramente y en cualquiera de sus partes.
URBANO IV, 1261-1264
Del objeto y virtud de la acción litúrgica conmemorativa
[De la Bula Transiturus de hoc mundo, de 11 de agosto de 1264]
Porque lo demás de que hacemos memoria, lo abrazamos con la mente y el espíritu; pero no por eso obtenemos la presencia real de la cosa. Pero en esta conmemoración sacramental, Jesucristo está presente entre nosotros, bajo forma distinta, ciertamente, pero en su propia sustancia.
CLEMENTE IV, 1265-1268
GREGORIO X, 1271-1276
II CONCILIO DE LYON, 1274
XIV ecuménico (de la unión de los griegos)
Constitución sobre la procesión del Espíritu Santo
[De summa Trinitate et fide catholica]
Confesamos con fiel y devota profesión que el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo, no como de dos principios, sino como de un solo principio; no por dos aspiraciones, sino por única aspiración; esto hasta ahora ha profesado, predicado y enseñado, esto firmemente mantiene, predica, profesa y enseña la sacrosanta Iglesia Romana, madre y maestra de todos los fieles; esto mantiene la sentencia verdadera de los Padres y doctores ortodoxos, lo mismo latinos que griegos. Mas, como algunos, por ignorancia de la anterior irrefragable verdad, han caído en errores varios, nosotros, queriendo cerrar el camino a tales errores, con aprobación del sagrado Concilio, condenamos y reprobamos a los que osaren negar que el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo, o también con temerario atrevimiento afirmar que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo como de dos principios y no como de uno.
Profesión de fe de Miguel Paleólogo
Creemos que la Santa Trinidad, Padre e Hijo y Espíritu Santo es un solo Dios omnipotente y que toda la divinidad en la Trinidad es coesencial y consustancial, coeterna y coomnipotente, de una sola voluntad, potestad y majestad, creador de todas las creaturas, de quien todo, en quien todo y por quien todo, lo que hay en el cielo y en la tierra, lo visible y lo invisible, lo corporal y lo espiritual. Creemos que cada persona en la Trinidad es un solo Dios verdadero, pleno y perfecto.
Creemos que el mismo Hijo de Dios, Verbo de Dios, eternamente nacido del Padre, consustancial, coomnipotente e igual en todo al Padre en la divinidad, nació temporalmente del Espíritu Santo y de María siempre Virgen con alma racional; que tiene dos nacimientos, un nacimiento eterno del Padre y otro temporal de la madre: Dios verdadero y hombre verdadero, propio y perfecto en una y otra naturaleza, no adoptivo ni fantástico, sino uno y único Hijo de Dios en dos y de dos naturalezas, es decir, divina y humana, en la singularidad de una sola persona, impasible e inmortal por la divinidad, pero que en la humanidad padeció por nosotros y por nuestra salvación con verdadero sufrimiento de su carne, murió y fue sepultado, y descendió a los infiernos, y al tercer día resucitó de entre los muertos con verdadera resurrección de su carne, que al día cuadragésimo de su resurrección subió al cielo con la carne en que resucitó y con el alma, y está sentado a la derecha de Dios Padre, que de allí ha de venir a juzgar a los vivos y a los muertos, y que ha de dar a cada uno según sus obras, fueren buenas o malas.
Creemos también que el Espíritu Santo es Dios pleno, perfecto y verdadero que procede del Padre y del Hijo, consustancial, coomnipotente y coeterno en todo con el Padre y el Hijo. Creemos que esta santa Trinidad no son tres dioses, sino un Dios único,omnipotente, eterno, invisible e inmutable.
Creemos que hay una sola verdadera Iglesia Santa, Católica y Apostólica, en la que se da un solo santo bautismo y verdadero perdón de todos los pecados. Creemos también la verdadera resurrección de la carne que ahora llevamos, y la vida eterna. Creemos también que el Dios y Señor omnipotente es el único autor del Nuevo y del Antiguo Testamento, de la Ley, los Profetas y los Apóstoles. Ésta es la verdadera fe católica y ésta mantiene y predica en los antedichos artículos la sacrosanta Iglesia Romana. Mas, por causa de los diversos errores que unos por ignorancia y otros por malicia han introducido, dice y predica que aquellos que después del bautismo caen en pecado, no han de ser rebautizados, sino que obtienen por la verdadera penitencia el perdón de los pecados. Y si verdaderamente arrepentidos murieren en caridad antes de haber satisfecho con frutos dignos de penitencia por sus comisiones y omisiones, sus almas son purificadas después de la muerte con penas purgatorias o catarterias, como nos lo ha explicado Fray Juan; y para alivio de esas penas les aprovechan los sufragios de los fieles vivos, a saber, los sacrificios de las misas, las oraciones y limosnas, y otros oficios de piedad, que, según las instituciones de la Iglesia, unos fieles acostumbran hacer en favor de otros. Mas aquellas almas que, después de recibido el sacro bautismo, no incurrieron en mancha alguna de pecado, y también aquellas que después de contraída, se han purgado, o mientras permanecían en sus cuerpos o después de desnudarse de ellos, como arriba se ha dicho, son recibidas inmediatamente en el cielo.
Las almas, empero, de aquellos que mueren en pecado mortal o con solo el original, descienden inmediatamente al infierno, para ser castigadas, aunque con penas desiguales. La misma sacrosanta Iglesia Romana firmemente cree y firmemente afirma que, asimismo, comparecerán todos los hombres con sus cuerpos el día del juicio ante el tribunal de Cristo para dar cuenta de sus propios hechos [Rom. 14, 10 s].
Sostiene también y enseña la misma Santa Iglesia Romana que hay siete sacramentos eclesiásticos, a saber: uno el bautismo del que arriba se ha hablado; otro es el sacramento de la confirmación que confieren los obispos por medio de la imposición de las manos, crismando a los renacidos, otro es la penitencia, otro la eucaristía, otro el sacramento del orden, otro el matrimonio, otro la extremaunción, que se administra a los enfermos según la doctrina del bienaventurado Santiago.
El sacramento de la Eucaristía lo consagra de pan ázimo la misma Iglesia Romana, manteniendo y enseñando que en dicho sacramento el pan se transustancia verdaderamente en el cuerpo y el vino en la sangre de Nuestro Señor Jesucristo. Acerca del matrimonio mantiene que ni a un varón se le permite tener a la vez muchas mujeres ni a una mujer muchos varones. Mas, disuelto el legítimo matrimonio por muerte de uno de los cónyuges, dice ser lícitas las segundas y sucesivamente terceras nupcias, si no se opone otro impedimento canónico por alguna causa.
La misma Iglesia Romana tiene el sumo y pleno primado y principado sobre toda la Iglesia Católica que verdadera y humildemente reconoce haber recibido con la plenitud de potestad, de manos del mismo Señor en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, cuyo sucesor es el Romano Pontífice. Y como está obligada más que las demás a defender la verdad de la fe, así también, por su juicio deben ser definidas las cuestiones que acerca de la fe surgieren. A ella puede apelar cualquiera, que hubiere sido agraviado en asuntos que pertenecen al foro eclesiástico y en todas las causas que tocan al examen eclesiástico, puede recurrirse a su juicio. Y a ella están sujetas todas las Iglesias, y los prelados de ellas le rinden obediencia y reverencia. Pero de tal modo está en ella la plenitud de la potestad, que también admite a las otras Iglesias a una parte de la solicitud y, a muchas de ellas, principalmente a las patriarcales, la misma Iglesia Romana las honró con diversos privilegios, si bien quedando siempre a salvo en su prerrogativa, tanto en los Concilios generales como en todo lo demás.
INOCENCIO V, 1276 MARTIN IV, 1281-1285
ADRIANO V, 1276 HONORIO IV, 1285-1287
JUAN XXI, 1276-1277 NICOLAS IV, 1288-1292
NICOLAS III, 1277-1280 SAN CELESTINO V, 1294-(† 1295)
BONIFACIO VIII, 1294-1303
Sobre las indulgencias
[De la Bula del Jubileo Antiquorum habet, de 22 de febrero de 1300]
La fiel relación de los antiguos nos cuenta que a quienes se acercaban a la honorable basílica del príncipe de los Apóstoles, les fueron concedidos grandes perdones e indulgencias de sus pecados. Nos... teniendo por ratificados y gratos todos y cada uno de esos perdones e indulgencias, por autoridad apostólica los confirmamos y aprobamos...
De la unidad y potestad de la Iglesia
[De la Bula Unam sanctam, de 18 de noviembre de 1302]
Por apremio de la fe, estamos obligados a creer y mantener que hay una sola y Santa Iglesia Católica y la misma Apostólica, y nosotros firmemente la creemos y simplemente la confesamos, y fuera de ella no hay salvación ni perdón de los pecados, como quiera que el Esposo clama en los cantares: Una sola es mi paloma, una sola es mi perfecta. Unica es ella de su madre, la preferida de la que la dio a luz [Cant. 6, 8]. Ella representa un solo cuerpo místico, cuya cabeza es Cristo, y la cabeza de Cristo, Dios. En ella hay un solo Señor, una sola fe, un solo bautismo [Eph. 4, 5]. Una sola, en efecto, fue el arca de Noé en tiempo del diluvio, la cual prefiguraba a la única Iglesia, y, con el techo en pendiente de un codo de altura, llevaba un solo rector y gobernador, Noé, y fuera de ella leemos haber sido borrado cuanto existía sobre la tierra. Mas a la Iglesia la veneramos también como única, pues dice el Señor en el Profeta: Arranca de la espada, oh Dios, a mi alma y del poder de los canes a mi única [Ps. 21, 21]. Oró, en efecto, juntamente por su alma, es decir, por sí mismo, que es la cabeza, y por su cuerpo, y a este cuerpo llamó su única Iglesia, por razón de la unidad del esposo, la fe, los sacramentos y la caridad de la Iglesia. Ésta es aquella túnica del Señor, inconsútil [Ioh. 19, 23], que no fue rasgada, sino que se echó a suertes. La Iglesia, pues, que es una y única, tiene un solo cuerpo, una sola cabeza, no dos, como un monstruo, es decir, Cristo y el vicario de Cristo, Pedro, y su sucesor, puesto que dice el Señor al mismo Pedro: Apacienta a mis ovejas [Ioh. 21, 17]. Mis ovejas, dijo, y de modo general, no éstas o aquéllas en particular; por lo que se entiende que se las encomendó todas. si, pues, ]os griegos u otros dicen no haber sido encomendados a Pedro y a sus sucesores, menester es que confiesen no ser de las ovejas de Cristo, puesto que dice el Señor en Juan que hay un solo rebaño y un solo pastor [Ioh. 10, 16].
Por las palabras del Evangelio somos instruidos de que, en ésta y en su potestad, hay dos espadas: la espiritual y la temporal... Una y otra espada, pues, está en la potestad de la Iglesia, la espiritual y la material. Mas ésta ha de esgrimirse en favor de la Iglesia; aquélla por la Iglesia misma. Una por mano del sacerdote, otra por mano del rey y de los soldados, si bien a indicación y consentimiento del sacerdote. Pero es menester que la espada esté bajo la espada y que la autoridad temporal se someta a la espiritual... Que la potestad espiritual aventaje en dignidad y nobleza a cualquier potestad terrena, hemos de confesarlo con tanta más claridad, cuanto aventaja lo espiritual a lo temporal... Porque, según atestigua la Verdad, la potestad espiritual tiene que instituir a la temporal, y juzgarla si no fuere buena... Luego si la potestad terrena se desvía, será juzgada por la potestad espiritual; si se desvía la espiritual menor, por su superior; mas si la suprema, por Dios solo, no por el hombre, podrá ser juzgada. Pues atestigua el Apóstol: El hombre espiritual lo juzga todo, pero él por nadie es juzgado [1 Cor. 2, 15]. Ahora bien, esta potestad, aunque se ha dado a un hombre y se ejerce por un hombre, no es humana, sino antes bien divina, por boca divina dada a Pedro, y a él y a sus sucesores confirmada en Aquel mismo a quien confesó, y por ello fue piedra, cuando dijo el Señor al mismo Pedro: Cuanto ligares etc. [Mt. 16, 19]. Quienquiera, pues, resista a este poder así ordenado por Dios, a la ordenación de Dios resiste [Rom. 13, 2], a no ser que, como Maniqueo, imagine que hay dos principios, cosa que juzgamos falsa y herética, pues atestigua Moisés no que “en los principios”, sino en el principio creó Dios el cielo y la tierra [Gen. 1, 1]. Ahora bien, someterse al Romano Pontífice, lo declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos como de toda necesidad de salvación para toda humana criatura.
BENEDICTO XI, 1303-1304
De la repetida confesión de los pecados
[De la Constitución Inter cunctas sollicitudines, de 17 de febrero de 1304]
Aunque no sea de necesidad confesar nuevamente los pecados, sin embargo, por la vergüenza que es una parte grande de la penitencia, tenemos por cosa saludable que se reitere la confesión de los mismos pecados. Rigurosamente mandamos que los frailes mismos que confiesan [Predicadores y Menores] atentamente avisen y en sus predicaciones exhorten a que los fieles se confiesen con sus sacerdotes por lo menos una vez al año, asegurándoles que ello indudablemente se refiere al provecho de las almas.
CLEMENTE V, 1305-1314
CONCILIO DE VIENNE, 1311-1312
XV ecuménico (abolición de los templarios)
Errores de los begardos y beguinos
(sobre el estado de perfección)
(1) El hombre en la vida presente puede adquirir tal y tan grande grado de perfección, que se vuelve absolutamente impecable y no puede adelantar más en gracia; porque, según dicen, si uno pudiera siempre adelantar, podría hallarse alguien más perfecto que Cristo.
(2) Después que el hombre ha alcanzado este grado de perfección, no necesita ayunar ni orar; porque entonces la sensualidad está tan perfectamente sujeta al espíritu y a la razón, que el hombre puede conceder libremente al cuerpo cuanto le place.
(3) Aquellos que se hallan en el predicho grado de perfección y espíritu de libertad, no están sujetos a la obediencia humana ni obligados a preceptos algunos de la Iglesia, porque (según aseguran) donde está el Espíritu del Señor, allí está la libertad [2 Cor. 3, 17].
(4) El hombre puede alcanzar en la presente vida la beatitud final según todo grado de perfección, tal como la obtendrá en la vida bienaventurada.
(5) Cualquier naturaleza intelectual es en si misma naturalmente bienaventurada y el alma no necesita de la luz de gloria que la eleve para ver a Dios y gozarle bienaventuradamente.
(6) Ejercitarse en los actos de las virtudes es propio del hombre imperfecto, y el alma perfecta licencia de si las virtudes.
(7) El beso de una mujer, como quiera que la naturaleza no inclina a ello, es pecado mortal; en cambio, el acto carnal, como quiera que a esto inclina la naturaleza, no es pecado, sobre todo si el que lo ejercita es tentado.
(8) En la elevación del cuerpo de Jesucristo no hay que levantarse ni tributarle reverencia, y afirman que seria imperfección para ellos si descendieran tanto de la pureza y altura de su contemplación, que pensaran algo sobre el ministerio (v. l.: misterio) o sacramento de la Eucaristía o sobre la pasión de la humanidad de Cristo.
Censura: Nos, con aprobación del sagrado Concilio, condenamos y reprobamos absolutamente la secta misma con los antedichos errores y con todo rigor prohibimos que en adelante los sostenga, apruebe o defienda nadie...
De la usura
[De la Constitución Ex gravi ad nos]
Si alguno cayere en el error de pretender afirmar pertinazmente que ejercer las usuras no es pecado, decretamos que sea castigado como hereje.
Errores de Pedro Juan Olivi
(acerca de la llaga de Cristo, de la unión del alma y del cuerpo, y del bautismo)
[De la Constitución De Summa Trinitate et fide catholica]
[De la encarnación.] Adhiriéndonos firmemente al fundamento de la fe católica, fuera del cual, en testimonio del Apóstol, nadie puede poner otro [1 Cor. 3, 11], abiertamente confesamos, con la santa madre Iglesia, que el unigénito Hijo de Dios, eternamente subsistente junto con el Padre en todo aquello en que el Padre es Dios, asumió en el tiempo en el tálamo virginal para la unidad de su hipóstasis o persona, las partes de nuestra naturaleza juntamente unidas, por las que, siendo en sí mismo verdadero Dios se hiciera verdadero hombre, es decir, el cuerpo humano pasible y el alma intelectiva o racional que verdaderamente por si misma y esencialmente informa al mismo cuerpo. Y en esta naturaleza asumida, el mismo Verbo de Dios, para obrar la salvación de todos, no sólo quiso ser clavado en la cruz y morir en ella, sino que sufrió que, después de exhalar su espíritu, fuera perforado por la lanza su costado, para que, al manar de él las ondas de agua y sangre, se formara la única inmaculada y virgen, santa madre Iglesia, esposa de Cristo, como del costado del primer hombre dormido fue formada Eva para el matrimonio; y así a la figura cierta del primero y viejo Adán que, según el Apóstol, es forma del futuro {Rom. 5, 14], respondiera la verdad en nuestro novísimo Adán, es decir, en Cristo. Ésta es, decimos, la verdad, asegurada, como por una valla, por el testimonio de aquella grande águila, que vio el profeta Ezequiel pasar de vuelo a los otros animales evangélicos, es decir, por el testimonio del bienaventurado Juan Apóstol y Evangelista, que, contando el suceso y orden de este misterio, dice en su Evangelio: Mas cuando llegaron a Jesús, como le vieron ya muerto, no quebraron sus piernas, sino que uno de los soldados abrió con la lanza su costado y al punto salió sangre y agua. Y el que lo vio dio testimonio, y su testimonio es verdadero, y él sabe que dice verdad, para que también vosotros creáis [Ioh. 19, 33 ss]. Nosotros, pues, volviendo la vista de la consideración apostólica, a la cual solamente pertenece declarar estas cosas, a tan preclaro testimonio y a la común sentencia de los Padres y Doctores, con aprobación del sagrado Concilio, declaramos que el predicho Apóstol y Evangelista Juan, se atuvo, en lo anteriormente transcrito, al recto orden del suceso, contando que a Cristo va muerto uno de los soldados le abrió el costado con la lanza.
[Del alma como forma del cuerpo.] Además, con aprobación del predicho sagrado Concilio, reprobamos como errónea y enemiga de la verdad de la fe católica toda doctrina o proposición que temerariamente afirme o ponga en duda que la sustancia del alma racional o intelectiva no es verdaderamente y por sí forma del cuerpo humano; definiendo, para que a todos sea conocida la verdad de la fe sincera y se cierre la entrada a todos los errores, no sea que se infiltren, que quienquiera en adelante pretendiere afirmar, defender o mantener pertinazmente que el alma racional o intelectiva no es por sí misma y esencialmente forma del cuerpo humano, ha de ser considerado como hereje.
[Del bautismo.] Además ha de ser por todos fielmente confesado un bautismo único que regenera a todos los bautizados en Cristo, como ha de confesarse un solo Dios y una fe única [Eph. 4, 6]; bautismo que, celebrado en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo, creemos ser comúnmente, tanto para los niños como para los adultos, perfecto remedio de salvación.
Mas como respecto al efecto del bautismo en los niños pequeños se halla que algunos doctores teólogos han tenido opiniones contrarias, diciendo algunos de ellos que por la virtud del bautismo ciertamente se perdona a los párvulos la culpa, pero no se les confiere la gracia, mientras afirman otros que no sólo se les perdona la culpa en el bautismo, sino que se les infunden las virtudes y la gracia informante en cuanto al hábito [v. 140], aunque por entonces no en cuanto al uso; nosotros, empero, en atención a la universal eficacia de la muerte de Cristo que por el bautismo se aplica igualmente a todos los bautizados, con aprobación del sagrado Concilio, hemos creído que debe elegirse como más probable y más en armonía y conforme con los dichos de los Santos y de los modernos doctores de teología la segunda opinión que afirma conferirse en el bautismo la gracia informante y las virtudes tanto a los niños como a los adultos.
JUAN XXII, 1316-1334
Errores de los fraticelli (sobre la Iglesia y los sacramentos)
[Condenados en la Constitución Gloriosam Ecclesiam, de 26 de enero de 1318]
Los predichos hijos de la temeridad y de la impiedad, según cuenta una relación fidedigna, han llegado a tal mezquindad de inteligencia que sienten impíamente contra la preclarísima y salubérrima verdad de la fe cristiana, desprecian los venerandos sacramentos de la Iglesia y con el ímpetu de su ciego furor chocan contra el glorioso primado de la lglesia Romana, que ha de ser reverenciado por todas las naciones, para ser más pronto aplastados por él mismo.
(1) Así, pues, el primer error que sale de la tenebrosa oficina de esos hombres, fantasea dos Iglesias, una carnal, repleta de riquezas, que nada en placeres, manchada de crímenes, sobre la que afirman dominar el Romano Pontífice y los otros prelados inferiores; otra espiritual, limpia por su sobriedad, hermosa por la virtud, ceñida de pobreza, en la que se hallan ellos solos y sus cómplices, y sobre la que ellos también mandan por merecimiento de la vida espiritual, si es que hay que dar alguna fe a sus mentiras...
(2) El segundo error con que se mancha la conciencia de esos insolentes, vocifera que los venerables sacerdotes de la Iglesia y demás ministros carecen hasta punto tal de jurisdicción y de orden, que no pueden ni dar sentencia, ni consagrar los sacramentos, ni instruir y enseñar al pueblo que les está sujeto, fingiendo que están privados de toda potestad eclesiástica cuantos ven ajenos a su perfidia: porque sólo entre ellos (según ellos sueñan), como la santidad de la vida espiritual, así persevera la autoridad, en lo que siguen el error de los donatistas...
(3) El tercer error de éstos se conjura con el de los valdenses, pues unos y otros afirman que no ha de jurarse en ningún caso, dogmatizando que se manchan con contagio de pecado mortal y merecen castigo quienes se hubieren obligado por la religión del juramento...
(4) La cuarta blasfemia de estos impíos, manando de la fuente envenenada de los predichos valdenses, finge que los sacerdotes, debida y legítimamente ordenados según la forma de la Iglesia, pero oprimidos por cualesquiera culpas, no pueden consagrar o conferir los sacramentos de la Iglesia...
(5) El quinto error de tal manera ciega las mentes de estos hombres que afirman que sólo en ellos se ha cumplido en este tiempo el Evangelio de Cristo que hasta ahora (según ellos enseñan) había estado escondido y hasta totalmente extinguido...
Muchas otras cosas hay que se dice charlatanean estos hombres presuntuosos contra el venerable sacramento del matrimonio; muchas las que sueñan del curso de los tiempos y del fin del mundo, muchas las que con deplorable vanidad propalan sobre la venida del Anticristo, de quien afirman que está ya llegando. Todo ello, pues vemos que parte son cosas heréticas, parte locas, parte fantásticas, más bien creemos ha de ser condenado con sus autores, que no perseguido o refutado con la pluma...
Errores de Juan Pouilly (acerca de la confesión y de la Iglesia)
[Enumerados y condenados en la Constitución Vas electionis, de 21 de julio de 1321] .
Los que se confiesan con los frailes que tienen licencia general de oír confesiones, están obligados a confesar otra vez a su propio sacerdote los mismos pecados que ya han confesado.
Vigiendo el Estatuto Omnis utriusque sexus, publicado por el Concilio general [IV de Letrán; v. 437], el Romano Pontífice no puede hacer que los feligreses no estén obligados a confesar una vez al año sus pecados con su propio sacerdote, que dice ser su cura párroco; es más, ni Dios podría hacerlo, pues, según decía, implica contradicción.
El Papa, y hasta el mismo Dios, no puede dar licencia general de oír confesiones, sin que quien se confiesa con el que tiene esa licencia general, no esté obligado a confesar nuevamente los mismos pecados con su propio sacerdote, que dice ser, como se dijo antes, su cura párroco.
Todos los predichos artículos y cada uno de ellos, por autoridad apostólica, los condenamos y reprobamos como falsos y erróneos y desviados de la sana doctrina... afirmando ser verdadera y católica la doctrina a ellos contraria...
Del infierno y del limbo (?)
[De la Carta Nequaquam sine dolore a los armenios, de 21 de noviembre de 1321]
Enseña la Iglesia Romana que las almas de aquellos que salen del mundo en pecado mortal o sólo con el pecado original, bajan inmediatamente al infierno, para ser, sin embargo, castigados con penas distintas y en lugares distintos.
De la pobreza de Cristo
[De la Constitución Cum inter nonnullos, de 13 de noviembre de 1323]
Como quiera que frecuentemente se pone en duda entre algunos escolásticos si el afirmar pertinazmente que nuestro Redentor y Señor Jesucristo y sus Apóstoles no tuvieron nada en particular, ni siquiera en común, ha de considerarse como herético, ya que las sentencias sobre ello son diversas y contrarias:
Nos, deseando poner fin a esta disputa, con consejo de nuestros hermanos, declaramos, por este edicto perpetuo, que en adelante ha de ser tenida por errónea y herética semejante aserción pertinaz, como quiera que expresamente contradice a la Sagrada Escritura que en muchos lugares asegura que tenían algunas cosas, y supone que la misma Escritura Sagrada, por la que se prueban ciertamente los artículos de la fe ortodoxa, en cuanto al asunto propuesto contiene fermento de mentira, y, por ello, en cuanto de semejante aserción depende, destruyendo en todo la fe de la Escritura, vuelve dudosa e incierta la fe católica, al quitarle su prueba.
Además, el afirmar pertinazmente en adelante que nuestro Redentor y sus Apóstoles no tenían en modo alguno derecho a usar de aquellas cosas que la Escritura nos atestigua que poseían, ni tenían derecho a venderlas o darlas, ni adquirir con ellas otras, lo que la Escritura nos atestigua que hicieron acerca de las cosas predichas, o expresamente supone que lo podían hacer; como semejante aserción incluye evidentemente que no usaron ni obraron justamente en los puntos predichos, y sentir así de usos, actos o hechos de nuestro Redentor, Hijo de Dios, es sacrílego, contrario a la Sagrada Escritura y enemigo de la doctrina católica, con consejo de nuestros hermanos, declaramos que en adelante tal aserción pertinaz ha de considerarse, con razón, errónea y herética.
Errores de Marsilio de Padua y de Juan de Jandun
(sobre la constitución de la Iglesia)
[Enumerados y condenados en la Constitución Licet iuxta doctrinam, de 23 de octubre de 1327]
(1) Lo que se lee de Cristo en el Evangelio de San Mateo, que Él pagó el tributo al César cuando mandó dar a los que pedían la didracma el estater tomado de la boca del pez [cf. Mt. 17, 26], no lo hace por condescendencia de su liberalidad o piedad, sino forzado por la necesidad.
[De ahí concluían, según la Bula:]
Que todo lo temporal de la Iglesia está sometido al Emperador y éste lo puede tomar como suyo.
(2) El bienaventurado Apóstol Pedro no tuvo más autoridad que los demás Apóstoles, y no fue cabeza de los otros Apóstoles. Asimismo, Cristo no dejó cabeza alguna a la Iglesia ni hizo a nadie vicario suyo.
(3) Al Emperador toca corregir al Papa, instituirle y destituirle, y castigarle.
(4) Todos los sacerdotes, sea el Papa, o el arzobispo o un simple sacerdote, tienen por institución de Cristo la misma jurisdicción y autoridad.
(5) Toda la Iglesia junta no puede castigar a un hombre con pena coactiva, si no se lo concede el Emperador.
Declaramos sentencialmente que los predichos artículos son, como contrarios a la Sagrada Escritura y enemigos de la fe católica, heréticos o hereticales y erróneos, y los predichos Marsilio y Juan herejes y hasta heresiarcas manifiestos y notorios.
Errores de Eckhart (sobre el Hijo de Dios, etc.)
[Enumerados y condenados en la Constitución In agro dominico de 27 de marzo de 1329]
(1) Interrogado alguna vez por qué Dios no hizo el mundo antes, respondió que Dios no pudo hacer antes el mundo, porque nada puede obrar antes de ser; de ahí que tan pronto como fue Dios, al punto creó el mundo.
(2) Asimismo, puede concederse que el mundo fue ab aeterno.
(3) Asimismo, juntamente y de una vez, cuando Dios fue, cuando engendró a su Hijo Dios, coeterno y coigual consigo en todo, creó también el mundo.
(4) Asimismo, en toda obra, aun mala, y digo mala tanto de pena como de culpa, se manifiesta y brilla por igual la gloria de Dios.
(5) Asimismo, el que vitupera a otro, por el vituperio mismo, por el pecado de vituperio, alaba a Dios y cuanto más vitupera y más gravemente peca, más alaba a Dios.
(6) Asimismo, blasfemando uno a Dios mismo, alaba a Dios.
(7) Asimismo, el que pide esto o lo otro, pide un mal y pide mal, porque pide la negación del bien y la negación de Dios y ora que Dios se niegue a sí mismo.
(8) Los que no pretenden las cosas, ni los honores, ni la utilidad, ni la devoción interna, ni la santidad, ni el premio, ni el reino de los cielos, sino que en todas estas cosas han renunciado aun lo que es propio, ésos son los hombres en que es Dios honrado.
(9) Yo he pensado poco ha si quería yo recibir o desear algo de Dios: yo quiero deliberar muy bien sobre eso, porque donde yo estuviera recibiendo de Dios, allí estaría yo debajo de Él, como un criado o esclavo y Él como un Señor dando, y no debemos estar así en la vida eterna.
(10) Nosotros nos transformamos totalmente en Dios y nos convertimos en Él. De modo semejante a como en el sacramento el pan se convierte en cuerpo de Cristo; de tal manera me convierto yo en Él, que Él mismo me hace ser una sola cosa suya, no cosa semejante: por el Dios vivo es verdad que allí no hay distinción alguna.
(11) Cuanto Dios Padre dio a su Hijo unigénito en la naturaleza humana, todo eso me lo dio a mi; aquí no exceptúo nada, ni la unión ni la santidad, sino que todo me lo dio a mi como a Él.
(12) Cuanto dice la Sagrada Escritura acerca de Cristo, todo eso se verifica también en todo hombre bueno y divino.
(13) Cuanto es propio de la divina naturaleza, todo eso es propio del hombre justo y divino. Por ello, ese hombre obra cuanto Dios obra y junto con Dios creó el cielo y la tierra y es engendrador del Verbo eterno y, sin tal hombre, no sabría Dios hacer nada.
(14) El hombre bueno debe de tal modo conformar su voluntad con la voluntad divina, que quiera cuanto Dios quiera; y como Dios quiere que yo peque de algún modo, yo no querría no haber cometido los pecados, y esta es la verdadera penitencia.
(15) Si un hombre hubiere cometido mil pecados mortales, si tal hombre está rectamente dispuesto, no debiera querer no haberlos cometido.
(16) Dios propiamente no manda el acto exterior.
(17) El acto exterior no es propiamente bueno y divino, ni es Dios propiamente quien lo obra y lo pare.
(18) Llevamos frutos no de actos exteriores que no nos hacen buenos, sino de actos interiores que obra y hace el Padre permaneciendo en nosotros.
(19) Dios ama a las almas y no la obra externa.
(20) El hombre bueno es Hijo unigénito de Dios.
(21) El hombre noble es aquel Hijo unigénito de Dios, a quien el Padre engendró eternamente.
(22) El Padre me engendra a mí su Hijo y el mismo Hijo. Cuanto Dios obra, es una sola cosa; luego me engendra a mí, Hijo suyo sin distinción alguna.
(23) Dios es uno solo de todos modos y según toda razón, de suerte que en Él no es posible hallar muchedumbre alguna, ni en el entendimiento ni fuera del entendimiento; porque el que ve dos o ve distinción, no ve a Dios, porque Dios es uno solo, fuera del número y sobre el número, y no entra en el número con nadie.
Siguese: luego ninguna distinción puede haber o entenderse en el mismo Dios.
(24) Toda distinción es ajena a Dios, lo mismo en la naturaleza que en las personas. Se prueba: porque la naturaleza misma es una sola y esta sola cosa; y cualquier persona es una sola y la misma una sola cosa que la naturaleza.
(25) Cuando se dice: Simón, ¿me amas más que éstos? [Ioh. 21, 15 s], el sentido es: me amas más que a estos, y está ciertamente bien, pero no perfectamente. Pues en lo primero y lo segundo, se da el más y el menos, el grado y el orden; pero en lo uno, no hay grado ni orden. Luego el que ama a Dios más que al prójimo, hace ciertamente bien, pero aún no perfectamente.
(26) Todas las criaturas son una pura nada: no digo que sean un poco o algo, sino que son una pura nada.
Se le había además objetado a dicho Eckhart que había predicado otros dos artículos con estas palabras:
(1) Algo hay en el alma que es increado e increable; si toda el alma fuera tal, sería increada e increable, y esto es el entendimiento.
(2) Dios no es bueno, ni mejor, ni óptimo: Tan mal hablo cuando llamo a Dios bueno, como cuando digo lo blanco negro.
[De estos artículos dice luego la Bula:]
... Nos ... expresamente condenamos y reprobamos los quince primeros artículos y los dos últimos como heréticos y los otros once citados como mal sonantes, temerarios, sospechosos de herejía, y no menos cualesquiera libros u opúsculos del mismo Eckhart que contengan los antedichos artículos o alguno de ellos.
BENEDICTO XII, 1334-1342
De la visión beatífica de Dios y de los novísimos
[De la Constitución Benedictus Deus, de 29 de enero de 1330]
Por esta constitución que ha de valer para siempre, por autoridad apostólica definimos que, según la común ordenación de Dios, las almas de todos los santos que salieron de este mundo antes de la pasión de nuestro Señor Jesucristo, así como las de los santos Apóstoles, mártires, confesores, vírgenes, y de los otros fieles muertos después de recibir el bautismo de Cristo, en los que no había nada que purgar al salir de este mundo, ni habrá cuando salgan igualmente en lo futuro, o si entonces lo hubo o habrá luego algo purgable en ellos, cuando después de su muerte se hubieren purgado; y que las almas de los niños renacidos por el mismo bautismo de Cristo o de los que han de ser bautizados, cuando hubieren sido bautizados, que mueren antes del uso del libre albedrío, inmediatamente después de su muerte o de la dicha purgación los que necesitaren de ella, aun antes de la reasunción de sus cuerpos y del juicio universal, después de la ascensión del Salvador Señor nuestro Jesucristo al cielo, estuvieron, están y estarán en el cielo, en el reino de los cielos y paraíso celeste con Cristo, agregadas a la compañía de los santos ángeles, y después de la muerte y pasión de nuestro Señor Jesucristo vieron y ven la divina esencia con visión intuitiva y también cara a cara, sin mediación de criatura alguna que tenga razón de objeto visto, sino por mostrárseles la divina esencia de modo inmediato y desnudo, clara y patentemente, y que viéndola así gozan de la misma divina esencia y que, por tal visión y fruición, las almas de los que salieron de este mundo son verdaderamente bienaventuradas y tienen vida y descanso eterno, y también las de aquellos que después saldrán de este mundo, verán la misma divina esencia y gozarán de ella antes del juicio universal; y que esta visión de la divina esencia y la fruición de ella suprime en ellos los actos de fe y esperanza, en cuanto la fe y la esperanza son propias virtudes teológicas; y que una vez hubiere sido o será iniciada esta visión intuitiva y cara a cara y la fruición en ellos, la misma visión y fruición es continua sin intermisión alguna de dicha visión y fruición, y se continuará hasta el juicio final y desde entonces hasta la eternidad.
Definimos además que, según la común ordenación de Dios, las almas de los que salen del mundo con pecado mortal actual, inmediatamente después de su muerte bajan al infierno donde son atormentados con penas infernales, y que no obstante en el día del juicio todos los hombres comparecerán con sus cuerpos ante el tribunal de Cristo, para dar cuenta de sus propios actos, a fin de que cada uno reciba lo propio de su cuerpo, tal como se portó, bien o mal [2 Cor. 5, 10].
Errores de los armenios
[Del Memorial lam dudum, remitido a los armenios el año 1341]
4. Igualmente lo que dicen y creen los armenios, que el pecado de los primeros padres, personal de ellos, fue tan grave, que todos los hijos de ellos, propagados de su semilla hasta la pasión de Cristo, se condenaron por mérito de aquel pecado personal de ellos y fueron arrojados al infierno después de la muerte, no porque ellos hubieran contraído pecado original alguno de Adán, como quiera que dicen que los niños no tienen absolutamente ningún pecado original, ni antes ni después de la pasión de Cristo, sino que dicha condenación los seguía, antes de la pasión de Cristo, por razón de la gravedad del pecado personal que cometieron Adán y Eva, traspasando el precepto divino que les fue dado. Pero después de la pasión del Señor en que fue borrado el pecado de los primeros padres, los niños que nacen de los hijos de Adán no están destinados a la condenación ni han de ser arrojados al infierno por razón de dicho pecado, porque Cristo, en su pasión, borró totalmente el pecado de los primeros padres.
5. Igualmente, lo que de nuevo introdujo y enseñó cierto maestro de los armenios, llamado Mequitriz, que se interpreta paráclito, que el alma humana del hijo se propaga del alma de su padre, como un cuerpo de otro, y un ángel también de otro; porque como el alma humana, que es racional, y el ángel, que es de naturaleza intelectual, son una especie de luces espirituales, de si mismos propagan otras luces espirituales.
6. Igualmente dicen los armenios que las almas de los niños que nacen de padres cristianos después de la pasión de Cristo, si mueren antes de ser bautizados van al paraíso terrenal en que estuvo Adán antes del pecado; mas las almas de los niños que nacen de padres cristianos después de la pasión de Cristo y mueren sin el bautismo, van a los lugares donde están las almas de sus padres.
17. Asimismo, lo que comúnmente creen los armenios que en el otro mundo no hay purgatorio de las almas porque, como dicen, si el cristiano confiesa sus pecados se le perdonan todos los pecados y las penas de los pecados. Y no oran ellos tampoco por los difuntos para que en el otro mundo se les perdonen los pecados, sino que oran de modo general por todos los muertos, como por la bienaventurada María, los Apóstoles...
18. Asimismo, lo que creen y mantienen los armenios que Cristo descendió del cielo y se encarnó por la salvación de los hombres, no porque los hijos propagados de Adán y Eva después del pecado de éstos contraigan el pecado original, del que se salvan por medio de la encarnación y muerte de Cristo, como quiera que dicen que no hay ningún pecado tal en los hijos de Adán; sino que dicen que Cristo se encarnó y padeció por la salvación de los hombres, porque los hijos de Adán que precedieron a dicha pasión fueron librados del infierno, en el que estaban, no por razón del pecado original que hubiera en ellos, sino por razón de la gravedad del pecado personal de los primeros padres. Creen también que Cristo se encarnó y padeció por la salvación de los niños que nacieron después de su pasión, porque por su pasión destruyó totalmente el infierno...
19.... Hasta tal punto dicen los armenios que dicha concupiscencia de la carne es pecado y mal, que hasta los padres cristianos, cuando matrimonialmente se unen, cometen pecado, porque dicen que el acto matrimonial es pecado, y lo mismo el matrimonio...
40. Otros dicen que los obispos y presbíteros de los armenios nada hacen para la remisión de los pecados, ni de modo principal ni de modo ministerial, sino que sólo Dios perdona los pecados; ni los obispos y presbíteros se emplean para la remisión dicha por otro motivo, sino porque ellos recibieron de Dios el poder de
hablar y, por eso, cuando absuelven dicen: “Dios te perdone tus pecados”; o “yo te perdono tus pecados en la tierra y Dios te los perdone en el cielo”.
42. Asimismo, dicen y sostienen los armenios que para la remisión de los pecados basta la sola pasión de Cristo, sin otro don alguno de Dios, aun gratificante: ni dicen que para hacer la remisión de los pecados se requiera la gracia de Dios, gratificante o justificante, ni que en los sacramentos de la nueva ley se dé la gracia de Dios gratificante.
48. Asimismo, dicen y sostienen los armenios que si los armenios cometen una so!a vez un pecado cualquiera; excepto algunos, su iglesia puede absolverlos, en cuanto a la culpa y a la pena de dichos pecados; pero si uno volviera luego a cometer de nuevo dichos pecados, no podía ser absuelto por su iglesia.
49. Asimismo, dicen que si uno toma una tercera o cuarta mujer o más, no puede ser absuelto por su iglesia, porque dicen que tal matrimonio es fornicación...
58. Asimismo, dicen y sostienen los armenios que para que el bautismo sea verdadero se requieren tres cosas, a saber: agua, crisma y Eucaristía; de modo que si uno bautiza a alguien con agua diciendo: Yo te bautizo en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo, Amén, y luego no le ungiera con dicho crisma, no estaría bautizado. Tampoco lo estaría, si no se diera el sacramento de la Eucaristía.
64. Asimismo, dice el Católicon de Armenia Menor que el sacramento de la confirmación no vale nada, y, por si algo vale, él dio licencia a sus presbíteros para que confieran dicho sacramento.
67. Asimismo, que los armenios no dicen que después de pronunciadas las palabras de la consagración del pan y del vino se haya efectuado la transustanciación del pan y del vino en el verdadero cuerpo y sangre de Cristo, el mismo cuerpo que nació de la Virgen María y padeció y resucitó; sino que sostienen que aquel sacramento es el ejemplar o semejanza, o sea, figura del verdadero cuerpo y sangre del Señor...; por lo que al sacramento del Altar no le llaman ellos el cuerpo y sangre del Señor, sino hostia, o sacrificio, o comunión...
68. Asimismo, dicen y sostienen los armenios que si un presbítero u obispo ordenado comete una fornicación, aun en secreto, pierde la potestad de consagrar y administrar todos los sacramentos.
70. Asimismo, no dicen ni sostienen los armenios que el sacramento de la Eucaristía, dignamente recibido, opere en el que lo recibe la remisión de los pecados, o la relajación de las penas debidas por el pecado, o que por él se dé la gracia de Dios o su aumento, sino que el cuerpo de Cristo entra en el cuerpo del que comulga y se convierte en el mismo, como los otros alimentos se convierten en el alimentado...
92. Asimismo, entre los armenios sólo hay tres órdenes, que son acolitado, diaconado y presbiterado, órdenes que los obispos confieren con promesa o aceptación de dinero. Y del mismo modo se confirman dichos órdenes del presbiterado y del diaconado, es decir, por la imposición de la mano diciendo algunas palabras, sin más mutación sino que en la ordenación del diácono se expresa el orden del diaconado, y en la ordenación del presbítero, el del presbiterado. Pero ningún obispo puede entre ellos ordenar a otro obispo sino sólo el Católicon...
95. Asimismo, el Católicon de la Armenia Menor dio potestad a cierto presbítero para que pudiera ordenar diáconos a cuantos de sus súbditos quisiera...
109. Asimismo, entre los armenios no se castiga a nadie por error alguno que defienda... [hay 117 números].
CLEMENTE VI, 1342-1352
De la satisfacción de Cristo, el tesoro de la Iglesia, las indulgencias
[De la Bula del jubileo Unigenitus Dei Filius, de 25 de enero de 1343]
El unigénito Hijo de Dios, para nosotros constituído por Dios sabiduría, justicia, santificación y redención [1 Cor, 1, 30], no por medio de la sangre de machos cabríos o de novillos, sino por su propia sangre, entró una vez en el santuario, hallado que hubo eterna redención [Hebr. 9, 12]. Porque no nos redimió con oro y plata corruptibles, sino con su preciosa sangre de cordero incontaminado e inmaculado [1 Petr. 1, 18 s]. Esa sangre sabemos que, inmolado inocente en el altar de la cruz, no la derramó en una gota pequeña, que, sin embargo, por su unión con el Verbo, hubiera bastado para la redención de todo el género humano, sino copiosamente como un torrente, de suerte que desde la planta del pie hasta la coronilla de la cabeza, no se hallaba en él parte sana [Is. 1, 6]. A fin, pues, que en adelante, la misericordia de tan grande efusión no se convirtiera en vacía, inútil o superflua, adquirió un tesoro para la Iglesia militante, queriendo el piadoso Padre atesorar para sus hijos de modo que hubiera así un tesoro infinito para los hombres, y los que de él usaran se hicieran partícipes de la amistad de Dios [Sap. 7, 14].
Este tesoro, lo encomendó para ser saludablemente dispensado a los fieles, al bienaventurado Pedro, llavero del cielo y a sus sucesores, vicarios suyos en la tierra, y para ser misericordiosamente aplicado por propias y razonables causas, a los verdaderamente arrepentidos y confesados, ya para la total, ya para la parcial remisión de la pena temporal debida por los pecados, tanto de modo general como especial, según conocieren en Dios que conviene.
Para colmo de este tesoro se sabe que prestan su concurso los méritos de la bienaventurada Madre de Dios y de todos los elegidos, desde el primer justo hasta el último, y no hay que temer en modo alguno por su consunción o disminución, tanto porque, como se ha dicho antes, los merecimientos de Cristo son infinitos, como porque, cuantos más sean atraídos a la justicia por participar del mismo, tanto más se aumenta el cúmulo de sus merecimientos.
Errores filosóficos de Nicolas de Autrécourt
[Condenados y por él públicamente retractados el año 1347]
1.... De las cosas, por las apariencias naturales, no puede tenerse casi ninguna certeza; sin embargo, esa poca puede tenerse en breve tiempo, si los hombres vuelven su entendimiento a las cosas mismas y no al intelecto de Aristóteles y su comentador.
2.... No puede evidentemente, con la evidencia predicha, de una cosa inferirse o concluirse otra cosa, o del no ser de la una el no ser de la otra.
3.... Las proposiciones “Dios existe” “Dios no existe”, significan absolutamente lo mismo, aunque de otro modo.
9.... La certeza de evidencia no tiene grados.
10.... De la sustancia material, distinta de nuestra alma, no tenemos certeza de evidencia.
11.... Exceptuada la certeza de la fe, no hay otra certeza que la certeza del primer principio, o la que puede resolverse en el primer principio.
14.... Ignoramos evidentemente que las otras cosas fuera de Dios puedan ser causa de algún efecto —que alguna causa, que no sea Dios, cause eficientemente—, que haya o pueda haber alguna causa eficiente natural.
15.... Ignoramos evidentemente que algún efecto sea o pueda ser naturalmente producido.
17.... No sabemos evidentemente que en producción alguna concurra el sujeto.
21.... Demostrada una cosa cualquiera, nadie sabe evidentemente que no excede en nobleza a todas las otras.
22.... Demostrada una cosa cualquiera, nadie sabe evidentemente que ésa no sea Dios, si por Dios entendemos el ente más noble.
25.... Nadie sabe evidentemente que no pueda concederse razonablemente esta proposición: “Si alguna cosa es producida, Dios es producido”.
26.... No puede demostrarse evidentemente que cualquier cosa no sea eterna.
30. ... Las siguientes consecuencias no son evidentes: “Se da el acto de entender; luego se da el entendimiento. Se da el acto de querer; luego se da la voluntad”.
31.... No puede demostrarse evidentemente que todo lo que. aparece sea verdadero.
32.... Dios y la criatura no son algo.