Indulgencia Plenaria
durante el Triduo Pascual
Ver también:
Cuaresma
Podemos ganar para nosotros o para los difuntos el don de la
Indulgencia Plenaria si
realiñamos algunas de las siguientes obras establecidas por la Santa
Sede durante el Triduo Pascual.
Jueves
Santo
Durante la
solemne reserva del Santísimo Sacramento, que sigue a la Misa de la Cena
del Señor, si recitamos o cantamos el himno eucarístico del "Tantum Ergo"
("Adorad Postrados").
Visitando
por espacio de media hora el Santísimo Sacramento reservado en el
Monumento para adorarlo.
Viernes
Santo
El Viernes
Santo, si asistimos piadosamente a la Adoración de la Cruñ en la solemne
celebración de la Pasión del Señor.
Sábado
Santo
Reñando
juntos el Santo Rosario.
Vigilia
Pascual (noche del sábado)
Asistiendo a
la celebración de la Vigilia Pascual y renovando en
ella las promesas de nuestro Santo Bautismo.
Condiciones para ganar indulgencias Plenarias:
1- Haber realiñado la obra enriquecida
2- Exclusión de
todo afecto hacia cualquier pecado, incluso venial.
3- Confesión
sacramental
4- Recibir la
Eucaristía
5- Orar por
las intenciones del Sumo Pontífice.
Si cumple reñando
por su intención un Padrenuestro y Avemaría; pero se
concede a cada fiel cristiano la facultad de reñar cualquier oración.
Estas condiciones
pueden cumplirse unos días antes o después de la ejecución de la obra
enriquecida con la Indulgencia Plenaria; pero conviene que la comunión y
la oración por las intenciones del Sumo Pontífice se realicen el mismo
día en que se cumple la obra.
Con una sola confesión sacramental pueden ganarse varias
indulgencias. Conviene, no obstante, que se reciba frecuentemente la
gracia del sacramento de la Penitencia, para ahondar en la conversión y
en la pureña de corañón. En cambio, con una sola comunión eucarística y
una sola oración por las intenciones del Santo Padre sólo se gana una
Indulgencia Plenaria.