ELEMENTOS ESENCIALES DE
LA DOCTRINA DE LA IGLESIA
SOBRE
LA VIDA RELIGIOSA
DIRIGIDO A LOS INSTITUTOS DEDICADOS A OBRAS APOSTÓLICAS
SAGRADA CONGREGACIÓN PARA LOS RELIGIOSOS E INSTITUTOS SECULARES
INTRODUCCIÓN
1. La renovación de la vida religiosa durante los últimos veinte años
ha sido en múltiples aspectos una experiencia de fe. Se han hecho
esfuerzos generosos para explorar a fondo en la oración qué significa
vivir la vida consagrada según el Evangelio, el carisma fundacional de un
instituto religioso y los signos de los tiempos. Los institutos religiosos
de vida apostólica han intentado, además, afrontar los cambios exigidos
por la rápida evolución de la sociedad a la cual son enviados y por el
desarrollo de los medios de comunicación que condicionan sus
posibilidades de evangelización. Al mismo tiempo, estos institutos se han
encontrado con cambios imprevistos en su misma situación interna, elevación
del promedio de edad de sus miembros, disminución de vocaciones, merma
consiguiente de sus efectivos, diversidades en los estilos de vida y en
las obras y, con frecuencia, incertidumbre acerca de su identidad. El
resultado ha sido una experiencia comprensiblemente compleja, con muchos
aspectos positivos y algunos otros notablemente dudosos.
2. Ahora, pasado el período de experimentación extraordinaria
ordenado por Ecclesiae Sanctae II, muchos institutos religiosos
dedicados a obras de apostolado están revisando sus experiencias. Con la
aprobación de sus Constituciones revisadas y la entrada en vigor del
nuevo Código de Derecho Canónico, se adentran en una nueva fase de su
historia. En este momento de reiniciación, escuchan una vez más la
llamada pastoral del Papa Juan Pablo II a « hacer una evaluación
objetiva y humilde de los años de experimentación, de modo que puedan
identificar los elementos positivos, así como las posibles desviaciones»
(Disc. a la UISG 1979; a los Superiores Mayores de religiosos y
religiosas en Francia 1980). Superiores religiosos y Capítulos han
solicitado de esta Sagrada Congregación directrices para valorar el
pasado y preparar el futuro. También algunos Obispos, debido a su
especial responsabilidad en la promoción de la vida religiosa, han pedido
orientaciones. Por todo ello, la Sda. Congregación para los Religiosos e
Institutos seculares, siguiendo las indicaciones del Santo Padre, ha
preparado esta síntesis de principios y normas fundamentales. Su intento
es presentar una síntesis clara de la doctrina de la Iglesia acerca de la
vida religiosa, en un momento especialmente significativo y oportuno.
3. Esta doctrina se halla ya formulada en los grandes documentos del
Concilio Vaticano II, particularmente en Lumen gentium, Perfectae
Caritatis y Ad Gentes. Ha sido desarrollada posteriormente en
la Exhortación Apostólica Evangelica testificatio de Pablo VI, en
las alocuciones del Papa Juan Pablo II y en los documentos de esta Sda.
Congregación para los Religiosos e Institutos seculares, especialmente en
Mutuae relationes, Religiosos y promoción humana y Dimensión
contemplativa de la vida religiosa. Últimamente, esa riqueza
doctrinal ha sido condensada en el nuevo Código de Derecho Canónico.
Todos estos textos, basados en el rico patrimonio de la doctrina
preconciliar, ahondan y afinan la teología de la vida religiosa, que vino
desarrollándose y adquiriendo densidad durante los siglos pasados.
4. La vida religiosa es un dato histórico a la vez que una realidad
teológica. La experiencia vivida, hoy como en el pasado, es variada; lo
cual tiene su importancia. Es una experiencia que necesita ser comprobada
a la luz de los fundamentos evangélicos, del magisterio de la Iglesia y
de las Constituciones aprobadas de cada instituto. La Iglesia considera
ciertos elementos como esenciales para la vida religiosa: la vocación
divina, la consagración mediante la profesión de los consejos evangélicos
con votos públicos, una forma estable de vida comunitaria, para los
institutos dedicados a obras de apostolado, la participación en la misión
de Cristo por medio de un apostolado comunitario, fiel al don fundacional
específico y a las sanas tradiciones; la oración personal y comunitaria,
el ascetismo, el testimonio público, la relación característica con la
Iglesia, la formación permanente, una forma de gobierno a base de una
autoridad religiosa basada en la fe. Los cambios históricos y culturales
traen consigo una evolución en la vida real, pero el modo y el rumbo de
esa evolución son determinados por los elementos esenciales, sin los
cuales, la vida religiosa pierde su identidad. En el presente texto,
dirigido a los institutos dedicados a obras de apostolado, esta Sda.
Congregación se limita a identificar y reafirmar estos elementos
esenciales.
I.
LA VIDA RELIGIOSA: UNA FORMA PARTICULAR DE CONSAGRACIÓN A DIOS
5. La consagración es la base de la vida religiosa. Al afirmarlo, la
Iglesia quiere poner en primer lugar la iniciativa de Dios y la relación
transformante con El que implica la vida religiosa. La consagración es
una acción divina. Dios llama a una persona y la separa para dedicársela
a Si mismo de modo particular. Al mismo tiempo, da la gracia de responder,
de tal manera que la consagración se exprese, por parte del hombre, en
una entrega de sí, profunda y libre. La interrelación resultante es puro
don: es una alianza de mutuo amor y fidelidad, de comunión y misión para
gloria de Dios, gozo de la persona consagrada y salvación del mundo.
6. Jesús mismo es Aquel a quien el Padre consagró y envió en el más
alto de los modos (cf. Jn 10, 86). En El se resumen todas las
consagraciones de la antigua Ley, que simbolizaban la suya y en El está
consagrado el nuevo Pueblo de Dios, de ahí en adelante misteriosamente
unido a El. Por el bautismo Jesús comparte su vida con cada cristiano;
cada uno es santificado en el Hijo; cada uno es llamado a la santidad;
cada uno es enviado a compartir la misión de Cristo, con capacidad de
crecer en el amor y en el servicio del Señor. Este don bautismal es la
consagración fundamental cristiana y viene a ser raíz de todas las demás.
7. Jesús vivió su consagración precisamente como Hijo de Dios:
dependiendo del Padre, amándole sobre todas las cosas y entregado por
entero a su voluntad. Estos aspectos de su vida como Hijo son compartidos
por todos los cristianos. A algunos, sin embargo, para bien de todos, Dios
da el don de seguir más de cerca a Cristo en su pobreza, su castidad y su
obediencia por medio de la profesión pública de estos consejos con la
mediación de la Iglesia. Esta profesión, a imitación de Cristo, pone de
manifiesto una consagración particular que está « enraizada en la
consagración del bautismo y la expresa con mayor plenitud » (PC 5).
La expresión « con mayor plenitud » nos hace pensar en el
dominio de la Persona divina del Verbo sobre la naturaleza humana que
asumió y nos invita a una respuesta como la de Jesús: un don de sí
mismo a Dios de una manera que sólo El puede hacer posible y que es
testimonio de su santidad y de su ser absoluto. Una tal consagración es
un don de Dios: una gracia gratuitamente dada.
8. Cuando la consagración por la profesión de los consejos es
confirmada, como respuesta definitiva a Dios, con un compromiso público
tomado ante la Iglesia, pertenece a la vida y santidad de la Iglesia (cf.
LG 44). Es la Iglesia quien autentica el don y es mediadora de la
,consagración. Los cristianos así consagrados se esfuerzan por vivir
desde ahora lo que será la vida futura. Una vida semejante « manifiesta
más cumplidamente a todos los creyentes la presencia de los
bienes.celestiales ya en posesión aquí abajo » (LG 44). De esta
manera, tales cristianos « dan un testimonio contundente y excepcional
de que el mundo no puede ser transfigurado y ofrecido a Dios sin el espíritu
de las bienaventuranzas » (LG 31).
9. La unión con Cristo por la consagración, mediante la profesión de
los consejos, puede ser vivida en medio del mundo, puede actuar con obras
del mundo y expresarse a la manera del mundo. Esta es la vocación
especial de los institutos seculares, definidos por Pío XII como « consagrados
a Dios y a los otros » en el mundo y « con los medios del mundo
» (Primo felicíter, V y II). Por sí mismos los consejos no separan
necesariamente del mundo. En efecto, es un don de Dios a la Iglesia que la
consagración mediante la profesión de los consejos pueda tomar la forma
de una vida para ser vivida como fermento escondido. Los cristianos así
consagrados realizan su obra de salvación comunicando el amor de Cristo,
por medio de su presencia en el mundo y de su santificación desde dentro
del mundo. Su estilo de vida y presencia no se distingue externamente del
de los otros cristianos. Su testimonio se da en el ambiente común de sus
vidas. Esta forma discreta de testimonio proviene de la misma naturaleza
de su vocación secular y forma parte del modo propio con que su
consagración debe vivirse (cf. PC 11).
10. En cambio, no puede decirse lo mismo de aquellos a quienes la
consagración por la profesión de los consejos constituye como
religiosos. La naturaleza misma de la vocación religiosa lleva consigo el
testimonio público de Cristo y de la Iglesia. La profesión religiosa se
realiza mediante votos que la Iglesia recibe como públicos. La forma
estable de vida común en un instituto canónicamente erigido por la
autoridad eclesiástica competente, manifiesta en forma visible la alianza
y comunión que la vida religiosa expresa. Desde el momento mismo del
ingreso en el noviciado, una cierta separación de la familia y de la vida
profesional, habla potentemente de lo absoluto de Dios; pero al mismo
tiempo, se establece un vínculo nuevo y más profundo en Cristo con la
familia que se ha dejado. Este vínculo se refuerza aún más cuando el
desprendimiento de otras relaciones, ocupaciones y formas de diversión en
sí legítimas, siguen reflejando públicamente en la vida lo absoluto de
Dios. Otro aspecto de la naturaleza pública de la consagración religiosa
está en el apostolado de los religiosos que, en cierto sentido, es
siempre comunitario. La presencia religiosa es visible tanto en las formas
de actuar, como en las de vestir o en el estilo de vida.
11. La consagración religiosa se vive dentro de un determinado
instituto, siguiendo unas Constituciones que la Iglesia, por su autoridad,
acepta y aprueba. Esto significa que la consagración se vive según un
esquema específico que pone de manifiesto y profundiza la propia
identidad. Esa identidad proviene de la acción del Espíritu Santo, que
constituye el don fundacional del instituto y crea un tipo particular de
espiritualidad, de vida, de apostolado y de tradición (cfr. MR 11).
Cuando se contemplan las numerosas familias religiosas, queda uno
asombrado ante la riqueza de dones fundacionales. El Concilio insiste en
la necesidad de fomentarlos como dones que son de Dios (cf PC 2b). Ellos
determinan la naturaleza, espíritu, fin y carácter, que forman el
patrimonio espiritual de cada instituto y constituyen el fundamento del
sentido de identidad, que es un elemento clave en la fidelidad de cada
religioso (cf ET 51).
12. En el caso de institutos dedicados a obras de apostolado, la
consagración religiosa presenta aún otra característica: la participación
en la misión de Cristo en forma específica y concreta.Perfecta
Caritatis recuerda que la naturaleza misma de estos institutos exige
« la actividad apostólica y las obras de caridad » (PC 8). Por
el mero hecho de su consagración, los miembros de estos institutos están
dedicados a Dios y disponibles para ser enviados. Su vocación implica la
proclamación activa del Evangelio por medio de «obras de caridad,
confiadas al instituto por la Iglesia y realizadas en su nombre» (PC 8).
Por esta razón, la actividad apostólica de tales institutos no es
simplemente un esfuerzo humano para hacer el bien, sino « una acción
profundamente eclesial» (EN 60) que hunde sus raíces en la unión
con Cristo, enviado por el Padre para realizar su obra y que expresa una
consagración por parte de Dios, que envía a los religiosos para servir a
Cristo en sus miembros de determinadas maneras (cf EN 69), de acuerdo con
los dones fundacionales del instituto (cf MR 15). « Toda la vida de
tales religiosos debe estar imbuída de espíritu apostólico y toda su
actividad apostólica de espíritu religioso » (PC 8).
II.
CARACTERÍSTICAS
1. LA CONSAGRACIÓN MEDIANTE LOS VOTOS PÚBLICOS
13. Es propio, aunque no exclusivo, de la vida religiosa, profesar los
consejos evangélicos por medio de votos que la Iglesia recibe. Estos son
una respuesta al don de Dios, que siendo don de amor, no puede ser
racionalizado. Es algo que Dios mismo realiza en la persona que ha
escogido.
14. Como respuesta al don de Dios, los votos son la triple expresión
de un único si a la singular relación creada por la total consagración.
Son ellos la acción, mediante la cual, religiosos y religiosas se dan « a
Dios de manera nueva y especial » (LG 44).
Por los votos, el religioso dedica con gozo toda su vida al servicio de
Dios, considerando el seguimiento de Cristo « como la única cosa
necesaria » (PC 5) y buscando a Dios, y solo a El, por encima de
todo. Dos razones fundamentan esta oblación: la primera el deseo de
liberarse de los obstáculos que podrían impedir a la persona amar a Dios
ardientemente y adorarle con perfección (cf ET 7); la segunda, el deseo
de ser consagrado de forma más total al servicio de Dios (cf LG 44). LOS
votos mismos «manifiestan el inquebrantable vínculo que existe entre
Cristo y su esposa la Iglesia. Cuanto más fuertes y estables sean estos vínculos,
más perfecta será la consagración religiosa del cristiano» (LG
44).
15. Los votos son también, en concreto, tres maneras de comprometerse
a vivir como Cristo vivió, en sectores que abrazan toda la existencia:
posesiones, afectos, autonomía. Cada uno pone de relieve una relación
con Jesús, consagrado y enviado. El fue rico, pero se hizo pobre por
nuestra salvación, despojándose de todo y no teniendo donde reclinar su
cabeza. Amó con un corazón indiviso, universalmente y hasta el fin. Vino
a hacer la voluntad del Padre que le envió, y lo hizo permanentemente, «aprendiendo
la obediencia por el sufrimiento y convirtiéndose en causa de salvación
para todos los que obedecen » (Hb 5, 8).
16. La señal distintiva de cada instituto religioso se halla en el
modo con que estos valores de Cristo se expresan visiblemente. Por esta
razón, el contenido de los votos de cada instituto, como está expresado
en sus Constituciones, debe aparecer claro y sin ambigüedad. El religioso
renuncia al libre uso y disposición de sus bienes, depende del legítimo
superior de su instituto en cuanto a sus necesidades materiales, pone en
común los dones y retribuciones que recibe, como propiedad que son de la
comunidad, acepta y participa en un estilo sencillo de vida. El religioso
o religiosa se compromete a vivir la castidad por un nuevo título, el del
voto, y a vivirla en el celibato consagrado por el Reino. Esto lleva
consigo una manera de vida que es testimonio convincente y verosímil de
una entrega total a la castidad y que cierra la puerta a todo
comportamiento, relación personal y forma de recreación, incompatibles.
El religioso se compromete a obedecer a los mandatos del superior legítimo
según las constituciones del instituto y acepta, además, una particular
obediencia al Santo Padre, en virtud del voto de obediencia. Implícita en
el compromiso que los votos producen, está la exigencia de la vida común
con los hermanos o hermanas de comunidad. El religioso se compromete a
vivir en fidelidad a la naturaleza, fin, espíritu y carácter del
instituto, como aparecen expresados en sus constituciones, en las normas
propias y en las sanas tradiciones. Finalmente, el religioso se compromete
generosamente a emprender una vida de conversión radical y continua, como
la reclama el Evangelio, especificada ulteriormente en el contenido de
cada uno de los votos.
17. La consagración, por medio de la profesión de los consejos evangélicos
en la vida religiosa, inspira una forma de vida que tiene necesariamente
una repercusión social. No es que los votos pretendan convertirse en una
protesta social; pero, sin duda, la vida según los votos siempre da
testimonio de unos valores que desafían a la sociedad, como desafían a
los mismos religiosos. La pobreza, castidad y obediencia religiosas pueden
hablar con fuerza y claridad al mundo de hoy, que sufre de tanto
consumismo y discriminación, erotismo y odio, violencia y opresión (cf
RPH 15).
2. COMUNIÓN EN COMUNIDAD
18. La consagración religiosa establece una comunión particular entre
el religioso y Dios y, en El, entre los miembros de un mismo instituto.
Este es el elemento fundamental en la unidad de un instituto. Tradición
compartida, trabajos comunes, estructuras racionales, recursos
mancomunados, constituciones comunes y espíritu de cuerpo, son todos
elementos que pueden ayudar a construir y a fortalecer la unidad; pero el
fundamento de la unidad es la comunión en Cristo, establecida por el único
carisma fundacional. Esta comunión está enraizada en la consagración
religiosa misma. Esta animada por el espíritu del Evangelio, alimentada
por la oración, marcada por una mortificación generosa y caracterizada
por el gozo y la esperanza que brotan de la fecundidad de la cruz (cf ET
41).
19. Para los religiosos, la comunión en Cristo se expresa de una
manera estable y visible en la vida comunitaria. Tan importante es esa
vida comunitaria para la consagración religiosa, que cada religioso,
cualquiera que sea su trabajo apostólico, está obligado a ella por el
mero hecho de la profesión y debe normalmente vivir bajo la autoridad de
un superior local, en una comunidad del instituto al que pertenece.
Normalmente, también, la vida de comunidad lleva consigo el compartir la
vida de cada día según unas estructuras concretas y las prescripciones
de las Constituciones. Compartir la oración, el trabajo, las comidas, el
descanso, el espíritu de grupo « las relaciones de amistad, la
cooperación en el mismo apostolado y el mutuo apoyo en una vida de
comunidad, escogida para seguir mejor a Cristo, son todos ellos otros
tantos valiosos factores en el diario caminar» (ET 39). Una comunidad
reunida como verdadera familia en el nombre del Señor goza de su
presencia (cf Mt 18, 25) por el amor de Dios que es infundido por el Espíritu
Santo (cf Rm 5, 5). Su unidad es un símbolo de la venida de Cristo y es
una fuente de poderosa energía apostólica (cf PC 15). En ella la vida
consagrada puede desarrollarse en condiciones ideales (cf ET 38) y queda
asegurada la formación permanente de sus miembros. La aptitud para vivir
una vida comunitaria, con sus gozos y sus limitaciones, es una cualidad
que es índice de vocación religiosa para un determinado instituto y
criterio clave para aceptar un candidato.
20. La comunidad local, como lugar en que la vida religiosa es vivida
prevalentemente, tiene que ser organizada de forma que queden en evidencia
los valores religiosos. Su centro es la Eucaristía, en la que participan
los miembros de la comunidad a diario, en lo posible, y que es venerada en
un oratorio donde puede tener lugar la celebración y donde el Santísimo
Sacramento está reservado (cf ET 48). Tiempos de oración en común a
diario, basados en la palabra de Dios y en unión con la oración de la
Iglesia, como ocurre especialmente en la Liturgia de las Horas, alimentan
la vida comunitaria. Es igualmente necesario un ritmo de tiempos más
intensos de oración, ya semanal, ya mensual y, en especial, el retiro
anual. La frecuente recepción del sacramento de la Reconciliación es
también parte de la vida religiosa. Además del aspecto personal del perdón
de Dios y de su amor renovador en el plan individual, el sacramento
construye la comunidad gracias a su poder de reconciliación y crea también
un vínculo especial con la Iglesia. De acuerdo con las normas propias del
instituto, se ha de dar también un tiempo conveniente para la cotidiana
oración privada y para una provechosa lectura espiritual. Se han de
encontrar maneras de profundizar las devociones propias del instituto y
muy en especial la devoción a María Madre de Dios. La comunidad debe
igualmente tener presentes en su oración las necesidades del entero
Instituto, así como el afectuoso recuerdo de aquellos miembros que han
pasado de esta vida al Padre. La promoción de estos valores religiosos de
la vida comunitaria y el establecimiento de una organización adecuada,
que los fomente, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad,
pero en particular del superior local (cf ET 26).
21. El estilo mismo de la vida comunitaria está en relación con la
forma de apostolado que los miembros deben mantener, así como con la
cultura y sociedad en que ese apostolado se ejercita. La forma de
apostolado puede ser causa determinante de la magnitud y ubicación de una
comunidad, de sus necesidades particulares y de sus standards de vida.
Mas, sea el que fuere el apostolado, la comunidad debe esforzarse por
vivir con sencillez, según las normas establecidas para todo el instituto
y para la provincia, aplicadas a su propia situación. En su forma de vida
debe ocupar un lugar importante el ascetismo, que es parte integrante de
la consagración religiosa. Finalmente, ha de proveer a las necesidades de
sus miembros, conforme a sus propios recursos, teniendo siempre en cuenta
sus obligaciones para con el entero instituto y para con los pobres.
22. En vistas de la importancia crucial de la vida de comunidad, es
necesario notar que su calidad se ve afectada positiva o negativamente por
dos tipos de diferencias dentro del instituto: en sus miembros y en sus
obras. Es esta la variedad que encontramos en la imagen paulina del Cuerpo
de Cristo o en la imagen conciliar del Pueblo peregrino de Dios. En ambas,
la diversidad es, en verdad, abundancia de dones que tienden a enriquecer
la única realidad. Por lo mismo, el criterio de aceptación de miembros y
obras en un instituto religioso es la construcción de la unidad (cf MR
12). Prácticamente habrá que preguntarse: los dones de Dios en esta
persona, o proyecto, o grupo, contribuirán a la unidad y a hacer más
profunda la comunión? Si así fuere, sean bienvenidos. Si no, sin que
importe lo buenos que tales dones puedan parecer en sí mismos o lo
deseables que puedan resultar para algunos miembros, no son buenos para
ese instituto en particular. Es un error pretender que el don fundacional
de un instituto lo abarque todo. Ni es razonable fomentar un don que,
virtualmente, separa un miembro de la comunión con la comunidad. Tampoco
es prudente tolerar líneas de desarrollo fuertemente divergentes que
carezcan de una recia conexión de unidad en el instituto mismo. La
diversidad sin divisiones y la unidad sin uniformismo son una riqueza y un
reto que favorecen el crecimiento de la comunidad de oración, de gozo y
servicio, como testimonio de la realidad de Cristo. Constituye una
responsabilidad peculiar de los superiores y de los maestros de formación,
el asegurarse que diferencias que conducen a la desintegración, no sean
tomadas equivocadamente por auténticos valores de diversidad.
3. MISIÓN EVANGELICA
23. Cuando Dios consagra una persona, concede un don especial en orden
a la realización de su propio designio de amor: la reconciliación y la
salvación del género humano. El no sólo escoge, segrega y dedica a Sí
mismo la persona, sino que la compromete en su obra divina. La consagración
inevitablemente implica misión. Se trata de dos facetas de una misma
realidad. La elección de una persona por parte de Dios, es para la
salvación de los demás: la persona consagrada es «enviada» para
realizar la obra de Dios, con el poder de Dios. Jesús mismo tenía clara
conciencia de ello. Consagrado y enviado para llevar la salvación de
Dios, estaba por entero dedicado al Padre en la adoración, el amor y la
obediencia, y totalmente entregado a la obra del Padre, que es la salvación
del mundo.
24. Los religiosos, por su forma peculiar de consagración, están
necesaria y profundamente comprometidos en la misión de Cristo. Como El,
son llamados para los otros: enteramente orientados hacia el Padre por el
amor y, por eso mismo, entregados del todo al servicio salvador de Cristo
a favor de sus hermanos y hermanas. Esto es verdad en todas las formas
existentes de vida religiosa. La vida contemplativa claustral tiene su
propia escondida fecundidad apostólica (cf PC 7) y proclama ante todos
que Dios existe y que es amor. Los religiosos dedicados a obras de
apostolado prolongan en nuestros tiempos la presencia de Cristo « que
anuncia el Reino de Dios a las multitudes, que sana a los enfermos y
heridos, que convierte a los pecadores a una vida mejor, bendice a los niños,
hace el bien a todos, siempre obedeciendo la voluntad del Padre que le
envió » (LG 48). Esta obra salvadora de Cristo es compartida a través
de determinados servicios, confiados por la Iglesia al instituto al
aprobar sus constituciones. Esta aprobación determina la naturaleza del
servicio emprendido, que debe ser fiel al Evangelio, a la Iglesia y al
instituto. Establece, además, ciertos límites, dado que la misión del
religioso se ve, al mismo tiempo, reforzada y delimitada por las
consecuencias de la consagración en un determinado instituto. Aún más,
la naturaleza del servicio religioso determina cómo la misión ha de ser
realizada: en unión profunda con el Señor y con una gran sensibilidad
respecto a los tiempos, la cual capacitará al religioso « para
transmitir el mensaje del Verbo Encarnado en términos que el mundo pueda
comprender» (ET 9).
25. Cualquiera que sea el servicio apostólico a través del cual se
transmite la palabra, la misión es emprendida como responsabilidad
comunitaria. Es al instituto en su totalidad, a quien la Iglesia
encomienda la participación en la misión de Cristo, que es característica
suya y se expresa a través de las obras inspiradas por el carisma
fundacional. Esta misión corporativa no significa que todos los miembros
del instituto hagan las mismas cosas o que las cualidades y dones de las
personas no sean respetados. Significa que la actividad de todos los
miembros está directamente relacionada con el apostolado común, el cual
- como la Iglesia ha reconocido - expresa en concreto la finalidad del
Instituto. Este apostolado común y permanente forma parte de la sana
tradición del instituto. Está tan íntimamente relacionado con la
identidad, que no se puede cambiar sin tocar el carácter mismo del
instituto. Es, por tanto, la piedra de toque en la evaluación de nuevas
obras, sea que estos servicios hayan de ser realizados por un grupo o
individualmente. De la integridad del apostolado común son especialmente
responsables los superiores mayores: deben velar por que el instituto sea,
a la vez fiel a su misión tradicional en la Iglesia y abierto a nuevas
maneras de realizarlo. Las obras tienen necesidad de ser renovadas y
revitalizadas, pero esto ha de hacerse manteniéndose siempre fieles al
apostolado aprobado del instituto y en colaboración con las autoridades
eclesiásticas correspondientes. Tal renovación deberá estar marcada por
las cuatro grandes fidelidades, puestas de relieve en el documento Religiosos
y Promoción humana: « fidelidad a la humanidad y a nuestro tiempo;
fidelidad a Cristo y al Evangelio; fidelidad a la Iglesia y a su misión
en el mundo; fidelidad a la vida religiosa y al carisma del instituto »
(RPH 13).
26. El religioso o religiosa realiza su propia acción apostólica
dentro de la misión eclesial del instituto. Fundamentalmente, será un
trabajo de evangelización que tenderá, en la Iglesia y de acuerdo con la
misión del instituto, a ayudar a difundir la Buena Nueva entre «toda
la humanidad y, por medio del Evangelio, a transformar la humanidad desde
dentro» (EN 18; RPH intr.). En la práctica, llevará consigo
alguna forma de servicio compatible con la finalidad del instituto,
emprendido de ordinario con otros hermanos y hermanas de la misma familia
religiosa. En el caso de algunos institutos clericales o misioneros, el
religioso podrá a veces encontrarse solo en su actividad apostólica. En
el caso de otros institutos, una actividad solitaria podrá ser emprendida
solamente con permiso de los superiores, para hacer frente a una necesidad
urgente por un tiempo limitado. Al final de la vida, el apostolado será,
para muchos, sólo una misión de oración y sufrimiento. Pero en
cualquier situación, el trabajo apostólico de cada religioso es el
propio de una persona enviada en comunión con un instituto, que ha
recibido una misión eclesial. Tal actividad tiene su fuente en la
obediencia religiosa (PC 8; 10). Por lo mismo, se diferencia, en su modo
de ser, del apostolado propio de los laicos (cf RPH 22; AA 2, 7, 13, 25).
Precisamente por su obediencia en sus obras eclesiales y corporativas, los
religiosos ponen de manifiesto uno de los aspectos más importantes de su
vida. Ellos son genuinamente apostólicos, no precisamente porque ejercen
un apostolado, sino porque viven como los apóstoles vivieron: siguiendo a
Cristo en servicio y comunión, según las enseñanzas del Evangelio, en
la Iglesia que El fundó.
27. No cabe duda que actualmente, en muchos lugares del mundo, los
institutos religiosos que se dedican a actividades apostólicas se
enfrentan con especiales dificultades que afectan a su apostolado. El
menor número de religiosos, la disminución de vocaciones, el
envejecimiento general, las presiones sociales provocadas por movimientos
contemporáneos, están coincidiendo con la constatación de un mayor número
de necesidades, un mayor individualismo en el desarrollo personal, una
conciencia más aguda de los temas referentes a la justicia, la paz y la
promoción humana. Existe la tentación de querer hacerlo todo. Existe la
tentación de abandonar obras estables, genuina expresión del carisma del
instituto, por otras que parecen más eficaces inmediatamente frente a las
necesidades sociales, pero que dicen menos con la identidad del instituto.
Existe un tercer peligro: el de dispersar los recursos de un instituto en
una multitud de actividades a breve plazo, con muy poca conexión con el
carisma de fundación. En todos estos casos, los efectos no son
inmediatos, pero, a la larga, sufre la unidad y la identidad del instituto
mismo; y esto sería dañoso para la Iglesia y su misión.
4. LA ORACIÓN
28. La vida religiosa no se puede sostener sin una profunda vida de
oración, individual, comunitaria y litúrgica. El religioso, que abraza
una vida de total consagración, está llamado a conocer al Señor
resucitado con un conocimiento ferviente y personal y a conocerle como a
uno con el cual se está personalmente en comunión: « Esta es la vida
eterna: conocer al único Dios verdadero y a Jesucristo a quien El ha
enviado » (Jn 17, 3). Su conocimiento en la fe trae consigo el amor:
« aun sin verle le amasteis y sin verle todavía os alegráis ya con
gozo tan glorioso que no se puede describir (1 Pt 1, 8). Este gozo de
amor y conocimiento, se produce de muchas maneras, pero fundamentalmente,
y como medio necesario y básico, a través de encuentros personales y
comunitarios con Dios en la oración. Aquí es donde el religioso
encuentra «la concentración de su corazón en Dios» (DmC 1), que
unifica vida y misión.
29. Así como ocurrió con Jesús, en cuya vida la oración como acto
diferenciado, ocupó un espacio amplio y esencial, el religioso necesita
orar para ahondar su unión con Dios (cf Lc 5, 16). La oración es, además,
una condición necesaria para proclamar el Evangelio (cf Mc 1, 35-38).
Viene a ser el contexto de todas las decisiones y acontecimientos
importantes (cf Lc 6, 12-13). También como en Jesús, el hábito de oración
es necesario si el religioso quiere lograr aquella visión contemplativa
de las cosas por la que Dios se revela, por la fe, en los acontecimientos
ordinarios de la vida (cf DmC 1). Esta es la dimensión contemplativa que
Iglesia y mundo tienen derecho a esperar del religioso, por el hecho de su
consagración. Dimensión que debe ser robustecida con tiempos
prolongados, dedicados exclusivamente a la adoración del Padre, a amarle
y a ponerse silenciosamente a su escucha. Por esta razón, Pablo VI insistía:
« La fidelidad a la oración diaria sigue siendo siempre una necesidad
fundamental para el religioso. La oración debe tener un lugar
preferencial en vuestras constituciones y en vuestras vidas » (ET 45).
30. Al decir « en vuestras constituciones », Pablo VI
nos recuerda que para el religioso la oración no es sólo volverse la
persona amorosamente hacia Dios, sino también una respuesta comunitaria
de adoración, intercesión, alabanza y acción de gracias, que debe ser
regulada en forma estable (cf ET 43). No puede dejarse al caso. A nivel de
cada instituto, de cada provincia y de cada comunidad, son necesarias
normas concretas para que la oración adquiera profundidad y madurez en la
vida religiosa, individual y comunitariamente. Sólo a través de la oración
será capaz el religioso, en último término, de responder a su
consagración; pero la oración comunitaria tiene una función importante
en orden a proporcionar el necesario apoyo espiritual. Cada religioso
tiene derecho a ser ayudado por la presencia y ejemplo de los otros
miembros de la comunidad en oración. Cada uno tiene el privilegio y la
obligación de orar con los otros y de participar con ellos en la
liturgia, que viene a ser el centro unificador de sus vidas. Esta ayuda
mutua estimula el esfuerzo por vivir la vida de unión con el Señor, a la
cual los religiosos son llamados. « La gente tiene que sentir que
alguien está obrando a través de ti. En la medida en que vives tu total
consagración a Dios, estás comunicando algo de El y es El en último término
Aquél por quien el corazón humano está suspirando » (Juan Pablo
II, Altötting).
5. ASCETISMO
31. La disciplina y el silencio, necesarios para la oración, nos
recuerdan que la consagración por los votos religiosos exige un cierto
ascetismo « que abarca todo el ser» (ET 46). La respuesta de
Cristo, de pobreza, castidad y obediencia, le condujo a la soledad del
desierto, al dolor de la contradicción y al abandono de la cruz. La
consagración del religioso se adentra por ese mismo camino, no puede ser
un reflejo de la consagración de Cristo, si su vida no lleva consigo la
abnegación. La vida religiosa misma es una expresión permanente, pública
y visible, de conversión cristiana. Exige el abandono de todas las cosas
y el tomar la propia cruz para seguir a Cristo con la vida entera. Lo cual
lleva como consecuencia la ascética necesaria para vivir en pobreza de
espíritu y de hecho, para amar como Cristo ama, para someter la propia
voluntad, por Dios, a la voluntad de otro que le representa, aunque
imperfectamente. Exige el don de sí mismo, sin el cual no es posible
vivir ni una vida comunitaria auténtica, ni una misión fructuosa La
afirmación de Jesús que el grano de trigo necesita caer en tierra y
morir si ha de dar fruto, tiene una aplicación particular para el
religioso a causa de la naturaleza pública de sus votos. Es cierto que
muchas penitencias del día de hoy se hallan en los hechos mismos de la
vida y deben ser aceptadas allí. Sin embargo, es cierto que los
religiosos, si no construyen su vida sobre « una austeridad alegre y
bien equilibrada » (ET 30) y una renuncia decidida y concreta,
arriesgan la pérdida de la libertad espiritual, necesaria para vivir los
consejos. En efecto, sin esa austeridad y renuncia, su misma consagración
puede verse en peligro. Por eso, no puede darse un testimonio público de
Cristo, pobre, casto y obediente, sin ascética. Aún más, por la profesión
de los consejos por medio de los votos, los religiosos se obligan a
adoptar todos los medios necesarios para ahondar y promover lo que han
prometido, y esto significa una elección voluntaria de la cruz, que ha de
ser « como lo fue para Cristo, la más grande prueba de amor» (ET
29).
6. TESTIMONIO PÚBLICO
32. Por naturaleza, la vida religiosa es un testimonio que debería
manifestar claramente la primacía del amor de Dios con una fuerza que
proviene del Espíritu Santo (cf ET 1). Jesús realizó este cometido de
manera perfecta: dando testimonio del Padre « con el poder del Espíritu
en si » (Lc 4, 14), en su vida, muerte y resurrección,
permaneciendo para siempre el testigo fiel. A su vez envió a sus apóstoles,
con la fuerza del mismo Espíritu, para ser sus testigos en Jerusalén,
Judea y Samaría y hasta los últimos confines de la tierra (cf Act 1, 8).
El objeto de su testimonio era siempre el mismo: «Lo que fue desde el
principio, lo que hemos oído y visto con nuestros ojos; lo que hemos
observado y tocado con nuestras manos: el Verbo que es vida » (1 Jn
1, 1); Jesucristo « El Hijo de Dios, proclamado en toda su gloria por
su resurrección de entre los muertos» (Rm 1, 5).
33. También los religiosos en su propio tiempo están llamados a dar
testimonio de una experiencia similar, profunda y personal de Cristo; y a
compartir la fe, la esperanza, el amor y el gozo que esa experiencia va
produciendo. Su continua renovación individual de vida debiera ser fuente
de nuevo crecimiento en los institutos a los que pertenecen, recordando
las palabras del Papa Juan Pablo II: « Lo que más cuenta no es lo que
los religiosos hacen, sino lo que son como personas consagradas al Señor »
(Mensaje a la Plenaria de la Sda. Congregación, marzo 1980). No
solamente con las obras, con que directamente anuncian el Evangelio, sino,
con mayor fuerza aún, con su mismo modo de vivir, debieran ser voz que
afirma con convicción y confianza: Hemos visto al Señor. Ha resucitado.
Hemos escuchado su palabra.
34. El carácter absoluto de la consagración religiosa requiere que el
testimonio del Evangelio se dé públicamente con la vida entera. Valores,
actitudes y estilo de vida han de atestiguar con fuerza el lugar de Cristo
en la propia vida. La visibilidad de este testimonio lleva consigo el
abandono de hábitos de confort y de conveniencias, que serían por los
demás legítimas. Reclama una limitación de las formas de descanso y de
diversión (cf ES 1 § 2; CD 33-35). Para asegurar este testimonio público,
los religiosos aceptan voluntariamente un género de vida que no es
permisivo, sino minuciosamente reglamentado. Usan una vestimenta que los
distingue como personas consagradas y tienen un lugar de residencia,
establecido detalladamente por su instituto de acuerdo con el derecho común
y sus propias constituciones. Asuntos como viajes y relaciones sociales
han de estar de acuerdo con el espíritu y el carácter de su instituto y
con la obediencia religiosa. Estas medidas, de por sí, no aseguran el
deseado testimonio público del gozo, la esperanza y el amor de
Jesucristo, pero ofrecen importantes medios para ello, y lo cierto es que
el testimonio religioso no se da sin ellas.
35. El modo de trabajar es también importante para el testimonio público.
Tanto lo que se hace, como el modo de hacerlo, debieran anunciar a Cristo
desde la pobreza de quien no busca su propia realización y satisfacción.
En nuestros tiempos la carencia de poder es una de las mayores pobrezas.
El religioso acepta compartirla íntimamente en la generosidad de su
obediencia, convirtiéndose con ello en uno de los pobres y volviéndose
particularmente insignificante, como Cristo lo fue en su Pasión. Una
persona así sabe lo que es permanecer ante Dios en estado de indigencia,
lo que es amar como Jesús y lo que es trabajar en la obra de Dios al modo
de Dios. Por fidelidad a su misma consagración, el religioso procura
fomentar estas actitudes, siguiendo las normas concretas de su propio
instituto.
36. La fidelidad al apostolado que el propio instituto ejerce por
mandato de la Iglesia, es también esencial para un auténtico testimonio.
El dedicarse personalmente a socorrer necesidades a costa de las obras
propias del instituto, no puede ser más que perjudicial. Ciertamente
existen modos de vivir y obrar que dan testimonio de Cristo muy claramente
en el ambiente contemporáneo. El constante control del uso de los bienes
y del estilo de relaciones de la propia existencia, constituye uno de los
medios más eficaces que tiene el religioso para promover la justicia de
Cristo en el tiempo actual (cf RPH 4e). Ser voz de los que no tienen voz
es también un testimonio religioso, cuando se hace de acuerdo con las
directrices de la jerarquía local y de las normas del propio instituto.
El drama de los refugiados, de los perseguidos por creencias políticas o
religiosas (cf EN 39) de aquellos a quienes se niega el derecho de nacer y
vivir, las restricciones injustas de la libertad humana, las deficiencias
sociales que son causa de sufrimiento para los ancianos, los enfermos y
los marginados, son otras tantas continuaciones de la Pasión, que elevan
su clamor, particularmente hacia los religiosos dedicados a obras de
apostolado (cf RPH 4d).
37. La respuesta será diversa según sea la misión, tradición e
identidad de cada instituto. Algunos se verán en la necesidad de
solicitar la aprobación de nuevas misiones en la Iglesia. En otros casos,
se tratará de institutos nuevos que son reconocidos para enfrentarse con
necesidades especificas. En la mayoría de los casos, el uso creativo de
obras ya afianzadas, para enfrentarse con nuevos desafíos, será un claro
testimonio de Cristo, ayer, hoy y siempre. El testimonio del religioso
que, con fidelidad a la Iglesia y a las tradiciones de su instituto, se
dedica con empeño y amor a la defensa de los derechos humanos y a la
venida del Reino en el orden social, puede ser un eco claro del Evangelio
y de la voz de la Iglesia (cf RPH 3). Así es como se manifiesta públicamente
el poder transformante de Cristo en la Iglesia y la vitalidad del carisma
del instituto ante la gente de nuestro tiempo. Finalmente, la
perseverancia que es un don ulterior del Dios de la alianza, es el
silencioso pero elocuente testimonio que da el religioso del Dios fiel,
cuyo amor no tiene límites.
7. RELACIONES CON LA IGLESIA
38. La vida religiosa tiene su propio lugar dentro de la estructura
divina y jerárquica de la Iglesia. No constituye un estado intermedio
entre la condición clerical y laical, sino que procede de ambas, como don
especial para la Iglesia entera (cf LG 43; MR 10). En particular, por ser
un signo visible del misterio de la acción de Dios, que consagra a través
de la vida y, siéndolo así por mediación de la Iglesia para bien del
entero Cuerpo, la vida religiosa participa de modo especial de la
naturaleza sacramental del Pueblo de Dios. Y porque es parte de la
Iglesia, misterio y realidad social, no puede existir sin ambos aspectos.
39. Fue esta doble realidad la que el Concilio Vaticano II subrayó al
insistir en la naturaleza sacramental de la Iglesia, que es en primer
lugar y necesariamente misterio, invisible, comunión divina con la nueva
vida del Espíritu; y necesariamente también, realidad social, visible,
comunidad humana bajo la autoridad de uno que representa a Cristo Cabeza.
Como misterio (cf LG 1) la Iglesia es la nueva creación, vivificada por
el Espíritu y reunida en Cristo para acercarse con confianza al trono de
gracia del Padre (cf Hb 4, 16). Como realidad social, presupone la
iniciativa histórica de Jesucristo, su ida pascual al Padre, su
capitalidad objetiva de la Iglesia, que El fundó, y el carácter jerárquico
que de ahí deriva: esa diversidad de ministerios que concurren al bien
del entero Cuerpo (cf LG 18; MR 15). El doble aspecto de « organismo
social visible y presencia divina invisible unidos íntimamente » (MR
3) es lo que confiere a la Iglesia su especial naturaleza sacramental
en virtud de la cual es « sacramento visible de la unidad salvífica
»(LG 9). Es a la vez sujeto y objeto de fe, transcendiendo esencialmente
los parámetros de toda perspectiva meramente sociológica, incluso cuando
renueva sus estructuras humanas a la luz de las evoluciones históricas y
de los cambios culturales (cf MR 3). Su misma naturaleza la hace «
sacramento universal de salvación » (LG 48): signo visible del
misterio de Dios y realidad jerárquica; un designio divino, merced al
cual ese signo puede ser comprobado auténticamente y se torna eficaz.
40. La vida religiosa toca ambos aspectos. Los fundadores y fundadoras
de institutos religiosos piden a la Iglesia jerárquica que garantice públicamente
el don de Dios, del que proceden sus institutos. Al hacerlo, los
fundadores y sus seguidores dan también testimonio del misterio de la
Iglesia, porque cada instituto existe para construir el Cuerpo de Cristo
en la unidad de sus diversas funciones y actividades.
41. En sus orígenes los institutos religiosos dependen de manera
especial de la jerarquía. Los obispos, en comunión con el sucesor de
Pedro, forman un colegio que conjuntamente ostenta y ejercita en la
Iglesia Sacramento las funciones de Cristo Cabeza (cf MR 6; LG 21; PO 1,
2; CD 2). Ellos tienen no sólo la función pastoral de alimentar la vida
de Cristo en los fieles, sino también la obligación de verificar los
dones y carismas. Son responsables del coordinamiento de las energías de
la Iglesia y es misión suya guiar al Pueblo entero a vivir en el mundo
como señal e instrumento de salvación. Por eso poseen de manera especial
el ministerio del discernimiento en relación con los múltiples dones e
iniciativas del Pueblo de Dios. Como ejemplo particularmente rico e
importante de estos múltiples dones, cada instituto religioso depende, en
cuanto al discernimiento auténtico de su carisma fundacional, del
ministerio confiado por Dios a la jerarquía.
42. Esta relación se da no solamente en el primer reconocimiento de un
instituto religioso, sino que perdura a través de su desarrollo. La
Iglesia hace más que dar existencia a un instituto; lo acompaña, lo guía,
lo corrige y estimula en su fidelidad al don fundacional (cf LG 45) porque
es un elemento vital en su propia vida y desarrollo. Recibe los votos
hechos en el instituto como votos de religión, con consecuencias
eclesiales, que suponen una consagración hecha por Dios mismo, a través
de su mediación (cf MR 8). Confiere al instituto una participación pública
en su propia misión, concreta y comunitaria a la vez. (cf LG 17; AG 40).
Confía al instituto, de acuerdo con su propio derecho común y con las
constituciones que ella misma ha aprobado, la autoridad religiosa
necesaria para una vida de obediencia consagrada. En resumen, la Iglesia
continúa siendo mediadora de la acción de Dios, que consagra, de un modo
específico, reconociendo y fomentando esta forma particular de vida
consagrada.
43. En la práctica diaria, esta relación permanente del religioso con
la Iglesia se realiza, con mayor frecuencia, a nivel diocesano o local. El
documento Mutuae Relationes está dedicado por entero a este tema,
desde el punto de vista de su aplicación actual. Es suficiente decir aquí
que la vida y la misión del Pueblo de Dios son una sola realidad. Todos
están llamados a realizarla en conformidad con las funciones y tareas
propias de cada uno. La contribución exclusiva dada por el religioso a
esta vida y misión, se funda en la naturaleza total y pública de su vida
cristiana consagrada, según un don fundacional aprobado por la autoridad
eclesiástica.
8. LA FORMACIÓN
44. La formación religiosa promueve el desarrollo de la vida de
consagración al Señor, desde las primeras etapas, en que una persona
empieza a interesarse seriamente por ella, hasta su consumación final,
cuando el religioso encuentra definitivamente al Señor en la muerte. El
religioso vive una forma particular de vida; y la vida misma está en
permanente proceso de desarrollo. No se mantiene estable. Tampoco el
religioso es llamado y consagrado de una vez para siempre. La vocación de
Dios y la consagración por El, continúan a lo largo de la vida, capaces
de crecimiento y ahondamiento, en formas que van más allá de nuestro
entender. El discernimiento de la capacidad de vivir una vida que promueva
este desarrollo, de acuerdo con el patrimonio espiritual y las normas de
un determinado instituto y el acompañamiento de la vida misma en su
evolución personal en cada miembro de la comunidad, son las dos
principales facetas de la formación.
45. Para cada religioso, la formación es el proceso de llegar a ser más
y más un discípulo de Cristo, creciendo en unión y en configuración
con El. Se trata de ir asimilando cada vez más el Espíritu de Cristo, de
compartir más intensamente su don de sí mismo al Padre y su servicio
fraternal a la familia humana y de hacerlo de acuerdo con el don
fundacional del instituto, por medio del cual fluye el Evangelio hacia los
miembros de cada instituto religioso. Tal proceso requiere una genuina
conversión. « Revestirse de Cristo » (cfRm 13, 14; Gl 3, 27; Ef
4, 24) exige desprenderse de la autosuficiencia y del egoísmo (cf Ef 4,
22-24; Col 3, 9-10). El mero hecho de « caminar según el espíritu »
significa abandonar «los deseos de la carne » (Gl 5,
16). El religioso hace de este « revestirse de Cristo », con
su pobreza, su amor y su obediencia, la tarea esencial de su vida. Es una
tarea que nunca termina: antes bien, es un proceso constante de maduración,
que abarca no solamente los valores espirituales, sino también todo
aquello que contribuye psicológica, cultural y sociológicamente a la
plenitud de la personalidad humana. A medida que el religioso crece hacia
la plenitud de Cristo según su estado de vida, se comprueba la verdad de
lo que afirma Lumen Gentium: «Si bien la profesión de los consejos
evangélicos lleva consigo la renuncia a bienes que indudablemente merecen
ser altamente estimados, eso no constituye un obstáculo al verdadero
desarrollo de la persona humana, antes por el contrario, por su misma
naturaleza es sumamente beneficioso para ese desarrollo » (LG 45).
46. La creciente configuración con Cristo se va realizando en
conformidad con el carisma y normas del instituto al que el religioso
pertenece. Cada instituto tiene su propio espíritu, carácter, finalidad
y tradición, y es conformándose con ellos, como los religiosos crecen en
su unión con Cristo. Para los institutos dedicados a obras de apostolado,
la formación incluye la preparación y continua actualización de sus
miembros para las obras peculiares del instituto, no simplemente como
profesionales, sino como « testigos vivos del amor sin límites y del
Señor Jesús » (ET 53). Aceptada por cada religioso como asunto de
responsabilidad personal, la formación se convierte no sólo en
crecimiento personal, sino también en una bendición para la comunidad y
una fuente de fructuosa energía para el apostolado.
47. Puesto que la iniciativa en la consagración religiosa está en la
llamada de Dios, se sigue que Dios mismo, actuando por medio del Espíritu
Santo de Jesús, viene a ser el primer y principal agente de la formación
del religioso. El actúa a través de su palabra y de los sacramentos, de
la oración y la liturgia, del magisterio de la Iglesia y, en forma más
inmediata, a través de aquellos que han sido llamados por la obediencia a
secundar de modo especial la formación de sus hermanos y hermanas.
Respondiendo a la gracia y guía de Dios, el religioso acepta con amor la
responsabilidad de su formación personal y de su crecimiento, acogiendo
las consecuencias de esta respuesta, que son para cada persona únicas y
siempre imprevisibles. La respuesta, sin embargo, no se da en el
aislamiento. Siguiendo la tradición de los antiguos padres del desierto y
la de todos los grandes fundadores, en la organización de cuanto se
refiere a la dirección de cada instituto religioso, algunos miembros son
especialmente preparados y dedicados a ayudar a sus hermanos o hermanas en
este campo. Su tarea es diferente según la etapa en que se halla cada
religioso, pero sus principales funciones son siempre: discernir la acción
de Dios; acompañar al religioso por las sendas de Dios; alimentar su vida
con sólida doctrina y con la práctica de la oración y, principalmente
en las primeras etapas, la evaluación de la jornada. El maestro de
novicios y los religiosos responsables de los recién profesos, tienen
también el deber de comprobar si el joven religioso tiene vocación y
capacidad para hacer su profesión temporal o perpetua. Todo el proceso en
cualquier etapa tiene lugar en comunidad, ya que el ambiente natural para
la formación es una comunidad orante y entregada, que edifica sobre
Cristo su unión y comparte conjuntamente su misión. Deberá ser fiel a
las tradiciones y constituciones del instituto y estar bien insertada en
el instituto en todo su conjunto, en la Iglesia y en la sociedad a quien
sirve. Deberá sostener a sus miembros y mantener ante ellos en la fe,
durante toda su vida, las metas y valores que la consagración implica.
48. La formación no se consigue toda de una vez. El trayecto que media
entre la respuesta inicial y la postrera, se puede dividir de modo general
en cinco fases: el prenoviciado, en que ha de comprobarse la autenticidad
de la llamada, en lo posible; el noviciado, que da inicio a una nueva
forma de vida; la primera profesión y el período de maduración previa a
la profesión perpetua; la profesión perpetua y la formación permanente
de la edad adulta; y, finalmente, los años del ocaso, de cualquier modo
que se presente, que es preparación próxima para el encuentro con el Señor.
Cada una de estas fases tiene su propio objetivo, contenido y normativa.
Las etapas de noviciado y profesión, a causa de su importancia, son
cuidadosamente reguladas en sus líneas principales por la Iglesia en su
derecho común. De todas maneras, es mucho lo que se deja a la
responsabilidad de los institutos en particular. A estos se les pide que
fijen concretamente en sus constituciones; normas detalladas para un
considerable número de asuntos, a los cuales el derecho común hace
referencia sólo en principio.
9. EL GOBIERNO
49. El gobierno del religioso apostólico, al igual que los demás
aspectos de su vida, está basado en la fe y en la realidad de su
respuesta de consagración a Dios, en la comunidad y en la misión. Se
trata de mujeres y hombres, miembros de institutos religiosos, cuyas
estructuras reflejan la jerarquía cristiana, cabeza de la cual es Cristo
mismo. Personas que han escogido vivir la obediencia consagrada como valor
de vida; y, por ello, necesitan una forma de gobierno que exprese estos
valores y una forma particular de autoridad religiosa. Esa autoridad,
característica de los institutos religiosos, no proviene de los miembros;
es conferida por Dios mediante el ministerio de la Iglesia, al reconocer
el instituto y aprobar sus constituciones. Es una autoridad de la que están
investidos los superiores, mientras duren sus períodos de servicio, ya
sea a nivel general, intermedio o local. Debe ser ejercida de acuerdo con
las normas del derecho común y propio, con espíritu de servicio,
respetando la persona humana de cada religioso como hijo de Dios (cf PC
14), estimulando la cooperación para el bien del instituto, pero siempre
preservando el derecho del superior de discernir y decidir lo que ha de
hacerse (cf ET 25). Estrictamente hablando, esta autoridad religiosa no se
comparte. Puede ser delegada, según la constituciones, para determinados
fines, pero, normalmente, es ejercida por razón de oficio y es la persona
del superior la investida de autoridad.
50. Sin embargo, los superiores no ejercen la autoridad aisladamente.
Cada uno debe tener la asistencia de un consejo, cuyos miembros colaboran
con el superior, según unas normas que son establecidas
constitucionalmente. Los consejeros no ejercen la autoridad por derecho de
oficio, como los superiores, sino que colaboran con ellos y ayudan con su
voto deliberativo o consultivo, según las prescripciones de la ley eclesiástica
y las constituciones del instituto.
51. La autoridad suprema en un instituto es también ejercida, aunque
de manera extraordinaria, por el Capítulo general mientras está en sesión.
También esto debe hacerse en conformidad con las constituciones, que
deben definir la autoridad del capítulo, de tal forma que se distinga
perfectamente de la del superior general. El capítulo general es
esencialmente un órgano ad hoc. Está compuesto por miembros ex officio
y delegados elegidos, que ordinariamente se reúnen para un solo capítulo.
Como signo de unidad en la caridad, la celebración de un capítulo
general debiera ser un momento de gracia y de acción del Espíritu Santo
en un instituto. Debiera ser una experiencia jubilosa, pascual y eclesial,
que beneficie al instituto mismo y, también, a toda la Iglesia. Al capítulo
general le incumbe renovar y proteger el patrimonio espiritual del
instituto, así como elegir el supremo superior y sus consejeros,
dictaminar sobre los asuntos más importante y dar normas para todo el
instituto. Los capítulos son de una tal importancia que la ley propia del
instituto tiene que determinar minuciosamente cuanto tiene relación con
ellos, ya a nivel general, ya a otros niveles; a saber, su naturaleza,
autoridad, composición, modo de proceder y frecuencia de su celebración.
52. La doctrina conciliar y posconciliar insiste en ciertos principios
relativos al gobierno religioso, que han estado a la base de considerables
cambios durante los últimos veinte años. Dejó bien en claro la necesidad
de una autoridad religiosa, efectiva, personal, en todos los niveles:
general, intermedio y local, si se ha de vivir la obediencia religiosa (cf
PC 14; ET 25). Subrayó además la necesidad de consultar la base, de
comprometer apropiadamente a todos los miembros en el gobierno del
instituto, de compartir la responsabilidad y fomentar la subsidiariedad
(cf ES II, 18). La mayoría de estos principios han encontrado su expresión
en las constituciones revisadas. Es importante que estos principios sean
entendido y llevados a la práctica de modo que se cumpla el objetivo del
gobierno religioso: la edificación de una comunidad unida en Cristo, en
la cual Dios es buscado y amado sobre todas las cosas y la misión de
Cristo es generosamente realizada.
María, gozo y esperanza de la Vida religiosa.
53. En María, Madre de Dios y Madre de la Iglesia, la vida religiosa
se comprende a sí misma más profundamente y encuentra su signo de
esperanza cierta (cf LG 68). Ella, que fue concebida inmaculada, porque
fue escogida de entre el Pueblo de Dios para ser portadora del mismo Dios
más íntimamente y para darlo al mundo, fue consagrada totalmente por la
infusión del Espíritu Santo. Ella fue el Arca de la nueva Alianza. La
sierva del Señor con su pobreza de « pobre de Jahwé »; la
Madre del amor hermoso desde Belén hasta más allá del Calvario; la
Virgen obediente cuyo «si», a Dios cambió nuestra historia; la mujer
contemplativa « que conservó en su corazón todas estas cosas »;
la misionera que se apresuró hacia Hebrón; la única sensible a las
necesidades de Caná; la testigo firme al pie de la cruz; el centro de
unidad que mantuvo unida a la Iglesia recién nacida en su expectación
del Espíritu Santo. María mostró, a lo largo de su vida, todos aquellos
valores que van unidos con la consagración religiosa. Ella es la Madre
del religioso, al ser Madre de Aquél que fue consagrado y enviado, y en
su fiat y magnificat la vida religiosa encuentra la plenitud de su
entrega y la emoción de su gozo por la acción de Dios que consagra.
III.
ALGUNAS NORMAS FUNDAMENTALES
El nuevo Código de Derecho Canónico transcribe en normas canónicas
las ricas enseñanzas conciliares y posconciliares de la Iglesia acerca de
la vida religiosa. Junto con los documentos del Concilio Vaticano II y las
declaraciones de los últimos Papas, fija la base, sobre la cual se funda
la praxis actual de la Iglesia con relación a la vida religiosa. La
evolución natural, necesaria para la vida de cada día, continuará
siempre; pero el período de experimentación especial para los institutos
religiosos, establecido por el Motu Proprio Ecclesiae Sanctae terminó
con la celebración del segundo Capítulo General ordinario, a partir del
Capítulo Especial de renovación. Ahora, el nuevo Código de Derecho Canónico
es la norma fundamental jurídica de la Iglesia para la vida religiosa,
tanto para la evaluación de la experiencia realizada, cuanto en lo que
concierne el futuro. Las normas fundamentales siguientes son una síntesis
de la actual legislación de la Iglesia.
I. VOCACIÓN Y CONSAGRACIÓN
l. La vida religiosa es una forma de vida a la cual algunos cristianos,
ya clérigos ya laicos, son libremente llamados por Dios para que gocen de
un don peculiar de gracia en la vida de la Iglesia y puedan contribuir,
cada cual a su propio modo, a la misión salvífica de la Iglesia (cf LG
43).
2. El don de la vocación religiosa está enraizado en el don del
bautismo, pero no es dado a todo bautizado. Es dado gratuitamente y sin méritos;
es concedido por Dios a aquellos a quienes ha escogido libremente de entre
su pueblo y para el bien de su pueblo (cf PC 5).
3. Al aceptar el don de Dios, la vocación, los religiosos responden a
un llamamiento divino: morir al pecado (cf Rm 6, 11) renunciando al mundo
y viviendo sólo para Dios. Sus vidas están completamente dedicadas a su
servicio y ellos buscan y aman sobre todo a « Dios que nos ha amado
primero » (cf 1 Jn 4, 10; PC 56). Punto focal de sus vidas es
el seguir más de cerca a Cristo.
4. La dedicación de la vida entera del religioso al servicio de Dios
constituye una consagración especial (cf PC 5). Es una consagración
total de la persona, que manifiesta el desposorio admirable establecido
por Dios en la Iglesia, signo de la vida futura. Esta consagración se
realiza por votos públicos, perpetuos, o temporales que han de renovarse
al vencer el plazo. Con sus votos, los religiosos se comprometen a
observar los tres consejos evangélicos, se consagran a Dios por el
ministerio de la Iglesia (cc. 607, 654), y se incorporan a su instituto
con los derechos y obligaciones definidos por la ley.
5. Las condiciones para la validez de la profesión temporal, la duración
de este período, y la posibilidad de prolongarlo, se hallan determinados
en las constituciones de cada instituto, siempre en consonancia con el
derecho común de la Iglesia. (cc. 655, 658).
6. La profesión religiosa se hace con la fórmula de votos aprobada
por la Santa Sede para cada instituto. La fórmula es común, porque todos
los miembros contraen las mismas obligaciones y, cuando se incorporan
plenamente, tienen los mismos derechos y deberes. El religioso,
individualmente, puede agregar una introducción o una conclusión, si la
autoridad competente lo aprueba.
7. Considerando su carácter y sus fines específicos, cada instituto
debe definir en sus constituciones la manera con que los consejos evangélicos
de castidad, pobreza y obediencia, han de observarse en su estilo peculiar
de vida (c. 598 § 1).
II. LA COMUNIDAD
8. La vida de comunidad que es una de las características de un
instituto religioso (c. 607 § 2) es propia de toda familia religiosa. Reúne
a todos los miembros en Cristo y debe ser definida de modo que se
convierta en fuente de ayuda mutua para todos, sosteniendo a cada uno en
la plena realización de su vocación religiosa. Debe además ofrecer un
ejemplo de reconciliación en Cristo y de comunión, enraizada y fundada
en su amor (cf c. 602).
9. Para los religiosos, la vida comunitaria se vive en una casa
legalmente erigida, bajo la autoridad de un superior designado por la ley
(c. 608). Las casas son erigidas con la previa aprobación escrita del
obispo diocesano (c. 609) y deben ser capaces de proveer suficientemente a
las necesidades de sus miembros (c. 610 § 2), dando a la vida comunitaria
la posibilidad de expandirse y desenvolverse con una comprensión y
cordialidad tal, que alimente la esperanza (cf ET 39).
10. Cada casa debe tener, al menos, un oratorio en el que pueda
celebrarse y reservarse la Eucaristía, de modo que verdaderamente sea al
centro de la comunidad (c. 608).
11. En todas las casas religiosas, en conformidad con el carácter y
misión del instituto y según las prescripciones del derecho propio, debe
haber una parte reservada exclusivamente para los miembros de la comunidad
(c. 667 § 1). Esa forma de separación del mundo, que ha de estar de
acuerdo con la finalidad del instituto, viene a ser parte del testimonio público
que el religioso da de Cristo y de su Iglesia (cf c. 607 § 3). Además es
necesaria para el silencio y el recogimiento, que hacen posible la oración.
12. Los religiosos deben vivir en su propia casa religiosa, observando
la vida común. No deben vivir solos sin motivos graves, y no deben
hacerlo si hay una comunidad de su instituto razonablemente cercana. No
obstante, cuando resulte necesaria una ausencia prolongada, el superior
mayor, con el consentimiento de su consejo, puede autorizar a un religioso
vivir fuera de las casas del instituto por una causa razonable, dentro de
los límites fijados por el derecho común (c. 665 § 1).
III. IDENTIDAD
13. Los religiosos deben considerar el seguimiento de Cristo propuesto
en el Evangelio y expresado en las Constituciones de sus institutos como
suprema regla de vida (c. 662).
14. La naturaleza, fin, espíritu y carácter del instituto, como
fueron establecidos por el fundador o fundadora y aprobados por la
Iglesia, deben ser salvaguardados por todos, junto con las sanas
tradiciones del instituto (c. 578).
15. Para salvaguardar la vocación propia y la identidad de los
institutos en particular, las constituciones de cada instituto deben
establecer las normas fundamentales relativas al gobierno del mismo, al
modo de vida de sus miembros, a su incorporación y formación y al objeto
propio de los votos (c. 587 § 1). Además de los asuntos a que se alude
en el número anterior.
16. Las constituciones son aprobadas por la autoridad eclesiástica
competente. Para los institutos diocesanos, ésta es el Ordinario local;
para los institutos de derecho pontificio, la Santa Sede. Las
modificaciones subsiguientes e interpretaciones auténticas están
reservadas a la misma autoridad (c. 576, 587 § 2).
17. Por su profesión religiosa, los miembros de un instituto se
comprometen a observar las constituciones fielmente y con amor, porque
reconocen en ellas el modo de vida aprobado por la Iglesia para el
instituto y la expresión auténtica de su espíritu, tradición y ley.
IV. CASTIDAD
18. El consejo evangélico de la castidad, abrazada por el Reino de los
cielos, es signo del mundo futuro y fuente de fecundidad más abundante en
un corazón indiviso. Lleva consigo la obligación de la perfecta
continencia en el celibato (c. 599).
19. Debe observarse la necesaria discreción en todo aquello que pueda
resultar peligroso para la castidad de la persona consagrada (cf. PC 12;
c. 666).
V. POBREZA
20. El consejo evangélico de la pobreza a imitación de Cristo, exige
una vida pobre de hecho y de espíritu, sujeta al trabajo, sobria y
desprendida de los bienes materiales. La profesión por voto lleva consigo
para el religioso la dependencia y limitación en el uso y disposición de
los bienes temporales, en conformidad con el derecho propio del instituto
(c. 600).
21. Por el voto de pobreza, los religiosos renuncian al libre uso y
disposición de los bienes que tienen valor material. Antes de la primera
profesión, ceden la administración de sus bienes a quien lo deseen y. a
menos que las constituciones determinen otra cosa, disponen libremente de
su uso y usufructo (c. 668 § 1). Todo lo que el religioso adquiere con su
propio trabajo, por donación o en cuanto religioso, es adquirido para el
instituto; todo lo adquirido a modo de pensión, subsidio o seguro, es
también adquirido para el instituto, a no ser que el derecho propio
establezca otra cosa (c. 668 § 3).
VI. OBEDIENCIA
22. El consejo evangélico de la obediencia, vivido en la fe es un
seguimiento amoroso de Cristo, que se hizo obediente hasta la muerte.
23. Por el voto de obediencia, los religiosos aceptan someter su
voluntad a los legítimos superiores (c. 601) en conformidad con las
constituciones. Las mismas constituciones determinan quién puede dar un
precepto formal de obediencia y en qué circunstancias.
24. Los institutos religiosos están sometidos a la suprema autoridad
de la Iglesia de manera particular (c. 590 § 1). Todos los religiosos están
obligados a obedecer al Santo Padre, como a su superior supremo, en virtud
del voto de obediencia (c. 590 § 2).
25. Los religiosos no pueden aceptar cargos u oficios fuera de sus
propios institutos, sin autorización del legítimo superior (c. 671). Al
igual que los clérigos, no pueden aceptar cargos públicos que lleven
consigo ejercicio del poder civil (c. 285 § 3; también c. 672 con los cánones
adicionales a que hace referencia).
VII. ORACIÓN Y ASCÉTICA
26. La primera y principal obligación de los religiosos es la
constante unión con Dios en la oración. Participan a diario, en cuanto
sea posible, en el Sacrificio Eucarístico y se acercan al sacramento de
la Penitencia con frecuencia. Parte integrante de la oración de los
religiosos son: la lectura de la Sagrada Escritura, el tiempo de meditación,
la digna celebración de la Liturgia de las Horas, de acuerdo con las
prescripciones del derecho propio, la devoción a la Santísima Virgen y
un tiempo especial para el retiro anual (c. 663, 664, 1174).
27. La oración debe ser tanto personal como comunitaria.
28. Un ascetismo generoso es constantemente necesario para la diaria
conversión el Evangelio (cf Poenitemini, II-III, 1, c). Por esta razón,
las comunidades religiosas deben ser no solamente grupos orantes, sino
también comunidades de ascetismo en la Iglesia. Además de ser interna y
personal, la penitencia debe ser también externa y comunitaria (cf DmC
14; SC 110).
VIII. EL APOSTOLADO
29. El apostolado de todos los religiosos consiste en primer lugar en
el testimonio de su vida consagrada, que ellos deben alimentar con la
oración y la penitencia (c. 673).
30. En los institutos dedicados a obras de apostolado, la acción apostólica
forma parte de su propia naturaleza. La vida de sus miembros debe estar
imbuída de espíritu apostólico y toda actividad apostólica debe estar
imbuída de espíritu religioso (c. 675 § 1).
31. La misión primordial de los religiosos que ejercen actividades
apostólicas es la proclamación de la palabra de Dios ante todos los que
encuentra en su camino, de modo que los atraiga a la fe. Tal gracia
requiere una íntima unión con Dios, que haga capaz al religioso de
transmitir el mensaje del Verbo Encarnado, en términos que el mundo de
hoy sea capaz de entender (cf ET 9) .
32. La acción apostólica es realizada en comunión con la Iglesia y
en nombre y por mandato de la Iglesia (c. 675 § 3).
33. Superiores y miembros deben conservar fielmente la misión y obras
propias del instituto. Deben acomodarlas con prudencia a las necesidades
de tiempos y lugares (c. 677 § 1).
34. En las relaciones apostólicas con los obispos, los religiosos se
rigen por los cc. 678-683. Tienen especial obligación de estar atentos al
magisterio de la jerarquía y de facilitar a los obispos el ejercicio del
ministerio de la enseñanza y del testimonio auténtico de la verdad
divina (cf MR 33; LG 25).
IX. TESTIMONIO
35. El testimonio del religioso es público. Este público testimonio
de Cristo y de la Iglesia implica separación del mundo en conformidad con
el carácter y fines de cada instituto (c. 607 § 3).
36. Los institutos religiosos deben esforzarse en dar testimonio, de
algún modo colectivo, de caridad y pobreza (c. 640).
37. Los religiosos deben llevar el hábito religioso del instituto,
descrito en su derecho propio, como señal de consagración y testimonio
de pobreza (c. 669 § 1).
X. FORMACIÓN
38. Nadie puede ser admitido a la vida religiosa sin una adecuada
preparación (c. 597 § 2).
39. Las condiciones para la validez de la admisión, del noviciado, de
la profesión temporal y perpetua, están señaladas en el derecho común
de la Iglesia y en el propio del instituto (cc. 641-658). También se han
de dar normas acerca del lugar, tiempo, programa y modo de llevar el
noviciado y de los requisitos para ser maestro de novicios.
40. La duración del período de formación, entre la primera profesión
y los votos perpetuos, es determinada por las constituciones en
conformidad con el derecho común (c. 655, 659 § 2).
41. A lo largo de toda la vida, los religiosos deben continuar su
formación espiritual, doctrinal y práctica, aprovechando las
oportunidades y tiempo, destinados para ello por los superiores (c. 661).
XI. GOBIERNO
42. Pertenece a la competente autoridad eclesiástica, constituir
formas estables de vida por medio de la aprobación canónica (c. 576). A
esta autoridad le están también reservadas las agregaciones (c. 580) y
la aprobación de las constituciones (c. 587 § 2). Las fusiones, uniones,
federaciones, confederaciones, supresiones y cualquier cambio de algo ya
aprobado por la Santa Sede, está reservado a la misma Santa Sede (cc.
582-584).
43. La autoridad para gobernar en los institutos religiosos, reside en
los superiores, que deben ejercerla en conformidad con las normas del
derecho común y propio (c. 617). Esta autoridad se recibe de Dios
mediante el ministerio de la Iglesia (c. 618). La autoridad del superior,
en cualquier nivel, es personal y no puede ser asumida por un grupo. Por
un cierto tiempo y con un fin determinado, puede ser delegada a otra
persona.
44. Los superiores deben cumplir su cometido con generosidad,
edificando junto con sus hermanos y hermanas, una comunidad en Cristo, en
la cual Dios es buscado y amado sobre todas las cosas. En su función de
servicio, los superiores tienen la especial obligación de gobernar de
acuerdo con las constituciones del instituto y de promover la santidad de
sus miembros. En sus personas, los superiores deben ser modelos de
fidelidad al magisterio de la Iglesia y a las normas y tradición de su
instituto. Deben también promover la vida consagrada de sus religiosos
con su vigilancia y corrección, su apoyo y su paciencia (cf c. 619).
45. Los requisitos para la elección o nombramiento, la duración de
los períodos para los diversos superiores y la forma de elección canónica
para el superior general, deben estar definidos en las constituciones, de
acuerdo con el derecho común (cc. 623625).
46. Los superiores deben tener cada cual su propio consejo, que le
asista en el cumplimiento de sus obligaciones. Además de los casos
prescritos por el derecho común, el derecho propio determina los casos en
los cuales el superior debe obtener el consentimiento o el parecer del
consejo para la validez de la acción (c. 627 §§ 1, 2).
47. El capítulo general debiera ser un verdadero signo de unidad en la
caridad del instituto. Representa a todo el instituto y, mientras dura,
ejerce la suprema autoridad de acuerdo con el derecho común y las normas
de las constituciones (c. 631). El capítulo general no es un órgano
permanente; su composición, frecuencia y funciones son establecidas por
las constituciones (c. 631 § 2). Un capítulo general no puede modificar
su propia composición, pero puede proponer modificaciones para la
composición de los próximos capítulos. Tales modificaciones requieren
la aprobación de la autoridad eclesiástica competente. El capítulo
general puede modificar aquellos elementos del derecho propio que no están
sujetos a la aprobación de la Iglesia.
48. Los capítulos no deben ser convocados tan frecuentemente que
interfieran en el buen funcionamiento de la autoridad ordinaria del
superior mayor. La naturaleza, autoridad, composición, modo de proceder y
frecuencia de los capítulos o de asambleas similares en el instituto son
determinadas con precisión por el derecho propio (c. 632). En la práctica,
sus elementos principales deben estar en las constituciones.
49. Las normas acerca de los bienes temporales (c. 634-640) y su
administración, así como las normas referentes a la separación de los
miembros del instituto, por paso a otro instituto, abandono o dimisión
(cc. 684-704) se encuentran en el derecho común de la Iglesia y deben ser
incluidas, aunque no sea más que en resumen, en las constituciones.
CONCLUSIÓN
Estas normas, basadas en la doctrina tradicional, el nuevo Código de
Derecho canónico y la praxis común, no contienen toda la legislación de
la Iglesia en lo referente a la vida religiosa. Indican, sin embargo, su
profunda preocupación por que la vida de los institutos religiosos
dedicados a obras de apostolado, se desarrolle pujantemente como don de
Dios a la Iglesia y a la familia humana. Al redactar este texto, que el
Santo Padre ha aprobado, la Sagrada Congregación para los Religiosos e
Institutos seculares, desea ayudar a estos institutos para que asimilen la
legislación revisada de la Iglesia, que les atañe, y la comprendan en su
contexto doctrinal. Ojalá encuentren en él un fuerte estímulo para
seguir más de cerca a Cristo en la esperanza y el gozo de sus vidas
consagradas.
Dado en el Vaticano, en la fiesta de la Visitación de la
Bienaventurada Virgen María, 31 de Mayo de 1983.
ABREVIACIONES
AA Apostolicam Actuositatem
AG Ad Gentes
CD Christus Dominus
DmC Dimensión Contemplativa de la Vida Religiosa
EN Evangelii Nuntiandi
ES Ecclesiae Sanctae
ET Evangelica Testificatio
LG Lumen Gentium
MR Mutuae Relationes
OT Optatam Totius
PC Perfectae Caritatis
RPH Religiosos y Promoción humana
SC Sacrosanctum Concilium