"humanae
Vitae" y "Gaudium et spes"
Audiencia General 25 de
julio de 1984
1. Reanudamos las
reflexiones que tienden a colegar la Encíclica «Humanæ vitæ» con el
conjunto de la teología del cuerpo.
Esta Encíclica no se limita a recordar la norma moral que concierne
a la convivencia conyugal, reafirmándola ante las nuevas
circunstancias. Pablo VI, al pronunciarse con el magisterio
auténtico mediante la Encíclica (1968), ha tenido delante de sus
ojos la autorizada enunciación del Concilio Vaticano II, contenida
en la Constitución Gaudium et spes (1965).
La Encíclica, no sólo se halla en la línea de la enseñanza conciliar,
sino que constituye también el desarrollo y la complementación de
los problemas allí incluidos, de un modo especial con referencia al
problema de la «armonía del amor humano con el respeto a la vida».
Sobre este punto, leemos en la «Gaudium et spes» las siguientes
palabras: «La Iglesia recuerda que no puede haber contradicción
verdadera entre las leyes divinas de la transmisión obligatoria de
la vida y del fomento genuino del amor conyugal» (GS 51).
2. La Constitución Pastoral del Vaticano II excluye toda «verdadera
contradicción» en el orden normativo, lo cual, por su parte,
confirma Pablo VI, procurando a la vez proyectar luz sobre aquella
«no-contradicción» y, de ese modo, motivar la respectiva norma
moral, demostrando la conformidad de la misma con la razón.
Sin embargo, la «Humanæ vitæ» habla no tanto de la «no contradicción»
en el orden normativo, cuanto de la «inseparable conexión» entre la
transmisión de la vida y el auténtico amor conyugal desde el punto
de vista de los «dos significados del acto conyugal: el significado
unitivo y el significado procreativo» (Humanæ vitæ, 12), de los
cuales ya hemos tratado.
3. Nos podríamos detener largamente sobre el análisis de la norma
misma; pero el carácter de uno y otro documento lleva, sobre todo, a
reflexiones, al menos indirectamente, pastorales. En efecto, la «Gaudium
et spes» es una Constitución Pastoral, y la Encíclica de Pablo VI
-con todo su valor doctrinal- intenta tener la misma orientación.
Quiere ser, efectivamente, respuesta a los interrogantes del hombre
contemporáneo. Son, éstos, interrogantes de carácter demográfico y,
en consecuencia, de carácter socio-económico y político,
relacionados con el crecimiento de la población en el globo
terrestre. Son interrogantes que surgen en el campo de las ciencias
particulares, y del mismo estilo son los interrogantes de los
moralistas contemporáneos (teólogos-moralistas). Son antes que nada
los interrogantes de los cónyuges, que se encuentra ya en el centro
de la atención de la Constitución conciliar y que la Encíclica toma
de nueva con toda la precisión que es de desear. Precisamente leemos
en ella: «Consideradas las condiciones de la vida actual y dado el
significado que las relaciones conyugales tienen en orden a la
armonía entre los esposos y su mutua fidelidad, ¿no sería indicado
revisar las normas éticas hasta ahora vigentes, sobre todo si se
considera que las mismas no pueden observarse sin sacrificios,
algunas veces heroicos?» (Humanæ vitæ, 3).
4. En la antedicha formulación es evidente la solicitud con la que
el autor de la Encíclica procura afrontar los interrogativos del
hombre contemporáneo en todo su alcance. El relieve de estos
interrogativos supone una respuesta proporcionalmente ponderada y
profunda. Pues si, por una parte, es justo esperarse una profunda
exposición de la norma, por otra parte, nos es licito esperar que
una importancia no menor se conceda a los temas pastorales, ya que
conciernen más directamente a la vida de los hombres concretos, de
aquellos, precisamente, que se plantean las preguntas mencionadas al
principio.
Pablo VI ha tenido siempre delante de si a estos hombres. Expresión
de ello es, entre otros, el siguiente pasaje de la «Humanæ vitæ»:
«La doctrina de la Iglesia en materia de regulación de la natalidad,
promulgadora de la ley divina, aparecerá fácilmente a los ojos de
muchos difícil e, incluso, imposible en la práctica. Y en verdad que,
como todas las grandes y beneficiosas realidades, exige un serio
empeño y muchos esfuerzos de orden familiar, individual y social.
Más aún, no sería posible actuaría sin la ayuda de Dios, que
sostiene y fortalece la buena voluntad de los hombres. Pero a todo
aquel que reflexione seriamente, no puede menos que aparecer que
tales esfuerzos ennoblecen al hombre y benefician la comunidad
humana» (Humanæ vitæ, 20).
5. A esa altura no se habla más de la no-contradicción normativa,
sino sobre todo de la «posibilidad de la observancia de la ley
divina», es decir, de un tema, al menos indirectamente, pastoral. El
hecho de que la ley tenga que ser de «posible» puesta en práctica,
pertenece directamente a la misma naturaleza de la ley y está, por
tanto, contenido en el cuadro de la «no-contradictoriedad normativa».
Sin embargo, la «posibilidad», entendida como actualidad de la norma,
pertenece también a la esfera práctica y pastoral. Mi predecesor
habla en el texto citado, precisamente, de este punto de vista.
6. Se puede añadir una consideración: de hecho que toda la
retrovisión bíblica, denominada «teología del cuerpo», nos ofrezca
también, aunque indirectamente, la confirmación de la verdad de la
norma moral, contenida en la «Humanæ vitæ», nos predispone a
considerar, más a fondo, los aspectos prácticos y pastorales del
problema en su conjunto. Los principios y presupuestos generales de
la «teología del cuerpo». ¿No estaban, quizás, sacados todos ellos
de las respuestas que Cristo dio a las preguntas de sus concretos
interlocutores? Y los textos de Pablo -como, por ejemplo, los de la
Carta a los Corintios-, ¿no son, acaso, un pequeño manual en orden a
los problemas de la vida moral de los primeros seguidores de Cristo?
Y en estos textos encontramos ciertamente, esa «norma de comprensión»
que parece tan indispensable frente a los problemas de que trata la
«Humanæ vitæ», y que está presente en esta Encíclica.
Si alguien cree que el Concilio y la Encíclica no tienen bastante en
cuenta las dificultades presentes en la vida concreta, es porque no
comprende las preocupaciones pastorales que hubo en el origen de
tales documentos. Preocupación pastoral significa búsqueda del
verdadero bien del hombre, promoción de los valores impresos por
Dios en la propia persona; es decir, significa la puesta en acto de
«aquella regla de comprensión» que intenta siempre el descubrimiento
cada vez más claro del designio de Dios sobre el amor humano, con la
certeza de que el único y verdadero bien de la persona humana
consiste en la realización de este designio divino.
Se podría decir que, precisamente, en nombre de la mencionada «norma
de comprensión», el Concilio ha planteado la cuestión de la «armonía
del amor humano con el respeto a la vida» (GS 51), y la Encíclica «Humanæ
vitæ», no sólo ha recordado luego las normas morales que obligan en
este ámbito, sino que se ocupa además, ampliamente, del problema de
la «posibilidad de la observancia de la ley divina» .
Estas reflexiones actuales sobre el carácter del documento «Humanæ
vitæ» nos preparan para tratar a continuación el tema de la «paternidad
responsable».
Esta página es obra
de Las Siervas de los Corazones Traspasados de Jesús y María.
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