De la palabra Latina aboriri, “perecer” puede definirse brevemente como “la pérdida de una vida fetal”.
En el aborto, el feto muere mientras aún se encuentra dentro de los órganos reproductivos de la madre, o es arrojado o extraído de ellos. El aborto (feticidio) es matar a un niño niño no nacido.
"... no es voluntad de vuestro Padre celestial que se pierda uno solo de estos pequeños." Mateo 18:14
Las enseñanzas de la Iglesia Católica no admiten duda sobre el tema. Tales cuestiones morales, cuando se presentan, son decididas por el Tribunal del Santo Oficio. Actualmente esta autoridad decretó, el 28 de Mayo de 1884, y de nuevo, el 18 de Agosto de 1889, que “no puede enseñarse confiadamente en las escuelas Católicas que es legítimo realizar… cualquier operación quirúrgica que sea directamente destructiva de la vida del feto o de la madre”. El aborto fue condenado explícitamente, el 24 de Julio de 1895, en respuesta a la cuestión de si cuando la madre está en peligro inminente de muerte y no hay medio de salvar su vida, un médico puede con una conciencia a salvo procurar el aborto sin destruir el niño en el útero (lo cual fue explícitamente condenado en el anterior decreto), sino dándole una oportunidad para nacer vivo, aunque no siendo todavía viable, pronto expirase. La respuesta fue que no puede. Después que se habían dado estas y otras decisiones similares, algunos moralistas creyeron ver razones para dudar si no podría permitirse una excepción en el caso de gestaciones ectópicas. Por lo tanto se presentó la cuestión: “Es alguna vez permitido extraer del cuerpo de la madre embriones ectópicos aún inmaduros, antes de completar el sexto mes después de la concepción?”. La respuesta dada, el 20 de Marzo de 1902, fue: “No; de acuerdo con el decreto del 4 de Mayo de 1898, según el cual, en cuanto sea posible, debe hacerse provisión seria y oportuna para proteger la vida del niño y de la madre. En cuanto al momento, se le recuerda al consultante que no es lícita aceleración alguna del nacimiento a menos que se haga en un momento, y de forma tales que, de acuerdo con el curso normal de las cosas, se preserve la vida de la madre y del niño”. La Ética, entonces, y la Iglesia concuerdan en enseñar que no es legítima acción alguna que directamente destruya la vida fetal. También es claro que extraer el feto viviente antes de que sea viable, es destruir su vida tan directamente como si se estuviera matando a un hombre crecido sumergiéndolo en un medio en el cual no puede vivir, y mantenerlo allí hasta que expire.
El Catecismo de la Iglesia Católica trata el tema del aborto en la tercera parte: La Vida en Cristo; Segunda Sección: Los Diez Mandamientos; Capítulo segundo: «Amarás a tu prójimo como a ti mismo» Art. 5: El quinto mandamiento: «No matarás» (Ex 20, 13).
«Habéis oído que se dijo a los antepasados: “No matarás”; y aquel que mate será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice contra su hermano, será reo ante el tribunal» (Mt 5, 21-22).
2258 “La vida humana ha de ser tenida como sagrada, porque desde su inicio es fruto de la acción creadora de Dios y permanece siempre en una especial relación con el Creador, su único fin. Sólo Dios es Señor de la vida desde su comienzo hasta su término; nadie, en ninguna circunstancia, puede atribuirse el derecho de matar de modo directo a un ser humano inocente” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, intr. 5). El aborto 2270 La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de la concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre los cuales está el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida (cf Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae, 1, 1).
"Antes de haberte formado yo en el seno materno, te conocía, y antes que nacieses te tenía consagrado" (Jr 1, 5).
"Y mis huesos no se te ocultabajido en las honduras de la tierra" (Sal 139, 15).
2271 Desde el siglo primero, la Iglesia ha afirmado la malicia moral de todo aborto provocado. Esta enseñanza no ha cambiado; permanece invariable. El aborto directo, es decir, querido como un fin o como un medio, es gravemente contrario a la ley moral. «No matarás el embrión mediante el aborto, no darás muerte al recién nacido» (Didajé, 2, 2; cf. Epistula Pseudo Barnabae, 19, 5; Epistula ad Diognetum 5, 5; Tertuliano, Apologeticum, 9, 8). «Dios [...], Señor de la vida, ha confiado a los hombres la excelsa misión de conservar la vida, misión que deben cumplir de modo digno del hombre. Porconsiguiente, se ha de proteger la vida con el máximo cuidado desde la concepción; tanto el aborto como el infanticidio son crímenes abominables» (GS 51, 3).
2272 La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave. La Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión este delito contra la vida humana. “Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae” (CIC can. 1398), es decir, “de modo que incurre ipso facto en ella quien comete el delito” (CIC can. 1314), en las condiciones previstas por el Derecho (cf CIC can. 1323-1324). Con esto la Iglesia no pretende restringir el ámbito de la misericordia; lo que hace es manifestar la gravedad del crimen cometido, el daño irreparable causado al inocente a quien se da muerte, a sus padres y a toda la sociedad.
2273 El derecho inalienable de todo individuo humano inocente a la vida constituye un elemento constitutivo de la sociedad civil y de su legislación: “Los derechos inalienables de la persona deben ser reconocidos y respetados por parte de la sociedad civil y de la autoridad política. Estos derechos del hombre no están subordinados ni a los individuos ni a los padres, y tampoco son una concesión de la sociedad o del Estado: pertenecen a la naturaleza humana y son inherentes a la persona en virtud del acto creador que la ha originado. Entre esos derechos fundamentales es preciso recordar a este propósito el derecho de todo ser humano a la vida y a la integridad física desde la concepción hasta la muerte” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae 3). “Cuando una ley positiva priva a una categoría de seres humanos de la protección que el ordenamiento civil les debe, el Estado niega la igualdad de todos ante la ley. Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho [...] El respeto y la protección que se han de garantizar, desde su misma concepción, a quien debe nacer, exige que la ley prevea sanciones penales apropiadas para toda deliberada violación de sus derechos” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum vitae 3).
«Es inmoral [...] producir embriones humanos destinados a ser explotados como “material biológico” disponible» (Instr. Donum vitae 1, 5). “Algunos intentos de intervenir en el patrimonio cromosómico y genético no son terapéuticos, sino que miran a la producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras cualidades prefijadas. Estas manipulaciones son contrarias a la dignidad personal del ser humano, a su integridad y a su identidad” (Instr. Donum vitae 1, 6).
El respeto de la vida humana.
Desde enero de 1973 han matado mas de 40 millones de bebés por aborto solo en EEUU. ¿Sabes cuantos en tu país?
En 1973 decían en EU que el aborto terminaría con el abuso infantil ya que todos los niños que nacieran serían queridos por sus padres. El tiempo ha demostrado lo contrario. El abuso infantil aumentó un 1000% en los 25 después de la legalización del aborto. La ley natural escrita en el corazón nos enseña el valor de la vida humana. "Todo hombre abierto sinceramente a la verdad y al bien, aun entre dificultades e incertidumbres, con la luz de larazón y no sin el influjo secreto de la gracia, puede llegar a descubrir en la ley natural escrita en su corazón (cf. Rm 2, 14-15) el valor sagrado de la vidahumana desde su inicio hasta su término, y afirmar el derecho de cada ser humanoa ver respetado totalmente estebien primario suyo. En el reconocimiento de este derecho se fundamenta la convivencia humana y la misma comunidad política" (Evangelium vitae: n. 2)
Los creyentes deben defender y promover el derecho a la vida "Los creyentes en Cristo deben, de modo particular, defender y promover este derecho, conscientes de la maravillosa verdad recordada por el concilio Vaticano II: "El Hijo de Dios, con su encarnación, se ha unido, en cierto modo, con todo hombre" (Gaudium et spes, 22). En efecto, en este acontecimiento salvífico se revela a la humanidad no sólo el amor infinito de Dios, que "tanto amó al mundo que dio a su Hijo único" (Jn 3, 16), sino también el valor incomparable de cada persona humana" (ib.).
ABORTO PROVOCADO: Quitar la vida intencionalmente a un bebe en el vientre de su madre. Es un asesinato. Negarlo es irracional. Su defensa sigue la misma racionalización del nazismo, del estalinismo y del terrorismo actual: Justifican matar inocentes para lograr algún interés.
Abortos también se hacen por medio de la píldora RU-486, la Píldora del día después, los DIU y otros medios. La píldora llamada "anticonceptiva" también puede causar un aborto y la madre no se entera. Ver mas...:
Documentos eclesiales sobre el tema:
• Evangelium Vitae Encíclica en defensa a la vida.
• Declaración sobre el aborto provocado Conregación para la Doctrina de la Fe.
¡El cristiano no puede descansar mientras sea legal matar a los niños!
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"¡Una nación que mata a sus propios hijos es una nación sin futuro!" -Juan Pablo II, Junio 97.